Asamblea Nacional de Poder Popular
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Asamblea Nacional del Poder Popular
Presidencia de la Asamblea Nacional
Presidentes Asambleas Provinciales
Composición de la VII Legislatura
La Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano supremo del poder del Estado. Representa y expresa la voluntad soberana de todo el pueblo, es el único órgano con potestad constituyente y legislativa en la República. (Artículo 69 y 70 de la Constitución)
Se compone de diputados elegidos por el voto libre, directo y secreto de los electores, en la proporción y según el procedimiento que determina la ley, son elegidos por término de cinco años. (Artículos 71 y 72 de la Constitución)
La Asamblea Nacional del Poder Popular, al constituirse para una nueva legislatura, elige de entre sus diputados a su Presidente, al Vicepresidente y al Secretario. La ley regula la forma y el procedimiento mediante el cual se constituye la Asamblea y realiza esa elección. (Artículo 73 de la Constitución)
La Asamblea Nacional del Poder Popular elige, de entre sus diputados, al Consejo de Estado, integrado por un Presidente, un Primer Vicepresidente, cinco Vicepresidentes, un Secretario y veintitrés miembros más.El Presidente del Consejo de Estado es jefe de Estado y jefe de Gobierno. (Artículo 74 de la Constitución)
Son atribuciones de la Asamblea Nacional del Poder Popular (Artículo 75 de la Constitución)
- acordar reformas de la Constitución conforme a lo establecido en el artículo 137;
- aprobar, modificar o derogar las leyes y someterlas previamente a la consulta popular cuando lo estime procedente en atención a la índole de la legislación de que se trate;
- decidir acerca de la constitucionalidad de las leyes, decretos-leyes, decretos y demás disposiciones generales;
- revocar en todo o en parte los decretos-leyes que haya dictado el Consejo de Estado;
- discutir y aprobar los planes nacionales de desarrollo económico y social;
- discutir y aprobar el presupuesto del Estado;
- aprobar los principios del sistema de planificación y de dirección de la economía nacional;
- acordar el sistema monetario y crediticio;
- aprobar los lineamientos generales de la política exterior e interior;
- declarar el estado de guerra en caso de agresión militar y aprobar los tratados de paz;
- establecer y modificar la división político-administrativa del país conforme a lo establecido en el artículo 102;
- elegir al Presidente, al Vicepresidente y al Secretario de la Asamblea Nacional;
- elegir al Presidente, al Primer Vicepresidente, a los Vicepresidentes, al Secretario y a los demás miembros del Consejo de Estado;
- designar, a propuesta del Presidente del Consejo de Estado, al Primer Vicepresidente, a los Vicepresidentes y demás miembros del Consejo de Ministros;
- elegir al Presidente, a los Vicepresidentes y a los demás Jueces del Tribunal Supremo Popular;
- elegir al Fiscal General y a los Vicefiscales generales de la República;
- nombrar comisiones permanentes y temporales;
- revocar la elección o designación de las personas elegidas o designadas por ella;
- ejercer la más alta fiscalización sobre los órganos del Estado y del Gobierno;
- conocer, evaluar y adoptar las decisiones pertinentes sobre los informes de rendición de cuenta que le presenten el Consejo de Estado, el Consejo de Ministros, el Tribunal Supremo Popular, la Fiscalía General de la República y las Asambleas Provinciales del Poder Popular;
- revocar los decretos-leyes del Consejo de Estado y los decretos o disposiciones del Consejo de Ministros que contradigan la Constitución o las leyes;
- revocar o modificar los acuerdos o disposiciones de los órganos locales del Poder Popular que violen la Constitución, las leyes, los decretos-leyes, decretos y demás disposiciones dictadas por un órgano de superior jerarquía a los mismos; o los que afecten los intereses de otras localidades o los generales del país;
- conceder amnistías;
- disponer la convocatoria de referendos en los casos previstos en la Constitución y en otros que la propia Asamblea considere procedente;
- acordar su reglamento;
- otras que le confiere la Constitución.
Presidencia Asamblea Nacional
Presidencia de la Asamblea Nacional, séptima legislatura (2008-2012)
Ricardo Alarcón de Quesada, Presidente (Ver Artículos en Cubadebate)
Doctor en Filosofía y Letras, Miembro del Buró Político del Partido Comunista de cuba Diputado por el Municipio Plaza de la Revolución en Ciudad de La Habana desde la IV legislatura.
Ingresó en la Universidad de La Habana en 1954 e integró la Candidatura de la Federación Estudiantil Universitaria (FEU), participando en la mayoría de los actos de protesta organizados por dicha Organización. Miembro de la Secretaría de Cultura de la Federación Estudiantil Universitaria (FEU) desde 1955 hasta 1956. Colaborador del Directorio Revolucionario. Se incorporó al Movimiento 26 de Julio en 1955 y fue organizador del Aparato Estudiantil de las Brigadas Juveniles de este Movimiento Revolucionario. Electo Vicepresidente de la FEU en 1959 y presidente de esta organización de 1961 a 1962.
En 1962 fue designado Director de América del Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREX) De 1966 a 1978 fue Embajador Representante Permanente de Cuba ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Vicepresidente de la Asamblea General de la ONU, Presidente del Consejo de Administración del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Vicepresidente del Comité de Naciones Unidas sobre el ejercicio de los derechos inalienables del pueblo Palestino.
En 1978 es promovido a Viceministro Primero del MINREX, hasta ocupar en 1992 el cargo de Ministro. En febrero de 1993, fue elegido Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, cargo que desempeña actualmente. Es miembro del Buró Político del Comité Central del Partido Comunista de Cuba.
Como Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, ha jugado un papel importante en el desarrollo de nuestra Revolución, tanto en el plano nacional como internacional; ha representado al país en las negociaciones con Estados Unidos, en los acuerdos migratorios entre ambos países. Municipio: Plaza de la Revolución
Jaime Alberto Crombet Hernández-Báquero, Vicepresidente
Miembro del Comité Central del Partido Comunista de Cuba (PCC) desde 1975. Presidente de la Federación Estudiantil Universitaria (FEU) y Primer Secretario de la Unión de Jóvenes Comunistas (UJC) en la Universidad de La Habana (1964). Primer Secretario de la UJC en la antigua provincia de La Habana. Primer Secretario del Comité Nacional de Ia UJC (1966-1972) y simultáneamente Jefe de la Columna Juvenil del Centenario (1968-1972). Segundo Secretario del Comité Provincial del PCC en la antigua provincia de Camagüey (1972-1975). Jefe Político del Frente Norte en la República Popular de Angola (1976) Primer Secretario del Comité Provincial del PCC en la provincia Ciudad de La Habana (1977-1978). Representante del PCC y Embajador de Cuba en la República Popular de Angola (1979). Primer Secretario del Comité Provincial del PCC en la provincia Pinar del Río (1980-1983). Secretario del Comité Central del PCC (1983-1990). Vicepresidente del Consejo de Ministros (1990-1993).
Es diputado a la Asamblea Nacional desde su constitución en 1976. Es Coronel de la Reserva de las FAR. Ha representado a la FEU, UJC, PCC y Asamblea Nacional del Poder Popular en múltiples visitas y eventos internacionales. Ha recibido múltiples condecoraciones y distinciones. Municipio: San Cristóbal.
Miriam Brito Sarroca, Secretaria
Nivel escolar: Superior. Ocupación: Secretaria de la ANPP.Licenciada en Español y Literatura, impartió clases, dirigió la Casa de Cultura de Guanajay, y después Cultura. Fue miembro del Buró Municipal del Partido. Coordinadora de los CDR en La Habana y miembro del Comité Provincial del Partido. Vicepresidenta del Consejo de Administración Provincial y más tarde Secretaria de la Asamblea. Electa Secretaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular el 24 de febrero de 2008. Es diputada desde la V Legislatura. Municipio: Santa Cruz del Norte.
Presidentes Asambleas Provinciales
- Ernesto Barreto Castillo. Pinar del Río
- Armando Cuéllar Domínguez. La Habana
- Juan Contino Aslám. Ciudad de La Habana
- Nilo Tomás Díaz Fundora. Matanzas
- Alexander Rodríguez Rosada. Villa Clara
- Rolando Díaz González. Cienfuegos
- Fidel Orlando Pérez Luzbert. Sancti Spíritus
- José Ignacio Quiñones Venegas. Ciego de Ávila
- Jesús Arturo García Collazo. Camagüey
- Víctor Luis Rodríguez Carballosa. Las Tunas
- Vivian Rodríguez Rondín. Holguín
- Jesús Antonio Infante López. Granma
- Rolando Yero García. Santiago de Cuba
- Luis Fernando Navarro Martínez. Guantánamo
Composición de la VII Legislatura
Total de Diputados - 611
- Promedio de edad - 49 años
- 481 Diputados - 78.34% - Son universitarios
- 127 Diputados - 20.68% - Tienen Enseñanza Media Superior
- 390 Diputados - 63.52% - No ocuparon un escaño en la Sexta Legislatura del 2003-2008 que tuvo 609 miembros
- 224 Diputados - 36.48% - Fueron reelegidos
- 374 Diputados - 60.91% - Nacieron después del triunfo de la Revolución el 1ro de enero de 1959
- 134 Diputados - 21.82% - Eran niños no mayores de10 años al triunfo de la Revolución el 1ro de enero de 1959
- 106 Diputados - 17.26% - Conocieron el Capitalismo
De los 611 Miembros de la Asamblea Nacional del Poder Popular :
- 265 Son Mujeres - 43.37%
- 393 Son Blancos - 64.32%
- 117 Son Negros - 19.15%
- 101 Son Mestizos - 16.53%
- 285 Son Delegados municipales - 46,64%
Fuente
- Artículos 69 al 75 de la Constitución de la República de Cuba
- Presidencia de la Asamblea VII Legislatura. Asamblea Nacional del Poder Popular
- Composición de la Asamblea Nacional del Poder Popular VII Legislatura. Asamblea Nacional del Poder Popular






