Modifican régimen especial de seguridad social a trabajadores del sector no estatal

Foto: Archivo
Mediante el Decreto Ley 48, del 6 de agosto de 2021, se aprobó el régimen especial de seguridad social para los trabajadores por cuenta propia, los socios de las cooperativas no agropecuarias y de las micro, pequeñas y medianas empresas.
La referida norma jurídica estableció, en su disposición transitoria única, que durante los dos primeros años de su aplicación, los trabajadores por cuenta propia y los socios de las cooperativas ya constituidas, que se encontraban contribuyendo por la escala establecida en los decretos leyes 278, de 30 de septiembre de 2010, y 306, de 17 de noviembre del 2013 ya derogados, podían mantenerse aportando por la base contenida en ambos decretos-leyes; y a partir del tercer año, septiembre 2023, de la entrada en vigor del presente Decreto Ley del Régimen Especial de Seguridad Social, las contribuciones se realizan en los términos y condiciones regulados en este.
A los fines señalados, la contribución de los afiliados al régimen especial de seguridad social, es del 20% de la base de contribución seleccionada desde un mínimo de 2000 pesos, hasta un máximo de 9500 pesos, de la escala.
En consecuencia, entre los meses de octubre a diciembre de 2023, los trabajadores por cuenta propia y los socios de las cooperativas no agropecuarias constituidas antes de la entrada en vigor del referido decreto ley, que mantienen su contribución por los anteriores regímenes especiales de seguridad social, cuya cuantía es inferior a 2000 pesos, deberán modificar su base de contribución, a lo que se dispone actualmente.
A tal efecto, se han adoptado medidas para facilitar el proceso de modificación de su base de contribución, sin necesidad de acudir a las oficinas de trámites y empleo, a las direcciones de Seguridad Social radicadas en la direcciones municipales de Trabajo o a las oficinas de la ONAT, a realizar este trámite.
La solicitud se podrá realizar a través de la dirección de correo electrónico modificarbc@inass.gob.cu, a la que podrán acceder a través del sitio web del Ministerio de Trabajo, Atención a la Población, Facebook, Twitter, Telegram y mediante el código QR que aparece al final de esta nota, el que podrán escanear desde el móvil; adjuntando la planilla habilitada a tal efecto con toda la información que en ella se solicita, la que misma está disponible para descargar desde el enlace: https://www.mtss.gob.cu/descargas/planilla-modificar-la-base-de-contribucion
También estará visible en las oficinas de trámites y empleo y en las direcciones de trabajo provinciales y municipales.
De no realizar la solicitud de modificación en el plazo previsto, se procederá a realizar de oficio, el ajuste de la base de contribución, al nivel mínimo de la escala, en una cuantía de 2 000 pesos.
Los socios de las cooperativas no agropecuarias, aprobadas a partir del mes de agosto del 2021, por el Ministerio de Economía y Planificación, no tienen que realizar este proceso, ya que los mismos están aplicando lo dispuesto en el Decreto Ley 48/2021 desde su aprobación.
(Con información del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social)
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Bnos días, el pasado 9 de agosto comenté:
Hola, Por qué la base de contribución es hasta 9500.00?, es decir por qué un límite? Algunos tcp tienen proyectos que les permite tomar una escala mayor.
HOY es 15 y no veo respuesta, mela dieron?
Soy un TCP que cumplo 65 años el 2 de enero 2024 no pienso seguir ejerciendo dicha actividad voy a jubilarme hasta que mes tengo que pagar la segurida social.
Mi mas entrañable solidaridad con Cuba!
Muchas gracias por las informaciones de Cuba.
Buenas tardes. Soy agente de seguridad en una empresa estatal y en mis dias de descanso trabajo en una mipime. Mi pregunta es: debo acogerme a esta modalidad o puedo seguir pagando por mi cargo estatal. Saludos.
buenos días, nosotros somos una cna de 91 socios, debo hacer una planilla para cada socio? ó puedo modificar esa y ahi adjuntar los nombres de cada uno?
Cual seria el mayor salario que puede percibir un cuenta propista
Ya estoy jubilada, y quiero sacar un licencia de cuenta propista, debo pagar la seguridad social?. gracias
Un jubilado reincorporado paga seguridad social.
Por qué no se explica cómo será el pago de la Seguridad Social de los trabajadores de las CCS
Soy trabajadora de una CCS,estaba protegida por La Ley No 105 de Seguridad Social y nos informaron q no se nos exige el pago de la Contribución a la Seguridad Social y q debíamos aguardar a q se establezca un Régimen Especial a este sector para volver a contribuir con este pago,mi pregunta es Cómo quedamos ahora con relación a nuestra jubilación futura,no nos afecta esto en el presente y futuro como trabajador?,nadie se pronuncia al respecto y el tiempo pasa,soy de San Luis Pinar del Río
Como será el régimen para los artistas q se jubilaron y continúan trabajando y se les pago una pensión en base a 4000 ×60% = 2400, cdo no pueda trabajar de q vive, si eso no alcanza y puede aportar y ayudar su jubilación y a los de otros
Tengo la edad de juvilacion y no puedo por ser trabajadora de una ccs.tengo 38 años de trabajo y los ultimos 15 años soy miembro de la junta administratiba de una ccs
Soy de la junta administratiba de una ccs y no hay nada que me respalde para juvilarme.Que debo hacer ?
la historia de nunca acabar, los que aportan al ese regimen de seguridad social, no tienen más que deberes, pero nunca se hablan de los beneficios de estar vinculado a un régimen obligatorio, me explico, se le exige a los cuenta propias que deben de pagarlo o afiliar obligatoriamente porque es bueno para el país, porque niños, hospitales, ancianos se benefician de eso, pero en la realidad el que lo paga que es el cuenta propia no se beneficia, digo esto, porque yo lo pago, mi esposa tuvo un dolor intenso en el estómago, cuando la llevamos para el hospital, no había ni jeringuillas, ni suero, ni medicamentos para ponerle, mi pregunta, el que paga no tiene el derecho de ese supuesto régimen, que se hace con ese dinero que uno paga paga y nunca se beneficia.
Mi madre trabajó 15 años al sector estatal y luego se desarrolló como TCP durante 8 años, y hace solo 2 días fue a sacar su retiro y vaya sorpresa: solo le pueden dar de chequera 350 pesos. Ahí tiene que haber un error.