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Designan hoy en Cuba a los intendentes municipales

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Constitución de la República de Cuba. Foto: Cubadebate.

A fin de cumplir las disposiciones transitorias de la Carta Magna de la República de Cuba, se designan hoy en el país los Intendentes municipales, figuras que en lo adelante estarán al frente de los consejos de la administración a ese nivel.

La nueva Constitución establece modificaciones a la estructura y sistema de gobierno en Cuba, entre ellas la aparición de este término, el cual sustituye el de Presidente y Jefe, empleados en la actualidad para referirse a la persona al frente del Consejo de la Administración Municipal (CAM).

El Intendente es designado o sustituido a propuesta del Presidente de la Asamblea Municipal del Poder Popular (AMPP), quien aprueba su plan de trabajo y controla su cumplimiento.

En correspondencia con la Ley de organización y funcionamiento de las asambleas municipales del Poder Popular y de los consejos populares, aprobada recientemente por el Parlamento cubano, a propuesta del Intendente la asamblea municipal puede designar o sustituir al resto de los miembros del CAM, y su desempeño puede ser evaluado por la AMPP, a propuesta del Presidente de la asamblea.

En cuanto a las sesiones de la AMPP, este recibirá oportunamente una notificación, al igual que los directivos de las entidades radicadas en su territorio, referida a aquellos aspectos sobre los cuales deben informar y la fecha en que deben presentarlos.

Un aspecto de vital importancia en el sistema del Poder Popular es la rendición de cuenta del delegado a sus electores, en cuyos casos el Intendente también desempeñará un rol.

Los delegados, para lograr los objetivos propuestos en este proceso, deberán asegurar por conducto del Presidente de la Asamblea Municipal y del Intendente, la presencia en las reuniones de los directivos del CAM y entidades administrativas, según se consideren necesarios.

Además, a partir del estudio y análisis derivados de las actas de las reuniones de rendición de cuenta por parte del Presidente de la Asamblea Municipal, el Intendente junto a este y el Consejo de la Administración, examinan los temas que les corresponden y precisan las acciones a desarrollar en el municipio; dando cuenta de todo ello a la Asamblea Municipal.

Respecto a la atención a los planteamientos de los electores, el Intendente debe mantener informados a los delegados sobre los resultados de la tramitación de los mismos, y en coordinación con el Presidente de la AMPP, garantizar la participación de directivos de las entidades administrativas en las evaluaciones sobre la atención a los planteamientos que se realicen en los consejos populares.

Asimismo, es el encargado de presentar la rendición de cuenta de la gestión del CAM a la Asamblea Municipal.

El Intendente municipal, y los demás integrantes del Consejo de la Administración, asisten a las sesiones de la AMPP con voz, pero sin derecho a voto, y en correspondencia con el artículo 182 de la Constitución de la República, este, junto al Presidente y vicepresidente de la Asamblea Municipal, integra el Consejo Provincial.

(Con información de la ACN)

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  • José Félix Rivero Díaz dijo:

    Con la presencia de las máximas autoridades del Partido, el gobierno, y representantes de los entidades y organismos en el municipio Carlos Manuel de Céspedes fue nombrado el compañero Msc Noel Pérez Díaz como Intendente.

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Jeniffer Rodríguez Martinto

periodista de la Agencia Cubana de Noticias

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