"El Consejo de Seguridad, expresando una gran preocupación por la situación que se deteriora, la escalada de violencia y el número de víctimas civiles.
Recordando la responsabilidad de las autoridades libias de proteger a la población libia
Considerando que los ataques sistemáticos que tienen lugar en Libia contra la población civil pueden ser asimilado a crímenes contra la humanidad,
Expresando su determinación de asegurar la protección de los civiles y de las zonas habitadas por civiles y la entrega rápida de asistencia humanitaria,
(...)
"Actuando en virtud del capítulo 7 de la Carta de Naciones Unidas (que autoriza el uso de la fuerza),
Pide el establecimiento inmediato de un cese el fuego y la detención completa de la violencia y de todos los ataques contra civiles,
Pide que las autoridades libias cumplan con sus obligaciones en virtud del derecho internacional, incluido el derecho humanitario internacional".
PROTECCION DE CIVILES
- "Autoriza a los Estados miembro (...) a tomar todas las medidas necesarias (...) para proteger a los civiles y las zonas habitadas por civiles bajo la amenaza de ataques (por las fuerzas de Muamar Gadafi), incluida Bengasi, excluyendo una fuerza extranjera de ocupación bajo cualquier forma y en cualquier parte del territorio libio"
ZONA DE EXCLUSION AEREA
- "Decide establecer una prohibición de todos los vuelos en el espacio aéreo de Libia de manera de proteger a los civiles"
- "Decide que esa prohibición (...) no atañe a los vuelos cuyo único objetivo es humanitario"
- "Autoriza a los Estados miembro (...) a tomar todas las medidas necesarias para hacer respetar la prohibición de los vuelos".
RESPETO DEL EMBARGO DE ARMAS
- "Decide para asegurar la estricta aplicación del embargo (resuelto el 26 de febrero), inspeccionar en su territorio, incluyendo puertos y aeropuertos o en alta mar, los barcos y aviones que se dirijan a, o provengan de, Libia".
- "Deplora la utilización sistemática de mercenarios en Libia y pide a todos los Estados miembro que respeten estrictamente sus obligaciones (...) e impidan que mercenarios armados vayan a Libia".
CONGELAMIENTO DE HABERES
- "Decide que el congelamiento de haberes concierne a todos los fondos, haberes financieros y recursos económicos, que son propiedad o directamente controlados por las autoridades libias.
- Afirma su determinación de garantizar que los fondos congelados (...) sean desde el momento en que sea posible, accesibles al pueblo libio".
(Con información de AFP)