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El Pueblo como constituyente: ¿Qué debatiremos los cubanos a partir de hoy?

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Introducción al análisis del Proyecto de Constitución de la República durante la consulta popular

El proyecto de Constitución de la República aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular, en su sesión ordinaria los días 21 y 22 de julio del año 2018, y que ahora se somete a consulta a nuestro pueblo, es resultado de una profunda labor iniciada en el año 2013.

En ese entonces, el Buró Político acordó crear un grupo de trabajo, presidido por el General de Ejército Raúl Castro Ruz, Primer Secretario del Partido Comunista de Cuba, con el objetivo de estudiar los posibles cambios a introducir en el orden constitucional, a raíz de los acuerdos
del VI Congreso y la Primera Conferencia Nacional del Partido, el proceso de fortalecimiento de la institucionalidad desarrollado en el país, la necesidad de hacer corresponder la Constitución con nuestra realidad, el futuro previsible y las demás medidas que han sido aprobadas en los últimos años; teniendo como presupuesto esencial el pensamiento del líder histórico de la Revolución cubana, Fidel Castro Ruz.

Durante todo este tiempo se realizó un profundo estudio de nuestra historia y tradición constitucional, los procesos constitucionalistas desarrollados en América Latina en los últimos años y las experiencias derivadas de aquellos países que construyen el socialismo, así como textos constitucionales de otras naciones.

Como es conocido, la Asamblea Nacional del Poder Popular, en ejercicio de su facultad constituyente, acordó, en su sesión extraordinaria del pasado 2 de junio, conformar de entre sus diputados una comisión en la que estuviera representada una parte importante de los sectores que integran nuestra sociedad, bajo la dirección del compañero Raúl Castro Ruz, con el objetivo de preparar un anteproyecto de Constitución de la
República.

La Comisión ha trabajado intensamente, tomando como referencia los estudios realizados con anterioridad y el aporte de expertos y especialistas de diversas instituciones, y luego de amplios debates presentó a la Asamblea Nacional del Poder Popular un proyecto de Constitución de la República.

CONTENIDOS ESENCIALES QUE REGULA

El texto se compone del preámbulo, 224 artículos (87 más que la actual Constitución) , divididos en 11 títulos, 24 capítulos y 16 secciones.

De la actual Constitución de la República se mantienen 11 artículos, se modifican 113 y se eliminan 13.

Se distingue por una estructura coherente y sistemática, logra un reordenamiento lógico de sus contenidos y evita su dispersión.

El lenguaje empleado se corresponde con la terminología que debe caracterizar un texto constitucional y con nuestra realidad política, económica y social.

La redacción en términos generales de sus contenidos confiere mayor flexibilidad, perdurabilidad, seguridad y aplicabilidad de la Constitución.

El proyecto reafirma el carácter socialista de nuestro sistema político, económico y social, así como el papel rector del Partido Comunista de Cuba.

Es incorporado el concepto de Estado socialista de derecho, a fin de reforzar la institucionalidad y el imperio de la ley, dentro de ello la supremacía de la Constitución.

El sistema económico que se refleja mantiene como principios esenciales la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales y la planificación, a lo que se añade el reconocimiento del papel del mercado y de nuevas formas de propiedad no estatal, incluida la privada.

De manera singular destaca el desarrollo de una amplia gama de derechos a tono con los instrumentos internacionales de los que en esta materia Cuba es parte.

Resaltan los relativos al derecho a la defensa, el debido proceso, la participación popular y se reformulan los económicos y sociales, en particular el de la salud y la educación, los que se mantienen como función del Estado y con carácter gratuito, aunque se prevé que la ley defina otras cuestiones vinculadas a los mismos.

El contenido del derecho de igualdad adquiere mayor desarrollo al incorporar a los ya existentes (color de la piel, sexo, raza, etc.) la no discriminación por género, identidad de género, orientación sexual, origen étnico y discapacidad.

Establece la posibilidad de que las personas puedan acudir a los tribunales para reclamar la restitución de sus derechos o la reparación o indemnización por los daños o perjuicios generados por la acción u omisión de los órganos, directivos, funcionarios o empleados del Estado, en el
ejercicio indebido de sus funciones.

En relación con el matrimonio, se modifica la actual concepción de que solo es posible “entre un hombre y una mujer” y se define que es entre dos personas.

Respecto a la ciudadanía el cambio fundamental radica en que se modifica nuestra afiliación a la no admisión de la doble ciudadanía y, en su lugar, plantea acogernos al principio de “ciudadanía efectiva”, que consiste en que “los ciudadanos cubanos, en el territorio nacional, se rigen por esa condición y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera”.

Referente a los órganos del Estado, se mantiene un adecuado equilibrio entre estos y se incorporan las figuras del Presidente de la República como Jefe del Estado y la del Primer Ministro a cargo del Gobierno de la República; a ambas se les exige como requisito ser diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular.

El Consejo de Estado conserva su carácter de órgano permanente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, con una mayor interacción con aquella,
entre otros aspectos, porque el Presidente, Vicepresidente y Secretario de ambas instituciones, son las mismas personas.

Destaca como novedad entre los órganos del Estado el Consejo Electoral Nacional, institución de carácter permanente en esta materia, así como se logra solucionar la inserción de la Contraloría General de la República en la Constitución.

En cuanto a los órganos locales se eliminan las asambleas provinciales del Poder Popular y se instituye un Gobierno Provincial, integrado por el Gobernador y un Consejo a ese nivel.

Los municipios adquieren mayor relevancia a partir del reconocimiento de su autonomía, la que ejercen en correspondencia con los intereses de la nación.

Se ratifica al Consejo de la Administración Municipal como el órgano que dirige la Administración Municipal, a cargo de un Intendente, término que se propone sustituya el de Presidente y Jefe empleados en la actualidad.

Respecto al Sistema Electoral, se mantiene que tienen derecho al voto los cubanos mayores de 16 años de edad, con las excepciones previstas en la ley.

La Defensa y Seguridad Nacional aparecen en un Título, en el cual se precisa la misión del Consejo de Defensa Nacional, con facultades para cumplir tareas desde tiempo de paz, y el reconocimiento de la Situación de Desastre, además de las restantes de carácter excepcional.

Acerca del mecanismo de Reforma Constitucional, a diferencia de la actual Constitución, se señalan los legitimados a promoverlo y se precisan las cláusulas de intangibilidad.

Para la entrada en vigor de las principales cuestiones reguladas en el Proyecto, así como el período en que deben emitirse las normas complementarias y modificar otras vigentes, se establecen disposiciones especiales, transitorias y finales.

CONSIDERACIONES FINALES

El proceso de consulta que se propone desarrollar es expresión del carácter democrático y participativo del Estado revolucionario y constituye un ejercicio del poder soberano del pueblo, devenido este en órgano constituyente de la nación, lo que nos distingue favorablemente de otros procesos desarrollados en diversos países.

Esta particularidad representa una alta responsabilidad de todos los ciudadanos en el estudio del proyecto y en la participación en la consulta popular, así como en cada una de las propuestas que se realicen.

Ha de tenerse presente en todo momento que la Constitución es una norma que establece principios y valores esenciales y mínimos, lo que implica no abarcar y expresar en detalle todos los ámbitos de la vida política, económica y social.

Todas las propuestas y sugerencias que se formulen serán oportunamente valoradas.

Los cubanos debemos estar conscientes del compromiso que implica, para las generaciones presentes y futuras, la nueva Constitución de la República, forjada por el pueblo para dar continuidad a la Revolución y al socialismo.

Más que nunca están vigentes las siguientes palabras de nuestro invicto Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz:1

“Una de las cosas que nos preocupa y que debe ser de una preocupación perenne, es que [...] la Constitución que nosotros hagamos se cumpla rigurosamente. No podemos tener o aprobar uno solo de esos preceptos que no se aplique rigurosamente.
[...]
”La Revolución no puede crear una Constitución, no puede crear instituciones, no puede crear principios que no se cumplan.

”Por eso es nuestro propósito una vez que se haya aprobado esta Constitución, luchar consecuente y tenazmente, para que cada uno de los preceptos de esa Constitución se cumplan; que nadie le pueda imputar a la Revolución jamás, de que acordó leyes y principios que después no se cumplieron”.

1 Fragmentos de las palabras del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz, en el acto de entrega de la Constitución de la República
de Cuba. Revista Cubana de Derecho, Año 5, No. 11, enero-junio, 1976, La Habana, pp. 54 y 55.

Se han publicado 86 comentarios



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  • RAG TIME IN HAVANA dijo:

    Estimado forista Sergio:
    Sus respetadas y extensas apreciaciones han sido íntegramente reflejadas como corresponde a nuestro tiempo. De todas formas y haciendo uso de mi derecho a opinar, y por si puede serle de utilidad, le recomiendo que se acerque de nuevo a la persona que refiere en su exordio y que “conoce de términos jurídicos”, y le solicite ciertas precisiones relacionadas con sus inquietudes acerca de aquello sobre lo que Ud. nos “llama la atención” con respecto a los enunciados tales como “de conformidad con lo establecido en la ley” o “de conformidad con la Constitución y las leyes”, etc., que son aserciones o pautas de constante presencia en ABSOLUTAMENTE TODAS LAS CONSTITUCIONES QUE SON (y me atrevo a decir que también de las que serán). Las constituciones son límites y en ninguna de ellas se pretenderá agotar un tema, para lo cual están, precisamente, las disposiciones que en ellas se fundamentan (leyes, decretos leyes, decretos presidenciales, decretos, resoluciones, etc). De todas formas, Sergio, no está de más que exprese usted sus criterios de manera tan amplia y descarnada, en tanto a algunos de los que accedemos a ellos (sobre todo si nos honramos con pertenecer a un dúo de los procesos de consulta) nos ayudan significativamente a corroborar cómo se está ejerciendo en nuestro país el derecho a la libertad de expresión, equivocada o no. Concluyo con una expresión que no por conocida y utilizada deja de ser de impacto: Yo no estaré de acuerdo con lo que Ud. dice, pero defenderé hasta la muerte su derecho a decirlo. ¡Ah, y reléase el proyecto de constitución y tal vez se le aclaren algunos conceptos.

    • Sergio dijo:

      Así es como debería ser, pero por el HINCAPIE que usted hecho, sabe tanco como yo, que no siempre es así,

      Claro que me he leído el proyecto, sino no hubiese escrito tanto. Las opiniones son para eso, para discordar y dialogar, para CONCORDAR ya tenemos bastante, comenzando, precisamente por la ASAMBLEA. No se hasta cuando durará eso, pero eso de la UNANIMIDAD es la mentira más grande de este mundo.

      De tantas cosas que escribí, no se si dije que es necesario que exista un TRIBUNAL SUPERIOR que fiscalice el estricto cumplimiento de la CONSTITUCION, la que se apruebe mdiante el referendo. De no existir esto, y que funcione de manera independiente, se habrá hecho un desgaste por GUSTO. la constitución debe ser de ESTRICTO CUMPLIMIENTO por todos, el poder ejecutivo (Gobierno), el poder Legisltativo (la Asamblea) y el poder judiciario, todos en su conjuneto conforman el ESTADO CUBANO, y claro, por su puesto, por nosotros, el pueblo, que debemos saberla como si fuera el Himno nacional, algo que no ha sucedido durante todos estos años.

      Pues bienvenido al DEBATE, y ojala que se mantenga así, sin INSULTOS, sin descalificaciones, sin ataques, por todos y el por bien de todos, como dijera el POETA.

      Saludos, y gracias por su comentario..

  • Ovidio D´Angelo Hernández dijo:

    Introducción al análisis del Proyecto de Constitución.

    1-
    Al Final de pág. 3 se plantea: El proyecto reafirma el carácter socia¬lista de nuestro sistema político, econó¬mico y social, así como el papel rector ejercido de forma democrática, del Partido Comunista de Cuba.
    Es incorporado el concepto de Estado socialista de derecho, ……….

    No es una cuestión semántica, sino un tema de fondo la denominación del papel rector del Partido. Rector significa Superior o Director, en este caso de la Sociedad y sus instituciones en su conjunto.

    Lo cual entra en contradicción con el ARTÍCULO 10: En la República de Cuba la soberanía reside intrans¬feriblemente en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado.
    Es decir, la designación de papel Rector sitúa al Partido como ente superior al Estado y la Sociedad, lo que menoscaba la soberanía del pueblo y del Estado, derivado de ésta.
    En el documento están claramente definidas las funciones máximas de las instituciones del Estado, de su Consejo de Estado y de su Presidente, como rectores de la política nacional, (párrafos 406, 408, 415, etc.), en tanto representación de la voluntad popular (algo perfectible en una Ley electoral nueva), lo cual parece importante para la mayor delimitación de la función del Partido como orientador ideológico democrático, del Estado y el Gobierno.
    El tema se remonta a la polémica entre Lenin y Rosa Luxemburgo a principios del siglo XIX, sobre el papel del Partido y de las masas revolucionarias en el socialismo. Finalmente, Lenin optó por la consigna “Todo el poder a los soviets” que, en las condiciones difíciles de enfrentamiento de clases en los primeros momentos de la ´Revolución Rusa, se conjugaba con la orientación del Partido y, posteriormente se fue transformando en el papel rector del Partido y la subordinación de los soviets con funciones prácticamente administrativas.
    En diferentes experiencias fallidas del “socialismo real” el papel Rector del Partido se extralimitó por sobre las prerrogativas del Pueblo y el Estado, al extremo de que fue la institución que, dirigida desde arriba por el Politburó, determinó, en estrecho consenso, el curso de la historia posterior de sus países.
    En Cuba se justificaba esa potenciación progresiva del Partido en momentos en que se necesitaba la unidad de las organizaciones revolucionarias, dando lugar a las ORI primero, al PURSC después y finalmente, en 1975, al PCC.
    A pesar del estrechamiento actual del cerco de la ultraderecha en el Norte y América Latina, hoy la situación cultural-política, nacional e internacional es diferente. Por demás, la generación histórica de la Revolución va pasando su época. En esas nuevas condiciones habría que tener más presente lo que Villena alertó, en su momento, sobre cuidar que “la dictadura del proletariado no se convirtiera en la dictadura del Secretariado”, algo posible, sobre todo en el tiempo histórico complicado que hemos vivido -que ha obligado a una dirección centralizada y personalizada-, avalada, además por el incuestionable liderazgo histórico de la revolución apoyado por la mayoría de nuestro pueblo, lo que, en el futuro próximo inevitablemente será más diverso.

  • Ovidio D´Angelo Hernández dijo:

    Introducción al análisis del Proyecto de Constitución
    2-
    El compañero Raúl ha expresado que, en nuestras condiciones de partido único, (de acuerdo a una tradición de más de 50 años en el período revolucionario, deudora de la concepción epocal de socialismo), el Partido tendría que ser más democrático.
    Para obviar la contradicción entre función de Partido y Estado, Gobierno y el pueblo soberano, es que sería conveniente un cambio en la Introducción (final de pág. 3):
    “El proyecto reafirma el carácter socia¬lista de nuestro sistema político, econó-mico y social, así como el papel orientador ideológico, ejercido de forma democrática,participativa y pública, del Partido Comunista de Cuba”.
    Aclaro sobre lo último (quizás para el Congreso del Partido):
    Sobre el carácter democrático del Partido, considero que se debe reformular la concepción de centralismo democrático y subordinación de las bases a los órganos superiores, en varios sentidos:
    -Implementar el método de concertación democrática, que implica, más allá del consenso y del voto de la mayoría, el reconocimiento de la posición de las minorías con derecho a que estas continúen trabajando abierta y deliberativamente por sus argumentos, aunque cumplan el mandato general mayoritario (siempre que haya un mandato de las mayorías, no la decisión de un grupo).
    Eso podría plantear la legitimidad de sectores de pensamiento dentro del Partido con posicionamientos diversos hacia la construcción del socialismo y en permanente difusión y debate público.
    -Por otro lado, el sentido democrático del Partido no debería quedarse en la consulta, debate, recepción o persuasión a y de sus militantes sobre las ideas y posiciones del órgano superior (por demás, cambiables según las circunstancias, dentro de ciertos límites), lo que actualmente altera el posicionamiento de las bases respecto a la dirección central sino que, además, debería abrirse al intercambio de ideas con toda la población acerca del curso ideológico y político de la Nación y a la supervisión popular de la incorporación de las propuestas.
    -Finalmente, el Partido podría ser más flexible en las exigencias estatutarias para dar cabida a la población que se orienta y actúa hacia la construcción de una sociedad cada vez más justa: socialista, democrática, de progreso y sostenible, lo que le pudiera otorgar mayor legitimidad al papel de vanguardia política -ó de Partido representante de la Nación cubana-, hoy día restringida y excluyente de sectores de la población en general y de la intelectualidad que sigue esos ideales de diversa forma, están a la vanguardia del pensamiento y la acción social y no se incluyen en las filas del Partido, por diferentes razones.

    A partir de aquí, sólo introduzco modificaciones en los artículos que considero pueden precisar mejor cuestiones que, en muchos casos, deben atender las leyes que se promulguen, algunas de las cuales deberían ser consultadas con la población y sometidas a plebiscito, dado su carácter fundamental para el ejercicio de la soberanía popular.
    Considero que esta nueva Constitución recoge aspectos muy actuales y avanzados respecto a la anterior, que tiene un valor principal para el ejercicio democrático y de progreso de nuestro país, no obstante perfectibles.

  • Wilfredo MB dijo:

    Artículo 95, inciso h: la creación artística es libre y en su contenido respeta los valores de la sociedad socialista cubana. Por favor, cómo se "mastica" eso. Si se dice que es libre, pero respetando los.... ya le cortaron las alas. Mejor debiera decir más o menos así: "la creación artística debe respetar los valores de la sociedad socialista cubana" Y punto. Precisamente este inciso tiene esa tremenda contradicción así como muchos otros que sería muy largo ponerme a enumerar, pero bueno ya habrá otros trabajando en ese tema. Espero ver publicada mi opinión y me fío de mis padrenuestros y las avemarías para poder ver este comentario. A pesar de que cientos de foristas opinaron hace poco sobre la censura en estas páginas, todavía la mocha está a ras del suelo.

    • Michel Romero Rodríguez dijo:

      Completamente de acuerdo, al igual que el artículo 60 acerca de la libertad de prensa.

  • Gumersindo Acebo Nerey dijo:

    El Partido Comunista de Cuba es hoy el guardián de la Revolución. Preferimos transferir al todo el pueblo cubano esa categoría de guardián de la Revolución y disolver nuestro partido para tener una sociedad sin ningún tipo de partido ni organizaciones políticas antes de permitir que exista el pluripartidismo en la isla. El pluripartidismo está demostrado en el mundo entero que destruye a los países. Si no podemos tener Partido Único preferimos la sociedad si partidos.
    Por eso es que como siempre nos dice Raúl Castro tenemos que perfeccionar la institucionalidad del país. Que cada institución tenga una estructura sencilla en contrapartida con otras y con funciones bien definidas capaz de cumplir y hacer cumplir la ley hecha con mucha participación popular. Si el Partido fallara el pueblo y sus instituciones del Poder Popular tendrían que tomar por cuenta propia la construcción, consolidación y defensa de la Revolución pero el Partido no fallará. Se fortalecerá, para eso están los jóvenes de la patria, formados en Revolución y que son los que garantizarán el futuro. La unidad de los cubanos agradecidos la tenemos que garantizar por encima de todo.

  • G.Esteban Ramirez dijo:

    Opino: porque en otros paises hayan legalizado la Mariguana,que ahora cultivan en patios y jardines, nosotros vamos a copiat¡rlos,como copiamos diversar barbaridades sovieticas ??.Ahora en esos paises(Holanda,estados de USA,etc) hay mas adictos y personas con secuelas fisicas y mentales.Entonces,legalizar el "matrimonio" "igualitario" sera peor,pues un enorme cuchillo que partira el corazon de la Sociedad,que es la Familia. Que yo sepa, en nigun grupo humano Actual,de los llamados "indigenas",hay "familias" constituidas por homosexuales,eso es de aquellos "modernos" que quieren hacer realidad el"Un Mundo Feliz" del escritor Huxley,donde la reproduccion de la especie llamada humana es por inseminacion y en probetas...por tanto,estoy de acuerdo en que siga el enunciado ..matrimonio entre un Hombre y una Mujer y todos los demas derechos vendran por añadidura..
    Otra opinion: si queremos frenar la Corrupcion, simplemente cuando un ciudadano sea designado o elegido para desempeñar un cargo en el aparato Estatal administrativo,debe ser sometido a una AUDITORIA de sus bienes y otra al cesar en ese cargo.
    Otr opinion:la palabra "padres",donde quiera que aparezca en la Constitucion,debe ser substituida por "progenitores" y la palabra "persona o personas" ,sustuida por "ciudadano o ciudadana.
    Finalmente , introducir este asunto del matrimonio igualitario,en lugar de ayudar a la UNIDAD del pueblo,esta introduciendo una division que solo ayuda a los yankis que nos quieren ahogar,ahora en que mas que nunca es IMPRESCINDIBLE una unidad MONOLITICA.

  • Corona dijo:

    Completamente de acuerdo con lo planteado por Sérgio.

  • G.Esteban Ramirez dijo:

    En momentos cuando mas necesaria es la Unidad de la poblacion,introducir ese asunto del "matrimonio" homosexual,es introducir una innecesaria division,hay asuntps MAS importantes asi que se debe dejar el enunciado "entre un hombre y una mujer.
    Por otro lado,las consecuencias seran catastroficas ,que yo,con 81 años no sufrire pero mi unico nieto si.Legalizaron la Mariguana y ahora la cultivan en patios y jardines en esos paises qe la legalizaron y son mas los adictos y enfermos.Poruq mi vecino sea un corrupto,o un moderno que no use ropainterior,porque tengo que "copiarlo" ?

  • camagueyana dijo:

    porque se apruebe el matrimonio homosexual , los hijos adultos ya formados y definidos no van a volverse gay , pero preocupan los nietos que desde que empieze en la escuela le van a decir , al igual que por la televisión ( a diferencia de la casa) que te puede gustar tu amigo Pedro o tu amiga Maria , creando un caos en la mente infantil , eso no es sano ni bueno para nuestra infancia y la ignorancia es de quienes no lo quieren ver .

  • Variche dijo:

    Ovidio respeto su opinión pero esta es la mía:
    En el mundo entero o casi en todo el mundo para no ser absoluto,el Partido que está en el poder, es quien traza el camino a seguir. El Partido Comunista de Cuba(Marxista-Leninista,Martiano y Fidelista) es único y también nace del pueblo, de lo mejor de los valores y principios revolucionarios del pueblo, de su mejor gente, la mas revolucionaria y comprometida. Por tanto, el Partido Comunista de Cuba tiene la autoridad moral necesaria para trazar ese camino ,convirtiédose entonces en la fuerza rectora de la sociedad. El Estado, pone las reglas del juego, establece los límites para ese tránsito, para no salirse del camino trazado en consonancia con la Constitución y el Gogierno ejecuta las acciones necesarias para llevar a vía de hecho el camino trazado por el Partido a través del Estado.

    Saludos.

    • Sergio dijo:

      Pero que BARBARIDAD está usted diciendo.

      EN los sistemas paralamentarios-presidencial, la última voz la da el CONGRESO, no el partido. Cada Partido puede tener los lineamientos que quiera, esto es hasta válido, pero quien da la última PALABRA es el CONGRESO, y si tienen doble SISTEMA LEGISLTATIVO, por así decirlo, el SENADO.

      Así se evita el TOTALITARIMOS y las "VOLUNTADES INDIVIDUALES o PARTIDARIAS.

      Saludos,

  • LSD dijo:

    Aunque todas las opiniones son valiosas ya sean en el ambito social, politico o economico. Pienso que la materia desaprobada de la Revolucion Cubana, de nuestra Revolucion es la economia por lo tanto nuestra opiniones deben estar dirigidas fundamentalmente a eso al desarrollo economico del pais.

    Me gustaria que se añadiera en la constitucion lo siguiente:

    "El estado promueve y brinda garantias a las cooperativas y empresas privadas de capital nacional que constribuyan al desarrollo economico del pais"

    "El estado estimula todas las actividades economicas de produccion y prestacion de servicios con fines de exportacion o que sustituyan importaciones con el objetivo de avanzar hacia la verdadera independencia economica de la nacion"

  • midi dijo:

    Pues si al matrimonio gay..Ya es hora que tambien tengamos derecho

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