¿Qué debe saber sobre los trámites de las pensiones?

El tema de las pensiones luego del primer año de aplicada la reforma integral de los salarios a raíz de la tarea ordenamiento ha constituido un reto. Un total de 10 709 pensiones han sido tramitadas hasta el corte de febrero de este año, según informó Virginia Marlen García Reyes, directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS). Indicó que esta cifra supera en 5 703 los trámites realizados en igual período del año anterior.
Los trabajadores –dijo- tienen la expectativa de que al cumplir los 30 años de servicio y la edad estipulada para la jubilación, 60 años las mujeres y 65 los hombres, a partir de enero del 2022 podrían solicitar su jubilación. En estos casos se tomaría para el cálculo de la pensión los últimos 12 meses de trabajo.
“Muchos estaban esperando este momento para reincorporarse al empleo y otros para recesar sus actividades con el fin de mejorar los montos de sus pensiones”, indicó García Reyes.
Aclaró que las personas que quiera solicitar su pensión este 2022 lo podrán hacer en cualquier mes del año. Aseguró que “no existe una norma jurídica que limite este derecho, acotándolo a un mes en específico”.
La directora jurídica del INASS, Ana Margarita Martín Pérez, explicó que de acuerdo con lo regulado en el Decreto Ley 18 del 24 de noviembre del 2020, se suspendió, durante los cinco años siguientes a la aplicación esta reforma, la aplicación de determinados artículos de la Ley 15.
“Durante los cuatro años siguientes (2022-2025), a la reforma integral, será considerado el promedio de los ingresos devengados a partir del primer año (2021), según el año en que se solicite la pensión”, recordó Martín Pérez.
A partir del segundo año (2022) –indicó-se tiene en cuenta el salario devengado en los doce meses anteriores a la solicitud de la pensión, es decir, los salarios del 2021. Este proceder se mantendrá en los próximos años hasta el 2025, cada año se tomarán los salarios percibidos durante los años precedentes.
En el 2026, el que solicite una pensión, cuanta con los cinco años de salarios incrementados a partir de la reforma. “Se tomarán esos últimos cinco años que serán los que servirán de base para el cálculo”, explicó la directora jurídica del INASS.
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La compañera Virginia Marlen García Reyes Directora del INASS plantea ¨que se puede solicitar la jubilación en cualquier mes del año tomandose para el cálculo de la pensión los últimos 12 meses de trabajo. A partir del segundo año (2022) –indicó-se tiene en cuenta el salario devengado en los doce meses anteriores a la solicitud de la pensión, es decir, los salarios del 2021¨, ¿pero es del año 2021 solamente o se suman tambien los meses del 2022 que se hayan trabajado? Por ejemplo yo debo solicitar mi jubilación en septiembre pues cumplo los 60 el 30 mde agosto, los meses de enero a agosto los pierdo del calculo o se suman tambien, me refiero al salario devengado no los días trabajados, se que se suman desde-hasta. Tengo dudas en esto pues en el INASS de mi municipio (Cotorro) me dicen que es del año 2021 nada mas y no me parece justo.
Quisiera que me aclararan si por problemas de traslado para otro centro laboral y en el año se deja de trabajar un mes por cualquier causa,no se cuenta los meses de ese año,pues el INASS del municipio de Cárdenas Matanzas , plantea que si en el año dejaste de trabajar un mes o dos no se te contempla como antiguedad .En mi opinión eso es incorrecto pues yo pague mi contribución tributaria,necesito una aclaración hay muchas quejas de este organismo en Cárdenas .
Desde el 4 de enero solicite mi jubilación en mi centro de trabajo, primero me dijeron que el inass de plaza solo recibía 2 personas x semana, luego a la tramitadora se le presento un problema y hace ya dos semanas que no se lleva ningún expediente al inass, resumen, pasado mañana hará 2 meses que lo presente y todavía no ha salido de mi centro, me dicen que el inass se está demorando 2 meses para los trámites, yo pregunto, ¿La jubilación me llegará este año?, ¿Hay alguna ley que me ampare en mi derecho a jubilarme o no?, ¿A quien acudir?
Tengo 61 años cumplidos y 34 de trabajo.
pregunto:
Puedo sacar mi jubilacion YA??
AGRADEZCO RESPUESTA.
Que sucede con el tiempo laborado si solicito la jubilación y el año no a terminado ejemplo en junio 2022
El trabajador puede esperar en su casa,hasta que le llegue el retiro,despues de haber solicitado su jubilación?
He solicitado mi jubilación en enero. Tengo 34 años trabajados y 62 años cumplidos, no se sabe en qué fecha obtendremos mi jubilación y segun lo establecido por la ley este trámite no debe demorar más de 4 meses. Luego de los cuatro meses, que pasaría si me voy a mi casa y no trabajo más?
Al final no se dice cuál es el porciento que corresponde a quien se jubila a partir de 2022... algunos dicen que parejo para todos el 70% de lo que percibió en 2021. Yo apoyo a los jubilados que se quejan de la cuantía de su pensión... no sé por qué la Facultad de Matemátiuca de la UH o de cualquier otra provincia no se ha involucrado en ese proceso... siempre que se sume vamos a estar desprotegidos, me parece que hay que multiplicar por el factor del incremento, si es 5 veces... hay que respetar eso, pero a todo le ponemos límites porque nos parece demasiado ahora pero cuando estábamos soltando el cuero en el trabajo siempre se nos pidió MAS y ahora nos toca MENOS
Buenas Noches .Tengo una duda Yo tengo 60 anos y 25
anos laborado pedo solicitar mi Jubilacion.
Por no saber que se podía solicitar la jubilación en cualquier mes del 2022, la solicité en enero y ya me salió un salario devengado total de 59, 572.08 del 2021, cuándo debió ser de 60,720, pues mi salario era de 5,060 ( pero julio y agosto de vacaciones “acumuladas” con el salario anterior del 2020,salieron con 4,427.50 y 4,544.58 respectivamente. De manera que mi pensión salió con 4,468 y no 4,554, como
correspondería al multiplicar el promedio de 5.060 x 90%. Si resto de 4,753 ( que percibía cada mes por el descuento de A.Social) los 4,468 que tendré , son 285 lo que pierdo. Y considero que no es justo ( y a todos mis compañeros)si el artículo 36 dice que se tomará el salario completo cada mes y no se tendrán en cuenta ni los Certificados Médicos ni la Licencias? Puede haber una rectificación en esto?
Vuelvan a poner la edad 55 para las mujeres y 60 para los hombres, los nacidos en los 60 ya estamos agotados y que sea decision de cada persona seguir trabajando o jubilarse.
Presenté expediente y fueron seleccionados los documentos necesarios y requeridos por la Especialista Esperanza en INASS del Cerro en fecha 9.mayo.2022, para incrementar mi pensión, teniendo en cuenta que fui jubilado en fecha 31.marzo de 2018 por la Union Eléctrica (UNE) considerándose 39 años de trabajo según modelo resolución de INASS Cerro de fecha 31.marzo.2018 y comencé a trabajar contratado en dos empresas pertenecientes a la UNE desde 9.julio.2018 hasta 16.agosto.2020 en ENERGOMAT; y en ENERGOIMPORT desde 1.septiembre.2020 hasta el 30.abril.2022, recepcionados los documentos por Especialista del INASS Cerro, incluyendo resolución del INASS provincial de fecha 31.marzo.2018, carta de solicitud de incremento de pensión, modelo SS-1A firmado por directivos de ENERGOIMPORT y por mi, Alberto Lázaro Sit Pacheco, los modelos SNC-2-25 y SNC-4-08 de ambas empresas donde trabajé después de la primera jubilación, acumulando en la primera empresa 2 años y 2 meses. En la segunda empresa 1 año y 8 meses, para un total de 3 años y 10 meses hasta abril de 2022. Por tanto según legislación vigente se considera sólo 3 años más 39 anteriores, suman 42 años laborales, lo que implica un 84% del salario promedio del 2021 (incluyendo las utilidades). Todo lo cual no lleva más de 15 minutos su cálculo. En esos años laborados me descontaron los impuestos de 5% y 3% de acuerdo a la legislación vigente. No entiendo porque se demoran tanto en dar la nueva resolución del INASS y el incremento de la pensión. Agradeciendo una respuesta, saludos cordiales,
Alberto Lázaro Sit Pacheco
20.junio.2022
Quisiera saber si un trabajador por cuenta propia que tiene 67 años de edad y 18 años de servicio de ellos 11 como cuenta propuesta, puede acceder a la jubilación por edad
Si cumplo los 60 años 3n enero de 2023, como realizó los cálculos para mi jubilación
Me dicen que hay un acápite o modificación en la ley 105, sobre edad de la jubilación, que puede ser las mujeres con 55 y hombres con 60...pero con los 30 años de trabajo, Necesito saber si es cierto. Gracias
Considero correcto que las personas puedan jubilarse con 30 años de trabajo y la edad establecida. Pero debían hacer adecuaciones para los que tenemos más de 40 años de trabajo, más de 60 años cumplidos, pues por ejemplo en mi caso tengo 63 años cumplidos, 44 años de trabajo y varios achaques que me afectan, para cumplir mis funciones como profesor de Matemática. Quisiera saber si existe alguna vía para jubilarme. Saludos y muchas gracias
Soy trabajador del sector azucarero a punto de jubilarme ,en los años anteriores al ordenamiento mi salario era mucho mayor increiblemente que después del ordenamiento si tomaran de los últimos 15 años los 5 mejor mi retiro seria mejor sin contar que que en ese tiempo tambien sumaron 1528 pesos ,ahora solo tomarían 2 años de mi vida laborar ,los más malos,no creo sea justo después de haber trabajado por 40 años en este sector,esperando una respuesta saludos guille
Cómo se le contempla a un trabajador vulnerable por presentar problemas de salud(diabetes e hipertensión arterial)el estar al 60 por ciento en aislamiento en su hogar por la COVID19 para su jubilación
Saludos. Tengo más de 30 años de trabajo y cumplo 60 años en el mes de agosto 2023. ¿Puedo solicitar la jubilación en enero o debo esperar al mes de agosto? En caso que deba esperar al mes de agosto, pudiera hacer la solicitud entonces por años trabajados teniendo en cuenta cumplo 60 en 2023?
Saludos. Tengo 65 años, me jubilé en 2016 con una pensión de $925.00 y 42 años de trabajo ininterrumpidos. Era una pensión alta teniendo en cuenta el contexto económico de aquel momento histórico social. Me tomé el año 2017 para descansar y me reincorporé en el 2018 en una plaza de menor remuneración salarial como se estableció por regulación de la ley. Cuando ocurre el reordenamiento salarial que incluyó el aumento de las pensiones consideré adecuado lo que me correspondió... $2453.00. Sin embargo el análisis de la cuantía que reciben los que se han jubilado con posterioridad a esa fecha, está muy por encima de un valor justo con relación a lo que percibo yo. Trabajé 42 años y actualmente aún estoy incorporada hace 4 años. En total 46 años. Sin embargo cuando solicite aumento de pensión tengo entendido que me aumentará no más de $200.00.
Yo tengo la esperanza que en algún momento se vuelvan a revisar las cuantías que se asignan, no por ambición de mi parte, si no, buscando que haya una mejor correlación entre el tiempo trabajado y la cantidad asignada. Buenas tardes y gracias por atender mi comentario.
Tengo una duda o comentario que realizar, los trabajadores que estamos ya a punto de jubilarnos de 56 a 59 años y estudiamos en la Universidad por el curso regular diurno, para lograr alcanzar cobrar el 80% del promedio del salario devengado o sea más de 40 años, en el caso de la mueres tendríamos que trabajar hasta los 64 o65 años , sobretodo las carreras de 6 años como medicina1 idiomas extranjeros, los que estudiamos en los países socialistas. No se si hay alguna cláusula que nos proteja en la ley, estamos en desventajas con los que estudiaron tecmucho medio y que luego hicieron la uni por curso para trabajadores. También nosotros hicimos practicas desde el 1er año en diferentes contestos.
A mí me han hablado que sólo en éste año hay un beneficio para los trabajadores como yo ya tienen 60 años cumplidos y 30 años de servicio, yo en lo particular tengo 42 años de servicios pero al respecto no hay mucha información y me dicen no hay tal beneficio.
Pregunta: Quiere decir que si tengo los años de servicio y cumplo los 65 años en el 2023 puedo pedir mi jubilación en cualquier mes del año a partir de enero??
Un jubilado por el Minint se reincorporo a trabajar y se volvió a jubilar con 25 años más por lo civil, a quien le corresponde hacer este incremento de la pensión al INASS o en el Minint???
Está obligado un trabajador continuar laborando una vez presentada carta de solicitud de jubilación por edad
Que desigualdad para unos a partir del reordenamiento se tiene en cuenta un año y para los que lo soliciten 2026 se cuentan 5 años, no importa si estudió si trabajó duro,si se afectó su salud,que mal está eso, una ha hecho y hace todo por esto. Analicen.
Si la persona que se jubila tiene dos salarios porque además de su trabajo esta contratado se le suman ambos salarios.
Buen día,yo quedé disponible,me dieron 3 opciones pero yo pedí la jubilación ya que estoy pasado en años.La empresa dice que no me paga hasta que no me llegue la chequera.Eso es verdad?
Maria Ferrer Izquierdo , hice un comentario , salió un ERROR.
Me jubile por la LEY VIEJA CON 57 años de edad y 38 de trabajo .
Expliqué varias consideraciones y NO PUBLICARON MI COMENTARIO
¿ POR QUÉ? No es ofensivo , solo digo ka verdad
POR FAVOR ES QUE PUSE 67 años y es 57
Mi papá cumplió 65 años años el 14 de agosto y presentó los papeles de la jubilación en su centro de trabajo q es una agencia de guardia. Allí mismo le dijeron q tenía q seguir trabajando hasta que le llegaran los papeles de la jubilación, ya han pasado 2 meses y mi papá no ha tenido respuesta de su jubilación y ahora lo están amenazando q si deja de trabajar lo van a sancionar y le quieren dar la baja sin hacerle los papeles.
Quisiera saber cul es el procedimiento de la jubilación?
Si es Obligado que el siga trabajando hasta q le de el deseo a los de RH hacer los papeles de la jubilación?
Que debe de decir o a donde presentarme para q actúen antes tanta desconsideración m