Cuba actualiza su arquitectura contra el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y la proliferación

Sin tregua contra el lavado de activos y financiamiento al terrorismo
La Resolución 6/2026 del Ministro del Interior confirma la voluntad del país de mantener una respuesta institucional alineada con los estándares internacionales y con los compromisos asumidos frente a las amenazas financieras transnacionales.
La norma, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, actualiza la participación del Ministerio del Interior en el sistema nacional de prevención y enfrentamiento al lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva. Su aprobación da continuidad a la Resolución 16 de 2022 y refuerza un principio esencial: estas conductas no se enfrentan de manera aislada, sino mediante coordinación, inteligencia, investigación, cooperación y resultados verificables y demuestra la voluntad política del Estado cubano por combatir resueltamente estos flagelos.
La importancia de la Resolución 6/2026 radica en que traduce al plano operativo varios pilares reconocidos por el estándar GAFI/GAFILAT: evaluación de riesgos, coordinación interinstitucional, intercambio de inteligencia financiera, investigación penal, recuperación de activos, sanciones financieras dirigidas y cooperación internacional.
Otro elemento de especial significado es la regulación de procedimientos vinculados a sanciones financieras dirigidas. La Resolución aborda la identificación, designación, congelamiento y descongelamiento de fondos u otros activos relacionados con personas y entidades designadas por terrorismo, financiamiento del terrorismo o proliferación. En ese punto, la norma se corresponde con la exigencia internacional de actuar sin demora para impedir la movilización, ocultamiento o disposición de recursos ilícitos.
La Resolución 6/2026 mantiene además una visión sobre los activos sujetos a control. Su alcance comprende bienes tangibles e intangibles, instrumentos financieros, documentos electrónicos o digitales y activos virtuales, lo que refleja una comprensión actualizada de las formas en que hoy pueden moverse y ocultarse recursos vinculados a conductas ilícitas.
La cooperación internacional ocupa igualmente un lugar relevante. La norma prevé el tratamiento de solicitudes de terceros Estados, la tramitación por los canales correspondientes y la comunicación con instancias internacionales. Este aspecto resulta indispensable, porque el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y la proliferación rara vez se limitan a una sola jurisdicción.
Vista en perspectiva, la Resolución 6/2026 no rompe con la Resolución 16 de 2022; la perfecciona. La anterior disposición organizó la participación de los órganos de enfrentamiento del Ministerio del Interior en el sistema ALA/CFT/CFP. La nueva resolución actualiza ese marco frente a los cambios del estándar internacional y fortalece la capacidad institucional para dar respuestas a las amenazas y actos que impactan en la seguridad exterior e interior del país.
En el contexto de la V Ronda de Evaluaciones Mutuas de GAFILAT, esta actualización normativa constituye una señal clara del compromiso de Cuba con los esfuerzos internacionales contra la criminalidad financiera.
Cuba reafirma así una posición de responsabilidad y verticalidad frente al sistema internacional ALA/CFT/CFP. La Resolución 6/2026 representa un paso de ordenamiento, especialización y actualización institucional en una materia donde la eficacia depende de la coherencia entre ley, organización, información y acción.
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Las mejores políticas de transparencia financiera para Cuba incluyen la implementación obligatoria de registros electrónicos y sistemas de supervisión en tiempo real para todas las transacciones económicas, especialmente en sectores clave como las empresas estatales, cooperativas y el mercado negro. Es crucial establecer un sistema de control y auditoría independiente, fortalecer las instituciones regulatorias y crear una unidad especializada en la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. Además, debe promoverse el intercambio de información con organismos internacionales, mejorar la regulación de las operaciones en efectivo y reducir el uso del efectivo físico en favor de plataformas digitales seguras, para facilitar la trazabilidad y detección de actividades sospechosas. La adopción de estos mecanismos aumentará la confianza en el sistema financiero, disminuirá las oportunidades de actividades ilícitas y facilitará la atracción de inversión extranjera, elementos esenciales para el desarrollo económico sostenible del país.
La intención es muy buena y estoy de acuerdo con su principio Pero lo que no estoy de acuerdo es que sin una prueba,sin una instrucción penal en marcha se congele activos, es una aberración jurídica, es como meterte preso sin pruebas o porque que me caes mal,no hay fundamento,ahí cae todo el mundo,si algún familiar te manda 10 mil dólares automáticamente caes en ese limbo legal solo por el hecho de ser sospechoso de lavado de activos, lastimosamente los instructores penales cubanos no están capacitados para esa ley, era como la otra ley de instrucción penal, la pNR te metía preso por 3 días por solo sospecha de algo sin pruebas porque le caía mal al jefe de sector y te digo cuánta gente.
inocente cayó en ese saco, uff una pila de gente.Mira que lo he leído y esa resolución es un retroceso a los derechos civiles y violación de la constitución cubana,soy abogado y con fundamentos lo
digo.Sin pruebas usted no puede tomar acciones legales de ningún tipo, es así de sencillo, usted no puede actuar bajo sospecha, usted necesita pruebas para actuar,es un principio elemental
Pues revisen a las cooperativas todas obtienen dinero de puntos de ventad donde se vende cualquier producto menos agrícolas revendiendo de tofo desde un jabón hadta galleticas y ni la cooperativa ni el socio pagan impuestos y ustedes el gobierno crearon esta "distorción". Miles y miles de pesos se dejan de declarar y se van del fisco.
Si la evasión fiscal no es sancionada y si lo es las sanciones son ridículas y no se combate el lavado de activos, me pregunto: estamos en presencia de un paraiso fiscal?
Un ente especializado para combatir estos delitos??? Acaso no es la PNR la encargada de esto??