Imprimir
Inicio »Noticias, Economía  »

Dan a conocer regulaciones para la venta minorista a plazos

| 653 |

Establecen regulaciones para la venta minorista a plazos

El Ministerio de Comercio Interior de Cuba (Mincin) aprobó las disposiciones para la venta por plazos a personas naturales, de bienes cuyos precios superen los dos mil quinientos pesos, como muebles, colchones, bicicletas y equipos electrodomésticos.

La Resolución 98/2021, pública desde este martes en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 66, establece entre los requisitos para adquirir estos artículos, ser ciudadano cubano con domicilio permanentemente en el país, residir en la provincia donde se solicite la venta, así como tener más de 18 años de edad, capacidad legal y de pago.

Asimismo, se deben tener ingresos demostrables, fijos y regulares avalados, y haber honrado o estar honrando otras deudas contraídas bajo esta modalidad de venta.

Para la a solicitud de la venta a plazos y la comercialización, las personas naturales presentarán en el establecimiento minorista su documentos de identidad, datos personales y la certificación de la capacidad de pago de un fiador.

Se incluye una certificación del centro de trabajo con el salario devengado; o una declaración jurada de impuestos sobre ingresos personales, en el caso de los trabajadores por cuenta propia.

Los pensionados o beneficiarios de la asistencia social mostrarán una certificación de los ingresos por la Dirección de Trabajo o filial del Instituto Nacional de Seguridad Social, y los estudiantes en centros que reciban asignaciones de artículos, con pago a plazos, los datos personales y compromiso de la persona que los asiste para el pago.

El texto aclara que las personas contratadas en una entidad estatal pueden acceder a la venta a plazos mediante el descuento por nómina, previo convenio del establecimiento minorista con el centro laboral.

Según la Resolución, el establecimiento con modalidad de ventas a plazos dispone de hasta 10 días hábiles para corroborar la documentación presentada, firma un compromiso de tramitación de la solicitud e informa al cliente de su resultado.

En el contrato, que ha de suscribirse entre el cliente y el establecimiento
minorista, se determinan el importe de la compra, tasa de recargo, forma de
pago, cuotas, plazos de pago, y consecuencias del incumplimiento; así como la solución de conflictos, obligaciones, términos y condiciones de ambas partes.

La tasa máxima de interés será del 2,5 por ciento sobre el importe del
artículo, y el cliente efectuará inicialmente un pago negociable no
inferior al 20 por ciento del precio de venta del artículo, mediante el
pago electrónico o en efectivo.

El importe restante se abonará en los plazos que se pacten, siempre en el
término de hasta un año, indica el documento legal.

Durante el acto de la compra, agrega, el cliente recibe el vale de venta y
el certificado de garantía; mientras que la certificación de propiedad se
otorga, si corresponde, una vez que se haya abonado el importe total.

Aclara el texto que de incumplirse por el cliente los términos establecidos
en el contrato y la renegociación, el establecimiento minorista está
facultado para retirar el bien, sin devolución del efectivo abonado.

(Con información de ACN)

Se han publicado 653 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

  • leydiser dijo:

    Que bueno!!! Ahora lo q hace falta es q esten los equipos disponibles y el tramite sea rapido. Muchas Gracias...

  • Silvia Morales dijo:

    Quisiera saber en qué tiendas se podrán adquirir y si se pueden adquirir al contado en CUP.

    • MINCIN dijo:

      Estimada Silvia, las tiendas para que aceptarán esta modalidad de pago serán seleccionadas por los Consejos de Administración Territoriales, debe dirigirse a ellos para obtener la información o esperar en nuestras próximas actualizaciones sobre el tema. La Resolución 98 establece otra modalidad de pago más para brindarle facilidades a los clientes. Saludos.

  • Yudith gonzalez Montero dijo:

    Quisiera saber si una cuenta en el banco sería suficiente para respaldar las compra,,pero ... como sería el trámite,,es llegar a la tienda con el documento q acredite q tienes una cuenta ,,o después q compres el equipo,,y la venta sería en MLC ,,no entiendo,,porque las tiendas en moneda nacional....

  • Margarita dijo:

    Felicito la iniciativa y también quisiera saber dónde se comercializará esos productos en moneda nacional.

  • luis dijo:

    Hola ¿cuales serian las tiendas asignadas en la habana para la venta?.

    • MINCIN dijo:

      Estimado Luis, las tiendas para que aceptarán esta modalidad de pago serán seleccionadas por los Consejos de Administración Territoriales, debe dirigirse a ellos para obtener la información o esperar en nuestras próximas actualizaciones con dicha información. Saludos.

  • Cubano dijo:

    Quisiera que se aclare en que moneda, porque los articulos que se mencionan como muebles, colchones, bicicletas y equipos electrodomésticos, estan en la red de comercio minorista, pero la mayoria son en MLC. Se abilitaran establecimientos en MN se dedicaran a esta facilidad de pago?. Y si es en establecimientos en MLC, la declaracion de ingresos es en MLC o en alguna moneda foranea?

    • MINCIN dijo:

      Buenas tardes, los productos se comercializarán en CUP, las tiendas para que aceptarán esta modalidad de pago serán seleccionadas por los Consejos de Administración Territoriales y se comercializarán productos disponibles con un precio mayor a los 2 mil 500 cup como colchones. Las tiendas seleccionadas del sistema de comercio interior que implementarán esta modalidad de pago no incluyen a las cadenas de tiendas. Saludos.

  • Luiso dijo:

    Entonces!!! Ya Puedo comprar un Parlet d agua y nadie lo cuestiona , además pagarlo a Plazo???

  • Leticia dijo:

    Muy bueno esto, gracias. Ojalá y de los resultados esperados... GRACIAS

  • victor dijo:

    Excelente medida, bueno imagino que abastezcan las tiendas con los artículos necesarios, creo que es mucho el papeleo y espero amplíen y expliquen la información en otros medios ¿En que moneda serán estas ventas? Cuando vi el colchón de la imagen… hay mi espalda se alegro.Saludos

    • MINCIN dijo:

      Buenas tardes Victor, los productos se comercializarán en CUP, las tiendas que aceptarán esta modalidad de pago serán seleccionadas por los Consejos de Administración Territoriales y no incluyen a las cadenas de tiendas. Se comercializarán productos cuyo monto supere los 2 mil 500 cup como colchones. Saludos.

  • Mileidys dijo:

    Muy buena idea, ahora mi duda: Todos los muebles, colchones y electrodomésticos estan en mlc, entonces, van a hacer vigente la ley para las tiendas mlc o van a empezar a vender todo eso en cup?? Sl2

    • MINCIN dijo:

      Buenas tardes Mileidys, la Resolución 98 de 2021 establece que se seleccionarán tiendas del sistema de comercio interior para implementar esta modalidad de pago, las cuales no incluyen a las cadenas de tiendas. Se comercializarán productos disponibles en los territorios con un precio mayor a los 2 mil 500 cup como colchones. Saludos.

  • Teresa acevedo dijo:

    Esta bueno pero los pensionado como yo no tienen derecho deberían revisar para q nos llegue a todos yo solo cobro 1070 y lo minimo para poder acdder es 2500 deben revisar gracias

    • MINCIN dijo:

      Estimada Teresa Acevedo, esta modalidad de pago sí está disponible para los pensionados. Está aprobada para los productos con un costo superior a los 2 mil 500 CUP y se dispone de un plazo de un año para completar el pago, es decir que en el periodo de un año puede pagar en cuotas, por ejemplo, para adquirir un producto del valor de 2500 cup pudiese establecerse un pago mensual de aproximadamente 210 cup hasta completar el monto total. Saludos.

  • ralej dijo:

    Esta es una forma de adquirir bienes y servicios que esxiste en casi todos los paises, en cuba existió y dentro de la revolucion, y era una muy buena opción para el pueblo trabajador. Te queda salario para seguir el mes y resuelves una necesidad. Ahora, si en Cuba esta todo escrito para controlar estas cosas, por que hace falta un codeudor?? Por si el cliente se muere??! Si se muere se murió señores! Mentira que todos los clientes de esa tienda que adquirieron bienes o servicios a plazos, se va a morir. Seria mucho menos la perdida del dinerito que la vida Eso por hablar del fallecimiento solamente, pirque del pais no podrán salir si deben algo o han incumplido con el contrato. Ese burocratismo nos mata, nos hace pasar trabajo para resover la vida.
    Y ojo, esto no es solo para el que trabaja, tambien será para el vago, el pparasito, que tienen mas tiempo y mas entrada economica muchas veces, que el que trabaja. Al trabajador por descuento de salario y a estos como quiera que lo paguen estara bien.

    • MINCIN dijo:

      Buenas tardes Ralej, en la Resolución 98 de 2021 no establece la necesidad de un codeudor, el artículo 5.1 en su inciso e) plantea que solo los estudiantes en centros que reciban asignaciones de artículos, con pago a plazos, deben contar con una persona que los asista en el pago. Saludos.

  • Rodrigo dijo:

    Seria muy bueno, que parte de esta oportunidad, se diera por el Sindicato en los centros de trabajo, así se estimularía a los mejores trabajadores y se evitaría que la mayoría de los artículos lo adquirieran los "coleros" de siempre.

    • MINCIN dijo:

      Buenas tardes Rodrigo, gracias por su sugerencia. Saludos.

  • ralej dijo:

    Hay que analizar bien esto, si se quiere realmente beneficiar al trabajador, que nos lo merecemos, tendremos que revisar bien esta opción para que no sea mas de lo mismo. La pirámide sigue invertida despues del Ordenamiento.

  • Quivicanera dijo:

    Una buena opcion para el trabajador cubano, y el pueblo general, lo que me preocupa es queno habra donde implementarla pues las tiendas en CUP estan desabastecidas, por lo menos en mi municipio de Mayabeque dan pena, creo que dan hasta perdidas economicas mantener a tantos trabajadores y electricidad, ect.
    En cuanto a tener codeudores pienso que deberian flexibilizar eso, si es una persona que muestra ahorros en el banco y justifica un salario que permita comprar lo que desea, no exigir el codeudor por favor, solicito analicen el tema.

    • MINCIN dijo:

      Buenas tardes, en la Resolución 98 de 2021 no establece la necesidad de un codeudor, el artículo 5.1 en su inciso e) plantea que solo los estudiantes en centros que reciban asignaciones de artículos, con pago a plazos, deben contar con una persona que los asista en el pago. Saludos.

  • Adonis. dijo:

    La medida estoy seguro es esperada desde hace mucho tiempo. Como ya he leido en otros comentarios, siempre existen personas q se las ingenian para sacarle partida a todo y al final lo q podria ayudar al pueblo trabajador, se convierte o termina convertido en otra fuente de ingreso para los conocidos luchadores en las calles. Pienso q se debe buscar la alternativa q los bienes lleguen al trabajador, sin mas intermediarios.

  • tania arguelles dijo:

    es muy buena noticia para los que aportamos a nuestra patria , solo espero que no se combierta en la corrupcción que existe en las tiendas de MLC.
    y las tiendas de la red de tiendas de Cimex.
    las personas marcando dias, y despues horas para poder comprar.
    y se haga mas uso de las redes informaticas crear una planilla con todos los requisitos asi uno no tiene que estar de aca para para haya volviendo a rectificar la documentación

    • MINCIN dijo:

      Buenas tardes Tania, gracias por su sugerencia, la tendremos en consideración. Saludos.

  • Lala dijo:

    Muy bien pensado, solo no coincido con la necesidad de un fiador, eso entorpece el proceso, lo dilata y lo hace engorroso, cada cual debe ser responsable de sus actos y de su finanzas, para eso estan las leyes sino cumplen pues a aplicarlas al que solicito el crédito.

    • MINCIN dijo:

      Buenas tardes Lala, Buenas tardes Ralej, en la Resolución 98 de 2021 no se establece la necesidad de un codeudor, solo en el inciso e) del artículo 5.1 se especifica que los estudiantes en centros que reciban asignaciones de artículos, con pago a plazos, deben contar con una persona que los asista en el pago. Saludos.

  • Sandra dijo:

    Muy buena noticia, esto lo hace el mundo entero, falta hacía que llegara.

  • Willian dijo:

    Se dice q solo será en algunos establecimientos pero; en cuáles? Se podrá comprar en esa modalidad en mlc?

    • MINCIN dijo:

      Estimado William, las tiendas que aceptarán esta modalidad de pago serán seleccionadas por los Consejos de Administración Territoriales, debe dirigirse a ellos para obtener la información. Los productos se comercializarán en cup según las disponibilidades del territorio. Las cadenas de tiendas no están incluidas en la Resolución 98 de 2021. Saludos.

  • Pachanga dijo:

    Primero: me podrian decir donde estan esos articulos que vamos a poder comprar? Por que ahora todo es en MLC y hasta para comprar algo en esas tiendas pasamos trabajo. Segundo: Deberian hacer algo para que los trabajadores estatales puedan adquirir esos productos, ya que nosotros no podemos ni comprar los productos indispensables por estar trabajando. Todo lo vende en horario laboral.

  • maria dijo:

    magnifica noticia esperada por todos los trabajadores que no pueden ahorrar pero si comprar a plazos

  • Glenda Bernal Bermúdez dijo:

    Buenos días: quisiera saber si dentro de estos articulos se incluirán otros como televisor o split/ aires acondicionados o lavadoras pues hoy se venden solo en mlc y en que moneda se pagará y quizas si conocen en que tiendas podrán adquirise y si puede solicitarse más de uno a la compra. Gracias

  • idania dijo:

    Es necesario una información más ampliada pues en la gaceta también se habla de las Empresas. Cuáles son las tiendas, donde están los productos, cuales son los productos, son interrogantes aún. Supongo que no sean los productos que hoy están en las tiendas en MLC, o sea deben ser otros establecimientos y los productos en CUP. Me parece una muy buena medida para los que trabajamos pero ojo mucho control pues ya deben estar los oportunistas buscando la forma de inventar para sacar provecho. Excelente es algo que si se hace bien ayuda al pueblo trabajador.

  • Lianet Reyes dijo:

    Se permitirían pagos anticipados ?

  • Lisney Cordero Ramírez dijo:

    Buenos días, muy buena la propuesta para la compra de esos artículos. Necesito ganar en claridad, esa venta en qué tiendas se realizarán? y otra pregunta, dónde se realizará la certificación de la capacidad de pago del fiador, porque debe ser un modelo que me imagino haya que buscarlo en el banco o me equivoco...Gracias

  • tr dijo:

    Excelente medida. Primero dónde está la disponibilidad de mercancía. Segundo: cómo acceder a ella. Tercero: acabar con la mafia de inescrupulosos delincuentes que se han adueñado de lo que surten en las tiendas en mlc. Muchos de ellos críticos del sistema, pero que viven aprovechándose de sus limitaciones financieras y económicas para exprimir al pueblo trabajador, y para males de males no aportan nada a la sociedad. El gobierno puede acabar con ellos y con los trabajadores que los apoyan.

  • AbelardoMena dijo:

    Por que no se crea un mecanismo confiable para que tambien las FGNE puedan vender a plazos al pueblo? E incluso comprar casas de bajo presupuesto (no bajo diseño)?

  • AriasAZC dijo:

    Estoy interesada en la solicitud de uno de estos créditos, creo que es una buena oportunidad para el que depende de un salario, y porsupuesto necesito saber en que moneda van a vender los artículos y cómo será la solicitud de los mismos, o sea todos los pasos que uno debe hacer para la misma. Muchas gracias.

  • san2kan dijo:

    Buena solución. Y no es nueva. Recuerdo que cercano a 1989 empezaron a vender aires acondicionados rusos a plazos por primera vez, en el boulevar de san rafael de la habana, no había cola porque habían requisitos para adquirirlo y poco circulante de dinero. Vino el período especial y ya en 1990 desaparecieron los plazos, hasta hoy luego de 30 años.

Se han publicado 653 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

Vea también