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Todo lo que debes saber sobre los nuevos proyectos de ley de migración, extranjería y ciudadanía

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Representantes del Ministerio del Interior y del Ministerio de Relaciones Exteriores comparecieron este viernes 28 de junio en la Mesa Redonda para brindar información detallada sobre los proyectos de leyes de migración, extranjería y ciudadanía que serán presentados para debate y aprobación por la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP).

Los altos funcionarios ofrecieron una extensa explicación sobre el contenido y alcance de estas nuevas regulaciones legales, con el objetivo de mantener informada a la población acerca de los cambios que se proponen en estas importantes áreas.

Al intervenir en el espacio televisivo, el 1er coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, del Ministerio del Interior (Minint) ratificó que se trata de tres documentos.

El primero es el proyecto de ley de migración, que tiene un antecedente en el año 1976 con la ley migratoria, se actualiza en el año 2012, y llegó el momento de elaborar un documento más abarcador; la realidad demográfica, migratoria, del país, requiere este documento”, dijo.

Hay un segundo proyecto —detalló Méndez Mayedo —que es el de extranjería, el cual se encarga fundamentalmente del área de atención a los extranjeros, régimen de entrada, régimen de salida, estancia, los visitantes, los no visitantes, toda el área que tiene que ver con no nacionales.

“También hay un precedente, tenemos una ley de extranjería de 1976, pero requiere de actualización, precisiones y atemperarse a la realidad actual en el incremento del flujo de turistas y del flujo de visitantes”, señaló.

“Y algo que sí es novedoso, aunque había algunos instrumentos, nosotros no contábamos con una ley de ciudadanía. Por primera vez Cuba tendrá una ley de ciudadanía, y hay aspectos que no estaban abordados en nuestra legislación”, dijo.

De acuerdo con el 1er coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, del Minint, otra característica es que es una ley reglamentaria.

“Las dos primeras leyes que mencioné tienen como complemento un reglamento, buscando seguridad jurídica. Reglamento que no puede diferir de los marcos que impone la ley. Pero la ley de ciudadanía es reglamentaria, el articulado ya implica procedimientos de trabajo”, explicó.

La ley de inmigración puede ser la sombrilla de todo el sistema, pero indiscutiblemente la ley de extranjería es el tema específico de los extranjeros, y la de ciudadanía también desarrolla todos los postulados constitucionales, ya llevados a ley, apuntó.

Precisó que estos instrumentos son continuidad de la decisión política de mantener la actualización de la legislación migratoria, atemperar a las características del proceso migratorio cubano, y a la práctica internacional.

“Hay un mandato constitucional que tenemos que desarrollar. Hay un nuevo escenario demográfico y social. Hay una circularidad lógica del flujo de cubanos entrando saliendo del país, que retornan a su patria, que viven en otro país, que tienen familia en Cuba, viven un tiempo aquí, viven un tiempo allá, o sea, eso es un fenómeno que requiere un tratamiento diferenciado”, reflexionó Méndez Mayedo.

“Estimamos que a partir de la actualización del 2013 hay un millón 300 000 cubanos que mantienen la residencia en Cuba, pero una parte importante de ellos está en el exterior. Y realmente es resultado de la circularidad que tiene el proceso migratorio”, refirió.

El 1er coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, del Minint, dijo que estos proyectos son resultado de cuatro años de trabajo. Las políticas se elaboraron, se rotaron en tres ocasiones por los organismos, y llegó el momento de redactar la ley.

Hay un amplio interés en el tema. Es muy importante determinar que eso no es una ley para los cubanos en el exterior; es una ley para todos, para los cubanos, para los organismos, para los extranjeros, insistió.

Entre las vías fundamentales que se han utilizado para socializar los proyectos mencionó  el sitio del Parlamento cubano, para los comentarios. “Tenemos que reconocer que prácticamente todos los comentarios que se hicieron en la nota que publicó la Mesa Redonda fueron respondidos, y también el trabajo de los consulados. Eso ha sido una fuente importante de nutrirnos de propuestas, intereses, dudas. Y a partir de esa consulta, se están procesando esas opiniones y hay propuestas concretas”, agregó.

“Hubo un contacto con los diputados, que continuaremos, y fue algo muy sustancioso, un intercambio muy útil. Eso va a enriquecer todo el debate que va a tener la ANPP y la calidad del documento, el consenso alrededor del mismo”, dijo.

El Coronel Mario Méndez Mayedo, Jefe de la DIIE, explicó que la Residencia Efectiva Migratoria es la condición que alcanzan los ciudadanos cubanos y los extranjeros residentes cuando permanecen la mayor parte de cada año calendario, anterior a la fecha en que se certifica, en el territorio nacional, o mediante una combinación de un período de permanencia y otras evidencias materiales que demuestren arraigo en el país.

Dijo que con la residencia efectiva migratoria se garantiza la objetividad de la información sobre las personas que residen en Cuba y en el exterior, lo que podría impactar en las políticas públicas y reducir costos adicionales para la economía del país.

Además, se eliminan los 24 meses como tiempo de estancia autorizado a permanecer en el exterior. "Todo aquel que salió del país desde 2013 y mantuvo la residencia en Cuba (vive afuera pero regresó antes de los 24 meses) mantiene su residencia. Esto está en moratoria desde la COVID-19 (todo el que salió desde marzo de 2018 no ha tenido que regresar); y por tanto, no tenía sentido volver a implantar los 24 meses ahora. Puede venir cuando quiera, para crear facilidades. Se detiene la categoría de emigrado".

Destacó que se incorporan normas migratorias que dan respuesta a los retos que imponen determinar la residencia de los cubanos en Cuba y en el exterior, garantizando el ejercicio de los derechos relacionados con la disponibilidad sobre el patrimonio en el territorio nacional.

"De manera práctica significa que ningún poseedor de viviendas o vehículos pierde esa propiedad. No hay razón alguna para interpretar que los ciudadanos que han adquirido bienes bajo la legitimidad vigente puedan resultar afectados en el disfrute de sus derechos patrimoniales", agregó.

Subrayó que el proyecto que se propone debe entenderse como una garantía de los derechos patrimoniales y no en detrimento de éstos. "Con relación a las propiedades no debe existir ninguna preocupación".

Más adelante, explicó las categorías migratorias de los ciudadanos cubanos, destacando que "se agrega la categoría de inversores en negocios que crea facilidades con intereses de invertir en el país para los residentes del exterior o emigrados".

También detalló las categorías migratorias de extranjeros. Para proponer estos cambios, se hicieron estudios comparados con legislaciones internacionales, agregó el directivo.

Al comentar sobre la ciudadanía efectiva, dijo que la adquisición de otra ciudadanía no implica la pérdida de la ciudadanía cubana. Los ciudadanos cubanos, mientras se encuentren en el territorio nacional, se rigen por esta condición, en los términos establecidos en la Ley y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera.

"Hay cubanos que ostentan la ciudadanía estadounidense, la española y la italiana. Solo en Estados Unidos, hay 840,000 cubanos nacidos en Cuba y muchos de ellos presentan ambos pasaportes, pero en Cuba se les reconoce como ciudadanos cubanos. Todo acto que realice un ciudadano cubano con otra ciudadanía en Cuba es nulo y por tanto tiene una sujeción a régimen sancionador en caso de incumplimiento".

Finalmente, dijo que los procedimientos sobre Ciudadanía son Adquisición (Nacimiento / Naturalización), Renuncia, Pérdida, Privación o Recuperación.

El Primer Coronel Mario Méndez Mayedo explicó que la ciudadanía cubana se adquiere además por naturalización. En estos casos, se trata de los extranjeros comprendidos en los casos que corresponde resolver al Presidente, y aquellos que cumplen requisitos establecidos por la Ley.

Mientras, los casos de renuncia de la ciudadanía cubana pasan por una serie de elementos. En primer lugar, el procedimiento se inicia a instancia de la parte interesada. Además, para solicitarla se debe ostentar otra ciudadanía, la solicitud solo se admite desde el exterior y para que sea efectiva debe ser aceptada por la autoridad competente.

A su vez, la pérdida de la ciudadanía cubana ocurre cuando esta se adquiere en fraude de Ley, así como en aquellos casos en los que los ciudadanos cubanos por naturalización que, encontrándose en el extranjero, no ratifiquen cada tres años ante los consulados correspondiente, su voluntad de mantener la ciudadanía cubana.

“En los tres proyectos se establece el procedimiento administrativo, a fin de garantizar el derecho de los ciudadanos a impugnar los actos administrativos, disposiciones reglamentarias, actuaciones materiales y omisiones de las autoridades migratorias”, explicó.

“Los anteproyectos reciben numerosos planteamientos”

Al decir de Ana Teresita González Fraga, directora general de la Dirección General de Asuntos Consulares y Atención a Cubanos Residentes en el Exterior, todos los anteproyectos se encuentran en amplia consulta tanto con cubanos residentes en la Isla como en el exterior.

“Tenemos numerosos planteamientos, en su mayoría relacionados con los términos de residencia efectiva migratoria o con asuntos falsos como la pérdida de patrimonios en Cuba. Asimismo, también vemos un apoyo en lo relacionado con la eliminación del límite de los 24 meses como tiempo de estancia en el exterior autorizado”, apuntó.

González Fraga también explicó que el cambio de la condición migratoria de emigrado a residente en el exterior provoca varios planteamientos. Al respecto, dijo que habrá un proceso paulatino para realizar ese cambio en quienes lo decidan, y serán los Consulados en cada país los encargados de mantener una información constante a los ciudadanos cubanos en esas naciones.

La funcionaria recalcó que en ninguno de los anteproyectos existe una disposición para privar a los ciudadanos cubanos de sus propiedades o su patrimonio en el país.

Sobre el tema de la ciudadanía efectiva, igualmente apuntó que los ciudadanos cubanos no pueden ejercer otra ciudadanía dentro de la Isla. “La mayoría de ellos se sienten muy orgullosos de ser cubanos. Muchos han decidido poseer otra ciudadanía para evitar las trabas que impone el bloqueo a nuestro país, pero no por un sentimiento de rechazo a la tierra que los vio nacer”, dijo.

Antes de concluir, la directora general de la Dirección General de Asuntos Consulares y Atención a Cubanos Residentes en el Exterior instó a los cubanos a continuar enviando sus planteamientos y anunció que el próximo 4 de julio Cubadebate acogerá, entre las 10:00 am y las 12:00 pm, un forodebate para aclarar dudas sobre el tema.

En video, la Mesa Redonda

Se han publicado 198 comentarios



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  • Ramos dijo:

    Dado q la mayoría de la población tiene vínculos e intereses con la emigración,este proyecto debía consultarse con el pueblo de alguna forma.

  • Ramos dijo:

    Pienso que se debe ser muy condescendiente con los derechos de nuestros compatriotas en el extranjero,de manera que sientan el apoyo de su país
    En otros tiempos y circunstancias se ha sido muy duro y no creo que sea prudente continuar con esa política.

  • ORP dijo:

    En uno de los artículos f) se menciona que queda,en manos de inmigración el permitir la salida de personas calificadas a fin de preservar la pérdida por este concepto de ciudadanos cubanos?
    Es así o se entendió incorrectamente.
    Podrían por favor explicar este tema, sin vetar este planteamiento.
    Gracias

    • Mahidevran dijo:

      No entendió incorrectamente. También establece que, aparte de quienes por cuentas o causas pendientes con la justicia, el fisco etc son privados de su libertad de movimiento (100% lógico), esto también podrá ser aplicado por motivos de orden o interés público bajo facultad de la institución administrativa que así lo disponga. Yo no entiendo quién es el público, y cuáles serán las instituciones o intereses afectados por alguien que no ha infringido ninguna ley.
      Lo otro es que debemos ser divididos entre cubanos y extranjeros, y éstos lógicamente en función del motivo por el cual se hallan en nuestro país.
      Si a largo plazo seguiremos exportando emigrantes, mulas, cooperantes etc; entonces hay que dar OPCIONES: ciudadanía cubana, doble ciudadanía o ciudadanía de otro país.
      Nacido en Cuba= ciudadano cubano. No hay más vuelta.
      Si se desea información estadística sobre el impacto de la emigración en variables prefijadas, el gobierno tiene que ser capaz de obtenerla mediantes métodos probados de obtención y procesamiento de datos. No afectando los derechos constitucionales ni complicándole la vida al emigrante haciéndolo gastar $ y tiempo en trámites consulares cambiando de categoría según los tumbos que de su vida. ¡Para eso hay una administración centralizada y una UCI! Tampoco se vé claro como esta categorización serviría el pretexto de reducir el gasto social, si el presupuesto público se aprueba una vez al año y la situación de los migrantes tiende a fluctuar.
      Todo lo anterior adquiere connotaciones ominosas, pues no se dice que "la pérdida de la residencia efectiva no afectará los derechos de tenencia y propiedad sobre el patrimonio". Se dice que "la pérdida de la residencia efectiva , EN LA PRÁCTICA, NO DEBERÍA afectar los derechos de tenencia y propiedad sobre el patrimonio".
      Ni remotamente es lo mismo; lo cual es inquietante, habida cuenta de que hay una Ley de Vivienda en compás de espera.

      • El Profe dijo:

        Mahidevran: Te preciso: no confundas, ORP pidió aclaración, no confusión. Los organismos, con amparo legal, determinan las personas vitales, como protección de la fuerza de trabajo calificada. No limitan su salida, la regulan, es decir, tengo entendido que solicitan permiso para salir. Podemos criticarlo, pero de seguro que el padre con un niño por operar, no quiere que su especialista lo abandone o la mujer que anhela un tratamiento de infertilidad y de momento su doctor se le va, no hay relevo y pierde la oportunidad de su vida, su sueño se derrumba. El tema tiene muchas aristas y no se puede ver en blanco y negro. Cualquier país que se respete protege a su fuerza más calificada.

        Otra imprecisión: "nacido en Cuba es igual a ciudadano cubano". Según se ha explicado, aceptamos la multiciudadanía. Lo que se ha dicho es que "el cubano, es cubano en su tierra" y con eso estoy mil veces de acuerdo y además orgulloso.

        Sobre la estadística: se puede hacer de múltiples formas, migratoriamente es una. La ONEI, necesita respaldo legal para sus datos, no pueden ser estimados. Eso no viola ningún precepto constitucional. Cuántas vacunas de polio se necesitan comprar en el mercado internacional?

        Sobre el término "connotaciones ominosas", bueno, para qué responder, en esos casos, se interrumpe la comunicación................no hace falta caer tan bajo.

    • Magalys dijo:

      Deberían también vetar la salida de los cuadros y funcionarios hasta tanto no se certifiquw que han hecho entrega total y en forma de los recursos y medios a su disposición y que de preferencia esto lo haga alguna entidad ajena como quizás Auditoría o Fiscalía, hay cuadros principales que se han ido del pais sin hacer entrega llevándose cosas del lugar de donde pertenecían y dejando en total destrozo otras cosas que hasta el dia antes funcionaban perfectamente.

      • Floro dijo:

        Totalmente de acuerdo, sin caer en extremos. Cuando se habla de las limitaciones, veo paños tibios y resentimiento, pero sobre todo; indivualismo, los intereses individuales sobre los colectivos.

  • Indocumentado300 dijo:

    Me es muy grato que hayan escrito, correctamente, "proyectos de ley". Gracias.

    • Santiagodelawton dijo:

      Por su cobertura en el tejido poblacional, en el pueblo de Cuba, estos proyectos son de los que deberían analizarse con las masas y después tratar de simplificarlos gasta su coherente proceder...,, como dice un amigo cubano , es cubano y no debería tener discusión bajo ningún estrato discriminatorio o migratorio...ud puede tener cubanos sancionados a cadena perpetua por sctos de asesinato u otros considerado en l código penal, pero siguen siendo cubanos aunque ud le ponga el adjetivo que más le acomode...estos proyectos deben , con todo respeto ser más participativos porque no atañe solo a las intituciones estatales, sino a toda la pobkacion....en el buen sentido de la palabra, más digeribles por el ciudadano de a pie..por favor dejemos participar a todos!!..gracias a los moderadores, gracias a las instituciones de los ante proyectos, gracias Cubadebate

      • Ale dijo:

        100% de acuerdo con usted. Para mayor alcance y participación de la población es importante un aseguramiento comunicacional con facilidades de intercambio y debate en los 3 ámbitos de la comunicación: institucional, mediático y comunitario.

  • Pericles dijo:

    Los emigrados pueden entrar a cuba cuando quiera a reserva del cambio a residente en el exterior, puede conservar su propiedades y heredar. Pues el cambio se ha dicho será progresivo y habrá que instrumentar la metodología. Pues e hay muchos en este caso. Secrntrsrs con su pasaporte cubano aunque en principio esté vencido y re renové . Gracias.

  • Jazmín dijo:

    Muy bien , el cubano siempre es cubano donde esté , gracias.

  • Beatriz ocana dijo:

    Mi duda es : si un cubano, con la condición de "residente en el exterior" NO "residente efectivo" ( osea, q no cumpla la condición de entrada regular a Cuba en un período determinado) se le respeta la condición de propietario de bienes en el país (casa,carro,etc) eso no quedó claro, tampoco queda claro saber q aunque se eliminan los 24 meses, si existe la obligatoriedad de entrada al país dentro de ese periodo de tiempo para mantener la condición de residente en el exterior.
    Agradezco su atencion y respuesta.

  • Lisandra dijo:

    Se indica que se están sometiendo a consjlta de los cubanos residentes en el exterior. Cuáles serían los canales oficiales para ello? Dónde están publicados? Porque por ejemplo cuando el Código de Familia sólo tenían derechos de votar en el consulado los residentes en el exterior con misiones estatales. Espero este no sea el caso y que se pueda hacer directamente y no a partir de supuestos representantes que hablen en nombre de uno.

  • Edelis dijo:

    No domino la legislación vigente al respecto, pero:
    1. Tenemos derecho a defendernos, más en las actuales circunstancias.
    2. Sin disponer de esta Ley el país tiene la facultad y la ejerce de decidir quién disfruta la residencia o visita; igual hacen con nosotros a cada rato.
    Por tanto, el mecanismo vigente cubre ese problema en lo esencial, sin necesidad de la Ley.
    3. Estoy de acuerdo que esté previsto, pero que solo se ejercite en situaciones muy excepcionales. Pablo

  • Ale dijo:

    Seguimos promoviendo regulaciones para el personal científico técnico en dependencia de las necesidades del país y en determinados contextos. Regulaciones que tienen la brecha, que en el momento de concretarse transitan por elementos subjetivos de las personas que tienen autoridad para hacerlo. Es momento de entender que el conocimiento y la disposición de aportar a la sociedad no se obtienen con prohibiciones. Aún más, cuando es sabido que en muchas instituciones del país no se cumple con el proceso de transparencia para regular a determinado trabajador, ya sea por un cargo administrativo o por su especialización.
    Importante sería, que si la Ley mantiene ese artículo, también obligue por Ley a las instituciones para que transparenten a sus profesionales los que son objeto de regulación según sea la causa y que mediante procedimientos, como lo existe para los cuadros, se firme la conformidad o no.

    • LAEscudero dijo:

      Cien porciento de acuerdo con UD
      Si quieren preservar los científicos páguenles como es debido o adviértanles y hagan firmar un comprobante antes que le otorguen la plaza para que puedan decidir
      Tal vez es mejor irse a trabajar a una MiPYMES con libertad de movimientos

  • Ana Margarita Velazco dijo:

    Buen día. Por favor tengo la siguiente duda respecto a las nuevas leyes de Extranjería y Ciudadanía: se mantiene que un ciudadano cubano que además ostente la ciudadanía española pueda salir del territorio cubano con su pasaporte español y su pasaporte cubano? Deberá visar el pasaporte cubano para viajar a países del área o a España? Existirá algún elemento novedoso respecto a este tema. Muchas gracias de antemano. Saludos.

  • ariel dijo:

    Alguien me puede explicar. Son 3 proyectos de leyes en cual habla de las propiedades, en cual habla de la categoria inversor de negocios

    • Ivan dijo:

      El que esclarece lo de las propiedades viene después, no te preocupes. Esto es poco a poco.

  • Eduardo R dijo:

    Nuestro país, tiene que defenderse, antes tantas amenazas externas, es lógico que se actualice la ley de emigración, pero una ley es verdaderamente auténtica si no contiene discriminación y se respeta el derecho de todos. Un ciudadano nacido en Cuba, jamás debe perder su ciudadanía, aunque viva 50 años en otro país, donde quiera que esté es un cubano con todos los derechos que le da la ciudadanía cubana, sólo en un caso excepcional que cometa un delito muy grave contra Cuba justifica que pierda la ciudadanía, incluso si adquiere por derecho otra ciudadanía,debe mantener la cubana. Emigrar no es un delito y muchos cubanos que han emigrado ayudan mucho a su País y a su familia cubana.

  • Yury dijo:

    B.d a veces no comprendo el alcance de las leyes, hace un tiempo una persona que digamos salio a trabajar a venezuela en una mision, en ese pais se enamoro, se caso, termino su mision con honores, y pidio un permiso de residencia en el exterior el cual fue concedido. Y luego viene a cuba y si se Monta en un avion dentro de cuba le cobraban en usd. Si iva a una clinica a sacarse una muela era un problema porque tenia que ir a una clinica que cobrara a extrangeros, y para colmo te quitaban hasta el carnet de identidad, obligandote a actuar como extrangero, ahora yo pregunto. Cuales son las garantias y los derechos de las personas en este tipo de situacion?

  • Rodney dijo:

    Deberian revisar y modifica los Articulos 31 y 33 de la Ley de Ciudadania que otorga la ciudadania cubana automaticamente a los hijos de cubanos en el exterior que cumplen mision mientras los hijos del resto de los cubanos deben pasar por un proceso mamotetrico de MESES. En todo ese tiempo esos niños permanecen como apatridas sin poder disfrutar de ningun derecho en los paises de acogida. REVISEN ESTO! DIGASE 'CUBANO' Y YA SE HABRAN DICHO TODOS LOS DERECHOS!!!

    Si los padres estan inscritos como cubanos en el consulado no deberia existir otro tramiote que la inscripcion del menor!

  • Rafael dijo:

    A Dieccion de Migración y extranjería. En el mes de oct del pasado año solicitamos en la oficina de calle 17 Vedado la repatriacion del hijo de mi esposa. Somos de la tercera edad 80 y 77 años respectivamente. Y aun en junio de 2024 no nos han dado respuesta.?????. Que hacemos para que nos acaben de darla?

  • Rio dijo:

    Creo que hay demasiadas condiciones para permitir la libre salida del país, no sé si soy una persona integrada, profesional de la salud porque tengo que estar regulado y no se me permite siquiera sacar pasaporte, es como estar preso dentro del país.

  • Caelos M. dijo:

    Muy importante reforma en curso, prueba de la fuerza de la Revolución.Soy militante del PCC, desde 1969 y hace 8 meses vivo en Chile por un imperativo familiar. En dos ocasiones cursé sendos correos a la Embajada cubana para colaborar y tener vinculo directo con la representación de mi país. La callada por respuesta. Burocracia o mas que eso.La antípoda de la esencia de las nuevas leyes.
    Gracias CUBA DEBATE.

  • Jr dijo:

    La nueva ley de migración debe ser consultada mediante un referendo popular como se hizo con el código de familia. Sería mas justo su implementación.

  • Annia Griñán Jiménez dijo:

    Necesito saber cómo queda el deber de manutención del padre que viva fuera de Cuba con los hijos que tienen en Cuba?

  • Victor Bernice dijo:

    Espero que el ministerio de Salud Pública se pronuncie sobre la resolución RS 944/2015.
    Espero que algún día seamos sinceros. Los galenos están migrando a otras actividades dentro de la isla y se les prohíbe adquirir tener su pasaporte.
    A muchos galenos especialistas no le aprueban el permiso temporal . ¿ Por qué?
    El único delito de los galenos es querer hacer las cosas bien, y siempre han dado más que todas las profesionales y a cambio de nada .

  • Alicia Alvarez dijo:

    Muy positiva la nueva ley. Pero considero que no debe haber tantas clasificaciones.
    Debemos ir a lo simple y práctico.

  • El Profe dijo:

    Somos cubanos TODOS,vivas donde vivas,tu cubania NADIE puede negartela,no nos dividan en permanentes o emigrados,solo CUBANOS y ya,dijo el Apóstol: " la Patria no es de nadie..."

    • Paloma dijo:

      Profe me interesa mucho todo lo q dijo Martí, estudio su obra casi a diario, ¿me puede decir donde puedo leer esa frase del Apóstol por favor?
      Gracias anticipadas

    • Paloma dijo:

      Gracias, ya lo encontré.
      La patria no es de nadie: y si es de alguien, será, y esto solo en espíritu, de quien la sirva con mayor desprendimiento e inteligencia”.

    • Fpf dijo:

      Realmente alguno de los aquí foristas exponen y reafirman argumentos que se leen en medios (in)dependientes y otros afines.
      Hablan de "división". Y me pregunto: ¿dónde está la división?
      - Se congela la condición de emigrado y todo el que quiera puede hacerse residente en el exterior sin necesidad de "repatriarse"
      - todos los ciudadanos cubanos que lo quieran son residentes (permanente si estas en Cuba o en el exterior si vives fuera del país). Las otras clasificaciones (efectiva, transitoria, ...) considero son más bien "para estadistica"
      - estas leyes no hablan de patrimonio, propiedades, pensiones porque otras lo harán en su momento
      - algunos ven "violaciones" de la Constitución y hasta hacen " análisis" de esas "contradicciones"
      Clasificar a los ciudadanos cubanos en residentes en territorio nacional o en el exterior no significa dividir, discriminar, o violar los derechos de los cubanos. Es una forma de identificar donde está el cubano y es algo q en la mayoría de los países existe

      Para algunos no valen mesas redondas, artículos periodísticos, entrevistas; lo q les vale es lo q se dice desde sitios para nada oficiales

      • Manuel dijo:

        Para "saber" dónde está el cubano, no hay que aasignarle una categoría migratoria específica, basta con revisar los registros de migración o la ficha única del ciudadano para saberlo. Las categorías ESTADÍSTICAS no tienen por qué afectar a los ciudadanos.

  • Zayas dijo:

    Pienso que este proyecto de ley debe analizarse muy bien y detalladamente los pro y los contras para el país. Recordemos que hoy por hoy gran parte de la divisa que entra al territoro nacional es parte del esfuerzo de los emigrados.

  • FABAT dijo:

    LO MAS ILOGICO DE TODO ESTO ES QUE UN CUBANO CON UNA SEGUNDA NACIONALIDAD O SIENDO RESIDENTE EN EL EXTERIOR NO PUEDA ABORDAR EN UNA EMBARCACION TURISTICA

    LA BATEARON DE HOME RUN

  • Richy dijo:

    La residencia efectiva es un concepto muy utilizado aplicable a requisitos que deben cumplir candidatos
    a cargos políticos en muchos países.¿Cómo piensan reducir costos aplicando el concepto al ciudadano común?¿Tendrán que pagar por consultas médicas?¿No van a percibir la pensión en el caso de los jubilados?¿No podrán hacer las importaciones de los 120 kg?Hay muchas interrogantes al respecto.

  • olga rosa gómez dijo:

    He intentado en varias ocasiones acceder al anteproyecto de ley y no me ha sido posible. No abre el sitio parlamentocubano..., tampoco a los PDF publicados en Cubadebate. ¿Qué puedo hacer? Me interesa estar informada. Gracias.

  • Coronel dijo:

    Antes que todo y con sumo respeto a los legisladores de estos tres proyectos tan importantes para TODOS LOS CUBANOS, sobretodo los del exterior.
    Resulta que he leído y escuchado todo lo referido a los Proyectos, pero me es casi imposible en el imaginario someterme al análisis profundo para emitir comentario alguno sea favorable como desfavorable, pues en todas las intervenciones de los funcionarios encargados de publicitar los mismos hacen referencia que está en elaboración el Reglamento de su aplicación y las Disposiciones Administrativas, a tal efecto, es imposible poder esclarecer o mejor dicho interpretar las intenciones de los legisladores, por cuanto , las mismas estarían complementadas y armonizadas con el susodicho Reglamento.
    Pues pondré un ejemplo práctico, por ejemplo, durante el embarazo de una mujer, se realizan acciones para ver el desarrollo del mismo y se le hacen diferentes pruebas para confirmar que el parto sería un bebé normal , estableciendo comparaciones asumo que la Asamblea Nacional será el lugar del alumbramiento satisfactorio de ese parto, por lo que el mismo debe ser de forma natural y sin contratiempos, es decir , que todos conozcamos el desarrollo del embarazo , para que el feto no nazca , sin brazos, pies u otro órgano que comprometa su vida.
    Conclusiones, faltan 17 días para que se produzca el parto y aún desconocemos como se gestiona dicho embarazo que es el Proyecto en sí, por favor , evitemonos tratar atropelladamente ese acto tan necesario, importante como la Constitución de la República,

  • Ivan dijo:

    Se la ponen más difícil a los cubanos que residen en el exterior, muchos menos vendrán.

  • Laverdad dijo:

    La verdad no entiendo bien que se gana.com toda esa clasificación de los ciudadanos cubanos.
    Creo que todos somos cubanos estemos donde estemos.

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