Publica la Gaceta Oficial nuevo Código de Seguridad Vial
Descargar PDF de la Gaceta Oficial No 40 (Ordinaria) del 17 de Septiembre de 2010. Incluye la Ley Número 109 Código de Seguridad Vial
La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó el texto completo de la Ley 109 sobre el Código de Seguridad Vial, aprobada por unanimidad en la más reciente sesión de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
En su primer artículo, especifica que su objetivo esencial es regular íntegralmente la actividad como tal, establecer sus principios básicos y definir en relación con esta materia las funciones de los Ministerios del Transporte y del Interior, como sus rectores.
Menciona las responsabilidades de los organismos e instituciones implicados, y la estructura y funciones
de las Comisiones de Seguridad Vial que sean constituidas para realizar estudios, coordinar los esfuerzos de las entidades que intervienen y promover iniciativas.
Llama la atención que los accidentes de tránsito constituyen una de las principales causas de muerte, traumas y lesiones en muchas de las familias cubanas y la sociedad en general, además de ocasionar cuantiosos daños y pérdidas materiales.
La Ley 109 sobre el Código de Seguridad Vial indica que se experimentan cambios en la vialidad, dados por el crecimiento de la circulación de vehículos y peatones en las calles, el aumento de la complejidad técnica de la regulación del tránsito y la repercusión en su seguridad.
Califica de conveniente el perfeccionamiento del sistema de prevención y educación vial de toda la población, y la capacitación de los conductores, como método activo para disminuir los casos y sus fatales consecuencias.
La nueva Ley habla por primera vez de los derechos y deberes de los usarios de las vías e introduce la figura del Conductor novel, que debe tener dos años de experiencia al timón con su licencia respectiva.
Sobre el particular, el coronel Francisco Buzón Macías, jefe de la Dirección de Tránsito de la Policía Nacional Revolucionaria, aseguró que es imprescindible fomentar en el país el conocimiento de la Ley 109, a fin de incentivar la lucha por la prevención y la reducción de accidentes.
Solo en la Isla, ocurren al año un promedio de 7, 6 hechos de estos en la vía, por cada 100 mil habitantes, mientras en América Latina es de 26 por cada 100 mil.
(Con información de la AIN)
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Muy buenas, quisiera preguntar si estos comentarios en aras de mejorar y aclarar dudas e insatifacciones no se les envia alguna respuestas a los planteamientos hechos, o al menos me envie algun correo electronico para emitir mi queja, ya que no he recibido ninguna respuesta. Y quisiera por parte de ustedes tener una respuesta a lo planteado por mi hace ya tiempo. Gracias. Y disculpe las molestias.
Desde hace casi ya 22 dias hice mis comentarios aqui en aras de tener una respuesta y hasta ahora se me ha hecho caso omiso. Espero que algun dia, respondan o le den solucion a mi queja, confio en ustedes. Sigo esperando respuesta, sino para que uno poder hacer un comentario en aras de ganar conocimiento y aclarar dudas, digame si estoy equivocado. Gracias.
quiero saber en que ley y en que codigo esta escrito que para manejar un trici hay que tener la Licencia de Categoria B porque siempre a sido la categoria A y antiguamente era 5ta no se cual es el comentario que han formado distintas identidades con los que manejan las motonetas en Villa Clara pero hasta que no salga en un codigo vial y ya que los mismos puedan examinarse en las mismas motonetas que es algo logico no veo que tengan que sacar la licencia
Como se puede obtener la gaceta completa
Quiero descargar la ley 109 en estos momentos
Deseo saber que dice el articulo 72 inc 1 de la ley 109 a mi esposo hoy le pusieron una multa recien salido del policlinico de luyano 14 de junio de hacerse analisis de sangre y salio sin darse cuenta en su motorina sin casco y le aplicaron este articulo q en la ley 60 no se corresponde con esta infraccion.esperamos su atencion
Me gusta estudiar la Ley del tránsito