Nuevo decreto para unidades presupuestadas otorga mayor flexibilización en su sistema de gestión (+ PDF)
Este miércoles fue publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba el Decreto 127 de las instituciones presupuestadas, junto a un grupo de normas jurídicas complementarias emitidas por los ministerios de Finanzas y Precios, Trabajo y Seguridad Social, y Economía y Planificación, que flexibilizan la gestión de este sector y trazan las bases para su transformación integral en función de una mayor eficiencia económica y social.
Las disposiciones responden al Programa de Gobierno de la economía en 2026, con el objetivo de implementar el redimensionamiento de la administración central del Estado y perfeccionar el funcionamiento de las unidades presupuestadas.
De acuerdo con Berta Iris Rojas Gatorno, directora de políticas financieras del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), se trata de “una medida de alto impacto” que alcanza a todos los organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales presupuestadas y administraciones locales del Poder Popular, así como a sus estructuras subordinadas y adscritas.
“Estamos hablando de un alcance de alrededor de 2 443 unidades presupuestadas en el país que agrupan más del 50% de la fuerza laboral activa en este sector”, precisó.
Un redimensionamiento necesario del aparato estatal
La funcionaria explicó que, desde la perspectiva del Estado, estas normas persiguen reorganizar la estructura de la administración pública, elevar la eficiencia en los niveles de dirección de la economía y reducir la carga que representa el sostenimiento de gastos administrativos para el presupuesto estatal.
Entre los objetivos centrales se encuentra también la reducción de cargos no vinculados directamente a la función específica de las entidades, así como el avance hacia una gestión más racional de los recursos humanos.
“Desde el punto de vista social, queremos buscar una mayor eficiencia en los recursos humanos que tribute a un justo reconocimiento laboral y a una mayor remuneración para este sector”, señaló.
A nivel territorial, el perfeccionamiento apunta a fortalecer el papel de las unidades presupuestadas en la implementación de las estrategias de desarrollo local.
Definición jurídica y nuevas reglas del juego
Uno de los elementos más relevantes del Decreto 127 es que, por primera vez, se establece una definición jurídica para el sector presupuestado, al tiempo que se otorga personalidad jurídica a la gestión financiera de las entidades, en correspondencia con la Constitución de la República.
“Ante este decreto no existía una definición jurídica para este sector presupuestado y se otorga personalidad jurídica a la gestión financiera de las administraciones centrales del Estado”, subrayó Rojas Gatorno.
Asimismo, se reorganiza el proceso de creación, fusión, extinción y traspaso de unidades presupuestadas, que a partir de la entrada en vigor de la norma —30 días después de su publicación— será aprobado por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Finanzas y Precios.
Esto implica un cambio significativo respecto al esquema anterior, en el que estas decisiones eran competencia del Ministerio de Economía y Planificación. “Esta actividad presupuestada sale del Ministerio de Economía y viene al Ministerio de Finanzas y Precios”, explicó la directiva.
Más autonomía: actividades autofinanciadas y facultades descentralizadas
El nuevo marco normativo concede mayores facultades a los jefes de organismos para la aprobación de actividades autofinanciadas, descentralizando una atribución que antes estaba concentrada en el Ministerio de Finanzas y Precios.
“Las unidades presupuestadas pueden realizar actividades autofinanciadas sin requerir financiamiento del presupuesto del Estado y sin que ello constituya un cambio de estructura”, explicó Rojas Gatorno.
Estas actividades deberán cumplir con sus obligaciones fiscales y planificar aportes al presupuesto estatal, contribuyendo así a una mayor sostenibilidad financiera del sector.
El propósito, subrayó, es “lograr una mayor productividad e ingresos en el sector presupuestado que mejore la prestación de servicios y las actividades productivas y comerciales”.
Unidades con tratamiento especial: más cerca del sistema empresarial
Las normas refuerzan el papel de las unidades presupuestadas con tratamiento especial, a las que se les otorgan mayores niveles de autonomía financiera y de gestión.
Estas podrán generar utilidades, crear reservas al cierre del ejercicio económico y disponer de ellas en función de su desarrollo, incluyendo reservas para responsabilidad social, vivienda o reaprovisionamiento.
“Estamos logrando una estabilidad, una igualdad entre el sector presupuestado y el sector empresarial estatal”, afirmó la funcionaria.
En ese sentido, destacó que estas entidades podrán determinar su sistema salarial y, en función de su desempeño, incluso transitar hacia la condición de empresa estatal socialista.
No obstante, aclaró que este tratamiento no es aplicable a sectores de alto impacto social como la salud y la educación, sino a actividades que pueden autofinanciarse, como determinados registros y servicios especializados.
El decreto también garantiza un proceso más ordenado en la creación de unidades presupuestadas, las cuales —subrayó— “son propiedad de todo el pueblo”.
A partir de su entrada en vigor, toda nueva creación, fusión o extinción deberá ser evaluada y aprobada por el Consejo de Ministros, lo que refuerza el control y la coherencia en la organización del sector.
Además, el Ministerio de Finanzas y Precios mantiene la facultad de otorgar tratamientos especiales a determinadas unidades, en función de sus características y desempeño.
Racionalidad, estructuras más planas y eficiencia laboral
Por su parte, Guillermo Sarmiento Cabaras, director de Organización del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), señaló que el decreto establece un marco regulatorio integral para el funcionamiento de la actividad presupuestada.
“Estamos en presencia de una disposición jurídica que establece el marco regulatorio general para el funcionamiento de la actividad presupuestada”, afirmó.
En el ámbito laboral, destacó la necesidad de lograr una mayor racionalidad en el uso de los recursos humanos, promoviendo estructuras organizativas más planas, ágiles y transparentes.
“Cuando se diseña la estructura y la plantilla de cargos de una unidad presupuestada tiene que ser con racionalidad”, explicó.
Como parte de este enfoque, se establece que los cargos no vinculados a la actividad específica no deben superar el 30% del total, lo que busca reducir estructuras sobredimensionadas y elevar la eficiencia.
Asimismo, se definen con claridad las actividades específicas en función del tipo de entidad —servicios, regulación y control, o apoyo—, lo cual permite una mejor organización del trabajo en sectores como educación y salud.
Nuevas facultades salariales y estímulos al trabajo
Uno de los aspectos más novedosos es la ampliación de las facultades en materia salarial y de incentivos.
Las unidades presupuestadas con tratamiento especial que se autofinancien totalmente podrán diseñar su propia organización salarial, sin estar sujetas a la escala general vigente en el sector presupuestado.
En tanto, aquellas que no se autofinancien completamente podrán implementar sistemas de pago para todos sus trabajadores, eliminando restricciones anteriores que limitaban estos incentivos solo a quienes participaban directamente en la producción.
“Se rompe ese límite y abarca a todos los trabajadores”, subrayó Sarmiento Cabaras.
Además, las actividades autofinanciadas dentro de unidades presupuestadas tradicionales también podrán aplicar sistemas de pago a sus trabajadores, lo cual “es nuevo, es novedoso” y contribuirá a incrementar los ingresos.
Papel de los trabajadores y sus organizaciones
Las normas también reconocen el papel de las organizaciones sindicales en su implementación. En particular, se destaca la responsabilidad de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) en la discusión y aplicación de mecanismos como la creación y uso de reservas.
Se mantienen, además, los reglamentos existentes para la empresa estatal en lo relativo a la gestión de utilidades y reservas, adaptados a las características del sector presupuestado.
El paquete normativo entrará en vigor 30 días después de su publicación en la Gaceta Oficial, y establece un plazo de hasta un año para su implementación y ajuste en todos los organismos y territorios.
Durante ese período, las entidades deberán reorganizar sus estructuras, redefinir sus plantillas y proponer al Ministerio de Finanzas y Precios aquellas unidades susceptibles de tratamiento especial o de transformación.
En su conjunto, estas disposiciones marcan un paso significativo en el perfeccionamiento del sector presupuestado cubano, en función de una administración pública más eficiente, transparente y orientada a resultados, con impacto directo en la calidad de los servicios y en el bienestar de los trabajadores.
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El tema de la salud y la educación lleva un tratamiento especial. Son a mi juicio, junto a la defensa los sectores más importantes y resulta contraproducente que en nuestro país sean de los más sacrificados y menos remunerados.
Por su carácter de servicios universales y el desarrollo alcanzado por estos en Cuba, deben seguir siendo sistemas públicos sostenidos fundamentalmente por el presupuesto estatal, tal cual lo define esta norma.
Pero por su dimensión requieren de cambios estructurales en cuanto a las formas de financiamiento.
Todas las personas naturales y jurídicas con capacidad de ingresos deberían tener obligación de una contribución especial a la salud y otra a la educación, con independencia de los otros tributos aplicables.
En el caso de la salud deberíamos implementar la obligación de seguro para tratamientos médicos liberando al Estado del subsidio de los medicamentos, se puede capitalizar la industria farmacéutica y se subsidia a las personas con incapacidad para producir, a los jubilados y a los menores.
En el caso de la educación, los estudiantes o sus padres mientras estos sean menores deben asumir los gastos sin subsidio de todo el material docente a utilizar, incluyendo los uniformes, se excluiría de ello a las familias vulnerables que requieran atención por seguridad social.
En la educación superior y la educación técnico profesional, también debería pensarse en un mecanismo financiero que obligue al estudiante a asegurar a la institución educacional la inversión en la carrera. Es criminal el nivel de gasto del presupuesto del Estado en carreras cuyos estudiante lo dejan a la mitad o no cumplen un período de servicio social que cubra dicha inversión. Ya el mecanismo de regulación o de anulación de títulos no funciona.
Obviamente, esto pasa por un tema macroeconómico y es poderle pagar a cada cual lo que le corresponde. Se podría establecer que los salarios más altos del país fueran los de estos sectores y otros presupuestados que son de importancia vital para el funcionamiento del país.
Por otra parte pienso que la norma deja demasiada discrecionalidad para decidir sobre el redimensionamiento.
Es evidente que nos sobran Ministerios, instituciones y cargos, por la imposibilidad de su financiamiento y por la disfuncionalidad del esquema actual de la administración pública.
A manera de ejemplo: Ministerio de Comercio Interior, el de Comercio Exterior, el de Economía y Planificación, el de Finanzas y Precios, de Industria Alimentaria, de Agricultura, de Turismo y otros dedicados a las actividades de Industria, Comercio y Servicios, pudieran quedar en un solo ministerio con ese objeto amplio al cual estuvieran adscriptas las instituciones de servicios públicos estrictamente necesarias. El de Finanzas y Precios pudiera transformarce en un Ministerio de Hacienda Pública dedicado a este tema y determinadas funciones relacionadas con el control de precios dejarlas al control público sobre el comercio.
Salud y Medioambiente pudieran integrarse.
Deberíamos pensar en un Ministerio de Defensa que integre a las instituciones de las Fuerzas Armadas y de la Seguridad del Estado, para fortalecer e integrar ambas cosas.
El Ministerio del Interior se ocuparía con mayor concentración en el Orden Interior, teniendo a la Policía como cuerpo armado que además se ocupe de la investigación y de la inspección de cara a los delitos comunes y contravenciones de todo tipo.
Pudiéramos tener un solo Ministerio de Educación que integre hasta la educación superior con protocolos de actuación con un Ministerio de Ciencias que se ocupe de la Investigación e Innovación.
Pudiéramos integrar en un ministerio las esferas de Cultura, Deporte y Entretenimiento.
Otro pudiera ser un Ministerio de Infraestructuras y Servicios Básicos que integre Comunicaciones, Transporte, Aguas, Construcción y Energía.
Solo ejemplos de propuestas.
Otras cuestiones que no son objeto de esta norma pero que considero imprescindible para fortalecer la gestión pública y modernizar nuestro estado socialista es pensar en reducir las provincias nuevamente a seis y traspasar a instiituciones públicas funciones de organizaciones de masas como la FMC y los CDR que en la práctica ya no son tan masivas pero que realizan funciones que son necesarias y tienen carácter más público que de organización social.