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La Constitución y el Decreto Ley 35 de las Telecomunicaciones (Segunda Parte)

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Cubadebate comparte con sus lectores la segunda parte de un material preparado por la Unión Nacional de Juristas, que mira desde la Constitución y el Derecho Internacional el nuevo Decreto Ley 35 de las Telecomunicaciones.

Vea además:

La Constitución y el Decreto Ley 35 de las Telecomunicaciones (Primera Parte)

 

Se han publicado 13 comentarios



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  • Maikel Pérez dijo:

    Es muy bueno este producto pero no entiendo que si hay móvil que no caminan con la 4G tengan que comprar un paquete combinado y no poder gastar la misma

    • Luis dijo:

      No lo vea así, usted va ha consumir el paquete que adquirió y si su teléfono soporta la 4g estonces recibe una bonificación. No le están cobrando demás. Yo estoy en su misma situación. Nada que hay que tratar de cambiar el móvil para avanzar.

  • Horus dijo:

    Buenas noches: pienso que el decreto debe de modificarse para bien de todos los que defendemos nuestra revolución. Primeramente acá se mezclan varias cosas como una: el ciberterrorismo, el hacking, el cracking, la ingeniería social, los estados de opinión y hasta el chisme. Insitar a la violencia, eso debe y es penado en el mundo entero... pero de ahí a tener evidencias concluyentes ante cada opinión es otra cosa. La libertad de expresión es derecho de todo cubano, así como lo es el acto de la equivocación en sí. En el contexto que propone el decreto, si mi opinión es equívoca puedo ser penalizado, y para que sea cierta he de desplegar una buena labor de investigación. Eso no es ni justo ni correcto. Ante la mentira se impone la verdad, no así la sanción. Quién no ha emitido un juicio erróneo o ha defendido el punto de vista incorrecto en alguna ocasión? Esa persona ha sido penalizada?
    Todo el escenario ha sido provocado por las redes sociales, lugares donde confluyen criterios de todo tipo para bien y para mal. Hay cuentas que son baneadas por violar sus normas, pero ningún usuario al menos acá ha sido demandado por Facebook, Twitter, Instagram, Whatsapp, etc.
    Por otra parte, la vida nos ha demostrado que nuestro estado actúa con mayor prontitud ante lo que se publica en las redes sociales: entonces ese v a ser el camino de menor resistencia. Todos los cubanos hemos sufrido del peloteo y de una frase muy nociva que dice: "este no es el momento ni el lugar indicado", y en las redes siempre son el momento y el lugar.
    Por último, qué criterio se utilizará para establecer las sentencias. Si yo emito un juicio incorrecto seré juzgado, más si estoy en lo cierto a alguien habrá que juzgar como contrapartida, de lo contrario no es justo el proceso. Otro problema que trae la ley es que ahora el silencio se hará eco de actos corruptos y malos desempeños que todos saben que ocurren pero no se pueden probar.

  • Rafael Gaspar Moisés dijo:

    Sugiero que la Dirección del ministerio de justicia ponga en los Estanquillo de correo las gaseta reciente para ganar en cultura jurídica nuestro pueblo,así contribuimos además a fortalecer nuestro proyecto Socialista

  • Protesta de baraguá dijo:

    Muy oportunos e instructivos éstos materiales.

  • Alfredo dijo:

    Decreto Ley 35, Artículo 14, Inciso a):
    Derecho a acceder en condiciones de IGUALDAD y ASEQUIBILIDAD a todos los servicios públicos de telecomunicaciones/TIC que se presenten en el país , y a recibirlos con CALIDAD, y un trato eficiente, equitativo y no discriminatorio al solicitar o hacer uso de estos.
    Yo incluiiría..."con la calidad de prestación proporcional a los altos precios del servicio y con una libre accesibilidad, quedando las contravenciones de los decretos vigentes a real deseo del usuario"

  • thomas dijo:

    Quisiera que alguien de ETECSA o del MFP me comente sobre el articulo 14 inc A, referente al acceseo en condiciones de igualdad y asequibilidad a todos los servicios publicos de telecomunicaciones/TIC que se presten en el pais.
    Mas bien considero que debe ser un objetivo de trabajo no un articulo de un Decreto Ley, pues ETECSA lo esta violando, solamente valorando los precios de los telefonos ademas en una moneda que no es asequible a gran a la mayoria de los usuarios de los servicios publicos. Lo que para el usuario constituye un derecho para ETECSA constituye un deber.
    Por lo tanto sugiero modificar ese articulo o que alguien me explique por que esta en el Dcreto Ley sin que constituya una violacion de los derechos del usuario.

  • Davo dijo:

    Eso de los paquetes combinados ,esta MB,para los que tienen 4 G,que ni son mayoría,pero y el resto
    Por que comprar recargas ,con partes de 4 G que no puedo utilizar???
    A quien se le ocurrió eso??
    Cual es el objetivo????
    Aumentar el uso de la 4G..Como? Si mi teléfono es solo 3G..
    Algo no esta bien con eso...
    Y a quien me quejo???

  • Antonio dijo:

    Creo que en algunos aspectos la Ley es ambigua. En mi opinión la Ley es necesaria y más hoy que existe tanto ciberbulling y noticias falsas; pero, cuando se puede sancionar algo que dañe la imagen del país: ¿quién es el que define lo que hace daño a la imagen del país?

    Suponga que tiro una foto a un bache que lleva años y lo publico en mi red social. ¿Se me pudiera aplicar el DL35 por dañar la imagen del país? Es algo que es cierto, el bache está ahí, pero, no lo puedo publicar pues algún funcionario pudiera pensar que estoy dañando la imagen del país.

    • m&m dijo:

      el aceh es el real? es que que usted dice? no es una foto de un hueco cualqueira y dice ser lo que no es?
      si es asi, no hay poroblema. ademas hay una aplicacion, no recuerdo el nombre, qu ees para eso, usted reporta las quejas y sujerencias con fotdo, lyugar detalles.

      asi hice una vez, con dos cosas y resultó que a los tres dias estaban arreglando uno de los problemas, no recuerdo el otro cuando fue

  • leonel dijo:

    Yo lo que quisiera saber que va a pasar con la persona que te agrede o te acosa por las redes, pero vive afuera del país, porque a ver, yo entiendo que una persona que usa las redes para agredir a terceros y vive en Cuba se puede denunciar, pero si vive afuera que pasa???

    • cubanita 2021 dijo:

      Leonel con esas personas que viven fuera nada pasa porque ellos por las redes pueden ofender al mismo presidente de su país o incluso de otro y no pasa nada, yo fui víctima de algunas personas porque tuve el instinto desdichado de postear en Facebook mi duda sobre la legitimidad de una carta publicada supuestamente por masones basándome en los recuerdos de mi abuelo que era masón y lleva 29 años fallecido, para no cansarle me insultaron de ambos lados, los de allá y los de acá y yo me defendí como pude, al final al más intransigente de los atacantes le aclare que era mi opinión y que sentía mucha pena de él y de su extenso cocimiento de la historia de nuestro país, pero mantenía mi opinión de que llamar a un enfrentamiento social entre cubano de diferentes ideas no era ni ético ni humano, que las consecuencias de esos enfrentamientos en ninguna parte del planeta son buenas, que el dialogo debe ser siempre el medio para limar diferencias o llegar a un consenso y mantengo mi opinión basándome en un dicho, lo único que es imposible recobrar es la ofensa dicha, la flecha lanzada y la misma vida cuando se pierde. Por eso apoyo el dialogo, no soy guerrerista soy pacifista, soy humanitaria y mi mundo es este planeta porque si él se pierde todos los países que lo conforman se pierden también. Gracias.

  • thomas dijo:

    Alguien del MINJUS o del propio MIC me pudiera explicar el articulo 14 inciso A : Acceder en condiciones de igualdad y asequibilidad a todos los servicios publicos de comunicaciones/TIC que se.prestan en el pais......Considero que esto pudiera ser un Objetivo de Trabajo de ETECSA a lograr a mediano o largo plazo, pero no un artículo de un DECRETO LEY demas esta decir que los precios y la moneda en que se venden los teléfonos no son asequibles. Por lo tanto sugiero modificar el artículo 14.
    Es la segunda vez que escribo sobre este aspecto ojala lo publiquen o alguien me responda.

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