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En PDF, nuevos salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social

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Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

La Gaceta Oficial Extraordinaria No.69 publicó este jueves 19 resoluciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) que establecen los nuevos cambios en la distribución de los ingresos de la población en lo referido a los salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social, como parte del proceso de ordenamiento monetario que comenzará el próximo 1ro de enero.

A partir de ese día se quedará el CUP como única moneda y una tasa de cambio de 24 pesos cubanos por un dólar, tanto para la población como para el sector empresarial, según anunció el presidente Miguel Díaz-Canel Bermúdez.  

Detalles de las normas del MTSS:

  • El salario mínimo del país se eleva a 2 100 pesos mensuales.

Divididos en 32 grupos de complejidad, se establecen los salarios escalas, según régimen de trabajo y descanso. Las escalas parten de 1 910 y 2 100 pesos para aquellos que laboran 40 y 44 horas semanales, respectivamente, y se fija en la última escala 9 510 pesos para quienes trabajen 44 horas semanales.

La norma plantea que se mantendrán los pagos adicionales mensuales:

  1. Por condiciones laborales anormales;
  2. Por trabajar en turnos nocturnos y mixtos.
  3. Por ostentar la categoría de Máster o la Especialidad equivalente reconocida por el Ministerio de Educación Superior, 440 pesos y por el grado científico de Doctor, 825 pesos, los que se reciben por una sola titulación, siempre que los profesionales desempeñen un cargo con exigencias de nivel universitario. 
  4. Coeficiente de interés económico social del treinta por ciento (30%) del salario básico para los trabajadores que laboran en el municipio de Caimanera, provincia de Guantánamo. 
  5. Para las profesiones que se certifican internacionalmente, 685 pesos. 
  6. Por impartir docencia en Salud Pública, para médicos, estomatólogos y otros profesionales que no ocupan plazas docentes.

A la vez, se dejan sin efecto para todos los trabajadores pagos adicionales mensuales como por ocupar cargos técnicos, por trabajar en los organismos globales y del perfeccionamiento empresarial en las entidades autorizadas a aplicarlo, entre otros.

  • La pensión mínima por edad e invalidez total del Régimen General de Seguridad Social, y de los regímenes especiales de los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, será de 1 528 pesos.

Las pensiones concedidas por el Régimen General de Seguridad Social se incrementan en correspondencia con una escala, que va de 1 528 pesos (para aquellos que cobren actualmente entre 280 y hasta 300 pesos) a 1 733 para quienes reciban de 446 a 500 pesos.

En la resolución se precisa que las pensiones superiores a 501 pesos mensuales, reciben un incremento de 1 528 pesos cada una.

Como parte del compendio legislativo está la Resolución número 33, que especifica sobre el régimen laboral en la inversión extranjera, y puntualiza que el pago del salario de los cubanos residentes en el territorio nacional y extranjeros residentes permanentes en Cuba que prestan servicios en las empresas, lo realiza en pesos cubanos la entidad empleadora, encargada de seleccionar y suministrar el personal que presta los servicios a las empresas. 

  • El salario se fija por acuerdo entre la entidad empleadora y la empresa con capital extranjero teniendo en cuenta la complejidad, las condiciones del trabajo y requisitos adicionales de los cargos. 
  • El salario acordado no puede ser inferior al que corresponde a cada cargo en la escala salarial vigente.

También hay otras resoluciones específicas para los trabajadores que ocupan cargos de las categorías ocupacionales de cuadros, técnicos, operarios, administrativos y de servicios, que laboran en los órganos locales del Poder Popular y sus unidades presupuestadas adscriptas y subordinadas.

Igualmente están las normas dedicadas al sistema salarial para los trabajadores que se desempeñan en cargos periodísticos en los órganos de prensa y en otras publicaciones no conceptuadas como tal; en el sistema de la educación general y media y de la Educación Superior, y en las instituciones asistenciales del Sistema Nacional de Salud.

A su vez se puntualiza el sistema salarial para los trabajadores de la actividad de ciencia, tecnología e innovación y el pago de los ingresos básicos mensuales a los atletas de alto rendimiento de las preselecciones deportivas nacionales, miembros de los equipos participantes de la Serie Nacional de Béisbol y sus reservas, contratados, según la categoría deportiva establecida por el Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación.

  • Las cuantías a pagar por el suministro de la fuerza de trabajo entre la entidad cubana designada y el concesionario o usuario extranjero de la Zona Especial de Desarrollo Mariel.
  • Los salarios mensuales de los artistas subvencionados de las manifestaciones de música, espectáculos, teatro, danza, circo, cine y animados, que tienen relación de trabajo en los sistemas de Cultura, Radio y Televisión, Turismo, Salud Pública y otras entidades autorizadas. 
  • Para los cuadros de las instituciones culturales categorizadas por el Ministerio de Cultura y de los centros culturales pertenecientes a la Oficina del Historiador de la ciudad de La Habana.
  • Para el personal que forma parte de las dotaciones de los buques y embarcaciones de navegación de travesía internacional, de cabotaje y las que realizan sus actividades próximos a la costa y en las aguas interiores, pertenecientes u operadas por las empresas, unidades presupuestadas y demás entidades de los organismos de la Administración Central del Estado y los órganos locales del Poder Popular.

Por último, la Resolución 71 establece que el ingreso de los trabajadores se compone de una parte fija, que se corresponde con el salario escala según la complejidad del trabajo y los pagos adicionales aprobados y, una parte móvil asociada a los resultados que comprende: 

a) Sistemas de pago a destajo;

b) distribución de utilidades; y

c) forma de pago por rendimiento que se aplica en las inversiones constructivas de los programas de desarrollo turístico y de la Zona Especial de Desarrollo Mariel. 

Los sistemas de pago a destajo se basan en la medición de los gastos de trabajo a través de la cantidad de producción elaborada o servicios prestados; se prioriza su aplicación en los procesos y actividades que la naturaleza del trabajo lo posibilite, a partir de normas de tiempo o rendimiento y el salario se condiciona a la calidad del trabajo realizado.

  • Descargue Gaceta Oficial Extraordinaria No.69 (PDF)

Se han publicado 1843 comentarios



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  • AMJ dijo:

    Tengo una duda.
    Para los trabajadores que nos desempeñamos en cargos de nivel superior y somos de nivel medio superior pero estamos aprobado a cubrir ese cargo por reunir los requisitos de idoneidad como lo establece el actual Código del Trabajo, nos mantenemos cobrando como nivel superior.
    Alguien pudiera explicar mejor esa parte.

  • Yudiel dijo:

    Adelante, como nos enseñó nuestro Comandante en jefe y el general de Ejército, pasos firmes para no equivocarnos y si lo hacemos, corregir de manera inmediata nuestros errores. Hasta la Victoria siempre

  • Elmas dijo:

    Solo tengo una duda ¿Está condicionado el pago de la Maestria al salario devengado? o o por ser un pago extra debe pagarse completo todos los mese aunque la persona falte.

  • Joel Betancourt Alayón dijo:

    Noticia muy esperada. OJO!!! sólo se acaba de dar la ARRANCADA en medio de una situación compleja que vivimos, SOBRE TODO por las presiones del imperio y la pandemia. No obstante, la dirección del país ha sido valiente en tomar la decisión en este momento. TODOS DEBEMOS SER MUY CONSCIENTES QUE SERÁ MUY DIFÍCIL ESTA TAREA Y QUE DEPENDERÁ DEL TRABAJO DE TODOS. Hay mucha inercia aún, mucho burocratismo y corrupción. Como diría nuestro Elpidio Valdés "todavía hay mucho machete por dar". DEBEMOS SER COMBATIVOS y CONSTANTES en cada uno de nuestros lugares para lograr el resultado que esperamos. SOLO CON NUESTRO TRABAJO SALDREMOS ADELANTE. VIVA CUBA LIBRE Y SOCIALISTA!!!

  • juan dijo:

    Una pregunta aquellos compañeros que son jubilados y tienen chequera y estan trabajando en una empresa y llega a los 65 años de jubilación como se le paga cuando le solicite a la empresa que ya termino

  • China dijo:

    Dos aspectos importantes a tener en cuenta son los precios exorbitantes de los particulares, que ya están vigentes de hecho. Al principio porque no estaba entrando nada al país y ¿ahora? se quedaron igualitos y hasta han subido más. Es indignante ver como los productos agrícolas, que no hay que traerlos de ninguna parte porque se siembran aqui te cuestan un ojo de la cara. El otro aspecto es la supuesta unificación. Siguen circulando dos monedas, te están subiendo el salario para que puedas pagar el usd en la calle a 1.60 cuc como está actualmente, porque el estado no te lo va a vender. Para los que no tenemos angelitos de la guarda que nos pongan moneda dura en tarjetas nos toca pagarla a este precio a los que la venden o de lo contrario comprar los productos a sobreprecio en la calle porque en otras tiendas ( en las pocas que han dejado en cuc) no hay lo que buscas o necesitas. El estado debe buscar una solución para esto y debe ser cuanto antes. La parte menos favorecida del pueblo lo necesita.

  • Rolando dijo:

    Quisiera me enviaran a mi correo una explicación sobre lo siguiente. Cumpliré 45 años de trabajo. Soy Médico especialista, Doctor en ciencias, Profesor titular y consultante e Investigador titular. Pensaba retirarme con el 90% del salario histórico durante el año 2021. Si lo hago, pero comparándolo con los NUEVOS salarios, me retiraría con menos del 50%. Si bien para algunos el incremento es de 5 veces, en mi caso sería de apenas 1,5. En todo caso, el costo de la vida está relacionado con los ingresos de la población. De hecho lo que sucederá es una afectación en la jubilación. No es justo. En la práctica, en lugar de aumentar las pensiones, lo que se ha hecho es disminuirlas proporcionalmente. Por otra parte, en varias Mesas Redondas se dijo claramente que el que trabajara al menos un año con el nuevo salario, podría jubilarse teniendo en cuenta lo devengado en ese año, pero eso no lo he visto en la ley. Es decir, no hay precisión sobre período de tránsito. Les diré que soy de los científicos que trabaja en vacunas contra la COVID, y aunque pensaba jubilarme el año entrante, nunca pensé en dejar de aportar mi experiencia y aporte, pero me duele mucho pensar que mi jubilación quedaría mermada a menos del 50%. Aunque hablo de mi experiencia, pienso es extensiva a otros.

  • Yuleisy dijo:

    Cómo sería mi caso, que estuve ingresada y ahora estoy de certificado Médico por un mes hasta el 9 de enero,

  • Marelis dijo:

    Considero que están muy bueno los salarios. Pero que medidas van a tomar para la inflación que conlleva este aumento de salario. Creo que o ponen precios límites o vamos a terminar donando un hígado para terminar el mes. Pongan líneas en los municipios para denunciar o tomen otras medidas. Y lo otro que debieron valorar fue que siguen sin pagar a los médicos guardia solo nocturnidad y solo siga costando 48 pesos. Y los domingos que hacemos guardia 24 horas y solo nos pagan la guardia en la noche. Debieron buscar una estrategia porque al final si van a eliminar gratuidades entonces deben pagar a cada cual sus horas de trabajo.

  • Pili dijo:

    Sandran críticas, pero creo que cuando las personas saquen sus cuentas y vean que el salario si les va a propiciar mejorías,entonces cambiarán de opinión y arrimaran el hombro¡es un cambio,y para mejor,hasta hoy los salarios eran NADA,y si vivieron con "el"creo que ahora podrán verse un poco más desahogados,EN TODAS PARTES DEL MUNDO HAY QUE AHORRAR O TIRAR DE CRÉDITO¡¡

  • Jorge dijo:

    Cuanto cobraría un sereno que pertenece a una instalación deportiva cuyo salario es de 432 sin ningún beneficio ni x concepto de alimentación y no cumple con las 44horas establecidas semanales ya que trabaja 12 horas de madrugada a cada dos dias es decir 12x48 de esto no se habla en la gaseta

  • Alfredo dijo:

    Se está violando el principio de progresividad a la prestaciones sociales de uno trabajador asalariado por el Estado

  • yasmina dijo:

    solo una duda pues se habla de los salarios, pensiones ect. pero los estipendios estudiantiles? como quedaran los estipendios estudiantiles de los estudiantes de las universidades a partir d ahora de cuanto sera su estipendio, por lo demás todo esta bien claro y detallado. Gracias de ante mano

  • eliesmay nuñez iglesias dijo:

    ¿entonces ya puedo ir a bandec y comprar usd para comprar en las tiendas por mlc valorando mi cup en usd a 24?

  • Jolubaro dijo:

    Todo claro, sin embargo pienso que haber eliminado el pago por años de trabajo no es correcto. Adelante!

  • Angela dijo:

    Segun la nueva escala el grupo XVI es el grupo del medio y su salario es menos de la mitad del mayor salario. En este grupo se encuentran los técnicos superiores. Creo que manatener a los tecnicos de nivel superior en esta escala es muy poco valor e importancia que se le concede a estos especialistas.

  • maykel gonzález diaz dijo:

    Buenos días yo apoyo todo lo que hace mi país para bien de nuestro pueblo pero tenemos que mirar para el campo
    1 planteó qué no es posible que alguien trabaje en la agricultura y no se le sea bien remunerado
    Ejemplo que pongo un custodio recibe mas beneficios que un trabajador agrícola
    Si nuestro mayor problema es la comida
    2 por que se demora en pagar a los campesinos cuando venden algo
    Si se le pagara al momento producirán mas y no buscaran otras vía para satisfacer sus otras prioridad
    No juzgo a nadie yo quiero a mi país
    Yo quiero un país lindo como estés para mis hijo que no tiene mucho pero se duerme tranquilo y con paz

  • lu dijo:

    Por favor compatriotas, debemos tener calma que todos vamos a tener en su momento la respuesta que necesitamos antes del 1ero de Enero, estoy segura que todo saldra bien, esto es CUBA.

  • antonio dijo:

    Adelante Siempre. Viva Cuba

  • Mercedes Gonzalez Olivera dijo:

    Para los jóvenes que estan pasando el Servicio Militar que son sostenido por las madres que no trabajan y por lo menos a mi no me da ni para rl pasaje de el que les van aunentar .Que haran en este tipo de casos Gracia

  • electro dijo:

    Porque no aparece nada relacionado con electromedicina

  • NOW dijo:

    Los precios de la electrocodad son un escandalo como diria Rafael....

  • Enrique dijo:

    Creo hemos dado un paso firme, profundo y muy necesario para el desarrollo económico del país y el bien de la familia cubana. ¡Viva la Revolución!

  • Máximo Argüelles Rodríguez dijo:

    Cuanto gana los de más de 301 hsta445 pesos de retiro.no viene señalado ese personal .
    Por lo demás todo está muy bien estudiado . apoyo
    cualquier medida que oriente y disponga nuestro gobierno revolucionario.

  • Haisel dijo:

    Podrían decirme cuanto vamos a cobrar las mujeres que como yo estamos de licencia de maternidad? Cómo vamos a afrontar los nuevos precios si hasta que no terminemos nuestras licencias y comencemos a trabajar no se nos sube el salario? (Y los precios de los productos no van a esperar que nos incorporamos) Gracias

  • Chainisse dijo:

    Creo que aún el salario para el personal de salud pública tanto médicos como enfermeros es insuficiente!!!

  • Ramón Rafael Valdivia Suero dijo:

    Saludos, una preocupación, soy juvilado régimen especial por ser miembro de la acaa con un salario de 120 pesos moneda nacional y vivo con mi esposa que no recibe ingreso de ningún tipo y espere a esta fecha para ver como sería mi salario y no veo referencia a eso en esta regulación por favor quisiera que me aclaren, tengo una gran preocupación por mi situación económica

    • MTSS dijo:

      A los beneficiarios que se jubilaron por un régimen especial, se le incrementarán 1118 pesos.

  • María dijo:

    Por favor necesito que me aclaren esto:"Las pensiones concedidas por el Régimen General de Seguridad Social se incrementan en correspondencia con una escala, que va de 1 528 pesos (para aquellos que cobren actualmente entre 280 y hasta 300 pesos) a 1 733 para quienes reciban de 446 a 500 pesos.

    En la resolución se precisa que las pensiones superiores a 501 pesos mensuales, reciben un incremento de 1 528 pesos cada una".
    ¿Esto quiere decir que las pensiones de +500,no recibiran 205CUP con respecto a las de 500CUP? por favor tener en cuenta que la pensión más alta obedece a +atiempo de trabajo, pluriempleo, más capacitación y esa enNSIÓNno incremento no estimula a trabajar más, pues las personas que trabajaron menos ahora reciben un incremento superior MAYOR FUE PORQUE TRABAJÓ MÁS TIEMPO, HIZO PLURIEMPLEO

  • Jose L. Rodriguez dijo:

    Bueno era la noticia más esperada, pensabamos que tambien vendria con el incremento salarial. Aqui ya lo tenemos, pero lo que faltaria es quien es el responsable de la regulación de los precios y quien velará porq

  • Lilianny Rodríguez Romero dijo:

    En enero si te mandan por correo desde España 100 dólares cuanto te dan aqui.

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