Anuncian dictamen del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular sobre delitos contra el Sistema Electroenergético Nacional

Foto: Tribunal Supremo Popular.
Ante el recrudecimiento del ilegal bloqueo económico, financiero y energético impuesto por Estados Unidos a Cuba, el Gobierno y el Estado realizan ingentes esfuerzos para impulsar un programa energético que garantice la generación eléctrica. Se trata de un servicio necesario y sensible, que constituye un derecho del pueblo y es clave para el bienestar ciudadano y el adecuado funcionamiento de la economía.
Sin embargo, a pesar de esta despiadada guerra económica y el agudo desabastecimiento de combustibles, personas inescrupulosas sustraen componentes, piezas, medios, recursos, combustibles y aceite dieléctrico pertenecientes a parques fotovoltaicos, paneles solares, grupos electrógenos, entre otros. Ello afecta al Sistema Electroenergético Nacional y pone en peligro el avance de la estrategia establecida para mitigar los efectos negativos en los ámbitos económico y social.
Estos hechos tipifican el delito de sabotaje previsto en el Artículo 125 de la Ley No. 151, Código Penal (22 de mayo de 2022). Dicho artículo establece sanciones de siete a quince años de privación de libertad para quien, con el propósito de impedir u obstaculizar el normal uso o funcionamiento, o a sabiendas de que puede producirse ese resultado, destruya, altere, dañe o perjudique los medios, recursos, edificaciones, sistemas, instalaciones o unidades socioeconómicas o militares destinadas a garantizar las fuentes energéticas y de transmisión de energía, entre otras infraestructuras críticas.
Cuando en la ejecución de tales actos se ocasionan lesiones graves o la muerte de alguna persona; se utilizan el fuego, sustancias, materias o instrumentos inflamables, explosivos, agentes químicos o biológicos, u otros medios capaces de producir consecuencias graves; se producen consecuencias graves, cualquiera que sea el medio utilizado; se pone en peligro la seguridad colectiva; o los bienes afectados pertenecen a las reservas materiales, la sanción prevista discurre de diez a treinta años de privación de libertad, privación perpetua de libertad o muerte.
En correspondencia, el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 148 de la Constitución de la República y el Artículo 29, apartado 1, inciso g), de la Ley No. 140 (De los tribunales de justicia), dictó el Dictamen número 475, de 23 de mayo de 2025. En él se reafirma que los hechos ilícitos que afectan a infraestructuras críticas del país, entre las que se encuentra el Sistema Electroenergético, incurren en el delito de sabotaje, el cual protege el normal uso o funcionamiento de bienes públicos, la seguridad y estabilidad del Estado y sus instituciones, el orden interno mediante la protección de sus medios, recursos e instalaciones, y cualquier actividad priorizada para el país, como lo es el programa energético.
Asimismo, el Artículo 80 del Código Penal establece que a los responsables de este ilícito se les puede apreciar, según el caso, las agravantes relativas a la intervención como miembro de un grupo integrado por tres o más personas; la participación de menores de dieciocho años; el empleo de medios que provoquen peligro común; el aprovechamiento de la nocturnidad; haber actuado por lucro; hacerlo bajo los efectos de bebidas alcohólicas, drogas o sustancias de efectos similares, si se colocó en tal situación para delinquir; entre otras.
Por su parte, el Artículo 89, apartado 2, de la mencionada norma penal establece que a los sancionados se les puede aplicar la obligación de extinguir, al menos, dos tercios o más de la sanción impuesta para evaluar si se le concede el beneficio de la libertad condicional.
Los tribunales, órganos colegiados que imparten justicia en nombre del pueblo de Cuba, en cumplimiento del debido proceso y las garantías establecidas en los Artículos 94 y 95 de la Constitución de la República, han actuado hasta el presente con el rigor y la racionalidad que dichas conductas exigen, a partir de la gran lesividad social de hechos de esta naturaleza.
Muestra de ello es que, en el periodo enero-diciembre de 2025 y el primer trimestre de 2026, las salas de los Delitos contra la Seguridad del Estado de los tribunales provinciales populares impusieron al cien por ciento de las personas juzgadas condenas de privación de libertad superiores a los diez años, así como las accesorias consistentes en la prohibición de frecuentar lugares, el comiso, la confiscación de bienes, la prohibición de salida del territorio nacional con sujeción al pago de la responsabilidad civil, entre otras.
(Tomado del Tribunal Supremo Popular)
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Creo sinceramente que quien comete delitos de esta naturaleza merece la sanción mas severa que establezca el código Penal para el ilícito tipificado, no podemos seguir tolerando estás conductas, se hace un esfuerzo inmenso para avanzar en el cambio de la matriz.
Qué no tiemble la mano de la justicia. Esos delitos significan muerte de personas inocentes, incluidos niños y ancianos. Pues castiguen a los delincuentes con la pena máxima. El que a hierro mata no puede morir a sombrerazos.
Este es un país sitiado. No puede haber titubeos.
Es necesario que esta publicación se divulgue por todos los medios de comunicación como recordatorio (aunque los delincuentes no ven las noticias), que se aplique todo el peso de la ley, que se publiquen los sancionados, está bueno ya de blandenguería, ellos no van a acabar con la Revolución.
Muy de acuerdo con la aplicación de la sanción más severa a cualquiera que intenté acciones de este tipo
Puesto que tantas personas culpan al gobierno cubano por los apagones, los que son consecuencia, primero del bloqueo, intensidado desde que asumió el actual presidente de EEUU, y segundo, agravados por esos sabotajes, se hace un prescindible la máxima difusión de hechos, originados por esos dos focos. El pueblo debe proferir ofensas contra los verdaderos culpables, no contra tanto hacen para buscar alternativas. Por otra parte: las sanciones deben ser severas, ejemplarizantes. Que sirvan para disuadir a otros, y como castigo por los sufrimientos del pueblo.
Debe tenerse en cuenta que en las actuales circunstancias tales delitos deben ser estrictamente y rigurosamente tratados cómo delitos contra la seguridad del estado ya que pretenden crear un clima de inestabilidad, caos e ingobernabilidad en nuestro país por tanto basta ya de paños tibios y aplicar la más severa de las sanciones.
Atemperado el dictamen a los tiempos que estamos viviendo dónde se hace habitual los daños vinculados al SEN, instituciones y muchas veces se afecta a la población al no contar con los recursos para su reposición, importante también la protección de las personas que laboran en esta esfera.
Soy del criterio que debería de socializarse el contenido de este Dictamen en las Redes Sociales y Canales Institucionales de los organismos como medida preventiva y educativa.
Considero muy buena la medida de verlo como un sabotaje porque no es otra cosa que eso y debe caer sobre esas personas todo el peso de la ley,
No podemos seguir viendo estas cosas como un delito común realmente detrás de cada robo de cada hecho de esto se esconde seguramente la mano de nuestros enemigos.
La promesa por parte de los que nos odian en el norte de pagar porque se roben una batería porque rompa un panel solar etcétera etcétera mueve a estos elementos a cometer estos actos contra revolucionarios
De acuerdo, con el delincuente mano fuerte y sin contemplación. Basta ya de abuso
De acuerdo...aunque me gustaría que también tipificara como delito para aquellos miembros de gobierno, gestores o trabajadores en funciones que por negligencia, omisión, ausencia de prioridad, o mala decisión afecte el SEN. Cómo llegamos al deplorable estado de nuestras termoeléctricas? Bloqueo, mucho bloqueo....y también malas decisiones, poner la prioridad donde no estaba...las consecuencias las pagamos todos
Yo apoyo estas medidas. Pero y el que se roba paneles solares o inversores o baterías de una casa o negocio?
Hay pacientes encamados en sus casas a los que China donó kits fotovoltaicos y otros iguales a los que el gobierno cubano entregó otros kits fotovoltsicos.
Son para mantener sus equipos vitales funcionando, y no recargar los hospitales. Qué pasa si se los siguen robando los delincuentes? Los matan igual.
Ya era hora de que se tomaran medidas fuertes contra aquellas personas que cometen actos vandalicos contra los bienes públicos viva la patria.
Realmente es algo que todos debemos de velar por cuidar los recursos que nuestro Gobierno pone en beneficio de todo el pueblo, en un contexto brutal, al reforzar el Gobierno del norte más el bloqueo contra todo un pueblo, por lo que la vigilancia Revolucionaria debe ser tal que no se mueva una hormiga sin ser vista antes! Digo esto porque la escacez no debe ser beneficio para otros que no sudan la camisa de sol a sol y quieren vivir a costa de los demás, y otros que se venden por migajas para hacer sabotaje a las redes eléctricas y paneles solares, por lo que las medidas contra estás conductas vulgares y mercenaria a un imperio que nos priva a vivir soberanamente como nación, deben aplicarse ejemplarizantes medidas pucnitivas privativas de libertad a estos individuos de conducta antisocial y contrarrevolucionaria.
El peso de la ley debe caer con igual fuerza contra aquellos que roben o sustraigan o dañen componentes de cualquier medio que se tenga en las viviendas para generar electricidad
Algo es muy sierto quienes roban o dañen paneles solares o medios abquiridos por los trabajadores para generar electricidad en su hogar no lo hacen para alumbrar su casa lo hacen con el ánimo de lucrar
Perfectamente de acuerdo con el endurecimiento de las sanciones. Esperaron mucho para esta nueva ley. El pueblo sacrificado no tiene porqué aguantar semejantes conductas que nos afectan a todos. Gracias por protegernos de estos delincuentes.