Sancionan en Cuba a directivos aeronáuticos y de empresa Sol y Son

El Tribunal Provincial Popular de La Habana sancionó a un empresario chileno en ausencia y 14 directivos de la compañía Cubana de Aviación y de una empresa mixta de viajes, por delitos de corrupción, dijeron hoy fuentes oficiales.

El presidente de la empresa mixta Sol y Son Los Viajes S.A, el chileno Marcel Marambio Rodríguez, fue juzgado en ausencia y condenado a 15 años de privación de libertad por estafa y cohecho, ambos de carácter continuado, y falsificación de documentos privados.

Los cubanos, con penas de entre tres y 10 años, incurrieron en delitos de cohecho y falsificación de documentos privados, dijo una nota leída en el noticiero estelar de la televisión.

Los sancionados -entre los que se cuentan tres mujeres, cuyas penas fueron subsidiadas por limitación de libertad y en un caso por trabajo correccional- perjudicaron a la parte cubana a la que representaban a cambio de sobornos en efectivo y prebendas de lucro personal.

La sentencia de la sala segunda de lo penal del Tribunal consideró que Marambio Rodríguez se aprovechó de su condición de presidente de la empresa mixta para defraudar a la parte cubana en beneficio propio falseando y ocultando deliberadamente información.

El chileno sobornó a los directivos y funcionarios cubanos implicados para que le secundaran en sus turbios manejos, expresó el comunicado en base a pronunciamientos de los jueces actuantes.

Contra la sentencia dictada los sancionados podrán promover recurso de casación ante el Tribunal Supremo Popular en el término de 10 días hábiles posteriores a su notificación. (Con información de Prensa Latina)

A continuación la nota oficial:

La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de La Habana dictó sentencia contra un grupo de directivos, ejecutivos y funcionarios de "Cubana de Aviación" y de la empresa mixta "Sol y Son los Viajes S.A", a quienes consideró culpables de diversos delitos asociados a actos de corrupción administrativa, cometidos en ocasión del desempeño de sus funciones.

De acuerdo con lo expresado en la sentencia, los sancionados actuaron -de manera fraudulenta- en perjuicio de los intereses de la parte cubana que representaban a cambio de sobornos en efectivo y prebendas de lucro personal, incurriendo con diferentes grados de participación en los delitos de Cohecho y Falsificación de Documentos Privados; en razón de lo cual el tribunal decidió sancionar a OSCAR PAU LEYVA y MIGUEL ÁNGEL ALMAGUER a 10 años de privación de libertad; a RAMÓN VALDIVIA ACOSTA, OSCAR GONZÁLEZ RODRÍGUEZ y REINALDO TORRES HERNÁNDEZ a 8 años de privación de libertad; a ROBERTO HERNÁNDEZ IGLESIAS a 7 años de privación de libertad; a LUCY HORTENCIA LEAL DÍAZ a 6 años de privación de libertad; a FRANCISCO LÁZARO MÁRQUEZ GRANDA y JAVIER SÁNCHEZ EGOZCUE a 5 años de privación de libertad; a LOURDES ESMELDA FERNÁNDEZ DÍAZ, ELIO HILDO MORA DESPAIGNE, DAGOBERTO GUERRERO CABRERA y SONIA ALPÍZAR LÓPEZ a 5 años de privación de libertad subsidiados por limitación de libertad; a EUGENIO SERAPIO CLIVILLE MEJÍAS a 4 años de privación de libertad subsidiados por limitación de libertad; y a BÁRBARA ALINA BARRIOS CADDEVILA a 3 años de privación de libertad subsidiados por trabajo correccional sin internamiento.

En el mismo proceso judicial resultó juzgado en ausencia, conforme a los procedimientos legales previstos, al no presentarse sin causa justificada a la citación que oportunamente le hiciera el tribunal, el ciudadano chileno MARCEL MARAMBIO RODRÍGUEZ, a quien los jueces actuantes lo consideraron responsable de los delitos de Estafa y Cohecho, ambos de carácter continuado, y Falsificación de Documentos Privados, imponiéndole por todos la sanción conjunta de 15 años de privación de libertad.

MARAMBIO RODRÍGUEZ se aprovechó de su condición de presidente de la empresa mixta "Sol y Son los Viajes S.A.", para defraudar a la parte cubana en beneficio propio, falseando y ocultando deliberadamente información y sobornando a los directivos y funcionarios cubanos implicados para que le secundaran en sus turbios manejos.

Contra la sentencia dictada, los sancionados podrán promover recurso de casación ante el Tribunal Supremo Popular en el término de diez días hábiles posteriores a su notificación