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El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social informa sobre los días feriados

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Sede del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social informó que los días 25, 26 y 27 de julio, recesan las actividades laborales, excepto las que se relacionan con la zafra azucarera y otros trabajos agrícolas urgentes, industrias de procesos de producción continua y labores inaplazables de carga y descarga.

Otras excepciones son los servicios de transporte y su aseguramiento técnico indispensable, hospitalarios y asistenciales, farmacias, expendios de combustible, funerarias, jardines vinculados con estas y cementerios, servicios de hospedaje, centros turísticos, comunicaciones, transmisiones de radio y televisión, servicios públicos básicos, actividades de pesca y otras que se determinen por las autoridades correspondientes.

El artículo 111 del Código de Trabajo establece que en los días de conmemoración nacional y feriados, el salario se abona de la forma siguiente:

a) a los trabajadores cuyas actividades recesan ese día y están sujetos a la forma de pago a rendimiento, se les abona el salario promedio, salvo cuando dichos días coincidan con los de su descanso semanal o con aquellos en que disfrutan de vacaciones anuales pagadas, licencia no re­tribuida o subsidio de seguridad social;

b) a los trabajadores cuyas actividades recesan ese día y están sujetos a la forma de pago a tiempo se les abona su salario diario, salvo cuando dichos días coincidan con su descanso semanal o con aquellos en que disfrutan de vacaciones anuales pagadas, licencia no retribuida o subsidio de seguridad social;

c) a los trabajadores que por la índole de su trabajo están exceptuados de recesar o que tienen que concurrir al trabajo porque se les ha habilitado como laborable ese día, se les abona el pago doble del salario que les corresponde devengar por la producción realizada o el tiempo real trabajado, incluyendo los pagos adicionales a que tengan derecho. El empleador y el trabajador de común acuerdo, cuando el trabajador así lo solicita pueden sustituir el pago doble por el trabajo realizado en ese día, por el pago sencillo y la concesión de un día de descanso con el pago del salario;

d) los trabajadores que por la índole de su trabajo están exceptuados de recesar en esos días o porque habiéndoseles habilitado esos días como laborables por alguna de las causas que determinan la realización de trabajo extraordinario, tienen que concurrir al trabajo y no lo hacen, no tienen derecho a cobrar salario alguno por ese día.

El MTSS informó que los trabajadores que se encuentran percibiendo garantías salariales mantienen el cobro de dicha garantía, y en esos casos no se debe aplicar el tratamiento salarial para los días de conmemoración nacional y feriados.

(Con información de ACN)

Se han publicado 24 comentarios



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  • luis dijo:

    Buena la información, me pueden decir la página electrónica para dirigirme a ese ministerio ya que por las vías que entro siempre me da error de teléfono.

  • Sara Reina Hernandez Lazo dijo:

    Por que los teléfonos de atención a la población de ese ministerio no funcionan e llamado para recibir explicación de un caso que presente en el mes de marzo necesito su atención

  • Fernando dijo:

    Lo que me preocupa es que yo normalmente devo trabajar aproximadamente 196h ahora con los tres días feriados voy a perder 24 horas así que es probable que me paquen los feriados pero a su ves me den mala evaluación y me quiten las utilidades y parte del salario ya que es una practica común de los cuadros para repartir más entre menos entonces mi duda es se les informó bien a todos los directores que son 24horas menos que no es cojer los días y hacer todo el trabajo de 5 días en dos después

  • yaser dijo:

    que tratamiento salarial se le aplica a los colectivos laborales

  • Compatriota dijo:

    Le faltó a la resolución especificar que solo aplica a la empresa estatal socialista.

  • Fidel prado garcia dijo:

    Es cierto que hay que realizar una nómina para el pago de los días feriados y otra para pagar los días de trabajo normal .
    Yo creía que solo se hacía una nómina independiente para los que trabajan los días feriados y no para todo el personal de la planilla
    Espero su ayuda gracias

  • Nuria dijo:

    Hola tengo una pregunta la carnicería no abre en esos dias,? Aunque tenga huevos

  • Gfp dijo:

    Dentro de la categoría expendio de combustible,como los lugares que siguen sus labores, están considerados los puntos de venta de las balitas de gas??? Por favor aclarar. Gracias

  • Yada dijo:

    Disculpen ,los bancos trabajan o no?

  • Rider frometa barrera dijo:

    A nosotros nos movieron por interés de la empresa municipal de transporte en las tunas y cobramos por taza salarial y desde ese día no cumplimos por la empresa no tiene transporte para llevar a los pasajeros hasta allí y nadie nos ayuda y me toca trabajar Eso dos días, fíjese al básico serán 110, por producción solo sale a 50 pesos se imagina todo un día al sol y sin agua y nadie nos Ayuda

  • Rider frometa barrera dijo:

    Yo quiero preguntar
    Si alguien sabe del maltrato a los trabajadores de transporte (los inspectores populares) pues como sabemos no hay combustible y piezas de repuesto a vehículos de las empresas y sin embargo nos obligan a buscar recaudación si no hay transporte, y no llegamos a un salario mínimo desde que hicieron el cambio en el punto de transporte salida Holguín, donde estábamos antes si se recudaba, yo pregunto quién nos ayudara para traer comida a nuestro vínculo familiar, que tenemos madres sin chequeras y con muchas enfermedades,

  • Marisela dijo:

    Se puede habilitar uno de esos días a personal de oficina para hacer otras funciones no inherente al cargo que ocupa, con la obligación de asistir o no hacerlo, descuentan el día.

  • Enrique Garcia dijo:

    Saludos, no soy trabajador por cuenta propia.
    pero se me acerco un compañero que si lo es y me dijo que porque no se hacia una evaluación de la afectación de la energía electrica en la actualidad y se evaluara el pago de los atributos de ello ya que muchos dependen de esa afectación que ahora tenemos. fue muy cuidadoso en plantearlo ya que me dijo que si no afectaba al pais , se podia evaluar.

  • Maribel dijo:

    Para hacer el pago a los trabajadores que no han trabajado esos tres días,tengo que sacar un promedio de 6 meses para pagarlo

  • Maritza dijo:

    Yo trabajo en una panera y algunas no abrieron yo si trabaje a tiempo completo el día 25 q salario se me será asignado ese día?

  • Yoandra Concepción González dijo:

    Buenos días. Soy maestra . Para los maestros es de carácter obligatorio trabajar los días 25,26 y 27 y de lo contrario si ponen guardia obrera y no la hago. Me lo pueden descontar.

  • Francisco Coroneaux Hurtado dijo:

    Desde el 17/2 /22 entregue la documentación en el INASS del municipio Guantanamo para la ampliación de mi chequera y hasta la fecha actual de 13 de Agosto /22 no he recibido respuesta sobre la misma.

  • Francisco Coroneaux Hurtado dijo:

    Cuando me ampliarán la chequera pues entregué la documentación pertinente el 17/2/22 y estamos a 13/8/22 sin recibir respuesta de la INASS municipal Guantanamo.

  • FCH dijo:

    Tengo tarjeta magnética asignada entre el INASS municipal y Bsndec del Caribe desde Noviembre/2021 y porqué razón se me sigue pagando la chequera de la jubilación por nómina electrónica, lo cual cambió mi planificación de acumular sin cobrar varios meses pues contaba con otros recursos monetarios y debido a que las nóminas electrónica no permiten acumular más de 2 meses poseo sin cobrar de Noviembre/21 a Abril /22 o sea 6 meses sin cobrar una suma de dinero que me hacen falta para poder enfrentar la gran inflación existente de los productos de bienes y los servicios .

  • Rocardo Perez Fiallo dijo:

    Soy agente de seguridad y proteccion quiero saber como me pagan los días feriados si los trabajo de 7am a 7am del otro día .gracias

  • ysver dijo:

    Urgente
    Necesito ayuda de Cubadebate
    He trabajado el domingo 1 de enero y mi jefa de recursosu humanos no me va a pagar donle por que?Sin embargo en mi centro de trabajo laboran dos empresas más y si les pagarán doble a sus trabajadores que lloraron el 1 de enero.

  • Ramón Becerra Diaz dijo:

    La casa del abuelo trabaja los días feriado si o no porque tenemos esa duda y queremos saber

  • Ramón Becerra Diaz dijo:

    Yo estoy en la casa de los abuelos del municipio venezuela pago 792.00 pesos mensuales donde gano 1528.00 de retiro porque no se descuentan los 4 días feriados si la casa del abuelo no no brindó ese servicio eso cuatro días y tengo que pagar obligado

  • Ramón Becerra Diaz dijo:

    La casa de los abuelos trabaja esto días feriado

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