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Principales elementos del Proyecto de Constitución: Síntesis de la intervención del diputado Homero Acosta

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Primer Periodo Ordinario de Sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional. Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

El Proyecto es el resultado de la labor iniciada por un Grupo de Trabajo, presidido por el General de Ejército Raúl Castro Ruz, que creó el Buró Político el 13 de mayo del 2013, y se corresponde con las Bases Legislativas aprobadas al respecto por ese propio órgano el 29 de junio del 2014.

Es consecuente con lo expresado por el compañero Raúl Castro Ruz, en la Primera Conferencia Nacional del Partido, el 28 de enero del 2012, cuando señaló « [...] dejar atrás el lastre de la vieja mentalidad y forjar con intencionalidad transformadora y mucha sensibilidad política la visión hacia el presente y el futuro de la Patria, sin abandonar, ni por un instante, el legado martiano y la doctrina del marxismo-leninismo que constituyen el principal fundamento ideológico de nuestro proceso revolucionario».

En ese sentido, han sido referentes obligados en este trabajo:

- El pensamiento político del líder histórico de la Revolución, compañero Fidel Castro Ruz.

- Discursos y orientaciones del General de Ejército Raúl Castro Ruz.

- La Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista.

- El Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta 2030: Visión de la Nación, Ejes y Sectores Estratégicos.

- Los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.

- Los Objetivos de Trabajo del Partido, aprobados en la Primera Conferencia Nacional.

Del mismo modo, fueron consultadas varias constituciones, en primer lugar, del entorno latinoamericano, entre ellas, las de Venezuela, Bolivia y Ecuador, que representan lo más avanzado del constitucionalismo en la región, al igual que otros modelos constitucionales como el de Vietnam y China, naciones que con sus características construyen una sociedad socialista, así como textos constitucionales de otros países.

De manera particular esta labor conllevó un estudio de nuestra historia constitucional, especialmente de la Constitución de 1940, la Ley Fundamental de 1959 y la actual Constitución de la República.

El pasado 2 de junio fue aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión extraordinaria, la Comisión encargada de preparar el proyecto de Constitución de la República.

La Comisión ha trabajado durante todo este tiempo intensamente, tomando como referente los estudios realizados con anterioridad, y luego de amplios debates ha llegado al texto que se presentó.

Durante los días 2 y 3 de julio del presente año, fue analizado el Anteproyecto de Constitución presentado por la Comisión, en el VII Pleno del Comité Central del Partido. 

Principales aspectos que distinguen el proyecto

Proyecto de Constitución de la República de Cuba discutido en Primer Periodo Ordinario de Sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional. Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

El texto se compone del preámbulo, 224 artículos (87 más que la actual Constitución), divididos en 11 títulos, 24 capítulos y 16 secciones. De la actual Constitución de la República se mantienen 11 artículos, se modifican 113 y se eliminan 13.

Se distingue por una estructura coherente y sistemática, logra un reordenamiento lógico de sus contenidos y evita la dispersión de los mismos.

El lenguaje empleado se corresponde con la terminología que debe caracterizar un texto constitucional y con nuestra realidad económica, política y social.

La redacción en términos generales de sus contenidos confiere mayor
flexibilidad, perdurabilidad, seguridad y aplicabilidad de la Constitución.

El Proyecto reafirma el carácter socialista de nuestro sistema político, económico y social, así como el papel rector del Partido Comunista de Cuba.

El sistema económico que se refleja en el Proyecto mantiene como principios esenciales la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales y la planificación, a lo que se añade, el reconocimiento del papel del mercado y de nuevas formas de propiedad no estatal, incluida la privada.

De manera singular destaca el desarrollo de una amplia gama de derechos a tono con los instrumentos internacionales de los que en esta materia Cuba es parte.

Resaltan los relativos al derecho a la defensa, el debido proceso, la participación popular y se reformulan los económicos y sociales.

El contenido del derecho de igualdad adquiere mayor desarrollo, al incorporar, entre otros, la no discriminación por identidad de género, origen étnico y discapacidad.

Establece la posibilidad de que las personas puedan acudir a los tribunales para reclamar la restitución de sus derechos o la reparación o indemnización por los daños o perjuicios generados por la acción u omisión de los órganos, directivos, funcionarios o empleados del Estado, en el ejercicio indebido de sus funciones.

En relación con el matrimonio, se modifica la actual concepción de que solo es posible «entre un hombre y una mujer» y se define que es entre dos personas.

Referente a los órganos del Estado, se mantiene un adecuado equilibrio entre estos, y se incorporan las figuras del Presidente de la República como Jefe del Estado y la de Primer Ministro a cargo del Gobierno de la República. A ambos se les exige como requisito ser diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular.

El Consejo de Estado conserva su carácter de órgano permanente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, con una mayor interacción con aquella, entre otros aspectos, porque el Presidente, Vicepresidente y Secretario de ambas instituciones son las mismas personas.

Destaca como novedad entre los órganos del Estado el Consejo Electoral Nacional, institución de carácter permanente en esta materia, así como se logra solucionar la inserción de la Contraloría General de la República en la Constitución.

En cuanto a los órganos locales se eliminan las asambleas provinciales del Poder Popular y se instituye un Gobierno Provincial, integrado por el Gobernador y un Consejo a ese nivel.

Los municipios adquieren mayor relevancia a partir del reconocimiento de su autonomía, la que ejercen en correspondencia con los intereses de la nación.

Se ratifica al Consejo de la Administración Municipal como el órgano que dirige la Administración Municipal, a cargo de un Intendente, término que se propone sustituya el de Presidente y Jefe empleados en la actualidad.

Respecto al Sistema Electoral, se mantiene que tienen derecho al voto los cubanos mayores de 16 años de edad, con las excepciones previstas en la ley.

La Defensa y Seguridad Nacional aparecen en un Título, donde se
precisa la misión del Consejo de Defensa Nacional, con facultades para cumplir tareas desde tiempo de paz, el reconocimiento de la Situación de Desastre, además de las restantes de carácter excepcional.

Acerca del mecanismo de Reforma Constitucional, a diferencia de la actual Constitución, se señalan los legitimados a promoverlo y precisan las cláusulas de intangibilidad.

Para la entrada en vigor de las principales cuestiones reguladas en el Proyecto, así como el periodo en que deben emitirse las normas complementarias y modificar otras vigentes, se establecen disposiciones especiales, transitorias y finales.

Fundamentos políticos

Primer Periodo Ordinario de Sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional. Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

La denominación del título supone una novedad, al diferenciar los fundamentos políticos de los de carácter económico.

La definición del Estado cubano como un estado socialista de derecho viene a reafirmar un principio de supremacía constitucional e imperio de la ley y reforzar la institucionalidad socialista.

El Partido Comunista de Cuba mantiene su papel de fuerza dirigente superior de la sociedad y el Estado, destacándose su carácter democrático y permanente relación con el pueblo.

Se precisa que el Estado reconoce y garantiza el desempeño de las formas asociativas establecidas conforme a la ley.

Lo actualmente regulado en cuanto a las relaciones Estado-Iglesia, se mantiene en lo esencial.
Relativo a la supremacía constitucional, se estableció el deber de todos de cumplir con la Constitución, y que las disposiciones o actos de las instituciones, directivos, funcionarios y empleados estatales deben ajustarse a lo que esta prescribe, lo que se corresponde con la declaración previa de ser un Estado socialista de derecho.

El Proyecto prevé la obligación de las instituciones estatales, sus directivos, funcionarios y empleados de respetar y atender al pueblo, mantener estrechos vínculos con este y someterse a su control, en las formas establecidas en la Constitución y las leyes.

Referente a los fines esenciales del Estado, aparecen como nuevos:
- fortalecer la unidad nacional;

- preservar la seguridad nacional;

- promover un desarrollo sostenible que asegure la prosperidad individual y colectiva, y trabajar por alcanzar mayores niveles de equidad y justicia social, así como preservar y multiplicar los logros alcanzados por la Revolución;

- afianzar la ideología y la ética inherentes a nuestra sociedad socialista;

- proteger el patrimonio natural, histórico y cultural de la nación.

Fueron ratificados los principios de nuestra política exterior y se incorporaron otros, entre ellos, la promoción del respeto al derecho internacional y a la multipolaridad en las relaciones entre los Estados; la condena al imperialismo, al fascismo, al colonialismo o neocolonialismo en cualquiera de sus manifestaciones; la defensa y protección de los derechos humanos y el repudio a cualquier manifestación de racismo o discriminación; la promoción del desarme y el rechazo a la proliferación y uso de armas nucleares, exterminio en masa u otras con efectos similares que transgreden el Derecho Internacional Humanitario; el repudio y condena a toda forma de terrorismo, en particular el terrorismo de Estado, y la protección y conservación del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático.

Fundamentos Económicos

Establece como principios básicos del modelo económico, la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción y la dirección planificada de la economía, actualmente previstos en el texto constitucional, a lo que se añade el reconocimiento de las diversas formas de propiedad, en correspondencia con la Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista y los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.

Como elemento novedoso considera y regula el mercado, en los marcos de la planificación económica, bajo el principio de evitar las desigualdades que este genera, en función de los intereses de nuestra sociedad.

Al definir los diferentes tipos de propiedad que pueden coexistir en la economía (socialista de todo el pueblo; cooperativa, mixta; de las organizaciones políticas, de masas y sociales; privada y personal), reconoce que pueden existir otras, así como que el Estado va a estimular aquellas de carácter más social.

En correspondencia con la Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista y los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, prescribe como precepto constitucional, la no concentración de la propiedad en sujetos no estatales como un fundamento del sistema socialista cubano.

Se mantiene la expropiación forzosa, aunque se precisa que se autoriza únicamente atendiendo a razones de utilidad pública o interés social, y con la debida indemnización y garantías.

Respecto a la propiedad socialista de todo el pueblo, se enumeran los bienes esenciales que la integran y su carácter inalienable e inembargable, reconoce la existencia de otros con ese carácter, así como define el régimen legal para la transmisión de la propiedad y de otros derechos sobre los mismos.

Elimina el pronunciamiento de que las empresas solo respondían de sus obligaciones con sus recursos financieros, se mantiene el principio de que el Estado no responde de las obligaciones contraídas por las empresas y estas tampoco responden de las de aquel.

De conformidad con el reconocimiento de diversas formas de propiedad en la economía, define que la empresa estatal es el sujeto principal y le reconoce su autonomía, como principio  esencial de su funcionamiento.

Ratifica que el Estado dirige, regula y controla la actividad económica, así como distingue la planificación como el elemento central del sistema de dirección del desarrollo económico y social, con la función de armonizar la actividad económica en beneficio de la sociedad, conciliando los intereses nacionales, territoriales y de los ciudadanos.

A tono con los documentos derivados del 7mo. Congreso del Partido se prevé que la planificación constituya el elemento central del sistema de dirección del desarrollo económico y social. Asimismo se refiere a la participación de los trabajadores en la dirección, regulación y control de la actividad económica.

Reconoce que el Estado garantiza la inversión extranjera e incorpora el respeto a la soberanía y el uso racional de los recursos.

Respecto a la propiedad privada sobre la tierra se mantiene un régimen especial, en el que la venta o transmisión de este bien solo podrá realizarse con las limitaciones que establece la ley, y sin perjuicio del derecho preferente del Estado a su adquisición mediante el pago de su justo precio.

Se ratifica la prohibición del arrendamiento, la aparcería, los préstamos hipotecarios y cualquier acto que implique gravamen o cesión sobre esta tierra a particulares.

Ciudadanía

El cambio fundamental radica en que se modifica nuestra afiliación a la no admisión de la doble ciudadanía y, en su lugar, plantea acogernos al principio de «ciudadanía efectiva», que consiste en que «los ciudadanos cubanos, en el territorio nacional, se rigen por esa condición y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera».

Derechos, Deberes y Garantías

El General de Ejército Raúl Castro Ruz y el Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, Miguel Díaz-Canel Bermúdez asisten al Primer Periodo Ordinario de Sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional. Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

En la redacción de este Título, se logran concentrar los derechos y deberes actualmente dispersos en la Constitución, y se incorporan otros que fortalecen el régimen de garantías a los ciudadanos y el deber de actuación del Estado con relación a los mismos.

Refleja en la nueva formulación los derechos reconocidos en los diferentes convenios y protocolos internacionales en materia de derechos humanos que hemos ratificado, atendiendo a los principios de nuestro sistema político y sin quedarnos desprotegidos ante acciones contra la Revolución.

Se establece que los derechos de las personas solo están limitados por los derechos de los demás, la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público y todas las preceptivas que establezca el ordenamiento jurídico del país.

Respecto a la salud pública, ratifica que es un derecho de todas las personas y que el Estado garantiza el acceso y la gratuidad en la atención, protección y recuperación de la salud, y remite a la ley la definición del modo en que los servicios de salud se van a prestar.

En cuanto a la educación, establece que es gratuita desde preescolar hasta la enseñanza universitaria de pregrado.

Define la educación como laica y un derecho de todas las personas y una responsabilidad del Estado, la sociedad y las familias.

Resaltan nuevos derechos, esencialmente en materia de justicia y el debido proceso, como es el Habeas Corpus (procedimiento para evitar detenciones arbitrarias); garantías del individuo sujeto a detención o prisión; el derecho de los ciudadanos a estar informados; el derecho a conocer la información que sobre su persona conste en archivos o registros públicos; la reinserción social de los sancionados a privación de libertad, etc.

También destacan el derecho de las personas a participar en la vida cultural y artística de la nación.

Se precisa el derecho de las personas  a que el trabajo les sea remunerado en función a la cantidad, complejidad, calidad y resultados obtenidos.
Incorpora además el derecho de las personas a consumir bienes y servicios de calidad, así como a acceder a información sobre los mismos y a recibir un trato adecuado.

Por último se precisan los derechos y deberes cívicos y políticos de los ciudadanos. Establece mecanismos de defensa ante los tribunales de justicia para la salvaguarda de sus derechos.

Principios de la Política Educacional, Cultura y Científica

Atendiendo a su relevancia se mantienen los principios de la política educacional, cultural y científica, significando la importancia de valores éticos, cívicos y revolucionarios en las nuevas generaciones, así como la protección que el Estado brinda a la identidad cultural, conservación del patrimonio y la riqueza artística e histórica de la nación.

Estructura del Estado

Regula lo relativo a los órganos superiores y demás instituciones del Estado, así como otras cuestiones relacionadas con estos.

Capítulo I: Organización y funcionamiento de los órganos del Estado.

Ratifica los principios actuales de la democracia socialista sobre los que se integran y desarrollan su actividad los órganos del Estado.

Capítulo II: Asamblea Nacional del Poder Popular y Consejo de Estado.

La Asamblea Nacional conserva su carácter de órgano supremo del Estado y único con potestad constituyente y legislativa en el país.

Su dirección continúa a cargo de un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario.

Mantiene, en sentido general, las atribuciones que en la actualidad le reconoce la Constitución vigente, e introduce algunas nuevas, entre ellas:

- Interpretar la Constitución; lo que confiere al texto constitucional mayor permanencia y alcance sin necesidad de acudir a procesos de reforma para resolver determinadas situaciones que se presenten.

- Establecer o extinguir los tributos; aspecto que por su importancia le corresponde, similar a otros países.

- Aprobar regímenes territoriales de subordinación administrativa, sistemas de regulación especiales a municipios u otras demarcaciones y distritos.

Continúa como facultad de la Asamblea Nacional, la elección y designación de los cargos fundamentales del Estado y el Gobierno. En la propuesta se añaden la elección del Presidente y Vicepresidente de la República, los integrantes del Consejo Electoral Nacional, así como la designación del Primer Ministro y el Gobernador Provincial, entre otros.

Con la concepción propuesta del Consejo de Estado, bajo la misma dirección de la Asamblea Nacional del Poder Popular, se pretende alcanzar una vinculación más efectiva entre ambos órganos e imprimir continuidad al ejercicio de sus atribuciones.

Se precisa que el Consejo de Estado estará integrado por el Presidente, Vicepresidente y Secretario de la Asamblea Nacional del Poder Popular, a la que se le faculta para decidir sobre el resto de los miembros que lo integran.

En busca de un balance adecuado y ejercicio de control y contrapartida más eficaz en los órganos superiores del Estado, se establece que no pueden ser miembros del Consejo de Estado los que desempeñen cargos en el Consejo de Ministros, ni las máximas autoridades de los órganos judiciales, electorales y de control estatal.

Las atribuciones del Consejo de Estado se mantienen en lo esencial, y le son conferidas otras.

Se señala que los decretos-leyes y acuerdos que emita el Consejo de Estado se someten a la ratificación de la Asamblea Nacional del Poder Popular, en su sesión más próxima.

Capítulo III. Presidente y Vicepresidente de la República.

El Presidente de la República es el Jefe de Estado, elegido por la Asamblea Nacional del Poder Popular de entre sus diputados, por un periodo de cinco años.

El mismo puede ejercer su cargo hasta dos mandatos consecutivos, luego de lo cual no puede desempeñarlo nuevamente.

Se requiere para ser Presidente de la República el voto favorable de la mayoría absoluta de los diputados y se exigen como requisitos para poder ostentar esa responsabilidad, haber cumplido 35 años de edad, hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos, ser ciudadano cubano por nacimiento y no ostentar otra ciudadanía.

Además se le exige tener hasta 60 años de edad para ser electo en el cargo en un primer mandato.
Entre sus atribuciones se mantienen algunas que el vigente texto constitucional le atribuye al Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, y adicionan otras, entre ellas:

- Otorgar condecoraciones y títulos honoríficos, en representación de la República de Cuba, conceder el beneplácito a los representantes diplomáticos de otros Estados y conceder indultos.

- Decidir el otorgamiento de la ciudadanía cubana, aceptar las renuncias y disponer sobre la privación de la misma.

- Presidir el Consejo de Defensa Nacional; decretar la movilización general y la Situación de Desastre, así como proponer a la Asamblea Nacional o al Consejo de Estado, según corresponda, declarar la guerra o el estado de guerra en caso de agresión militar.

- Ascender en grado y cargo a los oficiales de mayor jerarquía en las instituciones armadas de la nación y disponer el cese de los mismos.

- Refrendar las leyes y decretos-leyes que emita la Asamblea Nacional del Poder Popular o el Consejo de Estado, y disponer su publicación en la Gaceta Oficial de la República.

- Convocar reuniones del Consejo de Estado.

- Participar en las reuniones del Consejo de Estado y presidir las
reuniones del Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo.

El Vicepresidente de la República es elegido en la misma forma y por igual periodo que el Presidente, a quien sustituye en casos de ausencia, enfermedad o muerte. Cuando su cargo quede vacante, la Asamblea Nacional del Poder Popular elige a su sustituto.

Ante la ausencia definitiva, tanto del Presidente como del Vicepresidente de la República, la Asamblea Nacional elige a sus sustitutos, pero hasta tanto se realice la elección, el Presidente de la Asamblea Nacional asume interinamente el cargo de Presidente de la República.

Capítulo IV. Gobierno de la República.

El Consejo de Ministros mantiene su condición de máximo órgano ejecutivo y administrativo, constituye el Gobierno de la República.

Estará integrado por el Primer Ministro, que lo dirige, los Viceprimeros Ministros, los Ministros, el Secretario y los otros miembros que determine la ley.

Se mantiene que el Comité Ejecutivo puede decidir sobre las cuestiones atribuidas al Consejo de Ministros, durante los periodos que medien entre una y otra de sus reuniones.

Las atribuciones del Consejo de Ministros, similar a como ocurre con los órganos antes comentados, son respetadas en lo esencial.

Respecto al Primer Ministro, se establece que es designado por la Asamblea Nacional del Poder Popular, a propuesta del Presidente de la República, por un periodo de cinco años, mediante el voto favorable de la mayoría absoluta de los diputados.

Se establece entre sus principales atribuciones:

- Convocar y dirigir las sesiones del Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo.

- Ejercer la inspección sobre la labor de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado.

- Impartir  instrucciones a los Gobernadores Provinciales.

- Solicitar al Presidente de la República que interese a los órganos pertinentes la sustitución de los integrantes del Consejo de Ministros y, en cada caso, proponer  los sustitutos correspondientes.

- Adoptar con carácter excepcional decisiones sobre los asuntos ejecutivos-administrativos competencia del Consejo de Ministros, cuando lo apremiante de la situación o el tema a solucionar lo exijan, informándole posteriormente a la consideración de ese órgano o de su Comité Ejecutivo.

Capítulo V: Las leyes.

Se añaden a los que hoy tienen iniciativa legislativa: El Presidente de la República; la Contraloría General de la República y el Consejo Electoral Nacional, en materia de sus competencias.

Este Título regula además lo referido a la entrada en vigor y publicación de las normas jurídicas.

Capítulo VI: Tribunales de Justicia.

La nueva formulación refuerza la independencia funcional de los tribunales y de los jueces en su labor de impartir justicia.

Se mantiene que el Tribunal Supremo Popular rinde cuenta ante la Asamblea Nacional del Poder Popular de los resultados de su trabajo, en la forma y con la periodicidad que se establezca.

Se mantiene que los magistrados y jueces legos del Tribunal Supremo Popular son elegidos por la Asamblea Nacional del Poder Popular o el Consejo de Estado. Se deja a la ley lo relativo a la elección del resto de los jueces.

Capítulo VII: Fiscalía General de la República.

Uno de los cambios más significativos se refiere a su misión fundamental, en la que se destaca en primer lugar «el control de la investigación penal y ejercicio de la acción penal pública en representación del Estado», sin desconocer la que tiene de velar por el cumplimiento de la Constitución, las leyes y demás disposiciones legales.

También se precisa como aspecto novedoso que la Fiscalía General se subordina al Presidente de la República.

Capítulo VIII: Contraloría General de la República.

Se señala como su misión fundamental la del control superior sobre la gestión administrativa y velar por la correcta y transparente administración de los fondos públicos.

La Contraloría General también se subordina al Presidente de la República.

Organización territorial del Estado

Mantiene las regulaciones actuales sobre la División Político-Administrativa, e incorpora la posibilidad de aprobar regímenes de subordinación administrativa, sistemas de regulación especiales a municipios u otras demarcaciones territoriales, así como         distritos administrativos.

Define al Municipio como la unidad política primaria y fundamental de la organización nacional, y le reconoce su autonomía, que comprende la elección de sus autoridades, la facultad para decidir sobre la utilización de sus recursos y el ejercicio de las competencias que le corresponden con arreglo a la Constitución y las leyes.

Órganos locales del Poder Popular

Primer Periodo Ordinario de Sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional. Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

La principal modificación consiste en la eliminación de las asambleas provinciales del Poder Popular y la constitución del Gobierno Provincial, conformado por el Gobernador y un Consejo Provincial.

El Gobierno Provincial tiene como misión fundamental trabajar por el desarrollo económico y social de su territorio, actuar como coordinador entre el Gobierno de la República y los municipios, para lo cual dirige, controla, orienta y contribuye a la armonización de los intereses de la provincia y sus municipios, así como ejerce las atribuciones reconocidas en la Constitución y las leyes.

Define al Consejo Provincial como un órgano colegiado y deliberativo, presidido por el Gobernador e integrado por los presidentes de las asambleas municipales del Poder Popular, los Intendentes que dirigen los Consejos de la Administración Municipal de su demarcación y por los demás miembros que determine la ley.

El Gobernador es el máximo responsable ejecutivo administrativo de la provincia, designado por la Asamblea Nacional del Poder Popular, por un término de cinco años; conforme a los principios establecidos por el Consejo de Ministros, organiza y dirige la Administración Provincial para lo cual se asiste de una estructura administrativa.

Prevé la figura del Vicegobernador, designado por el Consejo de Ministros y por igual periodo que el Gobernador Provincial.

A las asambleas municipales del Poder Popular se propone renovarlas cada cinco años.
Se establece que las asambleas municipales del Poder Popular garantizan los derechos de petición y participación de los ciudadanos en la localidad.

Respecto al Consejo de la Administración Municipal, precisa que es designado por la Asamblea Municipal del Poder Popular, a la que se subordina, su carácter colegiado y que dirige la administración a ese nivel. Es de destacar la figura del Intendente responsabilizado con su conducción.

Sistema electoral

Define al voto como un derecho y un deber de todos los ciudadanos, ratifica que el mismo es libre, igual, directo y secreto, y mantiene como edad electoral la de 16 años.

Asimismo instituye al Consejo Electoral Nacional como el órgano permanente del Estado que tiene como misión fundamental organizar, dirigir y supervisar las elecciones, consultas populares, plebiscitos y referendos que se convoquen, así como resolver las reclamaciones en esa materia.

El Consejo Electoral Nacional tendrá autonomía, y solo responderá ante la Asamblea Nacional del Poder Popular. Una vez culminado cada proceso electoral informa de su resultado a la nación.

Defensa y Seguridad Nacional

Define los principios de la política de Defensa y la Seguridad Nacional del país, y la concepción estratégica de la Guerra de Todo el Pueblo como doctrina de la Defensa Nacional.

El Consejo de Defensa Nacional se define como un órgano superior del Estado, con la misión fundamental de organizar, dirigir y preparar, desde tiempo de paz, al país para su defensa, y le incorpora que vela por el cumplimiento de las normativas aprobadas relativas a la defensa y seguridad de la nación, lo que le atribuye permanencia de su actividad para todos los momentos.

Durante las situaciones excepcionales y de desastre, dirige al país y asume las atribuciones que le corresponden a los órganos del Estado y el Gobierno, con excepción de la facultad constituyente.

Este órgano estará integrado por el Presidente de la República, que lo preside, quien a su vez designa un Vicepresidente y otros miembros que determine la ley.

Este título también determina que las instituciones armadas del Estado son las Fuerzas Armadas Revolucionarias y las formaciones armadas del Ministerio del Interior, las que para el cumplimiento de sus funciones cuentan con la participación de personal militar y civil.

Reforma de la Constitución

Reitera que la Constitución solo puede ser reformada por la Asamblea Nacional del Poder Popular mediante acuerdo adoptado, en votación nominal, por las dos terceras partes de sus integrantes.

Establece como sujetos con iniciativa para promover reformas a la Constitución: al Presidente de la República, al Consejo de Estado, al Consejo de Ministros, los diputados de la Asamblea Nacional, mediante proposición suscrita por no menos de la tercera parte de sus integrantes y a los ciudadanos, a través de petición dirigida a la Asamblea Nacional del Poder Popular, suscrita ante el Consejo Electoral Nacional, por no menos de 50 000 electores.

Cuando la reforma se refiera a la integración y atribuciones de la Asamblea Nacional del Poder Popular o el Consejo de Estado, a las atribuciones o al periodo de mandato del Presidente de la República y a los derechos, deberes y garantías consagrados en la Constitución, se requiere, además, la ratificación por el voto favorable de la mayoría de los electores de la nación, en referendo convocado a tales efectos.

Permanece en el texto el principio de que no resulta reformable lo relativo a la irrevocabilidad del socialismo y el sistema político, social y económico, así como la prohibición de negociar bajo agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera.

(Tomado de Granma)

Se han publicado 129 comentarios



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  • Rigo dijo:

    Alguien me puede explicar en el Nuevo Gobierno Provincial, como se desempeñaran las funciones ESTATALES y ADMINISTRATIVAS que se han querido separar y en que parte del experimento de 7 años de Artemisa y Mayabeque probaron la nueva estructura que se propone?? o es que ahora se necesita un nuevo "experimento"... No tenia conocimiento que en mi provincial se estubiera trabajando con una Gobernadora (soy de Mayabeque)., Y que le vamos a hacer a los Delegados Provinciales que recien elegimos.?? Y a que se va a dedicar el Consejo Electoral entre una eleccion y la otra, si ahora las de 2 años y medio, pasan a 5 años?? Gracias...

  • Armando Enrique dijo:

    No entiendo lo planteado sobre (el reconocimiento del papel del mercado y de nuevas formas de propiedad no estatal, incluida la privada.) ¿Es que hay algo diferente del estatal y el privado. ¿Es que se permitirá la empresa mixta capital estatal-capital privado. No está claro para mí.

  • Alexei dijo:

    Si lo que se pretende en realidad es dotar a Cuba de un modelo más democrático, cómo se entiende que se proponga que un cargo tan importante como los gobernadores provinciales sean designados por el poder central. Dónde queda el valor concedido al voto popular? No estoy de acuerdo con esa propuesta y espero que la discusión al respecto no sea soslayada.

    Otro tema es que Cuba debe restituir el Tribunal de Garantías Constitucionales (extinto en 1973) o al menos constituir una sala de lo Constitucional en el Supremo. La práctica ha demostrado lo contraproducente que resulta que la Asamblea Nacional sea juez y parte. Esto no quiere decir, como algunos piensan, que los jueces estarán por encima de la asblea, sino que valerán por la constitucionalidad de cada norma aprobada por los diputados. Qué problema hay en ello?

  • Médico Económico dijo:

    Quizas desde el seno de las masas hubieran surgido propuestas modificativas en Artículos Constitucionales y de laLey Electoral en lo referido a elegir directamente al Presidente, o la reduccion del número de Diputados...y otros temas ...

    • jpuentes dijo:

      saldrán ahora

  • Adrián Eduardo dijo:

    A quién le rendiría cuentas el gobernador ? Si el consejo provincial es deliberativo y consultivo ?

  • abelboca dijo:

    Debo reconocer la capacidad de análisis, síntesis y dominio del Co. Homero en la conducción de los debates en la A. Nacional. Pienso que en algún momento debe instruirse a los Diputados cómo deben actuar en el ejercicio de la palabra. Hay muchos que se ven "perdidos" en generalidades que no aportan, y me da la impresión que piden la palabra "para oírse ellos mismos hablar". Esto hay que eliminarlo para lograr profundidad de análisis, reducción de tiempo y concretar lo que se quiere. El tema del "género" en mi criterio no debió incluirse nunca en la Constitución. Basta que ese "derecho" de los homosexuales, Etc.,con incluirlo en la Ley del Código de Familia y punto. Creo que al incluirlo en la Constitución queremos ser MÁS PERFECTOS QUE NADIE y parece que es éste el objetivo que se persigue, o quizás demostrar al mundo que no excluimos a nadie en nuestra sociedad socialista. En Cuba SIEMPRE han existido homosexuales, Etc. y NUNCA se les ha dado tanta propaganda como ahora. Es lógico que así sea, porque han sido parcialmente excluidos de derechos sociales, pero lo que sí no es lógico que se hipersobredimensionen esos derechos incluyendo este tema en la Constitución. Como todos tenemos que dar nuestra sincera opinión, ésta es la mía que espero respeten publicando mi comentario, como yo también respeto la de los demás. Gracias.

  • abelboca dijo:

    Los que propusieron extender a 5 años el mandato de un Delegado de Base JAMÁS lo han sido NI SABEN lo que es eso. Sólo podría serlo SI, Y SÓLO SI, FUESE PROFESIONAL y no tuviese que trabajar para poder hacer un buen trabajo como Delegado. No es lo mismo sentarse en la Asamblea Nacional como Diputado tres o cuatro días y luego ocuparse de su trabajo sustancial propio de ese nivel hasta seis meses después, cuando vuelva a reunirse la A.N., que tener que estar TODOS LOS DIAS TRABAJANDO PARA LOS CIUDADANOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN. Si no profesionalizan al Delegado de Base es IMPOSIBLE que éste pueda simultanear sus funcionanes laborales cotidianas con las de Delegado. Delegado no es asistir sólo a los despachos "teóricos" una vez a la semana, y asistir a alguna que otra reunión del Consejo Popular o Municipio, Delegado es TODOS LOS DIAS ESTAR AL TANTO DE TODOS LOS PROBLEMAS DE LA CIUDADANIA PARA GESTIONAR SU SOLUCION AL NIVEL QUE FUERE.Es dedicarle tiempo laboral, de descanso, tiempo de atención a su familia, hijos y nietos. No tiene el más mínimo descanso ni físico ni mental. Esto es ser Delegado. Si no se profesionaliza al Delegado de Base, éste RENUNCIARÁ EN MENOS DE DOS AÑOS Y MEDIO. De esto estoy casi seguro. Analicen bien esto.

  • osmany dijo:

    Muy bien todo lo que se está haciendo, es el comienzo de un camino en que dejaremos atras todo lo que nos hizo daño y entorpeció nuestro desarrollo, al propio tiempo comienza la epoca en que se comienza a reducir el espacio de las personas que se creen impune y que lucran, malversan con los recursos que el estado pone en función del mejoramiento de las condiciones de vida del pueblo, basta ya de demagogia, de hipocresía de personas que ostentan un cargo público y lo utilizan en su beneficio personal, todo lo que se ha venido haciendo y se hara desencadenará en poner en su lugar a todos estos personajillos que desprestigian a nuestras instituciones y ponen en dudas las justeza de nuestro sistema politico, tendrá que prevalecer por encima de todo la humildad, la modestia, la honradez, la honestidad y la etica de todos los que desempeñamos cargos de funcionarios estatales y nunca olvidemos un principio basico con la Patria todo contra la Patria nada. Viva Cuba Libre y Soberana. Gracias Fidel por la patria que nos construis
    tes junto a tu pueblo, que no te olvida ni te olvidará jamás, Gracias Raúl por continuar con el preciado legado que nos dejó su hermano.

  • Adrián Eduardo dijo:

    Y adicionalmente....por qué no mantener en esta nueva constitución que el pueblo tiene derecho de acceso a las playas ? Después de lo que pasó con la ley de venta de autos, que garantiza que en el futuro a un grupo de sesudos no se les ocurra que puede haber playas privadas en este país ?

    • rafael g dijo:

      adrian eduardo parece que su planteamento de las playas pertene a otra galaxia esta ud muy perdido ya que todas las playas en cuba son del y para el pueblo. parece que ud no vivio el capitalismo en cuba donde si habia playas particulares ud esta fuera de contesto

      • Ariel dijo:

        Con todo respeto y sin salirnos del tema principal de análisis me parece que el que está un poco desubicado es usted, es justo el reclamo que se hace de refrendar el Derecho de los ciudadanos del país al disfrute de todos sus recursos naturales, entre ellos nuestras playas, o acaso usted no conoce cuanto cuesta entrar a la Moka en Pinar Del Río? O que a Cayo Santa Maria no se tiene acceso si no es huésped de uno de sus hoteles, dos simples ejemplos que le pongo para que todos reflexionemos

      • Alexei dijo:

        Reitero la necesidad de restablecer el Tribunal de Garantías Constitucionales y Sociales o en su defecto, una Sala de lo Constitucional en el Tribunal Supremo, conformado con los más prestigiosos juristas. Pretender que la Asamblea Nacional sea juez y parte y seguir arrastrando con viejos errores.

        Concuerdo con Adrián Eduardo. Tiene que quedar muy claro que las playas son para el disfrute de todo el pueblo y prohibir su privatización, uso indebido y/o limitar el acceso de los ciudadanos sin una razón de fuerza mayor. Que nadie venga con cuentos que incluso en Brasil, es ilegal privatizar una playa.

        Mucho se ha hablado de otras Constituciones, pero la de Brasil (1988) es muy avanzada también, lo que no quiere decir que se cumpla al 100%, pero sí es fuente de derecho.

  • Armando Enrique dijo:

    No he visto ni escuchado que exista un capítulo en la constitución que se refiera a la atención a los veteranos de guerra y los combatientes internacionalistas. Ellos se merecen lo mejor.

  • LUIS dijo:

    LA NUEVA CONSTITUCION ESTOY SEGURO VA ESTAR MAS AVANZADA QUE LA ANTERIOR , PERO DE NADA SIRVE SI NO SE CUMPLE CON ELLA COMO SE HACIA CON LA ANTERIOR, EJEMPLOS SOBRAN DE ESTO. CREO QUE SE DEBE QUITAR DE LA CONSTITUCION LA NOCIVA FRASE "LO QUE LA LEY DETERMINE", NADA PUEDE ESTAR POR ENCIMA DE LA CONSTITUCION

  • Patsy dijo:

    Si fue ratificada la protección y conservación del medio ambiente por qué no se aprueba la ley de protección animal??

    Alguien debe responder por el asesinato este mes, de alrededor de 40 animales (entre perros y gatos), en las inmediaciones del hospital Amejeiras.

  • edelvy dijo:

    En primer lugar creo que muy atinada la propuesta de modificación y muy necesaria. Ahora hay dos aspectos en los que no estoy de acuerdo. No veo porque los habitantes de una provincia no pueden elegir a su gobernador y este tiene que ser designado por la asamblea nacional. Y el otro aspecto, si en verdad queremos contextualizar la constitución con la realidad actual de cuba, esta bien que se registre el respeto por la diversidad sexual a partir de condenar su discriminación, pero de ahí a aprobar el matrimonio homosexual no creo que sea lo que la mayoría quiere para cuba. Gracias

  • Alejandro dijo:

    Muy buena oportunidad de actualización conceptual para nuestro pueblo. Solo quisiera saber un poco más acerca de varios de los puntos que se analizaron en este artículo, como es la aparición de las figuras del "Presidente de la República como Jefe del Estado y la de Primer Ministro a cargo del Gobierno de la República". Qué funciones tendrían cada uno de ellos; desaparecen los cargos de vicepresidentes del Consejo de Estado (que son seis). Según lo que conozco de sistema político, cuando existen ambos cargos, el Presidente es una figura protocolar, que cumple muy determinadas funciones y el Primer Ministro es quien está a cargo de la gobernanza del país. Esto ocurre mucho en los países que son o fueron monarquías y aun mantienen esta tradición. Quisiera saber, en un país como el nuestro para qué son necesarios estos dos cargos??? Así como el cambio de nombre de los gobiernos provinciales y municipales. Creo que lo autóctono que tenemos en estos momentos está muy bien definido solo queda exigir responsabilidades y tomar medidas con los que no cumplen con sus funciones. Me parece que nos estamos diluyendo en términos políticos poco socialistas y mucho menos cubanos. Por otro lado, la consulta qué tiene como objetivo, porque si yo no estoy de acuerdo con estos temas abordados como puedo plantearlos y que sean tenidos en cuenta??? Tengo que hacer "lobby" para que otros planteen lo mismo que yo quiero para que haya un número tal para que "eso" se tenga en cuenta????? porque si cada cual plantea su preocupación de forma independiente y luego una comisión revisa y define, ya estoy diciendo que no sirve y no es transparente, y entonces todo es por gusto. Confío en lo grande de esta Revolución pero hay cosas que me entristecen mucho, como son algunos de los temas tratados en este artículo muy abarcador y excluyente al mismo tiempo.

  • Aro dijo:

    Muchas preguntas me vienen a la mente y entre todos aqui en familia nos hemos hecho estas que nos preocupan y nos vemos la solución

    ¿Qué pasa con los derechos de los niños desde el punto de vista que el padre niegue al reconocimiento y sostén económico?
    ¿Cuál será la edad definitiva en Cuba para declarar mayoría de edad; porque para unos términos se tiene en cuenta y otros no?
    ¿Cómo quedaría desde la constitución de nuestro país las medidas adoptadas contra las personas que cometen asesinatos y violación de menores?
    ¿Se sanciona con mayor rigor a alguien que comete delito de hurto y sacrificio de ganado mayor y robo con fuerza y no así a quien quita una vida a un ser humano?
    ¿Adónde van a parar las leyes de los adolescentes con respeto a los embarazos en la adolescencia?
    ¿Por qué no se propone desde la Constitución que los dirigentes administrativos ante de que inicien un cargo se le haga una verificación fiscal? Esto puede dar respuesta a la corrupción administrativa.
    Proponer cursos donde se validen los conocimientos económicos de dirigentes en pos de prever"posibles errores economicos" y despilfarro,mal uso de recursos que pueden hacer que un municipio tenga desarrollo.

  • Jesus dijo:

    No estoy de acuerdo en el tema del Matrimonio entre dos personas, primero creo y soy partidario del respeto y la no discriminación de las personas por su orientación sexual.
    Pero el Matrimonio es la célula original de la familia y si no está compuesta por la unión de un hombre y una mujer como entonces podremos procrear los hijos, criarlos y hacerlos
    Herederos de nuestra patria, estas familias para tener herederos tendrían que valerse por nuevos métodos que no son naturales y si muy costosos. Donde queda el concepto de Papa y Mama, Abuelo y Abuela los seres humanos nos dividimos en Hombres y Mujeres es una división natural que existe independientemente de nuestra conciencia una selección natural de millones de años de evolución donde cada padre y madre incorpora su educación su herencia genética y cultural al niño o niña desde que nacen, seria igual en niños criados por dos hombres o por dos mujeres no lo sabremos ahora pero dentro de 100 años si y no estamos seguros si lo hacemos bien¿¿ lo seguro es como lo llevamos haciendo desde que surgió el ser Humano. Si lo que se pretende es darle un amparo legal a estas uniones, se podrían buscar otros caminos. Sin tener que terminar con siglos de costumbres familiares muy arraigadas entre nosotros los Cubanos, creo otros asuntos serian de mas importancia y prioridad de incorporarlos en nuestra nueva constitución. De hecho estoy de acuerdo con los demás puntos menos este.

  • Ariel dijo:

    Existe una incongruencia al plantearse que ante la ausencia del presidente y vicepresidente del país asume dicha responsabilidad el presidente de la ANPP siendo una de las modificaciones propuestas que coincidan en una misma persona las responsabilaides de presidente de la ANPP y presidente del CE por lo que deviene Presidente del país, es de suma importancia dejar definida la sucesión en estos cargos.
    En segundo lugar quiero referirme a la gran preocupación que me genera el hecho de que se abra la posibilidad de cobrarse algunos servicios de salud así como acciones de superación profesional de postgrado. Habría que trabajar en una redacción exquisita de dichos artículos para que nada ni nadie posteriormente pueda alterar el verdadero espíritu con que hoy se realiza el cambio, con sinceridad planteo que no dejaría abierta esa brecha.

  • Ariel dijo:

    Apoyo totalmente este punto planteado por Oro.
    Con respecto a la Presidencia, Consejo de Estado y Parlamento cubanos, manifiesto mi completa adhesión a lo expuesto. Si quiera mencionar dentro de la ANPP que creo es demasiado numerosa y necesita más profesionalización del cargo para el que han sido electos. Una cifra promedio a mi juicio seria 1 diputado por aproximadamente 50,000 ciudadanos, lo que daría (en este momento) entre 200 y 250 diputados y no 605. Ese número sustancialmente menor de diputados estaría dedicado a tiempo completo a sus funciones.

    Demasiado grande la Asamble y legisla por demasiado poco tiempo. Si ellos representan al pueblo que sean ellos los que trabajen más y su trabajo se transmita por tv y radio sin censuras, para conocer siempre como defienden al pueblo sus representantes.

    • Jose R Oro dijo:

      Muchisimas gracias por su apoyo, estimado Ariel! La idea es que un diputado durante sus 5 años de servicio pueda reunirse con una parte importante de su electorado, e incluso de forma personal cara a cara con cientos de ellos cada año y que tenga la capacidad real de proyectar los intereses de sus representados, junto con los asuntos de Estado de alto nivel
      Un fuerte abrazo cubano

  • vilma dijo:

    Espero que los Gobernadores, atiendan el problema de la vivienda y en las casas donde viven entre diez y quince personas le den viviendas a los matrimonios con hijos. Creando cooperativas donde te puedas edificar tu propia casa, que fue una idea que ayudo a muchos Cubanos y matrimonios asinados con sus padres y abuelos y que aun tienen que compartir un solo cuarto varios miembros de una familia, esto es algo que un Gobernador debe ayudar al pueblo ya que el hogar es la base de la familia que forma una sociedad. Crear parques con Zonas Wifi para usar Internet, crear Salas de Computacion para la recreacion de todos, lugares de esparcimiento, general empleos. La Delegada de mi circuncripcion lleva 20 años en esta funcion y no ha realizado una sola obra social en beneficio del pueblo que la elige quiero saber ¿para que? figura representativa

  • Senra de Yara dijo:

    Con gran atención seguí todas las sesiones de la asamblea nacional sobre los análisis para las reformas constitucionales, me preocupa que para el 13 de agosto aún no tengamos en nuestras manos el tabloide que le serviría de guía al pueblo para analizar los cambios que se nos proponen.

  • Carlos R. Rosa dijo:

    Sencillamente parece ser que las Asambleas Provinciales del Poder Popular se disuelven, el Delegado a la Asamblea Provincial no es profesional. Aunque habría que leerse el texto completo de la nueva Constitución, como estarían conformados los Consejos de los Gobiernos Provinciales??, no debe mantenerse la actual estructura de las Asambleas y los CAP. Igualmente habría que pensar en una Asamblea Nacional con menos Diputados, profesionales, que se dedicaran únicamente al ejercicio de sus funciones como Diputados. Estuve buscando información y el Parlamento cubano es uno de los más grandes del mundo, con una de las menores proporciones de Diputado por habitante, en definitiva, en la práctica, los Delegados de Circuncripción que no son Diputados no rinden cuenta a sus electores, al menos en mi área nunca he visto un Diputado rindiendo cuenta y es una gran verdad las rendiciones de cuenta de los Delegados se han convertido en un mero formalismo porque, al menos en mi área, no se rinde cuenta de nada que beneficie a los electores, para cualquier demanda, la respuesta es que lo discutí con el Presidente (de la Asamblea o del CAM) y no hay recursos para solucionar ese planteamiento, el cual es a veces tan sencillo como coger un salidero de años o un gran bache antiquísimo o la iluminación de los barrios (quizás un poco más complejo), este es un aspecto en el cual se debe mejorar muchísimo y los representantes de los gobiernos municipales o provincial deben ir más a esas asambleas de rendición de cuentas y escuchar más de cerca los problemas y planteamientos de la población.

  • Alex dijo:

    Yo creo que no debe dejarse de lado en la nueva Consitución el asunto del deporte y en este sentido creo los cambios de mentalidades urgen. No sé, si ya estoy viendo que para la prensa se permitirá el financiamiento por publicidad, que la educación será gratuita hasta el pregrado, que algunos procedimientos en la salud pública se pagarán, no veo por que no introducir algo de marketing en el deporte sin que este deje de ser un Derecho del Pueblo. Un poco de autonomía y libertades financieras a las provincias en la gestión, autofinanciamiento y estimulación de sus deportistas no vendría nada mal para la reanimación de las gradas de los estadios y demás centros deportivos. Repensar el papel del INDER sólo como entidad rectora del deporte restándole funciones ejecutivas para otorgárselas a las provincias. Bueno, solo son ideas, pero lo que sí es una certeza es que ALGO hay que hacer para resucitar ese moribundo que deambula ya hace años por el entorno nacional y que se llama DEPORTE. Lo hecho hasta ahora NO FUNCIONA.

  • Rene Ricardo Cintas Rodriguez dijo:

    La Constitución es la Constitución. Los revolucionarios la respetamos pero TODA REVOLUCIÓN "SUPERA" LAS LEYES Y NORMAS. En mi Cuba, los vivos y los muertos educados por Fidel SEGUIREMOS SOÑANDO CON EL COMUNISMO para mi y para los otros.

  • RIGO dijo:

    CON RELACION A LA CIUDADANIA, A QUE LLAMAN ELLOS CIUDADANIA EFECTIVA, DIEN QUE ME TENGO QUE ACOGER A ESE TIPO DE CIUDADANIA Y NO PUEDO HACER USO DE OTRA CIUDADANIA EN CUBA, ENTONCES NO PUEDO VIAJAR MAS LIBREMENTE COMO CIUDADANO ESPAÑOL , Y SI ME ACOJO A LA ESPAÑOLA PIERDO LOS DERECHOS COMO CUBANO, CUANDO ASISTA A UN HOSPITAL Y DEMAS LO PAGO EN DIVISA POR FAVOR ALGUN FORISTA QUE ME ACLARE UN SALUDO RIGO

  • Amaury Sotolongo Fernandez dijo:

    El texto real del anteproyecto constitucional, dónde está? Quiero descargarlo para analizarlo punto por punto, sin que sea mero resumen, para ir al debate debidamente argumentado....alguien me ayuda?

  • Ventura Carballido Pupo dijo:

    Antes de formular otras consideraciones, es válido detenerse en el trabajo del excelente facilitador, el Secretario del Consejo de Estado Homero Acosta que se caracterizó por el respeto y atención a los parlamentarios manteniendo estrechos vínculos con el plenario dando todas las posibilidades, mostrando delicadeza, facilitando oportunidades, demostrativo del ambiente democrático en que escuchó los puntos de vista de cada tema.
    También especial característica de haber sido receptivos a diversas influencias o elementos controversiales; respetuoso se adaptó o cedió fácilmente a las opiniones o criterios con aceptada forma de reflexionar antes de tomar una decisión, considerando detenidamente los pros y los contras con una posición abiertamente democrática, alejado de los extremismos.
    Existió en él ausencia de mando ismo imposición o estilos totalitaristas. Raúl, Díaz Canel, Machado Ventura, Lazo, mostraron total silencio en lo que estaba ocurriendo sin hacer ninguna intervención en busca buscando influencias en algún particular estaban exponiendo. Fue un debate pleno de democracia, y donde se puso de manifiesta las posiciones diversas; no de algo que fuera permido por la unanimidad, sino que primo la diversidad.
    Sobre los contenidos del Proyecto, me nutro de la palabra de otros que sabiamente lo expusieron: ‘’una constitución que refleje el hoy y el futuro de la patria’’. ‘’EL acto cívico nacional nos devolverá la constitución renovada’’: “afirmar que estamos frente a un Proyecto que contribuirá, luego de la consulta popular y el referendo, a fortalecer la unidad de los cubanos en torno a la Revolución’’\
    ¡En esta isla “acaimanada” lo sucedido en el Palacio de las Convenciones lo llevamos en el alma!! He publicado un trabajo, que dice la REVOLUCION ESTA SALVADA; sin perjuicio de reconocer que este proceso capitaneado por Fidel vino para quedarse; no es menos cierto ha sido afectado por algunos ‘’virus,’’ algunas ‘’bacterias’’ y luego de este proceso de debate del proyecto de lo que será la nueva constitución, y las formulaciones Finales del Presidente Miguel Díaz--Canel, a inolvidables, digo y aseguro:
    LOS QUE NO ESTAN Y ESTAN: Tranquilos y orgullosos en su lugar de descanso los 20 mil mártires que ofrendaron sus vidas por logra la libertad conquistas; los de Girón, los de las Misiones Internacionalistas, los asesinados por Bandas Contrarrevolucionarias, los mártires del Ministerio del Interior y la Seguridad del Estado, ya que la Revolución por la cual ustedes derramaron sus sangres, va firmemente por caminos seguros y de victoria. A Fidel, a Frank, al CHE, a José Antonio; a Camilo, a Almeida, a Celia, a Vilma, y a tantos gloriosos y gloriosas de la patria. EPD: LA REVOLUCION ESTA SALVADA

  • alex dijo:

    realmente no he podido estar al tanto de todos estos cambios, mi pregunta se ha tomado alguna medida respecto al parque automotor del pais que esta casi en ruinas, en un momento determinado se podia entregar un carro al estado y te dejaban importar uno, esto duro muy poco, tan poco que pocas personas lo llegaron a saber, hasta que lo mandaron a parar, mi pregunta queridos lectores esto no le preocupa a nadie en pleno 2018 era de la nanotecnologia de las comunicaciones 4 y 5G y nosotros seguimos en almendrones del 1952, esto nadie lo ve o no le interesa a ningun diputado

  • Miguel M dijo:

    Sin haber podido leer el Proyecto de Constitución, pero tomando el cuenta el resumen publicado aquí he podido constatar muchos cambios esperados por mucho tiempo.

    Pero también hay algunos puntos no muy claros para mí:

    No creo que se necesite hablar en la Constitución de matrimonio, que solo tiene sentido entre hombre y mujer y que existe principalmente para la reproducción. Somos la única especie que al parecer le trata de quitar importancia a la reproducción que es la actividad primera de cada especie. En particular en Cuba tenemos un problema serio por la baja natalidad. Estoy de acuerdo en que las personas de un mismo sexo pueda vivir juntos sin ser mal vistos, pero el MATRIMONIO verdadero, el único MATRIMONIO es el que tiene como fin básico la reproducción y debe ser estimulado y desde la infancia los niños deben ser enseñados que la reproducción es la primera función de nuestra especie.

    Coincido con otros foristas en que la Asamblea debe reunirse mucho más y lo ideal es que los diputados sean profesionales y ciertamente su número puede reducirse.

    Creo que no tiene sentido que los dirigentes provinciales, sea cual sea el nombre, sean puestos a dedo por el nivel superior. Deben ser electos en sus provincias y por el contrario creo que todos los diputados y no solo una parte deben ser electos en voto directo y secreto.

    Creo que en aras de la defensa de los derechos de los consumidores debería existir un objetivo de crear siempre que sea posible más de una oferta en cada tipo de servicio para eliminar los monopolios que nos imponen sus condiciones.

    Propongo que se permita y se respete la inversión ya sea extranjera o no.

    Y el proyecto debe publicarse ya pues se necesita tiempo para estudiar bien el texto.

    Gracias

  • Fabio Gabriel dijo:

    Brillante y meritorio el trabajo del diputado Homero Acosta. La Comisión de candidatura debe tomar notas de aquellos diputados que realmente carecen de la capacidad intelectual para desempeñar sus funciones, se demuestra una vez más que no sólo la biografía de los candidatos es la opción. Hay diputados con serias limitaciones de lenguaje , dicción y conocimientos técnicos jurídicos mínimos para poder desempeñar funciones legislativas. La Comisión de Asuntos Constitucionales que preside con eficacia el diputado José Luis Toledo, debe asumir una tarea extra en la capacitación sobre el Reglamento Funcional de la Asamblea Nacional. Para que fluya la participación oral de los diputados. Es una verguenza que nuestro querido General de Ejercito haya tenido que llamar al orden a la Presidencia de la Asamblea sobre la pérdida de tiempo que se estaba produciendo en participaciones estériles de ratificación política, que nada aportaba , casi 4 horas en el Preambulo del Anteproyecto. Una discusión parlamentaria debe ser un debate conceptual legislativo en cuestiones de fondo normativo. Quedó pendiente saber cómo se va a lograr poner en vigor las 52 leyes complementarias a la Constitución. La Asamblea Nacional tendrá que sesionar de forma extraordinaria varias veces en los próximos años.

  • Ventura Carballido Pupo dijo:

    Cuando en estos días se han hecho tantas preclaras definiciones obre derecho, sobre la vinculación con la gente, sobre la mejor forma de hacer política, y tantos principios humanistas; acudo a Amauri chamorro, quien forma parte de los principales asesores en comunicación de la izquierda latinoamericana, quien ha dicho que ‘’la mejor manera de hacer política; de llegar a la gente; de ser creíble ya que son mayores las coincidencias que las diferencias “ se logra con un estilo de masas; ya que es más fácil crear puentes para dialogar, no solo para comunicar’’.

    añadió. “Las opciones de triunfo se multiplican si hay unidad”. Nosotros tenemos que ganar todos los días las calles. Es más importante una esquina conquistada que un tweet, que un retweet que un like de alguien. Porque las esquinas son los espacios físicos de convivencias de las personas y es ahí donde nosotros tenemos que ganar: en la política, produciendo política para nuestras sociedades’’
    Cuando valoro a este talentoso, que le gusta darse baños de masa, tengo fresco las esencias de los discursos de Díaz-Canel y de la sabia conducción de Homero en ese fabuloso debate parlamentario a favor de una constitución de estos tiempos.
    Es hacer que las personas se den cuenta de que en la Revolución está el mejor camino para vivir bien; en un mundo justo y equitativo. Porque esos valores de justicia y equidad son universales, pero las personas a veces no entienden que en la revolución está el camino; que es más fácil crear puentes para dialogar, no solo para comunicar.
    Tenemos que entender que la ciudadanía ya no te acepta un monólogo. Un discurso de barriscada lleno de enunciados que luego no salen a luz; por lo que debemos cambiar nuestros paradigmas de comunicación vamos a salir, vamos a dar en centro de la diana.
    Dije que la sociedad que estaba enfermando, no curada aun, esta salvada, las razones las expuse en un escrito’ en virtud de todo este proceso encabezado por la máxima figura política del país, el General de Ejército Raúl Castro.

Se han publicado 129 comentarios



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