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Reinician inscripción de ciclomotores y motos eléctricas en toda Cuba a partir del siete de junio

En este artículo: Legalidad, Motociclismo, Tránsito
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Foto: Archivo.

El proceso de inscripción de ciclomotores y motos eléctricas en Cuba por personas naturales entrará en su tercera etapa a partir del lunes próximo, en todo el país, luego de que debido al impacto de la pandemia de COVID-19 resultó necesario aplazar o rediseñar su ejecución, iniciada a finales del 2019.

Hasta el 30 de diciembre de 2022 los poseedores de esos medios podrán presentarse en la Unidad de Trámites que atiende el Registro de Vehículos de su municipio de residencia para realizar tan importante paso, informó en conferencia de prensa el coronel Mario Ríos Labrada, jefe del Departamento de Registro de Vehículos de la Dirección Nacional de Tránsito.

En presencia de representantes de la Comisión Nacional de Seguridad Vial, el oficial destacó que la medida responde al llamado de la dirección del país de continuar poniendo orden, control y disciplina en la circulación vial, y deviene en una garantía legal para esas personas, al contar en lo adelante con un respaldo jurídico e institucional como conductores.

Entre importados y vendidos en el país se calcula en cerca de 300 000 el número de tales medios circulando hoy en día, un tercio de ellos en la capital; cada provincia o territorio diseñará su cronograma de acuerdo con sus características o condiciones pues la pandemia sigue latente y se deben cumplir los protocolos de bioseguridad, alertó.

Se inscribirán todas las motocicletas y ciclomotores eléctricos, aun cuando estos últimos pueden tener apariencia de motocicleta o de bicicleta, así como los de tres y cuatro ruedas, incluidos los que se les han adaptado doble ruedas traseras.

Ríos Labrada aclaró que se exoneran de este proceso las carriolas eléctricas, bicicletas eléctricas de juguete y los Segway, pero estos deben cumplir el artículo 117 de la Ley 109, es decir, solo podrán circular en zonas de recreación o en vías cerradas a tal efecto y no en calzadas, avenidas o calles.

Tampoco se inscriben las sillas de ruedas eléctricas, ya que se consideran medios auxiliares de los peatones discapacitados, ni las bicicletas con pedaleo asistido, aquellas equipadas con motor eléctrico de una potencia de hasta 350 watts, que pueden alcanzar una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora, las cuales generalmente no cuentan con acelerador y tienen el tratamiento legal de las bicicletas convencionales.

El jefe del Departamento de Registro de Vehículos de la Dirección Nacional de Tránsito señaló como requisitos para el importante proceso que el poseedor del ciclomotor o moto eléctrica sea mayor de 18 años de edad.

Si por encontrarse fuera del país, hospitalizado o incapacitado, no puede concurrir a la Unidad de Trámites que atiende Registro de Vehículos, puede delegar el trámite en otra persona, la cual deberá llevar los documentos legales del medio y el poder notarial que la acredita para realizar dicho acto.

También con vistas a la inspección se exige que el medio esté en buen estado técnico y de limpieza; ello incluye sistema de luces y el aditamento para la colocación de la chapa, y el poseedor deberá llevar además, 45 pesos en sellos de timbre (40 por la inscripción inicial, que incluye la licencia de circulación y chapa de identificación) y cinco por la pegatina.

Asimismo se le pide presentar la factura de compra o contrato de compraventa emitido por la entidad comercializadora de ese ciclomotor o moto eléctrica adquirida en el país, y de ser importada el modelo de solicitud de inscripción, emitido por la Aduana General de la República.

Las personas que no posean la documentación anterior o esta conste a nombre de otra, deberán realizar una declaración jurada, la cual se hace ante el funcionario en el modelo establecido y en ella se acredita la posesión lícita del medio, la forma y fecha de adquisición y datos registrales del ciclomotor.

Pero la declaración jurada no convalida los actos ilegales que pudieran haberse cometido para adquirir el bien, ni exonera a quien la brinda de la responsabilidad penal o administrativa en que pudo haber incurrido, aclaró el oficial de la Policía Nacional Revolucionaria.

El coronel Ríos Labrada precisó que la misma se publicará en formato digital para que los interesados la obtengan y la llenen, además de que se pedirá que se realice el levantamiento de los números de serie con vistas a ganar tiempo al realizarse la inspección técnica.

Subrayó que las motocicletas de más de 60 cc (centímetros cúbicos) aún no tienen definido su tratamiento, mientras tanto continúan circulando.

Según el jefe de Control de Vehículos de la Dirección Nacional de Tránsito, resulta necesario que ante los casos de incendios ocurridos por la mala manipulación de esos medios sus dueños o poseedores cumplan las recomendaciones hechas por el Cuerpo de Bomberos.

(Con información de ACN)

Se han publicado 174 comentarios



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  • Guiomar Ortega Torres dijo:

    El sitio para obtener el modelo de la declaración jurada no funciona. Hay algún otro modo de obtenerla?
    Gracias

  • Simón dijo:

    Creo q debería pensar como país y darle aprobación a las miles de personas q poseen sus karpaty sin papeles q se le apruebe x lo menos circulación municipal así si le ganamos al bloqueo. Logrando Darle a las miles de familias cubana el derecho de poseer un medio de transporte superior a la bicicleta ya q no podemos aspirar a comprar ningún auto

  • Angel Varela batista dijo:

    Según información del compañero Mario Ríos sobre las motos de más de 60 cc ,no se a definido situación pero que mientras tanto seguirán circulando,mi pregunta es quién o qué organismo me da un permiso para circular,porque desde el 2020 nos realizaron expediente pero nadie se pronuncia al respecto, Que hago y como? Mi moto es 150 cc y fue traída de Venezuela .saludos

  • RENIER LUGO BLANCO dijo:

    Tngo un Minsk 125 con unidad fongo giró que se ase en esté casó

  • Neo dijo:

    He buscado informacion sobre triciclos de traccion humana y no la encuentr. Mi pregunta es: Poseo un triciclo de traccion humana, es el medio de transporte familir, es decir, no me dedico a transportacion de pasajeros o de carga como cuentapropista. ¿Tengo que poceer una licencia operativa para utiliazarlo? He preparado un proyecto para instalarle pedaleo asistido, que cumple con las normas que expresa la ley (bicicleta con pedaleo asistido que no supere los 25 Km/h y un motor eléctrico con potencia inferior a 250W) ¿Tengo que registarlo con teniendo estas carasteristicas? Segun lo que expresa la ley, (no sera necesario registrar silla de ruedas electrica ni bicicleta con pedaleo asistido que no supere los 25 Km/h y un motor eléctrico con potencia inferior a 250W).

    Alguna respuesta a mis preguntas?? o alguna orientacion al respecto.

    Gracias.

  • Annier dijo:

    Hola, una motorina con unidad carpaty se puede legalizar? Gracias.

  • Kevin Alex dijo:

    Hola
    Tengo una moto eléctrica y quiero motorizarla, ponerle un motor de combustión. Que debo hacer??

  • Eri dijo:

    Hola quisiera saber q requisitos deben cumplir las bicicletas con motor para pasar la inspección técnica o llamado somaton gracias

  • Eri dijo:

    Hola quisiera saber q requisitos debe cumplir una bicicleta con motor para pasar el somaton, pues tengo entendido q deben tener intermitentes y luz de stop y no se de q manera a una bicicleta le voy a poner esos aditamentos, si pudieran responder está inquietud se los agradecería pues hay muchas personas en esta misma situación, gracias

  • Yerovy Lopez dijo:

    Fui a la oficina de tramites de santa cruz del norte con mis papeles de importacion legal de la moto y despues de haber hecho la inspeccion. La muchacha me comenta que no me daria la chapa porque la marca de mi moto electrica no se encontraba en la base de datos estando estos daros en los documentos de la aduana. Que razon tiene esto. Que define que porque sea una marca poca vistas quizas no tenga las mismas condiciones que otras motos de 1000watts igual.

  • Narciso lopez Martinez dijo:

    Muy interesante el artículo

  • Armando Alfredo Verde Álvarez dijo:

    El coronel Díaz Labrada anunció que se pueden inscribir las motos eléctricas sin embargo aquí en Matanzas me dicen que no, que debo ir a transporte provincial para ver si ellos me autorizan. Esto me parece más un juego de pelotas. Que debo hacer? A dónde dirigirme, gracias. Espero puedan responder mi inquietud que no es la única, gracias

  • Angel dijo:

    Un mismo propietario puede inscribir dos motos electricas?

  • Yohendris dijo:

    Quisiera saber si se ará una nueva inscripción de motores porque devido a la covit yo no pude inscribir el mio y como yo hay sientos como podriamos legalizar

  • ING.V dijo:

    Se puede aún inscribir una moto electrica que trae de fabrica para la adaptación de un motor de combustión.

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