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Desde hoy, en vigor nueva Resolución de la Aduana en Cuba

En este artículo: Aduana, Cuba, Economía
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aduanaA partir de este lunes tres de septiembre entra en vigor la Resolución No. 122 de la Aduana General de la República de Cuba referente a los envíos hacia el país por vía aérea, marítima, postal o de mensajería.

Entre esas disposiciones figura la unificación del método de valoración de los envíos aplicando la alternativa Peso-Valor, donde un kilogramo de misceláneas será igual a 10 pesos.

De este modo se elimina el procedimiento anterior, que establecía para los envíos postales o de mensajería el valor de 20 pesos por kilogramo.

Para determinar la valía de los productos que no clasifiquen como misceláneas (efectos electrodomésticos y otros bienes duraderos) y entren al país por esas vías, se emplearán otros mecanismos, como la factura de las mercancías, la Declaración de Valor y el Listado de Valoración en Aduana para la Importación sin Carácter Comercial.

Tales procedimientos serán aplicados individual e independientemente sobre cada artículo, apuntó.

El pasado dos de agosto comenzó a regir para los pasajeros cubanos y extranjeros residentes permanentes en Cuba la Resolución No. 222 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), que modifica la tarifa arancelaria sobre los artículos importados sin carácter comercial.

Aplicadas por la Aduana General de la República (AGR), dichas tarifas se emplean de forma progresiva, explicó a Granma Carmen Arias Suárez, subdirectora de Técnicas Aduaneras de la AGR.

Esos gravámenes fueron reformados con la eliminación de una de las tres tarifas que se aplicaban, aunque no varió el hecho de considerar los primeros 25 kilogramos del equipaje como efectos personales y, por tanto, libres de pago.

Tampoco varió la exención de aranceles de 10 kilogramos de medicamentos, de prótesis, libros científicos o silla de ruedas para inválidos.

Igualmente no pagarán derechos de aduana los artículos importados sin fines comerciales cuyo valor no exceda los 50,99 pesos.

Para los productos que superen ese importe y alcancen los 500,99 pesos, los derechos aduaneros serán del 100 por ciento de su valor, o sea, que se pagarán por la misma cantidad de su valor; y para los que oscilen entre los 501 y mil pesos, el 200 por ciento, es decir, el doble.

Aclaró la directiva aduanera que si el valor de lo importado fluctúa de la primera a la segunda tarifa, ello no significa que deba aplicarse a todos los artículos el arancel establecido para una u otra.

Precisó que si su valía es de mil pesos, los 500,99 iniciales que se incluyen en la primera tarifa serán pagados al 100 por ciento de su valor, y el resto, al 200 por ciento.

Aclaró que uno de los cambios introducidos en la Resolución No. 222 está referido a la moneda en que deben liquidarse los derechos aduaneros.

Al respecto, ese cuerpo normativo establece que el pago de la primera importación realizada en el año calendario (del primero de enero al 31 de diciembre) se realizará en pesos cubanos (CUP), mientras que el de la segunda, se hará en pesos convertibles (CUC), abonados en CUP, según la tasa de cambio vigente para la población.

Sin embargo, este 2012 se considerará como año calendario el periodo comprendido entre el dos de agosto  fecha en que entró en vigor la Resolución No. 222  y el 31 de diciembre.

Según explicó Arias Suárez, la primera importación a considerar por las autoridades aduaneras será aquella por la cual el pasajero debió pagar arancel, pues su equipaje excedía los 50,99 pesos libres de pago, además de los 25 kilogramos considerados efectos personales.

Indicó que si en lo que resta de año esa misma persona viaja nuevamente, pero los artículos que porta a su entrada al país  sin incluir sus efectos personales  no sobrepasan los 50,99 pesos, no deberá pagar arancel y por tanto, no se considerará una importación.

Si el equipaje supera ese monto, entonces clasificará como una segunda importación y deberá abonar el importe determinado en pesos cubanos, por su equivalente en pesos convertibles, acotó la funcionaria.

Se han publicado 36 comentarios



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  • Ernesto dijo:

    Desearia poder entender estas nuevas normativas, no sé si es para desencantar al usuario que tiene la posibilidad de viajar, ya sea con fines turisticos o de trabajo, o simple y llanamente por que se sobrentiende que el estado facilita la adquisición de tales efectos que no hacen necesaria realmente su introducción al pais. Aunque me molesta admitirlo, estas medidas solo logran DESANIMAR más al usuario. Entiendo la medida pero no estoy a favor de ella.
    Respetuosamente
    Ernesto

  • elav dijo:

    Al igual que Ernesto, entiendo de cierta forma las medidas, lo que no entiendo es el fin de las mismas. ¿Acaso es porque las personas que tienen el privilegio de viajar y regresar al país se están volviendo ricas o algo así?

    Alguien me dijo que a lo mejor era por la importación de ropas, comida y otras cosas que traen los ciudadanos españoles, ecuatorianos... etc. Yo solo me pregunto (aunque esta pregunta quede en el aire) ¿Cual es el problema con eso?

    Si no quieren que esas personas traigan esos productos, lo que tienen que hacer es ofertarlos en la red nacional, con la misma o mejor calidad, y con precios módicos. De esta forma el pueblo no tendrá que recurrir a esas personas para adquirir buena ropa, zapatos, comida o productos electrodomésticos.. ¿No creen?

    Saludos

  • rcardo dijo:

    Necesitamos una mesa redonda para entender bien todo y evitar malas interpretaciones en los areopuertos

  • vazquez dijo:

    tengo una pregunta en el articulo se plantea lo siguiente:

    "Indicó que si en lo que resta de año esa misma persona viaja nuevamente, pero los artículos que porta a su entrada al país sin incluir sus efectos personales no sobrepasan los 50,99 pesos, no deberá pagar arancel y por tanto, no se considerará una importación."

    mi pregunta es que si en ese párrafo se refieren a que la suma de efectos que traiga no sobrepase esa cantidad o que puedes traer varios que no sobrepasen individualmente esa tarifa?
    Aclarenme si pueden esa duda, gracias...

  • yelen dijo:

    SERIA OPORTUNO CONVOCAR A UNA MESA REDONDA , DONDE SE EXPLIQUE EN DETALLES TODO LO REFERENTE A ESTA LEY , PORQUE ES EVIDENTE QUE HAY MUCHA CONFUSION, Y HA CREADO UN ESTADO DE OPINION, DESFAVORABLE EN NUESTO PAIS, PIENSO QUE DEBIA TENER CIERTA DIVULGACION EN ARAS DE ENTENDER, Y EVITAR COMENTARIOS, NO AFINES .
    SALUDOS
    YELEN.

  • Sánchez dijo:

    ¿El método del peso sólo se aplica a cubanos residentes en Cuba y en el exterior o también a extranjeros?.
    Desde mi punto de vista sería bueno dejar un margen de X kg de peso (por ejemplo 25 kg) para alimentos de personas extranjeras o cubanas residentes en el exterior que viajan a Cuba y están autorizadas a residir en una vivienda suya o de un familiar. Gracias

  • Olivia dijo:

    Ya intente publicar este, pero no me sale, asi que de nuevo:

    Tambien tengo una duda, en el artículo se exponía:
    "Aclaró que uno de los cambios introducidos en la Resolución No. 222 está referido a la moneda en que deben liquidarse los derechos aduaneros.
    Al respecto, ese cuerpo normativo establece que el pago de la primera importación realizada en el año calendario (del primero de enero al 31 de diciembre) se realizará en pesos cubanos (CUP), mientras que el de la segunda, se hará en pesos convertibles (CUC), abonados en CUP, según la tasa de cambio vigente para la población."

    ¿Esto se refiere a los viajes, o sea, a los pasajeros, solamente? ¿O también incluye la paquetería aerea, maritima o postal? Porque realmente está muy ambiguo. Mencionan el cambio de moneda, pero solo lo ejemplifican con los pasajeros.

  • Jass dijo:

    Olivia
    Los envíos aéreos, marítimos ó postal es una cosa (Res 223/12), y establece que a partir de los 3kg se paga en CUC según una tabla de valores.
    Y lo de las importaciones (Res 222/12)se refiere a los productos que traen los pasajeros. En este caso, si eres cubano que sale visita más de una vez en el año y te pasas del valor 50.99 (aparte de los 25kg de efectos personales) te lo valorarán en CUC y luego te lo cobraran en CUP según el cambio vigente, que todos sabemos que es 25cup x 1cuc.

  • Grecia dijo:

    Yo tampoco entiendo estas norma. Yo quisiera opinar de verdad con respecto a estooo...

  • elaz dijo:

    Tengo una duda, se que las Leyes en nuestro país la aprueba la Asamblea Nacional del Poder Popular, y los Decretos Leyes el Consejo de Ministros y ¿quien aprueba las Resoluciones como la tratada en el presente artículo... ?

    Luego de que me respondan esa interrogante tendría un par más de preguntas...

  • Roberto lopez dijo:

    Mi comentario se refiere a que si estoy en Venezuela cumpliendo con una tarea de la Revolución porque me tienen que cobrar en cuc sino me pagan en esta moneda.

  • ET dijo:

    Debe explicarse en una Mesa Redonda, todo lo relacionado con las nuevas regulaciones. no se entiende y hay muchos comentarios desfavorables que son totalmente injustos. yo creo que están dado por el desconocimiento que tenemos todos.
    Hay que explicarlo pero en un lenguaje que llegue a todos, porque lo que han dicho hasta ahora, parece que está destinado a personal jurídico.
    Verdaderamete se lee y no se entiende.

  • MGM dijo:

    He realizado esta pregunta ya dos veces pero como no me responden la vuelvo hacer, cuánto cobran y en que moneda la entrada al pais de una computadora? por favor les pido que me respondan porque sino para que esta sección de comentarios. Gracias anticipadas

  • Killthem dijo:

    La cosa es sencilla, "fuga de capitales", el USD y EURO se van, los negociantes hacen negocios y luego se llevan el USD o EURO, compran mercancia la antran a nuestro pais, la venden y de nuevo el ciclo, por lo tanto en USD o EURO nunca se quedan, se lo llevan. Con estas medidas afectan a todos, a los que no tienen nada que ver con negocios, de ropa, (equipos lo que sea). Comprendan que es necesaria.

  • Servio Vandla dijo:

    No es necesario entender nada. Los gobiernos socialistas siempre tratan de igualar hacia abajo. Su As de triunfo es la miseria de la gente para tenerlos controlados. Nunca les intereso verdaderamente el bienestar del pueblo. Por eso no le interesa que los cubanos reciban ayuda de afuera. No importa si es a través de mulas, familiares, o como sea. Cualquier cosa que entre a Cuba, ayuda al pueblo a no depender del Gobierno, y eso ellos no lo pueden soportar. Así fue siempre en estos 53 años y seguirá así.. Fíjense lo que hace Chaves, Evo y ahora se sumo Argentina. Van por idéntico camino.
    A ellos les da igual, porque no sufren en carne propia los problemas del cuabano de a pie. Para colmo, viajan con todo pago por el Gobierno y después llegan cargados de pacotilla. Que le pregunten a los máximos jefes si cuando sus familiares viene de España cargados de cajas les cobran aranceles y la entrada VIP del aeropuerto...¡Que hipocresía Dios mio?

  • william dijo:

    saludos , que alguien me explique si las misiones(medicas) entran en esta nueva ley(barrio Adentro.

  • Ramon dijo:

    Siempre he felicitado la seccion AL DERECHO por su profesionalidad y eficiente informacion sobre los temas mas importantes para la ciudadania
    Pero el programa de hoy dedicado a la ADUNA ES MUY LAMENTABLE
    Es olvidar los NUEVOS LINEAMIENTOS DE LA ECONOMIA Y TODO LO QUE SE HA DICHO AL RESPECTO
    ¿¿A CASO HAY QUE ESTUDIAR ECONOMIA O IR A ESTUDIOS DE PRIMARIA PARA ENTENDER QUE TODAS ESAS MEDIDAS ADUANALES SON ANACRONICAS E INCORRECTAS DESDE TODO PUNTO DE VISTA INCLUIDA NUESTRA CONSTITUCION??
    CUANTOS MILES DE MILLONES DE DOLARES O EUROS ESTA PERDIENDO NUESTRO PAIS POR NO TENER UNA ADECUADA RED MINORISTA
    ¿¿HAY QUE EXPLICAR QUE SI TUVIERAMOS UNA EFICIENTE RED MINORISTA NO EXISTIRIAN LAS MAL LLAMADAS MULAS??
    COMPAÑEROS POR FAVOR HASTA CUANDO HAY QUE SOPORTAR TANTAS FALACIAS, MENTIRAS Y MANIPULACIONES
    PONGAMONOS TODOS DE UNA VEZ A LUCHAR POR EL DESARROLLO ECONOMICO DE NUESTRO PIAS PERO NO TIRANDO EL SOFA POR EL BALCON
    POR FAVOR LEAN EL GRANMA DEL PASADO VIERNES 7 DE SEPTIEMBRE Y DEJEMOS LA DEMAGOGIA

  • Osniel dijo:

    No soy muy entendido en materia de impuestos aduanales. pero me parese que pagar como impuesto el 100% del valos de un producto que compraste y ya pagaste y en algunos casos el 200%, eso me suena a estafa en primer lugar. En segundo lugar estas medidas solo estimularan la corrupcion en el personal de aduanas encargado de controlar el cumplimiento de estas regulaciones malsanas que denotan solo la falta de ingenio economico y que perjudican la reputacion del Estado Cubano en estos temas.

    me gustaria saber que grupo de personas crea y aprueba este tipo de regulaciones. me imagino que no deben ser cubanos. Esto parece mas bien cosa del enemigo del pueblo.

    • perez dijo:

      Asi mismo,el que hizo la ley hizo la trampa y luego de desanimar al residente en el exterior que a todos por igual nos perjudican; estas leyes ,solo es para enriquecer al personal aduanero pq si hay articulos que como bien dicen,lo pagas cuando lo compras,pq razon tienes que volver a pagar al 100 o al 200% y nadie sabe ni puede explicar bien para que lleguen a personas que entiendan bien,pero para quienes no esten bien claras en entender y que pareciera que solo va dirigidas a personas como se comento,juridicas..

  • maria von frei dijo:

    yo amo mucho mi pais,pero con esa ley yo no voy a poder viajar,pues me sacrifico para llevar unas cositas a mi familia y amigo,y si ahora tengo que pagar mas,como hago para seguir adelante,porque aqui en Europa haytremenda crisis.La unica solucion es no viajar y morirme de tristeza.que pena siento por los cubanos honestos que no vamos a Cuba a hacer negocios.

  • tiana dijo:

    hola yo tengo una duda porque no entiendo bien la resolucion 222 si yo viajo con mi esposo y llevo 25kg de peso cada uno sin fines comerciales cuanto deberia pagar si sobrepaso ese peso en (c.u.c)o el equibalente del precio al peso cubano (c.u.p.)

  • Jesús Miguel dijo:

    LO UNICO QUE ME TIENE DIJUSTADO DE ESTA LEY ES QUE HACE DOS AÑOS ME ENVIARON UNA MOTO ELÉCTRICA POR MIS FAMILIARES Y EL ENVIO SE DEMORO UN AÑO EN EL PUERTO Y A PESAR DE LA DEMORA ME DECOMISARON EL ENVIO PORQUE DICEN QUE EXEDIA EL LIMITE DE VELOCIDAD PORQUE CORRIA A 80 KM-H PERO ES IMPOSIBLE QIE UN VEICULO ELECTRICO CORRA ESA VELOCIDAD Y MENOS EN LAS CALLES COMO ESTAN Y ESAS MOTOS LAS VENDEN EN LAS TIENDAS ASI QUE NO VEO PROBLEMA EN SU ENTRADA A CUBA AL CONTRARIO LE FACILITARIA LA VIDA COTIDIANA A CUALQUIER CUBANO Y MAS A MI QUE SOY ESTUDIANTE.....

  • solesito dijo:

    Amo mi Pais y lo defiendo a capa y Espada donde quiera que este...Pero esto me averguenza,pues no se hacen las cosas para que nuestro Pais salga del lodo... por el contrario cada dia parece que nos hundimos mas...
    Ya que despues que uno tiene que romperse muy duro el lomo aqui en Europa para reunir unos pesitos y con esta crisis cada dia te pagan menos o no aparecen los trabajos y comprarse un pasaje que cuesta mas de mil Euros, y ademas de eso quedarse sin comer cosas necesarias por lo cara que son para poder comprar algo a nuestras familias... Y ademas de eso tener que pagar esas grandes sumas de dinero en el Aeropuerto... es abusivo, pero ademas pienso que las personas que viajamos una vez al año, deberian de darnos la oportunidad de entrar mas peso, pues solo en mis cosas se van los 25 kilos, pues cuando voy estoy mis 3 meses con mi familia... de verdad casi no que me quedara nada para compartir con mi familia y estar el tiempo que pensaba estar...

  • yurdin dijo:

    quisierea saber cuanto me cuesta en el aeropuerto una laptop

  • Wilfredo dijo:

    Necesito se me aclare lo siguiente. se regula lo que se refiere a miscelánea para el arancel que se paga por esta importación en Cuba, ahora mi duda es si yo deseo importar unas Gomas, Rodamiento o Cauchos como se les llame y los mismos no son miscelánea,¿estos tienen que pagar ese mismo arancel? y ¿cómo seria el pago de este producto al entrar en Cuba?.

  • Alberto Diaz dijo:

    Estoy muy de acuerdo en que se haga una mesa redonda como opinan algunos, donde se expliquen bien todas estas medidas, las ventajas y desventajas que tienen, sobre todo para las personas de nuestro pueblo que tiene la posibilidad de viajar, que espero se hayan tenido en cuenta. Y me gustaría saber si con las nuevas medidas que está tomando nuestro presidente Raúl podremos enviar motos desde el extranjero para Cuba y legalizarlas allá?. Soy un cubano que estoy cumpliendo misión en el extranjero, respóndanme por favor...

  • CARLOS GONZALEZ dijo:

    PORQUÉ CUANDO SE REALIZA UN ENVÍO POSTAL MAYOR DE TRES KILOGRAMOS, SE PAGA EL PESO SUPERIOR A LOS TRES KILOGRAMOS, A RAZÓN DE 1 CUC POR CADA 100 GRAMOS, ES QUE NO COMPRENDO SI AL INICIO SE DICE DE FORMA TEXTUAL;
    ....A partir de este lunes tres de septiembre entra en vigor la Resolución No. 122 de la Aduana General de la República de Cuba referente a los envíos hacia el país por vía aérea, marítima, postal o de mensajería.

    Entre esas disposiciones figura la unificación del método de valoración de los envíos aplicando la alternativa Peso-Valor, donde un kilogramo de misceláneas será igual a 10 pesos.........

    AHORA NO COMPRENDO, A CUAL PESO SE REFIEREN?, PUES EN CUBA CUANDO ALGÚN CIUDADANO CUBANO RECIBE UN ENVÍO POSTAL, PAGA EL PESO SUPERIOR A LOS TRES KILOGRAMOS EN CUC., O SEA, CADA KILOGRAMO 10 CUC.
    ¿?

  • Jose Luis Mosqueda dijo:

    un cubano que es repatriado pueden mandar la carga por via maritima y via aeria indistintamente o solo puede utilizar una via. gracias

  • El_Bear dijo:

    que tremendo....

  • Reti dijo:

    ellos no quieren que entiendas para luego decomisar

  • Ariday Hernandez dijo:

    Entiendo que el país quiera ordenar la importación de productos, pero lo que me parece muy desacertado es que a los que viajan por motivos oficiales (funcionarios diplomáticos y colaboradores) se les cobre en CUC lo que importen en un segundo viaje que hagan en el año. No creo adecuada esa medida pues estos funcionarios cobran un salario en CUP moneda nacional.

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