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Ofrecen aclaraciones sobre normativa para pensionados y jubilados

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Foto: ACN

Las modificaciones al cálculo de la pensión por edad e invalidez total, recogidas en el Decreto 99 publicado recientemente en la Gaceta Oficial, número 1 Ordinaria del 2024, solo abarcan a trabajadores del sistema empresarial y no a los del sector presupuestado, afirmó una fuente autorizada del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

Al ser consultada por la Agencia Cubana de Noticias, Virginia Marlén García Reyes, directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass), hizo esa aclaración ante dudas e inquietudes de la población tras la entrada en vigor, el 4 de enero, de la mencionada norma.

Recientemente el Consejo de Ministros acordó modificar el artículo 195 del Decreto 283, Reglamento de la Ley de Seguridad Social, del 6 de abril del 2009.

En su lugar, mediante el Decreto 99 estableció que en lo adelante la base de cálculo de la pensión por edad e invalidez total se determina sobre el salario promedio mensual, que resulte de los mayores salarios devengados por el trabajador durante cinco años.

Es importante aclarar que el Decreto 99, modificativo del Decreto 283, específicamente en el artículo 195 no deroga el Decreto ley 18 de diciembre del 2020, que se puso en vigor con la implementación de la Tarea Ordenamiento, por cuanto a los efectos del cálculo de la pensión se mantiene que se tomen los años completos, puntualizó la funcionaria.

Manifestó que si un trabajador solicita en el 2024 su jubilación se establece que se tengan en cuenta como referencia para el cálculo los salarios devengados durante el 2021, el 2022 y el 2023.

De manera que el artículo 195 del Decreto 283 quedó suspendido temporalmente porque no se van a tomar de los 15 últimos años los cinco mejores, sino que se mantiene lo que regula el Decreto ley 18 de coger los años completos anteriores a la solicitud de jubilación para el cálculo de la pensión.

Pago a jubilados y pensionados

García Reyes recordó que con el incremento de los salarios, las pensiones y las prestaciones de la Asistencia Social, los salarios que se comenzaron a pagar en el 2021 eran mayores que los que se devengaban hasta diciembre del 2020.

Recalcó que ahora se valoran los mejores salarios del 2021, 2022, 2023 o 2024, en dependencia de cuándo el trabajador solicita la pensión, en tanto en el 2025 termina el tránsito que se establece en el Decreto ley 18.

Esta fue una de las dudas que se reitera en las inquietudes de la población, precisó la entrevistada.

Aclaró que para el cálculo de la pensión en ningún momento se excluye el doctorado y la maestría aún cuando exceda los 9 mil 510 pesos, cuantía máxima de la escala salarial vigente.

Para esas personas cuyo salario es de 9 mil 510 pesos, pero además tienen el pago de maestría y doctorado, todo ese monto se contempla en el cálculo de la pensión y no se les aplica en este caso específico lo que establece el Decreto 99.

Solo es de aplicación cuando los trabajadores devenguen, además de su salario básico, el pago por concepto de utilidades, por resultados, por pronto despacho o por trincaje (para la actividad portuaria), aclaró García Reyes.

Aclaró que el Decreto 99 no tiene por sujetos aquellos trabajadores, del sistema empresarial, que solicitaron la jubilación en diciembre, pues es para quienes a partir de ahora lo hacen, ni a los jubilados reincorporados al empleo, ni los acogidos al pluriempleo.

Tampoco es para el sector presupuestado y, por consiguiente, no se incluyen Salud Pública ni Educación, a cuyos trabajadores recientemente se les aprobaron incrementos salariales, en justo reconocimiento a sus aportes a la sociedad, manifestó finalmente la directora general del Inass.

(Con información de ACN)

Se han publicado 124 comentarios



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  • Perez49 dijo:

    Soy ING. jubilado en 2019 tengo 75 años y 49 años de trabajo, puedo seguir trabajando? o debo tener una pensión digna para vivir lo que me queda?

  • Paloma dijo:

    Que tiempo demoran
    para q recalculen la jubilación a una persona q se jubiló y se incorporó al trabajo por unos años más, y hace 4 meses inició en el INSS de Playa ese trámite?
    Esa gestión debía ser casi expedita, a esas personas ya no les sobra el tiempo para esperar

  • Mvaldes dijo:

    Y a los que trabajamos todo una vida que aportamos también y devengados una miseria cuando nos van a tener en cuenta

  • Maria dijo:

    Lo q hace falta es revisar como un profesional q por jubilarse finales 2016 y con 56 años de trabajo solo reciba 1733 cup

  • José Felipe Herrera Hurtado dijo:

    Cómo quedan los creadores artistas en esta ocasión?
    Quedarán marginados otra vez?

  • Luisa Beatriz Davila dijo:

    Los jubilado del año pasado no reciben aumento en las pensiones

    • Mas dijo:

      Bueno los jubilados del año pasado tienen una pensión acorde con el salario q devengaban después del ordenamiento, que no debe ser baja comparada con la de los jubilados antes de 2021, les toca esperar

  • Tamarindo dulce dijo:

    Buenas tengo una preocupación yo soy pensionado por invalidez parcial mi salario era de 570 por qué yo cobro una pensión de 1548 cómo si mi salario hubiera Sido de 230 ahora con este incremento cuánto me pertenece cobrar de veras necesito que alguien me explicará gracias

  • Fernando dijo:

    Dos títulos universitarios y una maestría y 45 años de trabajo, 42 de ellos como profesor universitario y me pagan 2400,00 de jubilacion, 20 dolares al cambio de cadeca, y a los que se jubilaron después que yo le pagan cerca de 6000.00. Quien se atreve a dar una explicación a algo tan injusto. Hasta ahora nadie. Esperemos que esta sea una de esas cosas que tengan solución mas cerca que nunca.
    Gracias.

  • Luìs Germàn Hernandez Breña dijo:

    Soy retirado de las FAR con 44 años de servicios y me retirè con 2400.00 pesos, Trabajè en la vida civil 10 años en el sistema empresarial como director de una UEB, siendo mis ingresos por màs de 295 00.00 pesos en cada año. Puedo acogerme a un segundo retiro si surante estos años mi contribuciòn a la seguridad social mensualmente estaba x encima de 500.00 pesos. Hago esta pregunta xq con mi retiro, el cual es monor q el precio de una bolsita de pollo, estamos condenados incluso a despedirnos x siempre de nuestros familiares de otras provincias como si se hubieran ido como al princiio de la Revolucòn por los caros pasajes. Gracias. Espero su repuesta.

  • René dijo:

    Yo estoy de acuerdo, ahora van a seguir descontando nos el 5 por ciento de la seguridad social y no me lo van a tener en cuenta para la jubilación, de eso no se habla nada y pienso que se analice porque estoy pagando un impuesto que no me lo van a reconocer después si me paso del monto aprobado en el decreto 99

  • Orlando dijo:

    Que vamos a hacer con las pensiones de los jubilados del sector de educación que tanto aporte hicieron al país y están con chequeras bajas aún siendo licenciados y Máster en ciencia.

    Gracias

  • Elisa dijo:

    Por favor y q van hacer con los jubilados anteriores q trsbajamos 35 anos ,y estamos cobrando 1528.00..no da ni para comer 3 dias al mes.

  • Modestoliva dijo:

    Al final al rectificar se cometen las mismas injusticias
    Yo me jubile en 2018 con 38 años de trabajo y un salario promedio de $776 y lo q me pagan son $351 q con el cambio es la escala mínima. Dónde está todo lo q aporté. Si lo hubiese cobrado me daba p vivir 30 años más con un ingreso mayor q mi salario y ahora estoy al límite de la pobreza extrema. Todo se queda p el presupuesto

  • Irma dijo:

    Y entonces como quedamos los jubilados del 2020, y también los anteriores a este año que menciono y los jubilados y pensionados desde 2020 hasta 2023.
    Muchos sólo recibimos una cuantía de $1528.00 cup y $ 1600.00 cup.
    Cómo y de qué forma podremos sufragar todos los cambios mencionados; y más que todo el ALIMENTO, que ya los precios estatales y particulares se igualan bastante.
    Espero se nos tome en cuenta, también dedicamos en muchas esferas el desarrollo y aporte a nuestro país.
    Gracias.

  • Jose dijo:

    Estoy de acuerdo con lo que plantean algunos lectorrs sobre que la directora del INASS compsresca en una meda redonda y que esplique el metodo de calculo pues no se entiende sabemos que hasta 9520 es el 100 por el porciento que tiene el trabajador por los años percibidos pero los que su calculo de salario da por encima de 9510.00 pesos.
    Ademas que esplique el potque el trabajador que mas paga como impuesto a la seguridad social de su utilidad impuesto progresivo,y ahora cuando se jubila si es mayor cpbra menos regresivo.
    Tambien que explique que van hacer todas esas petsonas que hoy cobran 1500.00 o un poco mas pues se jubilaron con la ley 24 pero la realidad laboraron y aportaron mas que aquellos de la asistencia social,ademas conocemos que a la FAR y MINIT le subieron su jubilacion estos primeros se lo merecen

  • María de aqui dijo:

    Los más viejos y GANAMOS 1528.00 y 1678.00 SEGUIMOS IGUAL

  • Raúl González Cardoso dijo:

    Que proyección existe para los jubilados y pensionados antes del reordenamiento, que solo recibimos una pensión que no cubre muestras necesidades básicas.

  • Magali Valcárcel Espinosa dijo:

    Y los invalida dos total de años anteriores, seguimos en crisis total, solo jubilados y ya, qué triste

  • Rodríguez dijo:

    Tengo 75 años me jubile en el 2010 en la actualidad vivimos mi esposa y yo con mi pensión 1678, somos considerados vulnerables a dónde tengo que dirigirme para que los trabajadores sociales evalúen mi caso pues la estoy pasando bastante feo.

  • caridad dijo:

    Soy del sector empresarial, 38 años de servicio. Solicite la jubilación el 20 de enero de 2024. Llevo año y medio de certificado. Como se realizaría el cálculo. Se debe aclarar si es en base a los 5 años de mejor salario de los ultimos 15 o a los de los años 21, 22 y 23.

  • Thairis dijo:

    El tema muy complejo, porque los trabajadores de sector empresarial estarán muy afectados, sin contar que ellos contribuyente a ese pago, por cada concepto que cobran, con una escala progresiva de aportar más sii cobra más, entonces no tiene el mismo sentido en devengar más cuando se jubile eso es un tema difícil de entender
    Por otro lado los inass provincial y municipal cerraron la atención a las entidades para los trámites de jubilación el 11 de diciembre 2023, no se explica porque se pone en vigor precisamente el 4 de enero del 2024.
    Cada inass de acuerdo cada provincia tiene su librito.
    Sería buena una comparecencia de la directora nacional del inass , pero con las aclaraciones precisas, estás son muy generales en verdad.

  • Raúl dijo:

    Ess justo tener en cuenta la afectación enorme que tuvo un jubilado conu 45 años2 de trabajo que era de 2 salarios minimos y que tuvo que seguir trabajando por no haber quien cubriera el puesto y quedo con lo que hoy representa el 70% del salarío mínimo

  • Angy dijo:

    Ahora pregunto.. cuál será el tratamiento que recibiré por concepto de jubilación si lo estoy desde el 2013 con 56 y medio años en que se me aplicó el periodo de tránsito y sólo percibí 400 pesos de pensión por la ley anterior habiendo laborado 39 años en el sector de la educación en diferentes niveles de enseñanza, de ellos 19 en la Educación Superior, soy Máster en Ciencias y Profesora Auxiliar que ocupé diferente cargos como Jefe de Departamento y Vicedecana académica y solo percibo en éste momento no más de 1633 pesos.
    Gracias.

  • Sonia Salazar Nuez dijo:

    No se piensa en los que cobramos muy por debajo del salario mínimo actual y que no nos alcanza para los mínimos gastos.
    Cuando se nos hizo lo de 4 veces el salario que teníamos como jubilados, no sé tuvo en cuenta la inflación que vendría después.
    1600 que es lo que devengo no es ni por mucho lo que se dice que es el salario mínimo actual de la población.
    Quién nos da respuesta?

  • Sergio Hernandez Ramos dijo:

    Buenas noche. Soy abogado y pertenezco a la ONBC y quiero saber si para el caso de nuestra Organización se aplicará este nuevo decreto.

  • Villanueva dijo:

    Soy militar jubilado me incorpore al trabajo aparte cobre maestria desde 2010 como es mi pension ahora.

  • Natividad Toledo Amador dijo:

    Soy jubilada desde 2013, de Biocubafarma, pero desde el 2004 imparto docencia en la UCI y Cujae, respondiendo al llamado realizado por el MIC, actualmente estoy contratada en la Cujae en la Filial Universitaria de 10 de Octubre, impartiendo docencia como profesor Titular en los CPE, mi inquietud, por qué no me pagan antigüedad? Pienso que desde que me jubilé reitero en el 2013, este es mi centro de trabajo. Espero su explicación al respecto. Agradecida

  • Guajiro cubano dijo:

    Siempre he tenido una duda. El Decreto dice : se tomarán como base para el cálculo de la pensión el salario y los ingresos legalmente obtenidos.. Sin embargo a los escritores y artistas que tienen otro trabajo cuando se les calcula la pensión no se les tienen en cuenta los ingresos obtenidos como creadores, a pesar de que esos son legales y por ello pagan el por ciento correspondiente a la seguridad social. No he encontrado en la ley ninguna referencia al respecto y los funcionarios del.MTSS solo responden con : esos es así, sin dar explicaciones. Podrían explicar eso?

  • JULIO césar BAtista acuña dijo:

    Buenos día es.necesario que se informe como vamos a quedar los jubilados y.pensionados ante.del reordenamiento 2020 que estamos en situación crítica

  • José Luis Salí Campos. dijo:

    Que triste realidad, trabaje en Astilleros Damex, empresa de capital totalmente extranjera, aportando más de 4 Euros la hora , sin cumplir misión aporte miles de Euros y ver ahora que unos compañeros se jubilan con casi 10 mil cup y mi pensión es de 2387,00 cup , es una injusticia después de más de 45 años de trabajo.

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