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Disponible para consulta popular anteproyecto de Ley del Procedimiento Administrativo

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El anteproyecto de Ley del Procedimiento Administrativo fue publicado en el sitio web del Ministerio de Justicia como parte del proceso de consultas, para que todas las personas que deseen emitir sus opiniones puedan hacerlo y fortalecer la propuesta antes de su presentación al Consejo de Ministros.

En atención a recibir estas propuestas, el Minjus habilitó un canal para que los interesados puedan emitir criterios, consideraciones o recomendaciones acerca del proyecto de Ley a través del correo electrónico procedimiento@minjus.gob.cu

De acuerdo con la información publicada en el sitio web del organismo, un grupo de trabajo temporal tuvo a su cargo la redacción del anteproyecto, el cual, después de 19 versiones y del análisis en varios espacios colegiados, incluido este de consulta popular, será sometido a la discusión y aprobación por el Consejo de Ministros, para el ejercicio de la iniciativa legislativa y su presentación a la Asamblea Nacional del Poder Popular como parte del Cronograma Legislativo de la X Legislatura.

La Constitución de la República, en su Artículo 94, reconoce la necesidad de actualizar el régimen jurídico de los procedimientos en Cuba, en tanto constituyen el cauce formal por el que discurre en sus diversas manifestaciones.

De ahí que se requiera perfeccionar el actual régimen jurídico de este ámbito en el país, a partir de una disposición normativa que, sobre la base de los postulados constitucionales, regule y sistematice, con carácter general, esta actividad, sin perjuicio de la existencia de regulaciones sectoriales para determinados procedimientos especiales atendiendo a las singularidades de algunos sectores.

Consúltelo aquí:

Anteproyecto de Ley del Procedimiento Administrativo

(Tomado de Granma)

Se han publicado 4 comentarios



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  • Ernesto dijo:

    Bien, ¿y para cuando la Ley de Empresas?

  • Guillermo Jesus dijo:

    Si es tan importante este anteproyecto de Ley del procedimiento Administrativo porque no se lleva a consulta en las reuniones de delegados del poder popular.
    No todos los que pueden opinar en nuestro país tienen forma de hacer llegar sus opiniones a un correo electrónico.
    Es cierto, como se menciona en el artículo que ya se disponen de opiniones, pero si se consultara en las asambleas de circunscripciones del delegado del poder popular como se hizo cuando la constitución sería más abarcadora la consulta.

  • EXPERIENCIA dijo:

    Los productos líquidos concentrados no pueden distribuirse a granel ya que el agua que le hechan perjudica la cantidad del producto que llega al que lo utiliza. Esto puede ayudar la administración y destino final de los mismos.

  • EXPERIENCIA dijo:

    En el artículo 25 Sección sexta Principio de racionalidad se debe aclarar que los derechos e intereses de las personas no pueden ser afectados por FRAUDES DE CUALQUIER TIPO y el mal proceder administrativo.

    EN LA RACIONALIDAD NO SE PUEDE EXCLUIR A NADIE

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