Descargue aquí el texto de la nueva Constitución de la República que va a referendo el 24 de febrero
Publicado en: Actualización del modelo socialista cubano

Cubadebate ofrece a sus lectores el texto de la Constitución de la República de Cuba que fuera aprobada en el Segundo Período Ordinario de Sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
La nueva carta magna será sometida a referendo popular para su ratificación el próximo 24 de febrero de 2019.
En el transcurso de la próxima semana Correos de Cuba pondrá a la venta en todas sus unidades y estanquillos de prensa, en la medida en que esté disponible en las provincias, el texto de la nueva Constitución de la República de Cuba.
El documento tendrá formato de tabloide de 16 páginas y se comercializará a través de la red postal nacional al precio de un peso (CUP).
- Banco Central de Cuba autoriza a diez empresas para usar criptomonedas en pagos al exterior
- Cienfuegos impulsa el desarrollo local a través de Postgrado de Comunicación Territorial y Estudios Demográficos
- Macroeconomía en Cuba
- Cuadrando la Caja: Responsabilidad social desde la economía cubana
- Esteban Lazo intercambia con Delegados de la Asamblea Municipal de Playa
- ir aActualización del modelo socialista cubano »
- Chapeando: El karma (+ Podcast)
- ¡Raúl es Cuba, y a Cuba no se toca! (+ Fotos y Video)
- Díaz-Canel: “Trump busca la asfixia de Cuba para que haya un estallido social y tenga el pretexto para intervenir”
- Canciller de Cuba: EEUU impone su bloqueo “a golpe de las más duras presiones y chantajes”
- China condena medidas de Estados Unidos contra el presidente de Cuba
- ir aPolítica »

Lo que más hace falta es que se aplique como tiene que ser si no caemos en lo mismo
Por favor, alguien me puede explicar donde están los cambios en lo que a símbolos patrios se refiere, porque solo veo el artículo 2 que no me dice nada. según he buscado aquí dicen que:
Al entrar en vigor, se derogan “la Ley No. 42 del 27 de diciembre de 1983, el Decreto No. 143 de 13 de abril de 1988; se modifica el artículo 1 inciso a) del Decreto No. 141 de 25 de marzo de 1988 y se mantienen las facultades concedidas a los organismos requeridos de implementar el cumplimiento de esta Ley”.
Esto fue publicado en esta página:
http://www.cubahora.cu/historia/los-simbolos-patrios-tesoro-nacional-y-actualidad
pero no encuentro nada de eso en la nueva constitución.
Necesidad de conocer las medidas para proteger la economía desde la Explotación del Transporte