Actualizan tratamiento tributario relacionado con el uso y aprovechamiento de las fuentes renovables de energía (+ PDF)

La Gaceta Oficial de la República Extraordinaria No. 30, de 19 de febrero de 2026, publica la Resolución 41 del Ministro de Finanzas y Precios del 12 de febrero de 2026 que actualiza los beneficios fiscales asociados al aprovechamiento, importación o utilización de materias primas, componentes, partes, piezas, equipos y accesorios relacionados con el aprovechamiento de las fuentes renovables de energía (FRE).
En la norma se ratifican beneficios fiscales dispuestos en mayo de 2025 y se incorpora para las personas naturales que realizan actividades económicas , la exención del pago de los impuestos sobre los Ingresos Personales , por la instalación de fuentes renovables de energía, para su autoconsumo o entrega de energía al Sistema Electroenergético Nacional, en la cuantía del valor de la inversión, durante el período de su recuperación por un plazo de hasta ocho años.
Los beneficios fiscales que se ratifican son:
1) Exención del pago del Impuesto Aduanero a las personas naturales y jurídicas, por la importación que realicen de sistemas solares fotovoltaicos, sus partes y piezas fundamentales.
2) Exención del pago de los aranceles de aduana a las personas naturales y jurídicas por la importación sin carácter comercial, de determinados productos relacionados con las FRE (calentadores solares, bombas fotovoltaicas, pequeños aerogeneradores); incluye nuevos artículos (cargadores para vehículos eléctricos, que funcionen a partir del aprovechamiento de las FRE y equipos destinados al procesamiento de biomasa para la producción de energía).
3) Las mercancías referidas en los apartados 1 y 2 no forman parte del valor de importación, a condición de que se presenten ante la AGR de forma separada del resto de los productos; se accede al beneficio de forma general y automática.
4) Exención del pago del Impuesto Aduanero a las personas jurídicas que importan materias primas, componentes, partes, piezas, equipos y accesorios, para la ejecución de un proceso inversionista o fabricar equipos, dispositivos o piezas de repuesto, destinados al aprovechamiento de las FRE.
5) Exención del pago del Impuesto Aduanero al sector estatal y las formas de gestión no estatal que ejecutan proyectos de generación de electricidad con fuentes renovables de energía o a partir del aprovechamiento de estas, por la importación de maquinarias, equipos y otros medios necesarios durante el proceso inversionista.
6) Las personas jurídicas que importan materias primas, componentes, partes, piezas, equipos y accesorios, para la elevación de la eficiencia energética, pueden ser bonificadas o exoneradas en el pago del Impuesto Aduanero, cuando económicamente se justifique, previa solicitud a este Ministerio.
7) La comercialización de las tecnologías y sistemas vinculados a las FRE, en el sistema mayorista o minorista, a precios no recaudatorios.
8) Exención del pago del Impuesto sobre Utilidades a las personas jurídicas, que instalen fuentes renovables de energía, para su autoconsumo en el desarrollo de la actividad económica o entrega de energía al Sistema Electroenergético Nacional, en la cuantía de la inversión, durante el período de su recuperación y por un plazo de hasta ocho años.
Las personas naturales y jurídicas, para disfrutar del beneficio de exención del pago de los impuestos sobre Utilidades y sobre los Ingresos Personales, según corresponde, deben cumplimentar las condiciones siguientes:
1. Obtención del Dictamen Energético de la Oficina Nacional para el Control del Uso Racional de la Energía, que avala que el sistema instalado funciona correctamente y cumple con las normas y requisitos técnicos exigidos.
2. Presentación de la solicitud, que contiene el período de su recuperación, en base al análisis de factibilidad, y del Dictamen Energético ante la Oficina Nacional de Administración Tributaria, donde se encuentra inscripto.
La Oficina Nacional de Administración Tributaria fija la fecha de comienzo del beneficio, el que comienza en un plazo no mayor de los sesenta días, contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud y el Dictamen Energético.
Si resultado de las acciones de fiscalización que realiza la Oficina Nacional para el Control del Uso Racional de la Energía, se detecta que no está siendo implementado el proyecto avalado por esta autoridad, procede la cancelación del beneficio fiscal otorgado.
Igualmente, se ratifica que la Aduana General de la República adoptará las medidas que correspondan a los efectos de implementar lo que se dispone en la referida Resolución.
En aras de evitar la dispersión legislativa esta Resolución 41, deroga la Resolución 169 de 2025.
- Descargue en PDF la Gaceta
(Tomado del Ministerio de Finanzas y Precios)
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Estás medidas y otras más aún pendientes se pudieran haber tomado hace tiempo y hubiéramos sufrido menos apagones.
Por qué el Banco Nacional de Cuba no ofrece créditos a las personas naturales para la compra e instalación de los sistemas fotovoltaicos?
Esto es también para las plantas y baterías o solo paneles solares?
Fuentes renovables. Una planta es de gasolina no es una fuente renovable
Usted que modestamente está escapa'o, me puede decir en el caso de las baterías?
Me pareció ver una en el reportage
Se está beneficiando a personas que no pagan impuestos ni aranceles, y al final de la cadena están vendiendo estos artículos a altísimos precios.
Muy buena desición por parte del gobierno, pero considero se deba valorar la posibilidad de fomentar y crear bases para el trabajador ycon capacidad de pago se le puedan facilitar sistemas o transportes con energías renovables. Es cierto q estos medios presentan un costo elevado en el mercado internacional pero esras propuestas le ahorarían al país mucho más q el gasto en COMBUSTIBLES.
Lo que hay que volver a la fabricación y comercialización de la bicicleta qué nos salvó en el llamado período especial
Al.menos una bici si podría pagar un trabajador al menos a plazos
Muy buena desición por parte del gobierno, pero considero se deba valorar la posibilidad de fomentar y crear bases para el trabajador y con capacidad de pago se le puedan facilitar sistemas o transporte con energías renovables. Es cierto q estos medios presentan un costo elevado en el mercado internacional pero estas propuestas le ahorarían al país mucho más q el gasto en COMBUSTIBLES.
Que bueno
Y cuales serian las normativas que debe cumplir el sistema para ser avalado?
La medida es muy buena y se aplaude. ¿Y por qué ahora con esa medida? Nadie se había percatado de eso. El pueblo sufre ya sea por el bloqueo o cualquier otra situación.
Y por qué ahora y no antes, verdad? Esa es la pregunta del millón que nos hacemos todos cada vez que se toma una medida razonable hacia el buen rumbo.
Patriota en inglés no sufra por 50 gatos que son los que apenas hb podido hacer tal inversión y si usted puede, adelante
Es lo mismo que me preguntó desde hace mucho.
Lo que deberían haber hecho de pronto ahora ocurre. Más vale tarde que nunca, pero el ahorro podría estar ocurriendo desde hace mucho pero mucho tiempo.
Por qué medidas como estás no se tomaron hace 10 años. En qué dañan a la Revolución. Siempre hay que esperar a no tener alternativas. Ojalá no sea demasiado tarde.
Señor, la medida es un ajuste a los tributos de los actores privados, hace rato existe para los estatales, note que es ínfimo los privados con estas tecnologías
Hoy mañana ayer siempre, el qye tuviera posibilidad de invertir o podía comprar en las tiendas cimex a tales fines
No tergiversando y adelante
Deberías abrir tiendas en todas las provincias para que la población pueda adquirir paneles solares por créditos como se hizo cuando la revolución energética eso ayudaría muchísimo a cada familia y el estado resolvería por lo menos la situación de la corriente en los hogares cubanos .
Al igual deberían exigir que cada negocio que cada empresa use este tipo de energía , eso nos quitaron un gran dolor de cabeza .
Y el combustible usarlo en las grandes industrias , el transporte .
Cómo siempre en lugar de liberar para que el pueblo sufra menos, lo que hacemos es incrementar controles, para que el dueño del triciclo tenga que pagar zomaton, pagar licencia y estar sometido a constantes inspecciones, yo tengo un triciclo y
cuando me hacen seña y van para donde yo voy hasta ahora los he llevado a partir de ahora como no voy a sacar licencia no montaré a nadie aunque me duela.
Pregunto por que soy muy bruta, yo instalé paneles solares. Tengo que pagar al estado por eso?.