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Gaceta Oficial publica resolución sobre ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista por actores económicos no estatales

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La Gaceta Oficial No. 119 (ordinaria) publicó este jueves la Resolución 56, del 15 de octubre de 2024, de la ministra del Comercio Interior, que establece el ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista por los actores económicos no estatales.

La Resolución 56 entró en vigor este jueves, como expresa su disposición final.

Este proceso se desarrollará de manera gradual y propiciará alianzas de trabajo entre los actores económicos estatales y no estatales.

El Decreto 107/2024, De las actividades no autorizadas a ejercerse por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia, en su disposición transitoria mandata a la ministra del Comercio Interior a emitir las disposiciones que correspondan a fin de implementar los aspectos que con respecto a la actividad de comercio se disponen.

Descargue la Gaceta Oficial No. 119 (ordinaria), del 5 de diciembre de 2024 - 228 kB

Preguntas y respuestas sobre la Resolución 56 de la ministra del Comercio Interior

La Gaceta Oficial No. 119 (ordinaria), del 5 de diciembre de 2024, publicó la Resolución 56, del 15 de octubre de 2024, de la ministra del Comercio Interior, que establece el ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista por los actores económicos no estatales.

El Ministerio del Comercio Interior publicó en su web una guía de preguntas y respuestas sobre la Resolución 56.

¿Qué establece la Resolución 56/2024?

La Resolución 56/2024 establece el ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista por los actores económicos no estatales, y la emisión, vigencia y actualización de las licencias comerciales.

La referida norma jurídica, responde a la Disposición Transitoria Única del Decreto 107, De las actividades no autorizadas a ejercerse por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia, de 2 de agosto de 2024, que mandata a la ministra a implementar los aspectos que, con respecto a la actividad de comercio se disponen en el Decreto, y para ello prever los plazos pertinentes.

¿Cuándo entra en vigor la Resolución 56/2024?

La Resolución 56/2024 se pone en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial No. 119 (ordinaria), del 5 de diciembre de 2024.

¿En qué consisten el comercio mayorista y el comercio minorista? ¿Cuál es su diferencia?

En la literatura existen varias definiciones del comercio mayorista y minorista, la principal diferencia radica, en el tipo de cliente que atiende. El comercio minorista vende al consumidor final directamente, la población.

El comercio mayorista de producciones nacionales o importadas va dirigido a entidades comercializadoras minoristas o mayoristas, consumidores industriales e institucionales y personas naturales autorizadas; es el intermedio entre el productor y el consumidor final.

¿Pueden los actores económicos no estatales realizar comercio minorista?

Todos los actores económicos no estatales pueden realizar la actividad de comercio minorista, siempre que esté aprobado en su objeto social o proyecto, y cuenten con la licencia comercial para ello.

¿Se mantiene vigente la licencia comercial de los actores económicos no estatales que ejercen la actividad de comercio minorista? 

Sí, se mantiene la vigencia de la licencia comercial de los actores económicos no estatales que realizan la actividad de comercio minorista, que puede incluir la venta de minorista de mercancías a la población y las prestaciones de servicios a personas naturales y jurídicas.

¿Cómo se realizará el ordenamiento de la comercialización mayorista?

El ordenamiento de la comercialización mayorista se realizará de manera gradual.

Se otorga un plazo de 90 días hábiles para que las micro, pequeñas y medianas empresas privadas y cooperativas no agropecuarias cuya actividad principal sea la comercialización mayorista, ratifiquen que continuarán realizando la actividad mayorista con la participación de entidades estatales; para ejercerla actualizan su objeto social y licencia comercial. El proceso de actualización del objeto social y la licencia comercial se hará de forma expedita para estos actores.

Los que no lo ratifiquen, cuentan con un plazo máximo de hasta 120 días hábiles, después de la puesta en vigor de la Resolución para liquidar sus inventarios con este fin y pueden continuar la comercialización minorista, si la poseen definida en su objeto social y cuenta con licencia comercial.

Las micro, pequeñas y medianas empresas privadas y cooperativas no agropecuarias cuya actividad secundaria sea el comercio mayorista, disponen de hasta 120 días hábiles a partir de la emisión de la Resolución, para la liquidación de su mercancía, con el fin mayorista. Pueden comercializar de forma minorista esta mercancía, siempre que lo tengan definido en su objeto social y posean licencia comercial para ello.

Para realizar la comercialización mayorista, se requiere modificar su objeto social, definiendo como actividad principal el comercio mayorista con participación de entidades estatales, según los procedimientos establecidos.

El trabajador por cuenta propia que actualmente realiza comercio mayorista, dispone de hasta 120 días hábiles para la liquidación de las mercancías con esta finalidad; puede continuar la comercialización minorista, de tenerla aprobada en su proyecto de trabajo y estar inscrito en el Registro Central Comercial.

¿Puede el trabajador por cuenta propia desarrollar la actividad de comercio mayorista?

No, el trabajador por cuenta propia no puede ejercer la actividad de comercio mayorista, según lo dispuesto en el Decreto 107/2024, De las actividades no autorizadas a ejercerse por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia, sección F.

Los que actualmente realizan comercio mayorista dispone de hasta 120 días hábiles para la liquidación de su mercancía con esta finalidad.

Pueden comercializar los inventarios de forma minorista, si lo tiene definido en su proyecto de trabajo.

¿Los actores económicos no estatales que tienen aprobada la producción como actividad principal pueden realizar comercio mayorista?

Sí, los actores económicos no estatales que son productores, podrán realizar la comercialización mayorista de sus producciones a personas naturales y jurídicas, previa obtención de la licencia comercial, donde se especifica esta actividad. No pueden comercializar de forma mayorista otros productos nacionales o importados, solo sus producciones.

También, pueden comercializar de forma minorista sus producciones u otros productos nacionales e importados, si lo tienen aprobado en su objeto social o proyecto, según sea el caso y posean licencia comercial.

¿A qué actores económicos no estatales se les cancelan las licencias comerciales para ejercer la actividad de comercio mayorista?

El Registro Central Comercial cancela de oficio las licencias comerciales emitidas a micro, pequeñas y medianas empresas privadas y cooperativas no agropecuarias que tienen aprobada la comercialización mayorista en su objeto social como actividad secundaria, a partir de la puesta en vigor de la Resolución.

Además, cancela de oficio la inscripción de la actividad de comercio mayorista de bienes nacionales o importados a los trabajadores por cuenta propia.

¿Cómo se realiza la comercialización mayorista de productos agropecuarios?

La comercialización mayorista de productos agropecuarios, se realiza según lo establecido en la legislación vigente. El Decreto 35/21, De la comercialización de productos agropecuarios, establece en el Capítulo III, Sección Primera, las generalidades para la comercialización de productos agropecuarios y en la Sección Segunda, define la comercialización mayorista de productos agropecuarios.

En esta sección en los Artículos 20 se definen las personas naturales y jurídicas autorizadas a ejercerla; en Artículo 21, se define el espacio donde se puede realizar la comercialización mayorista, en este caso los mercados agropecuarios mayoristas, así como los elementos organizativos en cuanto a su ubicación y beneficio de los productos.

En el artículo 22 se brinda información sobre la contratación.

¿Cómo podrán realizar comercio mayorista las micro, pequeñas y medianas empresas privadas y las cooperativas no agropecuarias que la tienen en su objeto social aprobado como actividad principal?   

Se realiza de forma directa a entidades estatales o a través de las comercializadoras mayoristas estatales.

Una vez expresada su voluntad de continuar ejerciéndola, actualizan su licencia comercial en un término de hasta 90 días hábiles, posteriores a la puesta en vigor de la Resolución.

En la nueva licencia comercial se especifica que la comercialización se realiza mediante contratos con participación de entidades estatales, que comprenden las comercializadoras mayoristas, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

En el Decreto 310/2012 se regulan los tipos de contratos, que se pueden establecer entre ambas partes.

¿Qué beneficios aporta la realización del comercio mayorista con participación de entidades estatales o las comercializadoras mayoristas estatales?

El comercio mayorista con la participación de entidades estatales o a través de las comercializadoras mayoristas estatales, permite a los actores económicos no estatales utilizar infraestructura, transporte y experiencia comercial.

Contribuye, además, a la disminución de los costos de transportación y almacenamiento, impactando en los precios minoristas de los productos con destino a la población.

El ordenamiento del comercio mayorista y minorista propicia alianzas de trabajo y encadenamientos productivos entre los actores económicos estatales y no estatales. Favorece la protección al consumidor desde la contratación.

¿Qué actores económicos no estatales se inscriben el Registro Central Comercial?

Se inscriben los actores económicos que realizan actividades de comercio interior, tales como: venta minorista de mercancías, servicios gastronómicos, servicios personales, técnicos comerciales y de uso doméstico y el comercio mayorista.

¿Cómo se realizan los trámites ante el Registro Central Comercial?

Los trámites ante el Registro Central Comercial, se realizan de forma presencial y en línea a través de https://oficina-rcc.xutil.net.

Se han publicado 340 comentarios



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  • Jl dijo:

    Para mi la medida provocará:
    1. Desabastecimiento pues no hay manera posible de recuperar la moneda dura invertida ya q la empresa estatal paga cuando puede por cheque o transferencia en cup que el Banco luego no tiene para entregar y la Mipyme no tiene como convertirlo a divisas en ningún mercado para reinvertirlo y reaprovisionarse.
    2. Veremos a directores, comerciales y económicos de las empresas comercializadoras convertirse en millonarios gracias a los sobornos y las comisiones q recibirán por comprar a determi años actores.
    3. Los actores minoristas tratarán de importar sus productos obviando la empresa estatal y subirán. As los precios.

  • Nativo dijo:

    A quien o quienes están respondiendo a nombre del MINCIN y esgrimen su apego a las enseñanzas y/o políticas económicas de Fidel les sugiero que se alejen de las consignas vacías y demuestren con hechos pero sobretodo con resultados positivos para el pueblo lo acertado de sus decisiones.La sociedad cubana está harta de tanta improvisación errónea que luego quieren enmendar con rectificaciones de errores y tendencias negativas;ya ese camino lo recorrimos y hoy estamos en un abismo.
    Considero que lejos de trabas y prohibiciones legales nosotros necesitamos un mercado libre,no cautivo,pero organizado y eficientemente controlado por el estado no fijando precios y limitando sino propiciando y exigiendo de todos los actores,estatales o no,variedad,calidad,seguridad ,ganancias lógicas,etc.Esto no es un derecho del Estado es una obligación constitucional que le fijamos la mayoría de los ciudadanos que votamos por la Constitucion vigente en Cuba en la actualidad y que aún esperamos que muchos dirigentes y funcionarios que ocupan cargos o responsabilidades en esta materia cesen su morosidad o incompetencia y cumplan la Ley Primera de todo país.

  • Jorge dijo:

    ¿Estaban dormidos? ¿ahora con esto? Que debía haberse aprobado antes de autorizar las Mipymes, q nos han apretado la soga al cuello desde su surgimiento, haciéndose millonarios con la usura, sin aporte económico real. ¿Será otro parche capitalista en la economía socialista?
    Las autoridades han permitido la entrada de dinero fácil a un sector de la sociedad a costa del otro. ¿se le llama dirigir?.. Lean lo q se publica en los grupos de WhatsApp de los mipymeros, los mismos q el gobierno nos vende como salvadores, que son una partida de ladrones usureros y ostentadores .
    Al igual q en el mes de junio ahora aparecen este tipo de medidas, días antes del inicio de las sesiones de la Asamblea. Desde aquella fecha el país se a puesto peor . Todo ha ocurrido a pleno sol, es una verguenza. Deberían renunciar unos cuantos, pero no hay vergüenza. No todo es bloqueado, ciclones, terremotos, siento pena ajena.
    La medida tiene mi apoyo si funciona. Esto no es un proceso de ensayo y error, es la vida de la gente común.
    Gracias x leer

  • Delfin dijo:

    Veo muy interesante comentarios, por ejemplo siempre que aparece un intermediario se incrementan precios, como se reaprovicionan los que realmente ejecutan las importaciones, etc , solo pregunto. No estaremos cerrando la limitada posibilidad que deja el bloqueo para que los actores no estatales ejerzan las importaciones?

  • Jose dijo:

    Solo una cosa ,si nos enfrentamos a tantoa problemas economicos derivados del bloqueo muchos de ellos ¿por que tomamos medidas que pongan al sistema de empresas importadoras cubanas,poco eficientes de por si,en mayor tension y al pueblo con menos posibilidades de acceder a productos .
    Cambio brusco anunciado a fin de año que la gente en la calle entiende como perjudicial .
    No se puede apostar solo a las tiendas mlc ,eso quedo probado ya hace rato ,por tanto no podemos escuchar demasiado lo que ellos mismos dicen.

  • gpa dijo:

    Tengo dos preguntas, la primera es que pasará con los producctos que importan las mipymes y que tanto necesita el pueblo, con estas medidas, y la otra es con que dinero compran en el mercado internacional estas empresas no estatales, ya que no compran en mm esto esta mas que claro, pero tampoco tienen este dinero en los bancos y que me disculpen pero tampoco compran el USD a 380, ya que lo que se estableció es que estas empresas tenían que tener un financiamiento seguro dentro o fuera del pais, que le permitiera comprar sus productos o producirlos, pero nunca se dijocque era con el dinero den país, porque se sabe que no tiene y lo que logra recuperar es para pagar deudas y comprar productos necesarios para mantener los productos básicos del país, no se incomoden pero necesito respuestas, gracias, espero de verdad que la medida de beneficios a las dos tipos de empresas y beneficie al pueblo que es el mayor afectado todos estos años

  • Dr Santiestevan dijo:

    Vean cómo está la ilegalidad. Los empresarios privados, algunos descubriendo el capitalismo, no quieren aceptar el ordenamientos legal:
    Ayer desde mi empresa llamamos a más de 15 mipymes mayoristas (supuestamente) para hacer una compra importante en volumen, y ninguna aceptó el pago por transferencia. Interesante verdad? Algunas ya promoviendo ventas din tener cuenta fiscal. Se los dejamos de tarea! ...Gracias

  • Orlando Leyva León dijo:

    Me gustaría que todo funcionarán así ,para que el país salga de la crisis, pero lo dudo, ejemplo: La apicultura, no paga el 80% de la divisa a los productores y se demora hasta 2 (dos) años para pagar o sea, venderla a 24cup por 1mlc, incumplimiento con el contrato en la venta de los insumos para la producción. De continuar así es mejor vender la miel de forma minorista a la población y no mayoristas a la apicultura, dejando asi, de ingresar divisa al país que tanto lo necesita

  • Alvaro dijo:

    Mi criterio:

    1. Poner intermediarios en relaciones comerciales sube los precios no los baja, es absurdo pensar que poniendo un intermediario los precios van a bajar.

    2. Esta demostrado que las mipyme no necesitan las empresas estatales para comercializar.

    3. Si el objetivo es que las mipymes utilicen las potencialidades en transporte y almacenamiento de las empresas estatales, lo que deben hacer es proponer buenas ofertas a las mipymes y contratar.

    4. La idea tratar a la mipyme como si fuera una UEB de la empresa estatal lo que hace es eliminar la competencia y con ello la calidad. Trasladar los problemas de las empresas estatales a las mipymes y volver ineficiente todo el sistema empresarial.

    6. Considero que es una lástima que no se hable de “sistema empresarial cubano” y se siga diferenciando mipyme y empresa estatal como si las mipyme no fueran empresas cubanas también.

    7. Creo que en vez de centrarse en tomar medidas para limitar y controlar a las mipyme deberían centrarse en realizar cambios para volver más competitiva y eficiente a la empresa estatal.

    8. Para lograr resultados positivos lo primero que hay que hacer es cambiar la forma de pensar y dejar de poner los adjetivos mipyme y estatal.

    • Profe Julio Sandoval dijo:

      Es una medida absurda esta Resolución. Traerá más distorsión y calamidades al pueblo.

  • Luis dijo:

    La intención parece ser luchar contra la riqueza, cuando en realidad se debe luchar contra la pobreza, si se dedicara una ínfima parte de los esfuerzos empeñados en luchar contra la riqueza a luchar contra la pobreza, quizás la situación económica del pueblo estuviera en mejores condiciones.

    • LA VERDA PRIMA dijo:

      Pero la mentalidad sigue siendo arcaica, desafortunadamente.

  • Marcos dijo:

    A morirnos de hambre vamos y donde se compra mayorista entonces si no creo q ninguna mipime acepte venderle al estado, los q tenemos TCP q nos hacemos

  • Maikel dijo:

    Quisiera saber cuando van aprobar la ley referente a la compra de triciclos por personas naturales.

    Tengo contrato con Alitec y se me dice que no pueden hacer contrato con las importadoras porque aun no a salido dicha ley.

    Gracias.

  • Sergio Serra dijo:

    Buenas tardes.
    El MINCIN ha explicado cual es el motivo para este nuevo ordenamiento? Se habla de bajar precios al consumidor, como? Como se abasteceran las formas de gestión no estatales qué hoy se abastece de esas organizaciones que venden al por mayor? Con este ordenamiento deben haber muchos menos negocios importando, se prevé un periodo de desabastecimiento? Cuales medidas se han tomado para que esto no ocurra.?
    Saludos.

  • Pablo dijo:

    Las cafeterias, ¿còmo compran la cerveza, refrescos enlatados jugos u otros similares para la prestacion de servicio y el pollo u otros productos carnicos para elaborar? ¿Quìenes seran los suministradores?

  • Adriel dijo:

    A mí tirenme piedra pero yo veo la medida bien en la práctica y soy de los que difiero con algunas medidas que toma el estado que lejos de ayudar lo que entorpece la vida del cubano trabajador. Porque la verdad las MYPIME que compraban a los mayoristas esas son las que están acabando con el pueblo tienen precio de ricos ahora bien, mi interrogante está en como el estado le va a pagar a esas empresas privadas,o sea en que moneda mi imagino que sea USD porque si es MLC como sacan ese dinero en USD en efectivo, si es en CUP en cuentas o efectivo como esas empresas compran esos dólares , el estado debiera de pagarle en USD respetando el margen de ganancia que rige en el mundo entero un 20, 25 o 30 % lo más y así veremos productos directos a la población en los establecimientos de Comercio mucho más baratos que los que hoy tienen las MYPIME en provincias.

    • Rolando Abreu Perez dijo:

      “Porque la verdad las MYPIME que compraban a los mayoristas esas son las que están acabando con el pueblo tienen precio de ricos”
      y entonces como usted explica que las tiendas en MLC tienen precios más altos que las FGNE y que a pesar de eso fue a estas últimas a las que se le toparon los precios y ahora se le aplica esta medida.

    • Caridad dijo:

      Hola, nada de piedras, con el mismo respeto que su comentario.
      Crees q esa empresa estatal intermediaria no va a elevar el precio? Imagínate una empresa estatal, con todo el burocratismo que lleva, cómo va a pagar a sus trabajadores etc, le van a exigir ser eficiente o va a ser otra empresa estatal subvencionada?
      Soy TCP una cafetería pequeña, compro directamente. a una Mipyme q importa, y ya las regulaciones me imponen un porciento máximo que le puedo incrementar al producto. No es más fácil aumentar los controles que crear empresas estatales intermediarias las cuales cometerán errores, encarecerán los productos y además también deberán ser controladas!!!
      Saludos

  • Daniel Valdes dijo:

    Muchos cambios y pocos resultados,lo importante es producir

  • Eduar dijo:

    Ya hice un comentario q veo no es publicado, resumiendo nefasta medida.

  • Solange dijo:

    Al fin un economista como ministro ,muy buena medida porque los intermediarios osea esos que le compran a las mipymes al por mayor para luego revender lo único que hacen es elevar el precio de los productos y así elevar la inflación y el costo de vida ,gracias pienso que esta medida ayuda mucho al pueblo ,es acertada desde mi punto de vista

  • Deborah dijo:

    MINCIN, sus argumentos son totalmente inválidos. Si la Empresa estatal ofreciera beneficios ya las FGNE los estuvieran utilizando, sin necesidad de OBLIGARLOS por DECRETO. Es una total falta de respeto a la inteligencia, sentido común y las leyes económicas más básicas. La medida a todas luces es ampliamente IMPOPULAR, tanto para los consumidores como para los proveedores.

    • Sarahí Pastrana dijo:

      Deborah, felicidades, muy clara, concisa y directa en su planteamiento.

  • Ramón dijo:

    Existe un elemento que no se aclara. A partir de ahora, quien venderá a los TCP? Las Mipymes no podrán hacerlo pues sólo sera hablas empresas estatales comercializadoras.
    Esta resolución pone fin a un grupo importante de TCP.

  • jose dijo:

    He leido todos los comentarios y me doy cuenta que la medida esta basada en muchos supuestos que no son verdaderos y por tanto en la situacion actual que tiene la poblacion y el pais no es recomendable y los que deciden deben prestar mucha atencion a esto

  • Pablo dijo:

    Leyendo todos los comentarios al respecto, no he encontrado uno solo favorable a la medida, y no es porque no la entiendan, es simplemente porque la medida es totalmente errónea y fuera del contexto económico del país. Es una intervención flagrante del
    Estado en las entidades no estatales, quien les dijo que el Estado es el único que hace las cosas bien… porque errores, malas deducciones y fracasos está llena nuestra historia más reciente

    • Francisco Suarez Malagon dijo:

      Según entiendo esto es solo para la actividad no agropecuaria, si es así lo veo bien, las regulaciones deben existir en una sociedad, mas cuando trata de que todos se incluyan en la misma, en todas las sociedades que se respetan existen regulaciones y aunque a muchos no les gustan las cumplen sin chistar. Lo que creo que disgusta más es tratar a las personas para experimentos sin que lo sepan. Pienso que cuando algo no esté seguro se debe dar de forma transitoria y explicar con claridad que está sujeto a cambios en correspondencia con los resultados.

      • Rolando Abreu Perz dijo:

        Esto es falso, el control que ejerce el estado en la mayoría de los países es sobre todo en velar que todos los actores respeten las leyes comerciales y civiles (dicho sea de paso en nuestro pais es pésimamente ejercido). Sin embargo aquí no se trata de ese tipo de control, es simplemente un control de gestion injertándose en el proceso comercial de las FGNE y este tipo de control ya no existe en casi ningún pais, nuestros aleados históricos como Rusia, China o Vietnam hace rato que soltaron esas trabas, siguen ejerciendo un poder politico pero no de interferencia en los procesos económicos operacionales de sus empresas lo que acarreo automáticamente una mucho mejor competitividad de las mismas.

    • Francisco Suarez Malagon dijo:

      Según entiendo esto es solo para la actividad no agropecuaria, si es así lo veo bien, las regulaciones deben existir en una sociedad, mas cuando trata de que todos se incluyan en la misma, en todas las sociedades que se respetan existen regulaciones y aunque a muchos no les gustan las cumplen sin chistar. Lo que creo que disgusta más es tratar a las personas para experimentos sin que lo sepan. Pienso que cuando algo no esté seguro se debe dar de forma transitoria y explicar con claridad que está sujeto a cambios en correspondencia con los resultados.
      Por otra parte no queda claro como los minoristas adquirirán productos para mantener un comercio ampliamente difundido, ni como se resolverán las dificultades con los suministros oportunos ni los desvíos de recursos que aquejan con frecuencia al sector estatal debido a las manifestaciones de corrupción que muchas veces proliferan en el debido a la pérdida de conciencia social, el exceso de un aparente necesario burocratismo y las necesidades en un país donde el problema alimentario es y será un gran reto.

  • Tenay dijo:

    Mi actividad principal es la cría y comercialización de ganado porcino, como soy productor, soy de las mipymes que puedo comercializar de manera mayorista , ya que los productos que comercializo son producidos por mi ( mipyme) , pero ahora me dicen que en mi actividad principal debe decir COMERCIO MAYORISTA , para modificar mi objeto social entonces que número de actividad debo poner en esta modificación que dice comercio Mayorista, como pongo en mi modificación de objeto para que diga Comercialización Mayorista?

    • Un cubano dijo:

      Espero que para realizar tu actividad no necesites comprar otros productos terminados, materias primas o maquinaria a otra MiPYMEs, porque te verás afectado, está medida interfiere con todo.

  • Un cubano dijo:

    Buenas por favor que alguien salga y explique cómo funcionaría, yo tengo un restaurante y compraba mis insumos generales a varias MiPYMEs, en cuba desde que se iniciaron las formas de gestión no estatal, están haciendo un mercado para eso, nunca se logró , intentos fallidos muchos , yo quisiera que saliera alguien y explicará con número y realmente cómo funcionaría, lo cual sabes que va ha distar aún mucho de la realidad , pero creo que está medida es una más como la bancarización que se cumple a medias, la ministra del mincin , la presidenta del banco y comercio exterior que me expliquen como es que esto funcionaría para la cerveza, el refresco y otros insumos que hoy el país no puede garantizar con producción nacional, y que nadie se crea que una pequeña empresa puede fabricar refresco, enlatarlo y comercializarlo en cuba, para eso aun no hay creadas las condiciones, esto es un ejemplo de lo que la empresa estatal debería garantizar y que no puede ser que con esa experiencia no logren un precio más competitivo que un producto importado, ni que una empresa estatal con esa experiencia, infraestructura y todos esos beneficios que tiene sea menos competitiva que la MiPYMEs y que halla que imponer por ley que uno tenga que darle participacion a una empresa para que brinde no se que valor al producto que ya otra empresa comercializaba . Espero que alguien salga y lo explique de verdad no esté artículo que no define, ni realmente las reglas de lo que es comercio minorista y mayorista para el estado. Y pongo un ejemplo yo he comprado maquinaria para mi restaurante y soy el consumidor final y con esta medida debemos intercalar una empresa estatal en el medio para que pueda servir de intermediario entre la MiPYMEs que me vende el producto y yo como MiPYMEs.

  • Alexander Santiesteban Rodríguez dijo:

    Buenas Tardes Desde mi punto de vista el país hay que acabarlo de organizar porque esta entre los principales problemas que hoy tenemos y unas de las causas de la inflación, pero no dejo de reconocer que me da terror y me llena de incertidumbre cada medida que se toma nueva, que al final nos complica mas la vida a los que caminamos por las calles.
    Espero que se halla evaluado concienzudamente y no se convierta en un desestimulo para los emprendedores y provoque un freno o un retroceso en este camino de la recuperación que todo los dias se torna mas largo. gracias.

  • Caridad dijo:

    Si tantos y tantos comentarios que se ven de personas serias ven tan claramente que poner a una empresa estatal de intermediaria solo va a encarecer el precio de los productos, y ninguna de las razones que dan aclaran esto, las ventajas y problemas q supuestamente van a resolver nadie se ha quejado de eso,y el problema de la inflación no se vislumbra que puede mejorarse sino todo lo contrario.
    Está el pueblo en condiciones de seguir aguantando experimentos que las probabilidades mayores sean de fracaso?
    Ya pasó con el ordenamiento, luego salen conque se va a rectificar o cualquier cosa, pero los afectados siguen con el problema y cada vez más inflación
    Por favor, rectifiquen ahora, esto va a traer muchos problemas.
    Soy TCP, una cafetería pequeñita de barrio, compro a una Mipyme varios de los productos. No veo ninguna necesidad de poner una empresa estatal por el medio.
    Si desconfían de las mipymes usen los recursos del estado en crear controles. Pero crear empresas estatales no va a resolver sino empeorar.
    las empresas estatales de manera general funcionan mal, personal desmotivado, bajos salarios q hacen q constantemente se den casos de delitos, además van a tener q controlarlas, va a ser un caos y lo peor es q sigue más tiempo pasando, que en lugar de verse mejoras, se verán más y más afectaciones, más y más inflación.
    Nos están ahogando y no hacen nada por tratar de resolver. Medidas que se vean que pueden mejorar a los ciudadanos.
    No critico por criticar, traté de ver las cosas positivas, pero definitivamente esto serán más y más problemas para todos incluyendo al estado.
    Es muy decepcionante.

  • Tenay dijo:

    Yo que soy una mipyme que produce embutidos y otros y comercializó minorista y mayorista, ya me quedo claro que debo modificar mi objeto y en este debe decir explícitamente que mi actividad principal es la comercialización mayorista, mi pregunta es, tdos saben que cuando se solicita al MEP cualquier trámite mediante sus correos y plataforma esto demora mucho y yo solo cuento con 90 días para ello, puedo ir al RCC y ratificar que quiero continuar con mi licencia para comercializar mayorista o tengo que esperar a que el MEP me apruebe la modificación del objeto, lo cual puede excederse del término de 90 días y causarme un perjuicio y daño irreparable

  • Bashar el defenestrado dijo:

    Ahora va a salir algun economista iluminado a decirnos que esta medida no esta hecha para matar a las mipimes y que favorece a la poblacion. Y que la inflacion y carencia de productos que importaban estas mipimes y el estado es incapaz de importar (porque ya es incapaz de hacer nada y parece estar ahi soo para subsistir dictando leyes absurdas) es culpa del bloqueo imperialista y la nueva administracion de Trump, para la que muy demagogicamente ya se dijo que estaban preparados jjj. En fin que es un sinsentido tras otro, como cuando el reordenamiento monetario, que ya sabemos lo bueno que fue. Sigan asi que van bien.

  • Pedro E Lozada Sosa dijo:

    En realidad no le veo provecho a esta medida, solo un alza inminente a los precios y el cierre de cientos o miles de MIPIMES que hasta hoy han sido el salvavidas de una moribunda economía cubana. El estado no tiene divisas para importar o comprar en el mariel y ahora ésta estrategia caótica solo agravará más la vida del cubano de a pie. Las ordenanzas hay siempre que analizarlas bien y éste no es el caso. Las entidades estatales no pagan a los particulares y esto no es nuevo, años de impagos cuentan como prueba. Así cuba no puede avansar presidente. Debemos tomar lo mejor de nuestros colegas socialistas del mundo y no dar patadas de ahogados. Luego culpamos al bloqueo. Ser más eficientes es nuestra inica alternativa y no hacer tanto oidos a birocratas ministetiales que piensan como viven y olvidan la precaria realidad del resto de las provincias, municipio y localidades cubanas más alejadas de la capital. Consultar con los de abajo, con los que pasan trabajo, con los estudiosos para no volver a cometer el penoso fracaso de una tarea ordenamiento que solo desordenó aún más a la delicada economía cubana. Mismo proceso que procuró eliminar una dualidad monetaria CUC-CUP y que en realidad solo cambio sus siglas USD-CUP. Es mi criterio, humilde de alguien que si desea salvar una economía cubana y su revolución. Pero siempre pensando en lo más importante. "EL OUEBLO"

  • Raudel dijo:

    Buenos días esperemos que esté cambio de política económica sea una forma más para el mejoramiento de los actores económicos que sufre tanto la población en cuanto a los precios altos que no satisfacen al valor del salario de un trabajador.

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