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Cuba aprueba decreto ley de bienestar animal

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Una vez aprobado el decreto ley de bienestar animal se le debe dar la publicidad necesaria, porque es una norma que ha sido esperada por un país entero. Foto: Ismael Francisco/ Cubadebate.

En entrevista realizada al Director de Sanidad Animal Yobani Gutiérrez Ravelo, explica que como fruto de la labor desarrollada por el Grupo de Trabajo Temporal, intersectorial y multidisciplinario constituido en enero de 2020 e integrado por cuarenta y dos representantes de diferentes Organismos de la Administración Central del Estado (OACE), centros de investigación, productores, criadores y asociaciones vinculadas con la crianza y producción animal, así como la decisiva y enriquecedora participación de nuestro pueblo, a través de diferentes vías de comunicación con opiniones, sugerencias y recomendaciones, este 26 de febrero de 2021 fue aprobado por el Consejo de Estado el Decreto-Ley de Bienestar Animal, norma jurídica que sustenta la implementación de la Política de Bienestar Animal en Cuba, aprobada el 19 de enero de 2021.

Con la aprobación del Decreto-Ley de Bienestar Animal se da respuesta a las numerosas opiniones, expresadas en el proceso de consulta popular del proyecto de Constitución de la República de Cuba, sobre la necesidad de la existencia de una legislación específica de bienestar animal.

Como antecedentes a este Decreto-Ley se debe recordar que el 22 de mayo del 2018 fue aprobada la Política para el Perfeccionamiento del Sistema de la Sanidad Animal en el país, que contemplaba entre sus principios la elaboración de la Política y norma legal (Decreto-Ley) para garantizar el bienestar animal como un componente indispensable de la sanidad animal bajo el enfoque mundial “Una Salud”. La Gaceta Oficial Ordinaria No.11 del 29 de enero de 2021 publicó las normas jurídicas para la implementación de la Política de Sanidad Animal.

En el orden internacional, Cuba es miembro desde 1972 de la Organización Mundial de Sanidad Animal y acoge los estándares internacionales, normas, directrices y recomendaciones de dicha Organización, la cual asumió el liderazgo de la ciencia del bienestar animal y estableció sus regulaciones en el Código Sanitario para los Animales Terrestres.

Desde el año 2 000 en el país se trabaja en el desarrollo del bienestar animal por iniciativa de los profesionales veterinarios, de la Asociación Cubana de Medicina Veterinaria y la Dirección de Sanidad Animal, a través del Comité Nacional de Bienestar Animal de Cuba (CONBAC) y se establecieron vínculos con la Asociación Nacional para la Protección de Animales y Plantas (Aniplant), además de otras organizaciones de la sociedad civil reconocidas por el Ministerio de Justicia relacionadas con animales, instituciones afines, medios de comunicación, estudiantes de diferentes enseñanzas y población en general.

El Decreto-Ley aprobado hoy tiene como premisas fundamentales la conservación de la diversidad biológica; la cultura general integral de la población (incluyendo el conocimiento, los valores éticos, la toma de conciencia y el respeto a los animales) y la necesidad de evitar malos tratos, abuso y crueldad sobre los animales, como seres sensibles que experimentan dolor y placer y que forman parte de la interfaz hombre-animal-medio ambiente.

Las propuestas esenciales del Decreto-Ley de Bienestar Animal en Cuba van dirigidas a regular los principios, deberes, reglas y fines respecto al cuidado, la salud y la utilización de los animales para garantizar su bienestar, con enfoque a Una Salud, asumiendo como bienestar animal: el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere.

En la norma jurídica aprobada se establecen las responsabilidades de los Órganos del Estado y formas asociativas vinculadas al bienestar de los animales y los principios que rigen esta actividad. Además, la responsabilidad individual que tienen los propietarios, tenedores y poseedores de animales para satisfacer las necesidades básicas de los mismos y las obligaciones de los criadores al respecto.

El Decreto-Ley define las obligaciones de los médicos veterinarios para ejercer la asistencia veterinaria, bajo estrictas regulaciones estatales y el control de la autoridad competente con el objetivo de garantizar la prevención, diagnóstico, tratamiento y control de las enfermedades que afectan el bienestar animal y el cumplimiento de los programas de prevención y control de las enfermedades.

Se ratifica la necesidad del cumplimiento de las normas de bioseguridad y manejo zootécnico en los establecimientos dedicados a la crianza de animales productivos, según las características de cada especie. En el cuerpo de la norma quedan establecidas las obligaciones que deben cumplir las personas vinculadas a los animales productivos y de trabajo para evitar cualquier forma de maltrato animal y asegurar su bienestar en condiciones normales o en situaciones de desastres.

En el texto del documento se dedica un capítulo a los animales de compañía, definiéndolos como: las especies que estén domesticadas para acompañar a las personas o con el objetivo de su disfrute. Se establecen las condiciones que los mismos requieren cuando permanecen en espacios exteriores de la vivienda y las obligaciones que tienen sus propietarios, poseedores o tenedores para proporcionarles su bienestar.

Respecto al control de poblaciones callejeras, el Decreto-Ley ratifica que la gestión de las poblaciones caninas callejeras se realiza según lo regulado por el Ministerio de Salud Pública en el Programa Nacional de Control y Prevención de Rabia y se establece la conducta a seguir con los animales callejeros una vez que hayan sido recolectados y trasladados a los centros de observación.

La norma prevé los requisitos que deben cumplirse para el uso de animales en deportes, entretenimiento y exhibición, aprobación que será facultad de la autoridad competente de sanidad animal. Se establecen las obligaciones de las personas naturales y jurídicas responsabilizadas con estos animales, en función de evitar la ocurrencia de actos que puedan dañar la salud y el bienestar de los mismos. Con lo regulado en la norma se persigue fortalecer los sistemas de vigilancia, protección y seguridad y los procedimientos que garanticen el bienestar de los animales expuestos en zoológicos, acuarios y recintos de ferias.

El uso de animales con fines de experimentación se aborda con gran profundidad en el cuerpo del Decreto-Ley; en su contenido se establece la obligación del funcionamiento del Comité Institucional de Ética para el Uso y Cuidado de los Animales en las instituciones donde estos se emplean y se regulan los principios básicos que las mencionadas instituciones deben cumplir en función de preservar el bienestar de los animales vivos utilizados en la experimentación.

Bajo los preceptos de este documento jurídico se fijan las condiciones para el uso de animales vivos en la educación técnica y profesional, estableciendo como requisito que los profesores deben poseer calificación profesional en medicina veterinaria, ciencias biológicas u otras afines. De igual forma se regulan las condiciones higiénico-sanitarias y de bioseguridad que deben cumplir las instalaciones donde permanecen los animales. Es objetivo primordial del documento legal potenciar, en los planes de estudio de la enseñanza general y en la población, temáticas relacionadas con el cuidado, protección y bienestar de los animales, con énfasis en las nuevas generaciones a través de diferentes métodos y vías de comunicación.

En el Decreto-Ley se actualizan los requisitos sanitario-veterinarios para la comercialización, transportación, estabulación, sujeción y sacrificio de animales. Se establecen las obligaciones que deben cumplir las personas para ser autorizadas en estas actividades, así como los requisitos higiénico-sanitarios que deben asegurarse en los medios de transporte, tanto para especies de animales terrestres como acuáticos, y en las instalaciones para la estabulación y sacrificio de los mismos.

Respecto al sacrifico de animales, se establece que el mismo se realiza de forma compasiva y rápida, con evitación del dolor y el estrés, garantizando una correcta manipulación y la matanza de manera humanitaria. La norma regula los aspectos que deben cumplirse para el sacrificio de animales destinados al consumo humano y la matanza con fines profilácticos en caso de presentación de enfermedades graves de los animales, de rápida diseminación y en emergencias o contingencias sanitarias que así lo justifiquen, cumpliendo lo establecido en los planes de emergencia aprobados por la autoridad competente de sanidad animal; de manera que se asegure el bienestar hasta su muerte. Se fijan los criterios a considerar para la selección del método de sacrificio a emplear. Se regulan además las causas que justifican el sacrificio para el control de poblaciones de animales en vida silvestre.

Por otro lado, la normativa regula el uso de la eutanasia, las personas autorizadas para ejecutarla y las causas que justifican su elección como último recurso a emplear para inducir la muerte de animales, precisando la necesidad de actuar de forma compasiva.

Finalmente, el Decreto-Ley establece que constituyen contravenciones, las infracciones de lo regulado en el cuerpo del mismo y en su Reglamento, así como las disposiciones que se establezcan sobre bienestar animal.

Un Decreto Ley en el que todos legislaron

Gabriela y su mamá han recogido cerca de 10 animales de la calle y les han dado un hogar. Foto: Cortesía de la entrevistada.

Como parte del empeño del Gobierno y el Estado cubanos de dar participación a la población en la construcción de las políticas públicas del país, el Ministerio de la Agricultura ha ejecutado múltiples acciones entre las que se encuentra la convocatoria a legislar desde el día 3 al 23 de noviembre del año 2020, estimulando a nuestra población a participar en la construcción de los contenidos y preceptos legales que se considerara debían regular las nuevas normas jurídicas, con el objetivo general de construir los postulados del marco legal específico del bienestar animal, por los actores vinculados y la población cubana.

Para ello se abrieron diversos canales de comunicación a través de las redes sociales Facebook y Twitter, correos electrónicos y el sitio web institucional del Minag, con el objetivo de facilitar la interacción con la población y poder escuchar sus opiniones, sugerencias y recomendaciones sobre el tema en cuestión. Se pudo, a través de estos canales, emitir criterios de adición, supresión, modificación o dejar algún comentario al respecto de la propuesta de estructura legal.

Dicha convocatoria tuvo un gran impacto en los interesados en este tema, pues se contabilizaron casi 7 mil lecturas y más de 2 mil comentarios y opiniones, así como una notable repercusión en redes sociales.

Igualmente, las autoridades y especialistas del Minag han sostenido encuentros con personas interesadas en el bienestar animal, quienes han expuesto sus inquietudes y han aportado criterios valiosos respecto al tema, han esclarecido conceptos y definiciones y han referido la importancia de disponer de un cuerpo jurídico que establezca regulaciones sobre las conductas y acciones de las personas en su relación con los animales.

Ahora corresponde trabajar en la implementación de lo aprobado. Para lograrlo es vital la preparación de nuestra población, de las autoridades encargadas de hacer cumplir lo dispuesto, las asociaciones, los propietarios, poseedores y tenedores de animales y las entidades. Será necesario continuar desarrollando una amplia campaña de comunicación social por los canales previstos para lograr el impacto esperado con esta norma, convencidos de que ella es un significativo paso adelante hacia una sociedad más humana.

(Con información del Ministerio de la Agricultura)

Se han publicado 355 comentarios



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  • ignacio barroso. dijo:

    Muy buena ley .Ahora necesitamos que todos seamos realistas .no podemos exagerar .ni prohibir lo imposible .Si nos llevamos por los exagerados sentimentalismo .o por las falsas espectativas .o inventamos argumentos que no tienen que ver con la realidad de los animales .malogramos el proposito de la ley. En una ocacion Raul Castro dijo ..
    ....tenemos demasiadas prohibiciones...
    .Detras de demaciadas y exageradas prohibiciones existen un buen numero de Ilegalidades.
    .Quiero que sepamos que las personas tambien sufrimos por culpa de las mascotas o animales de engorde como los cerdos .y generalmemte los propietarios de esos animales no piensan en los derechos de los vecinos .El mal olor de las eses fecales y la orina de las mascotas que hacen sus necesidades en la via publica .afecta a los vecinos .Pero hay que saber ¿Que se puedeprohibir? y ¿ que no se puede prohibir.?.bien porque es incontrolable o inapliclable o bien
    porque es injusto desde cierto punto de vista

    ilegalidades .
    ...

  • Medardo dijo:

    Estoy muy de acuerdo con la ley, hay que proteger a los animales. Lo que hace falta ahora es que se cumpla y que se cumpla por siempre. Pero me sigue preocupando lo siguiente:
    Ahora tenemos una ley para proteger a los animales del abuso de los humanos, pero ¿cuándo tendremos una ley para proteger a los humanos del abuso de otros humanos que poseen animales?
    Me explico: ¿A quién no le ha molestado el ladrido continuo de un perro? Y ojalá sea solo un perro. En mi caso, tengo cinco perros alrededor de mi casa, de distintos propietarios. Podrán imaginarse la sinfonía. Hablas con los dueños, y es como si nada, incluso, se ponen bravos y algunos te dicen: "!Qué quieres que haga, que le corte la lengua; es un perro y tiene que ladrar!". Vas a Vivienda, vas a la Policía, y para no ser extensivo este comentario, no resuelves nada.
    Entonces, ¿cómo resolver esta problemática? Supongo que ahora, con esta ley de protección y/o bienestar animal, muchas de estas personas, se sientan ellos mismos más protegidos y les importe aún menos si su perro ladra y molesta.
    Espero impaciente por la nueva ley de Vivienda, donde se recoja el reglamento disciplinario para edificios múltiples y CASAS. Especifico en mayúsculas CASAS, porque en un edificio, puede organizarse el Consejo de Vecinos y hacer cumplir el reglamento interno (que este es otro tema que ahora no voy a tratar), pero si por sus alrededores existen CASAS que no respetan la disciplina social y molestan a los apartamentos del edificio !QUÉ REGLAMENTO EXISTE PARA ELLOS!. No puede ser solo la policía.
    No quiero extenderme porque me voy a otro tema que, en su momento, daré mi opinión.
    Repito, ahora espero impaciente por la nueva ley de Vivienda.

  • Jtr dijo:

    Que me dicen de las peleas de perros en las azoteas comunes en un edificio multifamiliar dónde no se le a dado permiso a nadie para ese tipo de actividades que están prohibidas en nuestro país ,como por ejemplo el vecino de al lado de mi casa que lleva a cabo todos los fines de semana ese tipo de actividades pero nadie le dice nada con miedo a que tomen represalia , porque la mayoría de las personas que viven en este edificio son personas de la tercera edad y el es un exconvicto sin vínculo laboral vive del invento y del negocio ilícito y sin dirección de la vivenda,con este tiempo que estamos viviendo una propagación de otra enfermedad sería catastrófico por la cantidad de perros que tiene en esa azotea llenos de sazna y garrapatas con solo el fin de crías y peleas para su propio lucro ,para el que pueda ayudarnos el edificio está en la Habana vieja Velazco 3 entre Habana y Compostela los pobres perros están en muy malas condiciones

  • migdalia dijo:

    ojala funcione,ver para creer, tambien multar a los padres indolentes que ven a sus hijos maltartando animales y no hacen nada.

  • LESMEY dijo:

    y como va ser con los carretonero que llenan los carretones de mercancia o no de de que cosa y aveces uno ve que los animales no pueden ni caminar y el dueño dandole o con una soga o con un palo con punta casi encajandoselo y que medicen de los cocheros que explotan a los caballos por buscarse el dinero, que ni agua le dan a los caballos y sigue y siguen sin parar. que bueno que ya hay una ley, vamos a ver si es una verdadera ley y se cumple.

  • Roswell dijo:

    Estoy de acuerdo que se protejan los animales
    Y sobre todo que no los maltraten he

  • Yadira Quintana dijo:

    Cuando conozca de un caso donde exista abuso animal o maltrato a los perros, porq medio puedo denunciar, a q sitio puedo enviar alguna imagen para dejar bien identificada mi queja.

  • Maryanis dijo:

    Hola , yo estoy de acuerdo con los derechos sobre el maltrato a los animales... Pero me urge saber en estos momentos me acaban de matar a mi gata siamés que la tengo desde pequeña, una vecina con un palo con clavos quiero saber dónde debo de ir o llamar.... Por favor deme respuesta si es que se puede actuar sobre esto....

  • Ana Suarez dijo:

    Me parece esencial complemento a este formidable documento que se incluya de manera explícita, las medidas conducentes a resolver el problema de la alimentación animal. Consideró que este es un factor que ha contribuido mucho en el abandono de animales en la vía pública. No constituiría una gran eroga ion para el país disponer de plantas procesadoras de alimentos sólidos para los animales sirviéndose de los desechos de las industrias carnicas y pesqueras. Estos productos pudieran convertirse en exportables perspectivamente.

  • Alicia dijo:

    Quisiera saber si las yeguas pueden ser usadas como medio de transporte.

  • lia dijo:

    Me parece muy bien que aprueben este decreto ley de bienestar animal , pero que pasa con las personas que venden animales que se encuentran en estado de amenaza como es el caso de la iguana

  • Gelma dijo:

    Hola
    Que bueno que finalmente exista dentro de la ley de nuestro país la responsabilidad y buen cuidado de los animales. Tema que por mucho tiempo nos preocupó a quienes sabemos que estos sufren mental y físicamente cualquier mal atención que se les ofrezca.
    A mí me preocupan 2 cosas fundamentalmente, porque el tema tiene tela por donde cortar.
    Una: Debería existir por los medios de comunicación mayor información sobre el tema...para nuestros jóvenes y chicos.
    Segundo: son muchos los caninos los mayor afectados por las peleas y por los abandonos....informar como evitarlo sería trabajar en pos de mayor cultura y sensibilidad. Crear organizar centros estatales o particulares....para rescatar y evitar los vagabundos y maltratos sería buscar soluciones...porque realmente la ley no va resolver o sería incongruente o incoherente si no aplicas recursos o estrategias con las que pueda contar la población para evitar o erradicar el daño a los animalitos.
    Son muchas cosas que aún nos preocupan...pero ahí aporto parte de mi criterio.
    Ojalá nuestro pueblo aprenda a ser culto respecto a este tema.
    Gracias

  • Orlando Sotolongo dijo:

    Hola, saludos, buenos días. Amo los animales y la naturaleza en general, soy ing agrónomo y estoy muy de acuerdo con el decreto, aún no lo he podido leer, pero tengo una duda. Hay animales, principalmente perros q molestan mucho con sus ladridos constantes por personas insecuentes q los tienen el día entero en el portal y por supuesto que, le ladran a todo lo q pasa por la calle. También se da el caso de los q sacan a defecar en cualquier parte y están las calles llenas de mierda de perro. Pregunto, hay algún capítulo en el decreto q regule estas cuestiones a q me referí aquí? Gracias.

  • Luis Rodriguez Zayas dijo:

    Con respecto a los críadores de cabayos y Chivas en lugares residenciales los tienen todo el dia molestando a los vecinos k se podrá ha de al respecto

  • Adrián dijo:

    Con respecto a las personas k tienen perros y permiten defecar y orinar en propiedades vecinas como por ej en portales , dejando k la mascota este libre a su antojo,para los dueños no hay medidas k protejan a los afectados?

  • Laura dijo:

    Todo muy bien ahí que proteger a los animales pero respeto llama respeto, no tienen porque montar los animales en bus, taxi sin bozal, sin sus cosas para trasladarse, la población no tiene porque estar mal incómodo por eso entonces cada dueño que defiende tanto su perro que se ocupe de comprarle sus cosas y el estado que ponga mano dura nada de permitir incomodidades al pueblo. Los animales se trasladan como corresponde. Hace cuestión de nada paso en el p11 quisieron montar un perro de pelea sin bozal pero no solo eso diciéndole a la inspectora en mala forma la dueña que no muerde se lo pone cerca a propósito como tirándoselo creo que eso no se debe permitir es una frescura de su parte y me encanta los animales pero no lo permito y está muy mal un perro de pelea sin bozal en la calle en cuba se le han tirado hasta sus propios dueños que se de muchos casos, tampoco se puede permitir perros sin bozal y sin sus cosas para trasladarse como corresponde.

  • Jorge dijo:

    No es menos cierto que el animal debe estar protegido por supuesto en su medio de habitad y deben haber leyes pero para aquellos que lo suelen tener como mascota no deben estar en contra de la tranquilidad bienestar y protección ciudadana es un tema a discutir y analista en esto hay problemas por supuesto aquellos que crían y usan mascota como negocio no le importa y atentan a la tranquilidad ciudadana como es no usan el bosal del animal no velan por la higiene además el control del ladrido y constante la fetides del escremento animal, estás desobediencias atentan a la tranquilidad y bienestar ciudadano que tenemos que evitar ante los dictámenes legislativo hecho referido al trato y bienestar animal

  • Franco dijo:

    Deberían hacer leyes de inspección animal para aquellos que sacan su perro a la calle a cagar multar por no recoger su mierda, eso genera virus paracitos e infección en todo el país, ej. Yo corro todos los días por malecón y la cantidad de mierda de perro que tengo que estar esquivando es terrible, es hora de general un empleo para la salud y la igiene de nuestra ciudad

  • Ingrid dijo:

    Hola ando desesperadamente buscando un medicamento para mi perrita,no logro conseguirlo en ninguna parte, vivo en la Habana playa, es un suero de vincristina! Podrían ayudarme es con urgencia,mi perrita está en muy mal estado

  • Juana dijo:

    Hola si buenos dias. será que las persona que crian perros podran hacer un criadero cuando solo las vivienadas están separadas a solo 75 céntimetro y no hay quien aguante el mal olor y la bulla día y noche tanto para las personas mayores enferma como para los niños chiquitos

  • Juana dijo:

    Es necesario que las entidades encargadas de revisar y analizar a quienes se dedican a la criansa de perros cotorras ect cuando se vive en comunidad ya que existen muchas violaciones ellos no tienen cuenta en el medio en que viven ni tan siquiera cuanto hay personas mayores enfermas niños chiquitos ,el que estudia ,el que paso una noche de guardia ect.ect

  • Maria dijo:

    Seria de muy bién la ley pero también debe existir una ley decretada por salud públca cuantos perros puede tener una persona a que distancia entre una vivienda y otra ya que la mayoria de las veces ocacionan el mal estar de las personas tanto mayores niños chiquitos y enfermos provocado por la bulla y el mal olor que es insoportable

  • Eduardo dijo:

    Yo quisiera saber er porque no dejan viajar mascotas en las guaguas apesar de que ballan sedados y dentro de una mochila,sin embargo en avión si me pueden mandar respuesta gracias

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