Imprimir
Inicio »Noticias, Política  »

Aclaraciones de la Aduana sobre nuevas regulaciones

En este artículo: Aduana, Comercio, Cuba, Economía
| 156
Aduana General de la República. FOTO: Raúl Abreu/Juventud Rebelde.

Aduana General de la República. FOTO: Raúl Abreu/Juventud Rebelde.

A partir de preguntas recibidas por diferentes vías, resulta claro que existen dudas entre nuestros usuarios en relación al alcance y el contenido de las nuevas Regulaciones de la Aduana que entrarán en vigor el 1ro de septiembre de 2014. Por tal razón, la Aduana General de la República profundizó en los cambios que su aplicación introducirá en la actuación aduanera el próximo mes, así como en aquellas cuestiones que no cambiarán con su puesta en vigor y se mantendrán como hasta ahora.

Qué cambiará a partir del 1ro. de septiembre con respecto a lo dispuesto en la actualidad:

1.- Resolución 206-2014 del Jefe AGR.- Establece el Límite para la determinación del Carácter Comercial a las importaciones que realizan las personas naturales por cualquier vía. O sea, determina las cantidades de cada artículo que pueden ser importadas por pasajeros o mediante envíos. Sustituye desde el 1ro de septiembre la Resolución No. 320-11 del Jefe AGR.

Cambios con respecto a lo dispuesto en la actualidad (hasta el 31 de agosto de 2014):

Se aumenta la cantidad de artículos relacionados con la finalidad de disminuir aquellos que actualmente entran en la definición de "los otros".

Se modifican en algunos artículos las cantidades consideradas como importación no comercial.

2.- Resolución 207-2014 del Jefe AGR.- Establece el Listado de Valoración en Aduana para las importaciones sin carácter comercial. O sea, a través de este listado podrá conocerse el valor en aduanas de cada artículo. Este valor en aduanas será utilizado cuando no se acepten la declaración del pasajero o la factura de compra como base para el cobro de los derechos de aduanas. Sustituye desde el 1ro de septiembre la Resolución No. 321-11 del Jefe AGR.

Cambios con respecto a lo dispuesto en la actualidad (hasta el 31 de agosto de 2014):

Se aumenta la cantidad de artículos relacionados con la finalidad de disminuir aquellos que actualmente entran en la definición de "los otros". Se igualan en cantidad y definición con los artículos del listado de la Resolución 206-14

Se modifica el valor en aduanas de algunos artículos

3.- Resolución 208-2014 del Jefe AGR.- Determina que en el caso de los envios (solo en el caso de los envíos) para la determinación del valor en Aduanas de los artículos considerados misceláneas se utilizará la equivalencia de un (1) kilogramo igual a veinte (20) pesos. Sustituye  desde el 1ro de septiembre la Resolución No. 122-12 del Jefe AGR

Cambios con respecto a lo dispuesto en la actualidad (hasta el 31 de agosto de 2014):

Se modifica la equivalencia Peso/Valor para la determinación del valor en aduanas de las miscelaneas SOLO EN EL CASO DE LOS ENVIOS,  que era de 1kg. igual a 10.00 pesos y pasa a ser, a partir del 1ro de septiembre, de  1 Kg. igual a 20 pesos.

Por lo anterior, la cantidad de miscelaneas exentas en el caso de los envíos se reduce a 1.5 kgs según la Resolución 300-14 de la Ministra del MFP

Qué no cambiará a partir del 1ro. de septiembre con respecto a los dispuesto en la actualidad:

Los efectos personales: Se mantiene que los efectos personales NO pagan derechos de aduanas. Cuando se aplica el método alternativo de valoración por peso a las miscelaneas, se mantiene que 25 kgs de ellas se consideran como efectos personales.

Los efectos personales: Se mantienen entre los artículos considerados efectos personales los establecidos actualmente como por ejemplo: una laptop, un celular, un tv portatil, etc.

Valoración de las miscelaneas: En el caso de los pasajeros, se mantiene  la equivalencia de 1 kilogramo = a 10.00 pesos para la valoración de las misceláneas cuando se aplica el método alternativo de valoración Peso/Valor.

El límite en valor a importar.  Se mantiene el límite en valor de mil pesos, en el caso de los pasajeros y de 200.00 pesos, en el caso de los envios.

Importación exenta de pago: se mantiene que cuando se realice una importación, los primeros 50.99 pesos en valor están exentos del pago.

Las Tarifas arancelarias: Se mantiene la misma tarifa que establece que entre 51.00 pesos y 500.99 pesos, se paga el 100% del valor en aduanas y entre  501.00 y 1,000.00 pesos se paga el 200% del valor en aduanas.

Los medicamentos: Se mantiene que podrán importase, exentos del pago de derechos de aduanas, hasta 10 kgs de medicamentos, siempre que vengan separado del resto del equipaje y en sus envases originales.

Canal verde: Se mantiene que aquellos pasajeros que solo importen sus efectos personales y no transporten en su equipaje artículos prohibidos, regulados o que deban pagarse derechos arancelarios, podrán utilizar el canal verde.

Menaje de casa: Se mantiene que aquellos residentes que esten en el extranjero por un período mayor de 2 años, podrán importar su menaje de casa  cuando regresen al país.

Moneda en que pagan los pasajeros: Se mantiene que los residentes, en su primera importación dentro de un año natural, pagan los derechos de aduanas en pesos cubanos (CUP). A partir de la segunda vez dentro del mismo año natural en adelante, los residentes permanentes pagaran los derechos de aduanas en CUC.  Los no residentes permanente en Cuba pagaran en todos los casos los derechos de aduanas cuando correspondan en CUC.

Moneda en que se pagan los envios: Se mantiene que los derechos de aduanas de los envios se pagan en CUC.

Moneda: Se mantiene que todos los pasajeros pueden exportar hasta 5,000.00 usd o su equivalente en otras monedas. Se mantiene también que la importación de moneda libremente convertible es libre (no hay límite) pero si se importa más de 5,000.00 (cinco mil) usd o su equivalente, ello deberá declararse ante la aduana.

Vehículos: Se mantiene que no está autorizada la importación de autos por personas naturales, salvo los turistas por el período establecido.

Prohibiciones: Se mantienen las mismas prohibiciones de importación y exportación establecidas en la actualidad. A la Importación  y A la Exportación

Sobre la entrada en vigor de las nuevas disposiciones y su aplicación:

A los efectos del despacho del equipaje, resultará determinante la fecha de llegada del pasajero.  Se aplicarán las disposiciónes 320-11 y 321-11 del Jefe de la AGR, siempre que el pasajero arribe al país ANTES del 1ro de septiembre. A los pasajeros que arriben a Cuba a partir del día 1ro de septiembre, se les aplicaran las Resoluciones 206-14 y 207-14, con independencia de la fecha de llegada del equipaje, sea este acompañado o no.

A los efectos de los envíos, resultará determinante la fecha de llegada del mismo. A los envíos que arriben al país a partir del 1ro de septiembre, se les aplicarán las nuevas disposiciones. Por el contrario, los que hayan arribado con anterioridad a esta fecha, serán despachados por las disposiciones vigentes en ese momento.

(Tomado de Aduana.co.cu)

Se han publicado 156 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

  • Yunior dijo:

    A mi criterio no estoy de acuerdo con que las personas naturales no puedan entrar vehículos al país, pues no veo nada de malo en la entrada de los mismos, al contrario esa entrada mejoraría el parque de vehículos en nuestro país y traería consigo una menor contaminación del medio ambiente, porque la verdad transitan por nuestras calles cada vehículo que dejan mucho que desear...

  • SIGUARAYA dijo:

    COMO SE LES NOTA QUE LOS QUE ESTAN TAN OFENDIDOS CON LAS NUEVAS LEYES SON LOS QUE ESTAN IMPORTANDO PARA EL NEGOCIO Y LUCRANDO CON LOS POBRES PUES A MI LAS NUEVAS LEYES NI ME VA NI ME VIENEN PUES NO TRAIGO NADA PARA REVENDER PUES LOS POCOS PESOS DE MI BOLSILLO ES PARA COMPRAR UNAS POCAS COSAS CUANDO HE SALIDO DE VIAJE NO PARA TRAER ESA ENORMIDAD DE PRODUCTOS EN NINGUN PAIS DEL MUNDO ESTA PERMITIDO IMPORTAR DE ESA MANERA.

  • Nivia dijo:

    Creo que ya esto son solo espacios para hacer catarsis. En general no recuerdo nigún tema de los que aquí han sido criticados o rechazados que haya provocado luego algún cambio significativo en las decisiones tomadas. Considerando ese aspecto, además del limitado número de personas que tienen acceso a nuestra red informática, finalmente, a pesar de que estas regulaciones son ampliamente rechazadas y significan otra pesada carga que hechar sobre los hombros de muchos de nosotros, pues seguirán adelante con las habituales frases hechas. Yo al menos escribo por última vez. en estos sitios

  • RFB dijo:

    Por Favor ADUANA, no menosprecie la inteligencia de las personas, no es que se tengan dudas, es que no se está de acuerdo.!!!

  • Whammy dijo:

    Los culpables son las mulitas que quieren vivir del invento y no quieren trabajar aqui en usa esa es la respuesta justos por pecadores

  • manolo dijo:

    Cuando la aduana va abordar la injusticia que comete con mas de 500 viajeros que le a hecho cartas de apercibimiento y les prohibe traer siquiera un regalo para sus hijos ,ademas de las humillaciones a las que son sometidos a la salida y entrada del pais

  • Ruben dijo:

    Una duda siempre que he ido de visita a veces me paso 3 o 4 kg por encima de los 30 permitidos y me cobraban 10cuc por cada kg eso se mantiene? Si verdad no me cobraran 20 cuc por cada kg? Y lo del canal verde si funciona o no? Como saben que no te pasas ni un kg o pesan el equipaje a todos los cubanos? Gracias por la aclaracion a quien me pueda ayudar.

  • Yolam dijo:

    Deseo conocer si los menajes de casa seran incluído en las,nuevas resolucionoes o se má.tienen por lá 122 del 2009. Gracias

  • Eros dijo:

    Puedo Importar un motor y otras piesas para mi carro??? sin importar cuanto cueste en el pais de origen.Me lo cobran por Kilos o por cantidad de motores? De hecho tiene que ser enviado por alguna agencia en espesifico? En la famosa tablita dice que si pero puede una persona natural hacerlo o es necesario estar cumpliendo algunas funciones espesificas en el extranjero para poder hacerlo.Es necesario que se entienda que Las agencias de envio como es normal cobran tambien por brindar sus servicios y que lo hacen por la masa importada.

  • Daimy dijo:

    Hola viajo en 3 días a la isla y es mi primera entrada en el año y soy residente en la isla y tengo 5 kg de las en q moneda debo pagar por pasarme

  • iroel santos portela dijo:

    hola,me llamo iroel santos portela, soy medico cubano, cirujano de misión en Guatemala, fui victima de nuestra aduana, envié unas piezas de uso para arreglar mi moto en cuba, una suzuki fx 110, en diciembre 26, 2014, con una colaboradora amiga llamada Lourdes Garces, para que mi familia pudiera arreglar la moto, ya que no llego hasta junio del 2015, y fueron piezas autorizadas segun las normas aduaneras del 1ro de septiembre del 2014, cilindro, aro, pistón, cigueñal, bobina de la electricidad, los rodamientos del motor, la caja de velocidad, no envié los cárter, ya que son los que tienen la numeración del motor, y conozco que no se pueden enviar, ya que es como entrar una unidad completa, así las cosas se las decomisaron, refiriendo que estaba entrando una unidad completa, lo cual no es así, son las piezas para arreglar mi moto, fue severamente repudiada y maltratada al frente de todos los demás colaboradores, lo cual provocó su negativa para reclamar las piezas y mi esposa Olga Lidia Rodriguez Villalonga realizó un poder ante el notario, para realizar la reclamación el 20 de enero del 2015, y al cavo de un mes, le negaron la apelación, y le dan derecho a apelar nuevamente, pero todos sabemos que el problema es la falta de humanismo del personal de aduana que mide a todos los cubanos con la misma regla y creen que todo el mundo es mula para hacer negocios, y no ven que algunos que estamos afuera trabajando para nuestro país, llevamos piezas para arreglar nuestros equipos, basta ya de echarle culpa al bloqueo, el principal bloqueo esta en nuestra mente, que no nos queremos abrir al mundo, ni queremos que el pueblo cubano mejore, a los americanos no les interesa si yo arreglo mi moto, el amor que caracterizaba a nuestro pueblo se ha perdido, ahora reina la envidia y la falta como decía de humanismo, estoy seguro que ya alguien de la aduana le dio camino a mis piezas, y la solución es negar la apelación a pesar de tener nosotros la razón, espero respuestas, y por favor, indaguen , que nuestra aduana hace cosas buenas como con la droga, pero también reina la injusticia e insatisfacción por nuestro heroico pueblo, espero su respuesta, iroel

  • cubano 100% dijo:

    He dedicado casi una hora en leer los comentarios hechos aqui previos a la puesta en practica de las nuevas REGULACIONES ADUANERAS y se nota la desconfianza en los funcionarios de la Aduana dada las perrogativas sin presedentes ni justificacion que les da esta RESOLUCION de desidir si un pasajero es un DELINCUENTE o no.Se dijo (mesa redonda vista desde Panama) que los funcionarios ayudarian y aclararian dudas.......ES UNA BURLA,lo que hacen es ENGAÑAR al pasajero y complicarles las cosas.Entre el 21 de dic de vacaciones como en los ultimos 5 años y el Sr del Rayos X determino que un DVD Portatil (efecto personal) era una Consola de Juegos(250 puntos valor de Aduana,costo 39 Usd) mal pence que a la hora de pesar y pagar resolveria aquello....pues no me lo cobraron,me pesaron todos los equipajes (lo que se cobra no se pesa).,..,,CONCLUSIONES:Cuando fui a retirar mi CARGA NO ACOMPAÑADA me decomizaron todo lo que traia para mi familia (digase sabanas,toallas,zapatos,tenis y varios pequeños efectos electricos) despues de una debida reclamacion........LA ADUANA ES UNA MAFIA INDOLENTE,FUI ENGAÑADO,MALTRATADO Y ROBADO...Seria bueno que esa Intitucion como mismo cumple sus funciones de a conocer con imagenes periodicamente el destino de los CUANTIOSOS recursos que decomisa y quizas gane algo de credivilidad

  • delvis dijo:

    ...cuando saldra alguna ley contra los abusadores que se roban las Cosas que enviamos a nuestros familiäres a Cuba CUANDO?? ,me han robado zapaticos q envie a mi nieta,segundo intento ,regalo de navidad,una muneca ,se robaron ,unos libritos ,tercer intento,se los robaron....menos de dos Kilos,sin derecho a reclamar....

  • yony dijo:

    Quiero saber yo q voy x primera vez a cuba desde usa cuantas libras puedo llevar y si m lo cobran en moneda nacional

  • super com dijo:

    los hornos electricos como los que vendene en las tiendas alla no me los puedo llevar

  • Alcides dijo:

    Saben porque la gente no entiente por una Aduna no puede estar cambiando sus regulaciones todos los dias , pues tu sales una una resolucion y entras con otra y eso crea mucha desconfiansa e inseguridad en los viajeros y se presta a la comision de delitos

    Es que una Aduana no puede estar cambiando cada dia sus regulaciones , eso crea insertidumbre y descinfiansa o quizas ese es su objetivo

  • Juan Antonio Labaut Sueiro dijo:

    Cuantos teléfonos celulares y tables, aparte de tu uso personal uno de cada uno, cuantos puedes llevar para Cuba exento de pago, la persona vive en Cuba.

  • HENRY COLON dijo:

    buenas noche tengo una duda hace hoy un mes y 7 dias mande 7 cojas por mrww a mi madre en cuba santiago, cada cajita pesa menos de kilo ymedio por el tamaño de la caja donde yo tengo entendido segun la regulacion aduanal el kilo y medio no tiene que pagar nada en cuba solo 11 pesos en moneda nacional dande mi madre me escribe hoy que le estan cobrando 65 dolares y 24 pesos me podria esplicar el porque tiene que pagar esa cantidad de dinero cuando no es lo que dice la regulacion

  • ivan dijo:

    los comentarios los aclara la aduana o cubanos que como yo tenemos la necesidad de saber realmente como funciona las nuevas regulaciones y damos nuestro punto de vista

  • Jorge Luis Más Peña dijo:

    Yo tengo residencia permanente en Argentina es mi primera vez que entro a Cuba en este año mis preguntas son :
    ¿Cuántos kg de equipaje puedo entrar .? ¿Cuántos de mano .? ¿ Qué cantidad de un mismo producto puedo llevar .?¿Cómo puedo entrar en el canal verde si cumplo con las regulaciones .? ¿lo solicito a mi llegada .?

    gracias serían muy amables al responderme .
    nos vemos en la Cuba bella

  • Maria dijo:

    Quisiera saber si se puede yevar a Cuba un sistema de cámaras para conectarla en la casa y de ser posible cuanto me costaría entrarlo

  • lily dijo:

    HOLA
    SOY RESIDENTE CUBANA Y ESTOY EN ESPAÑA Y QUERÍA SABER SI ARRIBO A CUBA DOS VECES AL AÑO QUE CANTIDAD DE KG PODRIA ENTRAR EN CADA VIAJE.
    POR FAVOR PODRIAN ORIENTARME.
    SALUDOS

  • jose mallo cordon dijo:

    no entiendo porque a mi hija que vive en holguin en octubre 2015 le cobraron en cuc casi 45 cuc por sacar un pequeño paquete de 3.7 kg que envie de francia cuando en regulaciones aduanales se explica que el valor de 1 kg es 20 pesos. Si alguien puede aclararme por favor

  • Dannier Rafael Milanes Cabrera dijo:

    Mi duda es muy fácil si hago un envío de 2 kg mi familiar que recibe tiene que pagar por recibir el envío cuantos pesos, o sea por favor explíquenme para tratar de entender,por favor, yo quiero hacerle envíos a mi familia que por lo general son mujeres, mi hija, mi esposa, mi hermana y mi madre, supongamos que mando 4 deliniadores, 4 creyones, 4 brillos labiales lo que me da 12 que esta por debajo de 20 que es lo permitido para que sea con caracter no comercial, supongamos que mando los 24 pellizcos 6 para cada una y que mando 2 docenas de blumer 6 blumer para cada 1, eso cuando lo peso son 2 kg, pero cuando me fijo en la conversion de precios que ustedes hacen son por los cosmeticos 4 pesos cada uno que serian 48 pesos, como son 2 docenas de blumer serian 12 pesos y como son 24 pellizcos serian 48 pesos mas porque son a 2 pesos cada uno, en total suman 108 pesos o sea esta por debajo de los 200 pesos total pero es mas de los 30 pesos que usted me dice, que significa esto que tengo que pagar la diferencia de 30 pesos a 108 pesos aun y cuando el paquete que envio solo pesa 2 kg, por favor expliqueme, muchas gracias.

  • Dannier Rafael Milanes Cabrera dijo:

    por favor, yo quiero hacerle envíos a mi familia que por lo general son mujeres, mi hija, mi esposa, mi hermana y mi madre, supongamos que mando 4 deliniadores, 4 creyones, 4 brillos labiales lo que me da 12 que esta por debajo de 20 que es lo permitido para que sea con caracter no comercial, supongamos que mando los 24 pellizcos 6 para cada una y que mando 2 docenas de blumer 6 blumer para cada 1, eso cuando lo peso son 2 kg, pero cuando me fijo en la conversion de precios que ustedes hacen son por los cosmeticos 4 pesos cada uno que serian 48 pesos, como son 2 docenas de blumer serian 12 pesos y como son 24 pellizcos serian 48 pesos mas porque son a 2 pesos cada uno, en total suman 108 pesos o sea esta por debajo de los 200 pesos total pero es mas de los 30 pesos que usted me dice, que significa esto que tengo que pagar la diferencia de 30 pesos a 108 pesos aun y cuando el paquete que envio solo pesa 2 kg, por favor expliqueme, muchas gracias.

Se han publicado 156 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

Vea también