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La consulta popular del proyecto de Código de las Familias: Principios, derechos y deberes constitucionales en juego

Por: Dr. (Teodoro) Yan Guzman Hernández
Publicado en: Pensar el Derecho
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Si la profesora Olga Mesa Castillo ha afirmado que “el Derecho de familia es el más sentimental de los Derechos”, cabría decir que el Código de las familias es el más social de los códigos. La familia constituye la célula fundamental de toda sociedad, en la medida que como grupo social primario esta debe reproducir valores y principios que aseguren la dignidad plena y el desarrollo de la personalidad de sus miembros, así como el bienestar individual y colectivo, a fin de lograr una convivencia social lo más pacífica posible. Estos principios y valores deberán consolidarse y reproducirse en el contexto cubano, en un Estado socialista de derecho y justicia social, democrático, organizado con todos y para el bien de todos.

En ocasiones, los ciudadanos cuestionan los grados de democracia, participación e inclusión que el Estado logra, pero obvian hacer similar ejercicio sobre el espacio de la familia o respecto al plan de convivencia que debe existir, cuando de una familia distinta se trata. El constituyente cubano, a sabiendas del impacto que tendría en la sociedad el hecho de atemperar la diversa y compleja realidad existente en las familias cubanas, primero a la Constitución y, después, a una nueva ley que las regule, decidió prever en la disposición transitoria decimoprimera de la Carta Magna que en el plazo de dos años de vigencia de la misma, se iniciase el proceso de consulta popular y referendo del proyecto de Código de Familia, en el que debe figurar la forma de constituir el matrimonio. 

¿Por qué el constituyente decidió blindar democráticamente el proceso de elaboración del Código de las Familias con dos instituciones de participación popular como lo son el referendo y la consulta popular? La respuesta radica en que se hace necesario dotar al nuevo Código de altos índices de legitimidad ciudadana, por las implicaciones que tiene para la convivencia social y para la visión de sociedad de las nuevas generaciones, de ahí la concepción de un proceso encaminado a la búsqueda del consenso popular, dentro del cual, la consulta popular juega un papel determinante. 

¿Qué es la consulta popular? ¿Qué finalidad tiene? ¿Qué se consulta? ¿Sobre la base de que patrones se organiza? ¿Cuáles principios, derechos y deberes constitucionales deben tenerse en cuenta para potenciar su naturaleza democrática y alcanzar su finalidad consensual? La respuesta a estas interrogantes guiarán las líneas de este trabajo, el cual tiene como objetivo principal realizar un acercamiento a esta peculiar institución participativa y, de paso, hacer un llamado de atención sobre algunas pautas y riesgos, sobre la base de algunos principios constitucionales que influyen en su realización. 

La consulta popular es una forma o mecanismo de participación popular mediante el cual un anteproyecto de ley o decisión política se somete a un proceso deliberativo en el que los electores, reunidos en asambleas previamente organizadas en lo que respecta a forma, tiempo y espacio, dan sus consideraciones sobre el contenido del anteproyecto, para que el órgano decisor realice las modificaciones pertinentes teniendo en cuenta la mayor o menor intensidad y la mayor o menor trascendencia de las modificaciones planteadas. De la consulta popular se deriva un derecho ciudadano, en específico, un derecho de participación, así lo reconoce el inciso d del artículo 80 de la Constitución de la República; esta institución es expresión del principio de soberanía popular del artículo 3 constitucional, y entraña su ejercicio en forma directa por parte del pueblo

La consulta popular, junto a la rendición de cuenta de los delegados a sus electores y la revocatoria de mandato, particularizan el modelo participativo cubano. Es un mecanismo de participación que ya tiene una tradición en nuestro país y su primera puesta en práctica se asocia justamente al Código de familia, vigente desde 1975, después se empleó para la primera constitución socialista, aprobada por referendo en 1976 y, más reciente, en los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, el Código de trabajo y la vigente Constitución. No es una forma de participación muy extendida en otros países, o sea, no es usual su reconocimiento en la Constitución o en las leyes, ni su puesta en práctica en el marco de la actividad legislativa, sin que esto quiera decir que la dimensión deliberativa de un modelo participativo se agota con este único mecanismo. 

En Cuba la consulta popular puede establecerse en ley –como fue el caso de la disposición transitoria decimoprimera de la Constitución vigente– u oportunamente, puede ser instada por la Asamblea Nacional a partir de la facultad que le confiere la propia Constitución (art. 108-c) y la Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado (arts. 215-271). Por la función legislativa del Parlamento cubano, este debe discutir y aprobar las leyes, para ello puede apoyarse en la ciudadanía de manera tal que esta se implique en la fase deliberativa, la cual es una de las fundamentales del proceso de formación de la ley. Generalmente, esta fase la llevan a cabo los diputados con el análisis de los proyectos de ley a lo interno de las comisiones y en el plenario, del cual se televisan algunos fragmentos. La consulta popular permite a la Asamblea Nacional “calibrar” el “sentir” ciudadano sobre determinados contenidos del anteproyecto que pueden resultar conflictuales o a priori carecer de acuerdos claramente mayoritarios, por lo que permite la construcción de consensos. Por otra parte, involucra a la ciudadanía en el proceso legislativo y eleva su cultura jurídica respecto a la futura ley, más, si la propia ciudadanía será la destinataria de sus normas, en caso de que se apruebe; otro beneficio es que potencia la dimensión dialógica y consensual, tan necesaria en cualquier sociedad.

A la vez que la consulta popular y el referendo se integran al proceso formativo de la ley,  maximizan la democratización de este proceso y potencian la legitimidad del resultado. Cuando para la aprobación definitiva de una ley, además de la tradicional discusión y votación que ocurre en el Parlamento, se somete a consulta popular y a referendo, como acaeció con la vigente Constitución y sucederá en el Código de las familias, se puede afirmar entonces que se han concretado las tres dimensiones que debe tener un modelo participativo: la deliberativa a través de la consulta popular, la representativa mediante el despliegue de la actividad parlamentaria sobre el proyecto de ley y la democrático-directa por medio del referendo. 

Cada una de esas dimensiones significa en sí misma un principio configurativo no solo del modelo, sino también a lo interno de las instituciones que lo integran. Tan importante es que se prevea normativamente la consulta popular como que la misma se diseñe y realice lo más democráticamente posible, en el sentido de que asegure una libre deliberación, una representatividad de intereses, una implicación directa y consciente de los participantes y un resultado final fiel al consenso obtenido, que es cuestión diferente a la cuantificación de mayorías respecto a la ley en general y a cada uno de sus contenidos por separado.

En la Constitución del 2019 se reconocen algunos principios que deben pautar la forma de organización y realización de la consulta popular en Cuba. Estos han venido reafirmándose en otros procesos consultivos, como el del proyecto de la actual Carta Magna, que denotó ser más democrático y transparente, respecto a los anteriores, tal vez, porque ya se ha acumulado una experiencia importante en la puesta en práctica de esta institución. ¿Qué principios, derechos y deberes constitucionales deben tener en cuenta las instancias organizativas y los sujetos implicados en la consulta popular para asegurar el carácter democrático que debe tener esta institución y con ello propender a la obtención de mejores resultados de cara al consenso? 

En primer orden, el propio principio democrático (art. 1), que igualmente se asienta sobre otros principios y valores fundamentales que resultan vertebrales para que este pueda realizarse, como son la dignidad humana (arts. 1 y 40), la ética de los ciudadanos (art. 1), la libertad (arts. 1 y 46), la igualdad (arts. 1 y 42) y su lógico complemento, la no discriminación (arts. 41 y 42), y la solidaridad (art. 1 y 47). Otros principios que resultan funcionales para salvaguardar el carácter democrático de este mecanismo son los principios de transparencia, participación (art. 80), tutela a las personas en situación de discapacidad (art. 89), libre desarrollo de la personalidad (art. 47). Entre todos estos principios existe una relación de interdependencia, uno tributa al otro, o en el mismo orden, la negación de uno puede redundar negativamente en otros.

Dos deberes de rango constitucional también tributan a la realización democrática de la consulta popular en Cuba, uno de ellos se encuentra regulado en el Capítul IV de la Carta Magna, me refiero a que las personas deben relacionarse con las otras, conforme al principio de solidaridad humana, respeto y observancia de las normas de convivencia social. Otro deber se deriva del artículo 47, desde este precepto además de anticiparse el respeto y la solidaridad, se exige normativamente el deber de ser fraternal.

El principio de corresponsabilidad no está regulado en la Constitución, pero se puede inferir: el Código de las familias será el resultado de la implicación consciente y responsable de la ciudadanía con su participación en los procesos de consulta y referendo y del riguroso trabajo del Consejo Electoral Nacional y las demás instancias involucradas, para captar la trascendencia y esencia de los disensos y consensos que recaigan sobre la regulación de las instituciones familiares, también de la labor de nuestros diputados en la Asamblea Nacional. Solo así se podrá presentar a referendo un proyecto final que viabilice su aprobación, debido al logro de un consenso mayoritario, capaz de expresarse en una notable mayoría cuantificable en votos.   

No puede hablarse de una consulta popular democrática si no se garantizan determinados derechos y libertades como son el derecho a la participación, también considerado un principio, o las libertades de pensamiento, conciencia y expresión del artículo 54 constitucional, incluyendo la objeción de conciencia, manifestaciones del ya mencionado principio de libertad del artículo 1. 

Está claro que el ejercicio de los derechos tiene límites (art. 45), pero no tan simples como se ha hecho entender con la idea de que “el derecho de uno termina cuando empieza el de los demás”, pues no se trata de razones únicamente de orden cuantitativo, de lo contrario la ponderación (sopesar los derechos que potencialmente “están en juego” en una situación jurídica determinada) y la proporcionalidad (valorar la trascendencia jurídico-social que tiene un derecho en comparación con otro u otros igualmente válidos para la situación jurídica que se conoce a fin de encontrar la solución más justa) no fuesen dos de las actividades intelectuales más complejas que debe emprender no pocas veces el juez, en la búsqueda de la solución más justa. También, porque esta interpretación simplificada de los límites a los derechos puede convertirse en un boomerang para aquellos que tienen una expectativa de que se reconozcan determinados derechos dentro del Código, a fin de reafirmar la dignidad, la igualdad y dar otro paso de avance hacia la inclusión social de marcada raigambre martiana. 

Otros principios constitucionales tienen que ver con la organización de la consulta, responsabilidad del Consejo Electoral Nacional. Este órgano, por mandato de la Ley de leyes, deberá garantizar que este proceso de participación democrática acontezca bajo las pautas axiológicas de la confiabilidad, la transparencia, la celeridad, la publicidad, la autenticidad y la imparcialidad (art. 211). Cada uno de estos principios tiene contenido propio y todos apuntan a la calidad democrática, o sea, a la objetividad del resultado. Existen otros principios que no son de rango constitucional, pertenecen a la técnica de la organización empresarial, pero puede extrapolarse y trascender. Algunos de estos pueden ser la comunicación, la responsabilidad, la coordinación y la eficiencia, se dan más a lo interno del proceso de consulta, es decir, a la organización de las asambleas. No basta el reconocimiento de las instituciones democráticas, es importante además que estas tengan calidad democrática en su concepción normativa (regulación) y en su realización. 

En la consecución de los principios organizativos juega un papel vital el Consejo Electoral Nacional, a través de las miles de personas entre autoridades y agentes electorales, supervisores y colaboradores que ha desplegado para asumir las más de setenta y cinco mil asambleas previstas, denominadas puntos de reuniones. Igualmente, los medios de comunicación tienen un rol protagónico, ya que por la forma organizativa de la consulta popular y la manera en que se concreta la manifestación del participante, se hace muy difícil a este último tener una idea real de las posiciones del resto del participante respecto a determinado tema o contenido. Solo el actuar con imparcialidad, transparencia y publicidad podrá producir confiabilidad y autenticidad, porque como se dijo, entre los principios hay una relación de interdependencia.

Determinadas malas prácticas y conductas de las instancias organizativas y de las personas implicadas pueden atentar contra la calidad democrática del proceso de consulta popular del proyecto del Código de las Familias. Unas y otras pueden asestar golpes a la esencia democrática y consensual de este mecanismo, así como a la funcionalidad del mismo. Relacionemos algunas sin ánimo de pretender agotarlas:

  • la apatía política de los ciudadanos, al desmovilización o la la participación formal, es decir, sin una implicación consciente y activa en lo que se está deliberando, desde su significado social; 
  • las actitudes intolerantes y las reacciones lesivas a la dignidad humana cuando se defiendan ideas no compartidas o contrarias al orden normativo vigente; 
  • la celebración de consultas en espacios inadecuados o dirigidas por personas poco preparadas o indiferentes, que impacten en el momento deliberativo convirtiéndolo en tedioso y poco provechoso; 
  • la invisibilización o malintencionada colocación, por parte de los medios, de los criterios u opiniones en contra de determinadas regulaciones del anteproyecto, para dar una noción de falso consenso.
  • la poca cultura del debate o del consenso que pueden manifestarse cuando alguien trata de imponer un criterio o simplemente descalificar la deliberación de la asamblea en su totalidad porque no ha prevalecido la opinión que tiene o defiende;
  • las desmedidas pretensiones de que se analice cada uno de los preceptos, sin prever oportunamente un orden o una dinámica que priorice aquellos que regulan las instituciones más trascendentales socialmente; 
  • el desentendimiento o la insensibilidad respecto a la necesaria participación de las personas en situación de vulnerabilidad, para que puedan expresar su parecer; 
  • la intolerancia ante posibles manifestación de objeción de conciencia sobre determinados aspectos (en el marco de la consulta solo podría ser negada cuando la objeción de conciencia impida a otro ejercer su derecho); 
  • la equívoca creencia de que en el proyecto de Código de las familias solo está en debate el matrimonio y por ello aplicar un voto castigo a la ley en su conjunto porque no se comparte la idea del matrimonio igualitario que se propone en el anteproyecto; 
  • las manifestaciones no solidarias, antifraternales y antidemocrática a partir de la idea de que familia que se tiene o aspira es la que todos deben seguir como patrón; 
  • la interpretación de manera inadecuada de los disensos a partir de las opiniones vertidas y recopiladas en cada una de las asambleas;

En relación con este último aspecto, un reto importante que tiene la consulta popular es la conformación de los disensos por parte de los procesadores de las opiniones vertidas en forma de modificación, adición, eliminación o dudas, porque la consulta a diferencia del referendo no es vinculante, pero ello no la hace menos trascendente, pues parafraseando a Robert Dahl, con el referendo se cuentan posiciones con la consulta se miden intensidades. Unas y otras son importantes para la decisión política final

También es fundamental la comprensión de los participantes de que el resultado de las modificaciones que sufra el anteproyecto de Código, antes de pasar a una nueva discusión y aprobación por el Parlamento y posteriormente al referendo, no será el simple resultado del cómputo matemático de opiniones y su comparación final con el total de electores, para saber si una u otra opinión es mayoría. Criterios no mayoritarios pero bien defendidos y razonados pueden ser tan válidos y trascendentes para la modificación del anteproyecto como otros aparentemente compartidos por muchos. Unos y otros deberán estar a tono con los valores constitucionales que ya fueron previamente consensuados y refrendados. La consulta popular es un proceso de diálogo, razones y argumentos. 

El plan de convivencia social que propone el anteproyecto del Código de Familia es tan actual y plural que cuesta trabajo pensar que alguien no pueda ver representado más de la mitad de sus intereses o expectativas que tiene sobre la familia y sus instituciones. El Código de las familias es un espacio normativo que como ningún otro, permite mirarnos desde diferentes perspectivas: lo individual, lo grupal familiar y lo social. Como ninguna otra ley contiene regulaciones tocantes directa o indirectamente a nuestra realidad, por ello, participar en la consulta popular para ofrecer y defender respetuosamente el criterio individual acerca de cómo se propone regular determinadas instituciones, las que en su gran mayoría son perfectamente constatables desde nuestra propia vivencia; para intercambiar opiniones de manera civilizada con otras personas sobre la visión individual de la familia, los hijos, los parientes, el rol de los abuelos, las personas en situación de discapacidad, el matrimonio, las uniones de hecho, la maternidad, la paternidad, el divorcio, la reproducción asistida, la filiación, por solo citar estas, para muchos será una oportunidad única, en el sentido de asumir la responsabilidad que todos tenemos en construir una sociedad más dialógica, más tolerante y más cubana; y en el sentido también de no solo pensar en uno, sino también en la otredad donde están en juego la dignidad de otras personas y la armonía de las futuras generaciones. 

¿Si la educación comienza en casa –como solemos decir– por qué la democracia no debe comenzar en la familia? La consulta popular deber ser tan plural, inclusiva y funcional como lo es la propuesta de Código de las Familias que se someterá a decisión de los votantes, solo así lograremos una sociedad marcada por intereses, valores y principios compartidos, no en el sentido de que sean los mismos para todos, sino en el sentido de que todos les ofrezcamos el mismo respeto.

Vea además

Descargue en PDF, proyecto del Código de las Familias

Se han publicado 180 comentarios



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  • Daniel dijo:

    Mi voto es NO!! al código de las familias. Para mí es inválido por:
    - Matrinomio igualitario.
    - Responsabilidad parental.
    - Gestación solidaria.

  • Manuellorenzo. dijo:

    No estoy de acuerdo con el código de familia y quitar la patria postesta a los padres hay muchas cosas que si el gobierno dd verdad le interesa el bienestar de la familia porque hay temas mas importantes wue debatir ejemplos las tiendas fn mlc la leche de los niños una alimentación adecuada etcétera esas son cosas que hay que debatir n

  • Alejandro dijo:

    Por favor periodista, por qué no publica mi comentario si cumple con los requisitos y estoy en pleno derecho.

    Apoyo no en la totalidad este artículo, pues le veo cierta inclinación a enaltecer este Código que se somete a la Consulta Popular, donde el pueblo con la libertad ganada y aprobada en la Constitución expresa todo su sentir, y los que deben representar al pueblo lo harán con la transparencia adecuada, cumpliendo con la voluntad del soberano que es el dueño del poder. Ese primer planteamiento me huele a campaña y lo cito: Si la profesora Olga Mesa Castillo ha afirmado que “el Derecho de familia es el más sentimental de los Derechos”, cabría decir que el Código de las familias es el más social de los códigos. Ese es su criterio, periodista, pero considero que este no es el marco para que UD lo exprese, pues, demuestra una aprobación anticipada de su parte, y quizás por qué no un empuje estimulativo para el criterio de los demás. Una vez más debe ser reconocida la voluntad del pueblo en algo que regirá el futuro funcionamiento de la familia y del país. Hágase todo con la cabeza y con el corazón como dijera Fidel en su último discurso al aire libre.

  • Lisset dijo:

    Saludos. Bien sabía yo que por culpa de las opiniones de los homófobos iban a redirigir el tema al matrimonio igualitario, dejando a un lado todos los demás temas tan importantes que se recogen en este nuevo código de las Familias. Todas las personas que hicieron y analizaron bien la confección de este documento saben bien que esos comentarios en contra del matrimonio igualitario no corresponde a la mayoría de la población cubana y que son personas detractores que sólo se centran en la vida ajena y no en la solución juicios y justa para todos y el bien de todos. Por mi parte doy mi voto por todo este nuevo código y 100% a favor del matrimonio igualitario.

    • jesus dijo:

      Usted no sabe lo que es una democracia, significa Poder del pueblo, y este pueblo ha dicho NO al matrimoni homosexual, así que confórmense, ¿o van a pisotear la opinión del pueblo, para caerle bien a quién?

  • Miguel dijo:

    Pienso que debería existir otras propuesta para el código de familia, y me disculpo, es posible que este el tema este pero no lo he visto, ya que el código de familia es tan actual deberían también aprobar la poligamia.

  • jesus dijo:

    Mis comentarios son frecuentemente eliminados, no sé por qué, pero voy a opinar, es mi derecho.

    En cuanto a la OBEDIENCIA de los hijos hacia los padres.

    Artículo 145 1b) cumplir con las decisiones de madres y padres que no
    sean contrarias a su interés superior;
    Creo que se debería eliminar del Código lo de la Responsabilidad Parental. La Patria Potestad es la que enseña a los hijos que están sujetos a sus padres hasta su mayoría de edad. Por otra parte, se eliminó el término OBEDIENCIA del nuevo Código. ¿Qué les parece? Ahora los hijos podrán hacer prácticamente lo que les venga en gana, ¿Les parece poca la población carcelaria que tiene nuestro país?
    Ahora se eliminan las llamadas formas inapropiadas de disciplina, y en realidad se eliminan todas, ahora si mi hijo me ofende, me agrede incluso, no le podré imponer ningún castigo, qué bonito.

    En el Glosario del nuevo Código se declara en el concepto "Interés superior del niño, niña y adolescente":
    Según la declaración analizada esto no sería admisible.
    Los padres tampoco podrían oponerse a que las instituciones sometan al niño a terapias de transición hormonal o quirúrgica.
    Si en el seno de una familia, hay un niño que adolece de "Disforia de Género" (padecimiento que es superado de forma natural durante la pubertad por la mayoría de los niños afectados) y sus padres desearan orientarlo, sin métodos violentos y por medio de la instrucción afectiva, hacia el género que se corresponde con su sexo biológico (masculino si es varón, femenino si es hembra), no podrían, jurídicamente hablando.
    El nuevo Código dice: "Por tanto, no pueden ser admisibles las especulaciones, presunciones, estereotipos o consideraciones generalizadas sobre características personales de los padres o preferencias culturales respecto a ciertos conceptos tradicionales de la familia."
    Todos los que hoy vivimos fuimos criados y educados bajo los cánones tradicionales, ¿qué hay de malo en ello? Las personas de la generación que nos antecedió casi no sabían leer o escribir, pero criaron hijos buenos, mucho mejores que los de ahora, con sus viejos métodos, que hoy quieren eliminar. CUIDADO, podemos lamentarlo después.

    No se debe enseñar a los niños a respetar a los ancianos, se les debe enseñar a respetar a todo el mundo.

    En cuanto al MATRIMONIO GAY
    Sé que a muy pocos cubanos les gustaría que, de sucederles alguna fatalidad, sus hijos fueran a parar a manos de una pareja homosexual. Tengo familiares homosexuales, e incluso amigos, muy respetuosos, por cierto. De hecho hay uno de ellos que no se acepta a sí mismo ¿qué les parece?, y está en contra de la adopción por parejas gay.
    Creo que el niño es el que tiene derecho a ser adoptado, no existe el derecho a adoptar. Al niño hay que darle la posibilidad de escoger un camino, hetero u homosexual. Debe tener el patrón de la mujer y el del hombre.
    Por otra parte, esta sociedad no está preparada para eso. Luego vendrá el acoso, o Bulling en la escuela contra esos niños, vendrán los traumas, los suicidios infantiles, etc. ¿O es que no ven noticias los que promueven estas cosas?¿Dónde están sus sentimientos? ¿Es sólo para caerles bien a la Unión Europea o algo de eso? Por favor...

    No se debe enseñar a los niños a no discriminar a los homosexuales, se les debe enseñar a no discriminar a nadie.

  • María Elena Real Becerra dijo:

    Sí al "CODIGO DE LAS FAMILIAS", que enaltece la dignidad humana al defenderse todos los derechos para todas las personas, lo cual imbrica la felicidad humana, "para todos por igual", sin distinción del color de la piel, orientación sexual, religión etc.

  • Cubano de Corazón dijo:

    Ahora estamos en consulta, según los resultados de la Consulta Popular para la Constitución de República en 2018 se tuvo que eliminar el artículo 68 sobre el matrimonio igualitario y según las opiniones expresadas será eliminada del código de la Familia

  • Armando dijo:

    Mi voto es NO y me he convencido más desde que ví la manipulación burda de Hacemos Cuba o sea del pensaba de anoche, es muy triste ver las cosas que se están haciendo a todo Costa en nuestra Cuba.

  • R. Rodolfo dijo:

    Nunca me habia visto en la disyuntiva de apoyar o no los criterios de los que nos dirigen,
    siempre apoye lo que nos plantearon nuestros dirigentes.
    No logro entender cual ha de ser el apuro para cambiar el codigo actual en este momento, cuando se sabe perfectamente bien, desde que se sometio a discucion popular la constitucion, que hay asuntos muy polemicos en la actual propuesta.
    Se argumenta que uno de los criterios para introducir los cambios propuestos es la inclusividad, como si incluyendo a una minoria no afectara a otra parte nada despreciable de la sociedad.
    La situacion actual del pais, no resulta nada favorable para establecer una polemica de esta naturaleza en la que se sabe perfectamente bien que no existe un concenso claro sobre varios aspectos de la nueva propuesta y considero un error muy grande el planteamiento de que hay fuerzas tratando de dividir al pueblo !NO! por favor, la unica fuerza que puede propender a una division en el seno del pueblo es precisamente propiciar esa polemica en este momento.
    El pueblo cubano es un pueblo instruido, gracias a la Revolucion y, desgraciadamente, esta instuyendo que se le quieren imponer posiciones. No hay un periodista, ciudadano,
    programa de television donde se hayan expuesto criterios discrepantes; se ha proyectado una imagen de apoyo absoluto a la nueva propuesta que se sabe no existe.
    Las personas se percatan de que despues de muchos meses de analisis y discusiones a nivel de las personas que elaboraron las propuestas de este complejo documento, de momento se comienza a discutir a nivel popular sin que medie un minimo tiempo para digerirlo, cuando se sabe que las masa populares tienen menos preparacion para asimilarlo.
    Se proponen cosas que van en sentido extritamente contrario a la nececidad de resolver problemas verdaderamente preocupantes, como lo son la baja tasa de natalidad y el envejecimieno poblacional.
    No quiero que este criterio sea publicado, mi papel no es echar leña al fuego; pero les pido que los compañeros que estan al frente de Cubadebate, se los hagan llegar a los decisores, pues no habria en mi caso un momento mas amargo que se produjera por primera vez una votacion contraria a las propuestas de la Direccion de la Revolucion, en un momento como este.
    Entiedo perfectamente que si los que dirigen el pais, estan ahi, no es pura casualidad sino que es por que tienen mas condiciones desde todos los puntos de vista que los que no estamos; pero no puedo dejar de dar mi mas sincera opinion y luego lamentarme por una derrota.
    Mi ventaja es que estoy en la calle siempre escuchando sin que nadie se limite por mi presencia.

    !Viva la Revolucion!

    • Redg dijo:

      Totalmente de acuerdo, profundo análisis, Sólo decirle que éste código es superior, y que para no llegar al final que ud plantea, solo que hay que Votar por separados los aspectos polémicos, y así será Democrática la VOLUNTAD del pueblo, yo también termino como UD, VIVA la Revolución!!!!

  • Pedro dijo:

    Una pregunta...
    Si hay tantos comentarios donde se plasma la el VOTO en CONTRA del matrimonio igualitario, que que las adopciones no sean realizadas a este tipo de pareja... en fin.... Si hay tanto pueblo de cuba en contra.... ¿Por que no sale ningun spot televisivo o artículo periodístico reflejando el sentir de esa mayoría?
    Tal mente parece que está prohibido defender lo normal, lo común, lo natural....
    Sin embargo todo lo que nos están metiendo por los ojos y los oídos es lo que quieren hacer ver que es lo correcto...... esto para mi no tiene otro nombre que manipulación.
    No puedo convencerme de que todos los medios de comunicación están a favor de lo que quieren unos cuantos que hasta ayer no se sentían.
    Esto es una imposición.

  • JB dijo:

    Nuestro presidente Diaz Canel a diario nos incita a la informatizacion de la sociedad. Hay algún sitio web o app para enviar opiniones y sugerencias sobre el código?

  • Marianne dijo:

    El articulo, que de imparcial no tiene nada aunque lo pretenda, da a entender que las consultas populares hasta ahora han sido distantes de lo que se esperaba.
    Dice que hemos sido o somos: apaticos, irrespetuosos, intolerantes (esto dos veces), mal preparados, superficiales y un monton de cosas mas.
    Algo cmo que las cosas estan saliendo mal por nuestra culpa porque el codigo esta muy buieno y nosotros somos tan tontos o malintencionados que no nos damos cuenta
    Dice incluso que "en los medios" se estan posicionando opiniones negativas o en contra, no se a cuales medios se refiere porque aqui en tv y radio no hay ni una voz mas alta que otra en criticar al codigo. Como si fuera una absoluta maravilla.
    Lo que me da el articulo es que la realidad es muy distinta a lo que manejaron los creadores del codigo, pese a ser esta la version numero 23.
    Y lo otro, que van a tener que cambiar algunas partes y no persistir en la testarudez del todo o nada.
    A mi en lo particular lo del matrimonio igualitario ya lo mastique y acepte, aunque sigue sin gustarme, para mi es un capricho.
    El problema son los aspectos juridicos de la crianza del menor, no puedo creer que el centro de estudios para la niñez y la juventud este tan despistado.
    Lso derechos sucesorios tambien estan a nivel de un pais acrata.
    No se ni para que escribo, igual no me publican.

  • Julio Trujillo Perez dijo:

    Es una pena leer comentarios llenos de odio e ignorancia, estamos viviendo momentos difíciles y pienso que las personas de buena voluntad que creo todavía son mayoría en Cuba darán un Si a este Código. El gobierno debe observar bien de dónde provienen las corrientes negativas pues hoy es el código pero mañana se unirán para cualquier cosa. SI POR EL CODIGO DE LAS FAMILIAS EN ESTA VERSION.

    • Herminia dijo:

      Con todo el respeto. Veo con muchísima preocupación criterios como el que usted plantea y no quiero que me responda pues no quiero ningún tipo de careo. Hay que ser más cuidadoso a la hora de decir que opiniones contrarias, vienen de personas que le hacen el juego a los enemigos de la revolución y el país. Esta corriente es muy peligrosa, y para mí está complacencia a los que ahora ponderan todos los aspectos que no son aceptados por la mayoría del pueblo, si es establecer un distanciamiento entre el mismo y sus gobernantes. Eso sí es hacer el juego a nuestros enemigos, mucho cuidado que el que no ve ni oye lo que no quiere después verá y oirá lo que no le conviene.

  • Yohan dijo:

    Yo doy no rotundo a semejante barbaridad de invento de código de familia q ahora queremos ser los más modernos del planeta para lo q le conviene al gobierno en otras cosas seguimos en la edad de piedra y totalitarismo asqueroso. Lo único q estoy de acuerdo en el derecho de las personas homosexuales casarse xq ya esta sucediendo en todo el país a la vista de todos sin esconderse. Pero de ahí decir q la educación o el Código anterior tema patria potestad como dijeron en programa haciendo Cuba q basta autoritarismo x favor eso es lo q sobra en este país ahora le preocupa ese tema. Darle derecho a niños y jóvenes quitándole autoridad a los padres. Solo digo el vote siii no piense q es una gracia como la falsa unanimidad q existe en la asamblea Nacional q todos votan siii con ojos cerrados q va afectar la vidas de todos y de la futuras generaciones de cubanos para q después no lloren cuando se vuelva ley. Xq asi mismo fue con la constitución muchas reuniones mucho bla bla final se aprobo y hoy no se cumple muchos de los artículos de la misma y se usan otros a la conveniencia del gobierno en contra de los ciudadanos q tenemos derechos.

  • Dalgis Cándida Núñez Estrada dijo:

    Proyecto del código de familia

    Mi preocupación esta sobre si en el nuevo código comtempla el tema del maltrato físico, psicológico o moral a los hijos menores de edad, ya que la violencia genera más violencia y no amor y en países como Italia entre otros protejen en su código de familia, a los niños en este aspecto y en Cuba se han visto muchos casos de niños que han recibido desde pequeño violencia de sus padres y luego esos niños han continuado siendo violentos de hombres con sus parejas y sus hijos
    Gracias
    Soy Dalgis Cándida Núñez
    72601527

  • jesus dijo:

    ¿Recuerdan que el juicio por la custodia de Elián González estuvo a punto de perderse? Para los que no tienen buena memoria, el juicio se ganó cuando el gobierno de Estados Unidos reconoció la Patria Potestad de Juan Miguel, el padre de Elián. ¿Por qué ahora lo toman como algo obsoleto, fuera de tiempo, demasiado rígido, etc?¿Por qué ahora la Patria Potestad no tiene sentido en nuetra sociedad, y debe ser sustituida por la Responsabilidad Parental, que sabemos qu debilita la autoridad de los padres sobre los hijos? CUIDADO.

  • jesus dijo:

    Consulten las noticias de este mismo sitio y busquen la importancia de la Patria Potestad, para que vean lo importante que es:

    Ellos se fueron de Cuba, pero Cuba nunca se fue de ellos
    Por: Roberto Chile
    2 diciembre 2010 |

    Juan Miguel González: “Fidel tenía a Elián como su hijo”
    Por: Enrique Ojito
    1 diciembre 2017 |

    La familia cubana en el colimador del Imperio
    Por: Dixie Edith
    12 enero 2006

    Un niño que nos convocó a batallar por su destino (+ Video y Línea del tiempo)
    Por: Oscar Figueredo Reinaldo, Dinella García Acosta, Edilberto Carmona Tamayo
    5 diciembre 2019

  • Bárbaro Marrero dijo:

    Uno de los aspectos más preocupantes de este Código es que impone a la familia la aceptación de todo tipo de conductas sexuales e identidades de género, sin importar sus convicciones y moralidad.

    La familia que no apruebe prácticas sexuales en hijos menores de edad, o que no admita conductas sexuales en el entorno familiar que sean contrarias a sus valores, puede ser acusada de atentar contra la libertad y la indemnidad sexual de los hijos. Esto se considera un delito de discriminación, con amenazas explícitas de judicialización, hasta el punto que se le puede retirar la guarda y cuidado al padre que atente contra la supuesta libertad sexual de un infante (Art.151, pto.2). Me pregunto, ¿cuál es la libertad sexual que tiene un infante que el padre no puede limitar sin incurrir en un delito?

    Los padres que quieran orientar a sus hijos menores de edad a la heterosexualidad o a identificarse con su sexo biológico pueden ser penalizados por discriminación si el hijo rebelde decide acusarlos o incluso si la acusación viene de otra persona (Art.14). Esto es reforzado por el hecho de que los padres ya no tendrían patria potestad y que el menor de edad podría definir su interés superior apelando a su autonomía progresiva. Por cierto, que la enseñanza con enfoque de género, que será un corolario de este Código, aumentará más las discrepancias entre padres e hijos menores de edad, que serán confundidos consistentemente en cuanto a su orientación sexual e identidad de género.

    Por supuesto que los adultos (más de 18 años) pueden tomar la decisión que quieran en cuanto a su sexualidad e identidad de género; pero hasta ese momento los padres son los responsables de prevenirlos de tomar decisiones que los afecten de por vida. De la misma forma, los hijos adultos no tienen ningún derecho de imponer la aceptación de sus conductas sexuales en el entorno familiar si estas son antagónicas a la moralidad de su familia y mucho menos con el amparo de la ley. Esa es una injerencia inadmisible.

    No puedo ni pensar en la pesadilla que vivirán algunas familias que se encuentren en este infeliz escenario. ¿Qué tal si un hijo menor de edad con una identidad transgénero quiere tomar bloqueadores de la pubertad en preparación para una cirugía de reasignación de sexo y los padres queden imposibilitados por este Código de impedirlo, bajo amenaza de que están discriminando a sus hijos?

    Contrario a lo que sugiere el autor del artículo, no debemos votar a favor si estamos de acuerdo con más de la mitad del Código. Lo que debe determinar si votamos a favor o en contra es la seriedad de aquello que desaprobamos, aun cuando sea un uno por ciento. Desde mi punto de vista, este aspecto es sumamente preocupante.

  • Herminia dijo:

    No entiendo ni me lo explico que la asamblea nacional haya podido aprobar esta versión de anteproyecto para nuestro código de familia. Para mí en singular, ese plural es el primer y más importante error desde mi humilde punto de vista. No se me ocurre como pudieron convencer a un órgano tan diverso en composición y características. Es imposible que no haya habido enormes discrepancias para su aprobación. Me preocupa mucho esto, porque no parece un código hecho por cubanos para cubanos, de verdad que no. Con una cantidad de exquisiteces que no son nuestras. Donde quiera que oigo hablar sobre el mismo hay muchísimas opiniones diferentes, que no aprueban una gran mayoría de las cosas planteadas. No quisiera imaginarme un fracaso rotundo, por capricho, que no nos hará ningún favor. Es importante que oigan y vean bien lo que dice el pueblo que al final es el que siempre tiene la razón. A ese es al único que hay que complacer, es más justo y beneficioso.

  • Amada Silva dijo:

    El proyecto del Código de la Familia está muy amplio donde se plasma el trabajo q se debe hacer en cada familia, en cada barrio, en cada escuela, en todas las instituciones llevar un trabajo educativo conforme con las exigencias de convivencia social. Apoyo el Proyecto, todo por una buena formación de la familia cubana.

  • INRI dijo:

    Les recuerdo que nuestro precidente expuso con claridad que los enemigos de la Revolución querían atacar al código de la familia,es decir que esos criterios contrarios son una forma de atacarlo,es decir ,al nuevo código de la familia,soy claro ,o no?

  • Dulce Maria dijo:

    Yo voto si por el código de familia por es un código que tiene en cuenta mis derechos ya que mi relación es una mujer la misma reside en el exterior y se nos ha hecho difícil estar juntas pues legalmente aquí no podemo casarnos ni tener hijos usando las nuevas tecnologías. Por eso voto si cuba debe abrir sus mentes.

  • Sinsajo dijo:

    Alguien me pudiese decir si las operaciones de cambio de sexo seran gratis? Dejo la pregunta para su debate, por favor en buenos terminos y sin faltas de respeto.
    Yo no estoy de acuerdo en que se gaste siquiera 1 mn para ello ya que hay tantas obras sociales que atender como vivienda, implementos para la educacion, materias primas para producir medicamentos, mejoras de centros medicos, fomentar la agricultura y ganaderia... en fin. No solo no estoy de acuerdo en que no sea gratis ni siquiera que le pongan un precio simbolico y la otra parte la subcidien ya que la cuota desde el 2020 dejo de ser subcidiada y es la alimentacion del pueblo por solo poner un ejemplo. Haganlas si para nada estoy en contra es mas ya se hacen eso no es un misterio, pero quien quiera hacercela que trabaje reuna y se la page. Ah y no me vengan con que es un problema medico o que afecta la salud psicologica del paciente xq no se acepta con el cuerpo que nacio ... fijense en ese caso todo el que de alguna manera no se siente comodo con algo en su cuerpo tambien tiene derecho a tener la opcion de corregirlo y no creo que hay economia que aguante. La salud en Cuba es gratis y asi debe seguir siendo pero la salud señores aquellas cosas de la cuales depende la vida no el como me quiero ver. No se esa es mi humilde opinion y si de alguna manera lastimo a alguien por favor entiende no tengo nada contra ti y te pido disculpas de antemano.

  • Yolanda dijo:

    En la consulta popular en la que participé asistieron muy pocos electores, jóvenes casi ninguno, adultos mayores vulnerables muy pocos, pocas intervenciones, buena preparación de la Fiscal que formaba parte de la comisión no así del Coordinador que me impresionó dió la reunión para cumplir un a tarea. Sobre el código lo que más me preocupa es que ciertamente enuncia derechos para la protección y cuidado de todos, muy humano e inclusivo, lo que no veo es la correspondencia entre lo que se plantea y lo que está viviendo. Por ejemplo: en 2 años de pandemia no hemos sido capaces de encontrar métodos de distribución de alimentos que protejan a las personas para que no vivamos en el estrés permanente de las colas a las q no pueden ir los q trabajan sin dejar de trabajar y tampoco ancianos ni enfermos y vulnerables. Creo que situaciones como las q vivimos hoy merecen medidas bien pensadas y estructuradas, por el contrario lo q existen son coleros q pueden dedicarse a eso para vender lo q compran, ese es su trabajo, y desviaciones de todo tipo. Ni hablar del estado de viales y redes hidráulicas rotas, acaso es ese el entorno accesible del que habla el código?

Se han publicado 180 comentarios



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Dr. (Teodoro) Yan Guzman Hernández

Profesor Titular de Derecho constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad de la Habana. Juez de la Sala de lo Familiar del Tribunal Provincial Popular de La Habana.

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