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El trabajo a distancia y el teletrabajo: Argumentos para su potenciación en Cuba

Por: Dr. Osvaldo Manuel Álvarez Torres
Publicado en: Pensar el Derecho
En este artículo: Código del Trabajo, Cuba, Internet, Trabajo
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El trabajo a distancia es una de las medidas que en la actualidad cubana constituye una protección a los trabajadores, pues estarán menos expuestos a riesgos y pueden seguir laborando y cobrando el 100 % de su salario, según las formas y sistemas de pago que se aplican en las entidades. El artículo 24 de la Ley No.116, Código de Trabajo de la República de Cuba, de 20 de diciembre del 2013, que establece el contenido de los contratos de trabajo, en el inciso e) prevé que se acuerda el lugar de trabajo, el que puede ser el domicilio del trabajador.

En el caso del teletrabajo, otra modalidad que regula el Código de Trabajo, se requiere contar con los medios necesarios para facilitar que el trabajador pueda laborar desde su domicilio, utilizando las tecnologías informáticas y la conectividad.

La modificación de las condiciones iniciales del contrato de trabajo se formaliza mediante suplemento, donde se acuerda la periodicidad para la entrega del trabajo y otras cuestiones de interés, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del Código de Trabajo, lo que permite un control efectivo del trabajo realizado.

Igualmente, se puede acordar la concertación de contratos de trabajo a tiempo parcial atendiendo a los requerimientos de la producción y los servicios, con una duración menor a la jornada diaria, en cuyo caso la remuneración es proporcional al tiempo de trabajo, según lo previsto en el artículo 27 de la mencionada disposición normativa.

Luego del estudio de estas dos modalidades de trabajo no presencial, vale recordar que fue el mes de abril de 2020, todavía en tiempos de COVID 19, el primero en que se cobró el 100% del salario, tal cual se estableció a partir de la vigencia de las OM- 414 y 455, de 1o y 7 de abril de 2020 respectivamente, dictadas por la Ministra de Trabajo y Seguridad Social. Ambas disposiciones normativas concedieron derechos a los trabajadores que la administración, a tenor del artículo 24 del Código de Trabajo, debió aplicar.

Estas disposiciones pueden aplicarse a las modalidades de trabajo a distancia y teletrabajo mediante la modificación de las condiciones iniciales del contrato de trabajo a través de un suplemento contractual, en el que puede acordarse la periodicidad para la entrega del trabajo y otras cuestiones de interés, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del propio Código, cuestión esta que permite un real y efectivo control del trabajo realizado, a todas luces auditable, en los meses y períodos subsiguientes.

Ante la situación que actualmente atraviesa el país en cuanto a las afectaciones al sistema electro energético nacional, a la transportación por la carencia de combustibles, entre otras situaciones complejas ¿por qué no se autoriza a más trabajadores el régimen legal del trabajo a distancia o el teletrabajo?

Uno de los factores que suele influir en esta resistencia por parte de las administraciones es el esquema mental de que el trabajador permanezca en una oficina sentado, aunque en ocasiones no tengan las condiciones necesarias para realizar su labor. Aún existen jefes que perciben que el teletrabajo o el trabajo a distancia, como presupuestos del régimen de trabajo, solo son aplicables a situaciones de excepcionalidad.

Sin embargo, sería muy útil y necesario desterrar el apego a viejos métodos en temas de Derecho del Trabajo. Si existen las condiciones demandadas y se acuerda entre empleador y empleado en el contrato, no hay violación alguna y se evitan ausencias, traslados largos y dificultosos, llegadas tardes, desaprovechamiento de la jornada, molestia. La presencia física no es siempre sinónimo de cumplimiento y, además, los nuevos tiempos requieren de la aplicación de ideas renovadoras, como tanto ha insistido el Presidente de la República de Cuba.

Su aplicación encuentra amparo en la legislación nacional sobre la materia y su implementación permite, además, reducir los gastos de la entidad en materia de alimentación, electricidad, agua, transportación, por solo mencionar algunos elementos, sin obviar que puede tributar al aumento de la productividad. Resulta preciso, no obstante, planificar bien y controlar como corresponde los resultados, responsabilidad que estará en manos de los empleadores y directivos de cada entidad.

¿Por qué existen direcciones de entidades que no promueven estas posibilidades en toda su magnitud? ¿Qué papel desempeñan en esta cuestión los sindicatos, si se trata, en fin, de beneficiar a la entidad y al trabajador? ¿Por qué apegarse a los métodos tradicionales?

En abril de 2023 el Primer Ministro del país, Manuel Marrero Cruz, resaltaba en el balance anual del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social la necesidad de incorporar el teletrabajo y el trabajo a distancia como modalidades permanentes de ejecución de las labores, no solo como algo de contingencia o que quedó atrás por la pandemia de la COVID-19.

Se continúan remolcando los malos hábitos de no adaptarnos a las nuevas tecnologías que nos permiten el desarrollo de un trabajo de mayor calidad y con resultados superiores, que no sólo beneficia al centro de trabajo y al país, sino que también se beneficia al trabajador que realiza su labor en mejores condiciones y con menores sacrificios.

“Hay que evaluar propuestas de trabajo en casa y de teletrabajo”, ha referido en su oportunidad el Presidente de la República de Cuba, porque el trabajo remoto procura ventajas para todos al permitir que el trabajador se acomode al horario que más le satisfaga sin salir de casa ni ver afectado su salario. “Es una combinación perfecta entre la vida laboral y familiar”, expresó en su día la Ministra cubana de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó.

Precisamente ante la necesidad de regular las particularidades del teletrabajo y el trabajo a distancia, con el propósito de potenciar su aplicación en virtud de las ventajas sociales y económicas que entraña, se dictó la Resolución No. 71/2021 de la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, publicada en la Gaceta Oficial No. 72 Extraordinaria de 18 de agosto de 2021 contentiva del “Reglamento sobre el Trabajo a distancia y el Teletrabajo.”

Corresponde resaltar que para la elaboración de dicho Reglamento, se agenciaron los resultados de la investigación realizada, según solicitud de la Ministra de Trabajo y Seguridad Social de la República de Cuba, a través del Comité Técnico Asesor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; que forma parte del Proyecto de Investigación Científica de la Universidad de La Habana titulado “Diseño de un modelo de intervención socio psicológica para elevar la efectividad organizacional de las empresas cubanas”, encabezado por la Facultad de Psicología, en cuya investigación se contó con el parecer de la Facultad de Ingeniería Industrial de la CUJAE.

Los resultados de dicha investigación certificaron la pertinencia del teletrabajo y el trabajo a distancia como formas de organización del trabajo, de una mayor aplicación de ellas y, en consecuencia, la necesidad de establecer una normativa específica que reglamente su adecuada implementación.

Ello se refuerza con otras disposiciones normativas como el Decreto-Ley No. 370 del Consejo de Estado de la República de Cuba, “Sobre la informatización de la sociedad en Cuba”, de 17 de diciembre de 2018. Este, en su Artículo 59, inciso c) establece que, los Ministerios de Comunicaciones y de Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo con sus funciones, desarrollan acciones encaminadas a desarrollar el teletrabajo, en coordinación con los demás órganos y organismos de la Administración Central del Estado. Igualmente, la Resolución 391, de 14 de diciembre de 2020, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, regula lo concerniente al cambio de ubicación física de un Activo Fijo Tangible, para ser utilizado fuera de la entidad, a tenor de la aplicación de las modalidades del teletrabajo y trabajo a distancia.

En el citado Reglamento específico sobre el tema, se precisa el ámbito de aplicación de estas formas de organización del trabajo, conceptualizándose cada una de ellas. Además, se determinan los elementos a incluir, en cada caso, en el contrato de trabajo o en el suplemento que firman las partes, según corresponda y se establecen las obligaciones de las partes con relación al cumplimiento de las tareas acordadas, los plazos, términos de entrega y su control.

Se ratifica que los trabajadores que laboran bajo estas modalidades están sujetos al cumplimiento de la legislación laboral y de seguridad vigente y son acreedores de los mismos derechos y deberes del resto de los trabajadores de la entidad o institución en que laboran de manera física y, de modo particular, se establece que reciben igual retribución que estos últimos, según la forma y sistema de pago aprobados en la entidad o institución.

El supramentado Reglamento, constituye una de las salidas del Proyecto sobre promoción y acceso a empleos de calidad, del Programa sobre Trabajo Digno, derivado del Macroprograma sobre Desarrollo Humano, Equidad y Justicia Social, que se implementa en Cuba como parte del proceso de actualización de nuestro modelo económico y social.

En concordancia con lo explicado, es procedente señalar que decisión tomada por los delegados de la 110ª Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) del 10 de junio de 2022, se considera histórica porque compromete a todos los Estados miembros de la OIT, -entre ellos Cuba- a respetar y promover el derecho fundamental a un entorno de trabajo seguro y saludable, hayan ratificado o no los Convenios correspondientes a nivel individual, que vincula a su cumplimiento independientemente de su grado de desarrollo económico.

Este nuevo derecho se suma a los ya preexistentes, a saber:

  • La libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.
  • La eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio.
  • La abolición efectiva del trabajo infantil.
  • La eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

Estos fueron adoptados como principios rectores en 1998 y forman parte de la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo. Ahora se ha sumado el respeto y promoción del derecho fundamental a un entorno de trabajo seguro y saludable como quinta categoría de estos Principios. Su reconocimiento por la OIT sin lugar a dudas, ha seguido el rumbo trazado para asegurar el trabajo decente y la economía social y solidaria a nivel mundial.

En conclusión

- Es preciso proscribir el apego a arcaicas concepciones y métodos en temas de Derecho del Trabajo, porque si existen debidas condiciones y acuerdos entre empleadores y empleados en los contratos de trabajo, nada impide que se establezca la no presencialidad física del trabajador contratado, con la utilización de las fórmulas del teletrabajo y el trabajo a distancia.

- Se defienden estas modalidades de realizar trabajo efectivo, porque es una realidad que la presencia física del trabajador no es siempre sinónimo de cumplimiento y, además, porque los nuevos tiempos requieren de la aplicación de métodos innovadores.

- Es necesario regular las peculiaridades del teletrabajo y el trabajo a distancia, con el propósito de fomentar su aplicación, de acuerdo con las ventajas sociales y económicas que significan la realización por el trabajador de sus labores habituales, fuera del ámbito físico de su entidad.

- El trabajo en casa y el teletrabajo, bien estructurados y con el debido control de sus contenidos y resultados, ofrecen ventajas para todos al permitir que el trabajador se acomode al horario que más le satisfaga sin salir de casa ni ver afectado su salario, lográndose sin lugar a dudas una conjunción perfecta entre la vida de trabajo y la familiar.

- Las modalidades de trabajo a distancia y teletrabajo, contribuyen indudablemente a la seguridad y salud en el trabajo, principio y derecho reconocido por la Organización Internacional del Trabajo.

En Cuba, ante los retos que impone la compleja situación económica, es preciso que se potencien estas alternativas que benefician al trabajador, pero que además pueden tributar a mejores resultados en la labor que estos realizan, siempre que su naturaleza lo permita. Si bien no debe promoverse como una camisa de fuerza, tampoco limitar su uso de manera tal que se desaprovechen las ventajas que ofrecen, teniendo en cuenta, además, que cuentan ya el trabajo a distancia y el teletrabajo, con un marco jurídico regulador en el ordenamiento jurídico nacional.

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Se han publicado 33 comentarios



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  • cubano dijo:

    Por gusto con las administraciones , quieren a uno de forma presencial ,sin importar el trabajo que se pasa para acceder a un medio de transporete donde pasas hasta 4 horas para llegar al trabajo y cuatro para llegar a tu casa ¿ Quien puede de verdad rendir asi ?

  • Vega dijo:

    Todavía existe resistencia en los empresarios, también se debe ir en algunos casos al contrato por labor o trabajo y no por tiempo para facilitar el multiempleo.

  • Thingol dijo:

    Excelente planteamiento, en ETECSA, funciono de maravillas durante la pandemia y la falta de combustible para el transporte publico y de empresas. Pero desde hace un año de desaconsejo esta practica y aun con los problemas permanentes del transporte publico, privado y de las empresas no se entiende esta medida tan contraproducente. Ojala este articulo traiga luz a una medida que puede ayudar mucho a Cuba, cuanto y mas el desarrollo de las telecomunicaciones propicia esta forma de trabajo. Queda solo parametrizar el correcto uso de las tecnologias y las horas de trabajo real. Algo facil si se sabe quien, cuando y cuanto se conectan los usuarios a trabajar.

  • The Punisher dijo:

    Muy buen artículo. Sería interesante que se abordara también el tema del pluriempleo, sobre el cual recaen absurdas prohibiciones que no tienen en cuenta la situación actual del país. Saludos.

  • Holos dijo:

    El teletrabajo debe ser un hijo adoptivo del contrato a tiempo parcial y del multiempleo. Una desventaja del teletrabajo es que se menoscaba un poco el trabajo en equipo y la transmisión de conocimientos. A menos que se haga un uso extensivo de las infocomunicaciones. En este último aspecto están las autoridades y regulaciones de la ciberseguridad que deben, más allá de la omisión y la prohibición, el uso de las TICs y la creación de Infraestructuras tecnologicas para resolver este problema. O sea, no botar el sofá (que es lo más fácil). El trabajo remoto implica desafíos nuevos en ese sentido que debemos solventar, incluso desde la actividad legislativa y jurídica, no solo desde la perspectiva tecnologica. Hoy son retos a enfrentar en esas dos direcciones.

  • Jesús Martínez dijo:

    Suscribo todo lo planteado en el artículo de Osvaldo. Todo el soporte jurídico está escrito y puede se mejorado. Hasta el año 2021 dirigí la red Transnet del MITRANS y fui pionero en implementar el Teletrabajo en la empresa SITRANS. La conexión móvil se garantiza con un APN a 1 Gps. Hoy la pregunta es técnica, es ETECSA capaz de garantizar la conexión nacional para el Teletrabajo?, no lo creo, cuesta mucho trabajo trabajar?, no será esa una de la razones del distanciamiento?.
    Reciban mis saludos

  • Javier dijo:

    Estoy totalmente de acuerdo con el trabajo a distancia o teletrabajo. Eso sí, con la condición de que el resultado del trabajo sea excelente.
    Incluso habilitar vías de conexión a las personas que tengan los medios para hacerlo y que esto enriquezca el resultado final de cada trabajo realizado desde el hogar.

    Con el trabajo a distancia hasta las madre con bebés pequeños podrían trabajar desde casa e incluso disminuir notablemente la cantidad de personas que luchan cada día con el transporte público, que hoy es imposible al punto que las personas pasan hasta 4 horas en una parada y muchas retornan a sus hogares luego de pasarse horas en una parada sin poder llegar a su trabajo. Es desgastante y el teletrabajo no sería la solución, pero si podría aliviar dicha situación.
    Igualmente se entiende que hay muchos trabajos como los sectores productivos, seguridad o médicos, etc que si deben estar físicamente en sus trabajos pero si aliviamos la masa que se mueve en esos horarios les hacemos menos engorroso el llegar a sus trabajos a esas personas.

  • Luisa dijo:

    Si cuesta trabajo que la gente trabaje presencial, imaginate en la casa. En la casa, (excepto algunas muy buenas experiencias en el control por parte del jefe y algunos muy buenos honestos trabajadores) en su mayoría se dedican a resolver gestiones personales, a trabajar por la izquierda, a etc etc. Es lo que he vivido, lo siento. Puede funcionar pero en trabajos con remuneraciones e incentivos altos y con un control y chequeo de los jefes.

    • oslaida dijo:

      Tiene muchas ventajas y también inconvenientes: se pierde la unidad del colectivo, pasa tiempo sin que las personas se vean las caras, se vuelven indiferentes a los problemas del otro; los trabajadores dejan de interesarse por los asuntos del centro...

  • XLRG dijo:

    Uno de los peores enemigos del teletrabajo y el trabajo a distancia es el REUNIONISMO, antiguo mal que todavía tiene raíces fuertes y del cual es muy difícil librarse. Los jefes no quieren tener lejos a los trabajadores, porque ¿quién va a ir a las reuniones?????

  • Norma Martinez dijo:

    Seguimos escribiendo y publicando sobre este trillado tema, y todo sigue igual. Me atrevería a decir que es de por si una de las distorsiones que el gobierno no acaba de enmendar de una buena vez, y el tiempo transcurre inexorablemente. Hoy con el transporte publico virtualmente colapsado a nivel nacional, esta opción es para que tuviera la atención priorizada y permanente del MTSS, del Gobierno central y del Partido. Temas tan neuralgico, se ponen de moda en los medios y luego se apagan hasta tanto alguien con autoridad lo vuelve a encender en redes y medios de comunicación.

  • olegario dijo:

    No se cumple ni se permite por muchos directivos estas modalidades, porque para sentirse jefes necesitan todos los días contar el rebaño. No son capaces de organizar y controlar el trabajo debidamente, son como muchos la causa de por qué el país no avanza.

  • Babilonio dijo:

    Mientras los que dirigen vean el trabajo como el tiempo dedicado a una tarea y no como el resultado final acorde a lo previsto, nada cambiará. Usted se plantea un objetivo y sus tareas, colabora con quieres resuelven aspectos.particulares de las tareas, se realizan las tareas en el plazo y con la calidad acordada y se integra en el cumplimiento del objetivo. Luego, que importancia puede tener en que lugar o momento se realizó la tarea? Pero somos al revés a toda logica

  • Julio Carmelo Arias Huergo dijo:

    Los JEFES ADMINISTRATIVOS quiten ver a sus subordinados en la oficina, aunque no tenga trabajo constante para las 8 horas diarias los 5 días laborables.
    Y que hacen los ministros, viceministros al respecto?
    El MTSS y las Direcciones de Trabajo provinciales y municipales DEBEN HACER INSPECCIONES A LAS OFICINAS PARA QUE LES DEMUESTREN QUE LOS TRABAJADORES NO PUEDEN TRABAJAR DESDE LA CASA.

  • Rogelio Pérez Álvarez dijo:

    Que buena aclaración pues muy cierto que todavía hoy a Pesar de las problemáticas conocidas por todos que tenemos en los centros de trabajo donde no le podemos asegurar a los trabajadores todas las condiciones de trabajo no se está teniendo en cuenta está posibilidad y no se está analizando y valorando los esfuerzo que hacen determinados
    trabajadores para poder llegar a su centro el cual lo tiene que hacer por esfuerzo propio y causandole un gasto de su salario todo por el temor de no perder su trabajo algo inconcebible cuando él no tiene cuál que las condiciones del lugar hayan cambiado en cuanto al lugar donde vive y dónde le queda ,de verdad que veo esto muy favorable y el gobierno en este caso la ministra de trabajo debe abordar más en esto conociéndose la situación existente con el petróleo en el país y esto repercutar en los centros dónde no podemos garantizar el transporte a los trabajadores ,considero un buen tema planteado

  • Esperojusticia dijo:

    Concuerdo. Tuve que abandonar el trabajo, sólo trabajé tres meses, tenía que ir casi todo el camino a pie desde la calzada 1 de octubre hasta 70 en playa, varios haciendo eso.
    Está el prejuicio de los jefes con el trabajo a distancia, con los estudios de postgrado y maestrías. Hasta cuándo?

  • Dean dijo:

    Estimados compañeros, el teletrabajo es el presente y el futuro de muchas profesiones. Su crecimiento en el mundo es innegable, aunque existan personas y directivos que se opongan; en Cuba existen los planes de trabajo y las tareas que cada técnico y profesional tiene asignadas, en su cumplimiento el uso las TIC ya no es nuevo o novedoso, es el estándar. Además, aquellos que no trabajan, no lo hacen de manera presencial tampoco. El trabajo a distancia es una forma útil de trabajo, en aquellas profesiones que así lo permitan, y redunda en beneficios para ambas partes.

  • Pablo Arenas Bermúdez dijo:

    Existe aún un ego muy grande de los jefes de tener los subordinados al alcance de su vista y poder dar órdenes directas y poner personas en función suya. Controlar cumplimiento a partir de revisar los resultados es algo difícil para muchos jefes y es más cómodo controlar asistencia y que los subordinados trabajen a su vista. Sin dudas, las deficientes condiciones de infraestructura tecnológica de comunicaciones y el insuficiente desarrollo de los sistemas informáticos hacen más complejo el desarrollo y control de resultados del teletrabajo y del trabajo a distancia.

  • Irma dijo:

    Muy bien por este canal. Sólo que sería muy beneficioso para trabajadores:
    1. Que su Sec. Sindical y OJL realicen las funciones que en confianza les fueron concedidas por sus compañeros en el momento de ser elegidos.
    2. Que esto se les recuerde y exija su cumplimiento a cada Director de Empresa Filial, OSDE, UEB, Organismos de la Administración Central de nuestro Estado, Asamblea Nacional ( para que los dos últimos exijan el cumplimiento de lo aquí publicado).
    Gracias a ustedes por esta publicación.

  • VCHard dijo:

    Las inspecciones a las empresas debían verificar si tienen trabajadores en esa modalidad y si no los tienen preguntar por qué y si hay posibilidades poner sanciones a los directivos. Hace unos días hablando de estos temas una amiga me decía que en Cuba te pagan por ir al trabajo no por trabajar. Así a veces se pasa tiempo en la empresa gastando recursos sin aportar. Los jefes quieren personal en la empresa pues entonces tienen con quien hacer reuniones, la empresa se ve populosa y parece entonces que se trabaja. Otro tema relacionado con esto es la plantillas infladas pues se ponen mas trabajadores para suplir incapacidades o ineficiencia de otros.

  • VCHard dijo:

    Creo que el pluriempleo y el trabajo a distancia mas que el teletrabajo seran las formas casi obligadas para algunas empresas ante el deficit de trabajadores en determinadas areas de gran importancia en las empresas, sera no una opción sino que se veran obligados a hacerlo para que se haga el trabajo minimo que debe mantener una empresa sobre todo en el área administrativa.

  • Ketia Machado Sánchez dijo:

    Por desgracia las mentalidades de quienes dirigen no se pueden perfeccionar con las mismas facilidades que las leyes. Realmente aún se hace mucha resistencia a la aplicación de esas modalidades, por quienes confunden disciplina y productividad con centros laborales llenos de trabajadores desmotivados y agobiados por las preocupaciones que impone el contexto actual. Este artículo debería ser material obligatorio de estudio de todos los cuadros.

  • Dulce María espinosa dominguez dijo:

    Todo muy bueno. Pero necesito saber si un especialista superior territorial que labora en la dirección de trabajo de un territorio puede desarrollar este tipo de trabajo si consta de los medios requeridos. Yo pienso que si porque es mi caso pero la administración le ha dado vueltas y no están seguros.espero respuestas

  • Norma Rosa Collazo Oramas dijo:

    El día que el MTSS pongan un grupo de inspectores que vayan a los trabajos, y analicen el contenido de trabajo de cada puesto, y los que puedan trabajar a distancia, y obliguen a las administraciones, ratifico, obliguen a las administraciones..entonces se romperá el esquema..se ahorrará electricidad, se ahorrarán equipos y los trabajadores serán más productivos y cumplirán mejor sus tareas.
    Claro el teletrabajo lleva organización, planificación, en fin más trabajo para los jefes...eso no les gusta..

    • DRGC dijo:

      100% de acuerdo

  • electrico dijo:

    Hace muchos, muchos años tuve un jefe q nos decía q a el no le importaba el tiempo q se trabajará, q los q le interesaba eran los resultados y q fueran buenos, q no servia para nada trabajar 8, 10 o 12 horas y no cumplir la tarea o ha hacerla mal, el contralaba el trabajo por el resultado final y siempre le fue bien.

  • Profe dijo:

    Saludos. Pongo laptop, teléfono y pago mis datos para trabajar a distancia, no es justo. Desde enero de 2023 estamos conectados a un segundo cable de fibra óptica por Martinica, ETECSA y las empresas tienen que compartir los datos para trabajar.

  • Angel dijo:

    Que trabajo ofrece el MINTUR. MITANS u otro ministerio
    COMO TELETRABAJO..
    ESTOY EN DISPOSICION DE HACERLO.
    VIVO EN ALAMAR. ALGUIEN SABE??

  • MC dijo:

    Eléctrico tuve esa misma experiencia durante 15 años y medio con un mismo director, el evaluaba RESULTADO del trabajo, no tiempo de estancia en la empresa, había planificacion y organización del trabajo era ejemplo a seguir por todos sus subordinados siempre estaba en la base con el que producía, escuchaba las opiniones, criterios y recomendaciones desde la de un profesional hasta la de un ordeñador, en fin por algo era la mejor empresa de la provincia con trabajadores motivados, esos son los cuadros que necesitamos hoy, necesitamos urgente RESULTADOS y no tantas reuniones largas e improductivas, excesos de informes que nadie lee, planes de trabajo que solo son un documento para cumplir una indicación y no un instrumento eficaz de planificación y organización del trabajo, nuestro General de Ejército Raúl Castro lleva años hablando del reunionismo etc etc en la última asamblea nacional fue bastante claro con relación a los jefes, tenemos que cambiar la mentalidad retrograda de muchos cuadros estás modalidades de trabajo estoy segura por mi experiencia que son eficaces, solo hay que aplicarlas y como han dicho muchos anteriormente en sus comentarios lleva un seguimiento y control por parte de los cuadros, por experiencia lo digo entre reuniones, informes y tareas imprevistas el transporte etc la jornada laboral no alcanza y los resultados no hay que comentarios, todos los sabemos, nuestro presidente Díaz Canel nos los dice todo los días hay que ir a la base hablar con las personas oír sus opiniones el tiene la responsabilidad de dirigir un país y va a los barrios habla la gente, por qué muchos de provincia y municipio no lo hacen

  • Mabelys dijo:

    Más que de acuerdo con lo planteado por el profesor Osvaldo, el contexto legislativo actual es muy favorable para la implementación de estas modales de trabajo, lo cual no significa que no sea mejorable. No será posible alcanzar el desarrollo y un incremento en la productividad si continuamos aferrados prácticas obsoletas. Estos son tiempos en los que se requiere ser resolutivos, en lugar de excusarnos constantemente en las ya conocidas por todos difultades y hacer uso prudente de los recursos y posibilidades que hoy tenemos disponibles.

  • frank dijo:

    Por mucho que se expliquen todos sus beneficios, en su mayoria los directivos no aceptan su uso, prefieren tener a los trbajadores cerca y controlados aunque los rendimientos laborales sean inferiores , sin mportarles las dificultades como trnasporte o alimentación.

  • Feli Fonte dijo:

    El teletrabajo en Cuba es una necesidad en las actuales circunstancias, me refiero a las escasa disponibilidad de medios de transporte, a la necesidad de ahorrar energía, a la necesidad de retomar protocolos para evitar contagio con enfermedades respiratorios, de etiología viral,etc, etc.Pero me preocupa que tal decisión no esté precedida de estudios de carga y capacidad, porque en la actualidad tengo a impresión que sobran personas en determinadas actividades y entonces corremos el riesgo de incluir en esa modalidad de empleo trabajadores que no tienen contenido presencial, menos lo tendrán por teletrabajo. Recuerdo en los años de pandemia que no pocos trabajadores con teletrabajo o trabajo a distancia, pasaron a engrosar las grupos de coleros.
    Conozco el caso de una especialista de recursos humanos que atiende capacitación, en la empresa donde está contratada, y fíjese que no digo donde trabaja porque allí no se organiza ninguna acción de capacitación, no se concluyen los expedientes para la habilitación de los cargos con este requisito, y hace tres años está acogida al trabajo a distancia, devengando mensualmente su salario completo es solo un ejemplo más.
    Creo que si estamos llamando a eliminar distorsiones, es importante que los procesos no nazcan y se desarrollen distorsionados.

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