La tragedia de la cárcel en Chile

Por Carolina Villagra Pincheira.

Investigadora del Área de Estudios Penitenciarios de CESC, Docente del Área de Psicología Jurídica, Universidad de Chile.

Qué difícil encontrar las palabras para dar inicio a este breve artículo. Qué dolor enorme sumar una nueva tragedia a la ya aciaga historia de desgracias en nuestras cárceles, esta vez con un saldo de 81 muertos y cientos de personas afectadas con la pérdida de un ser querido. Se consigna como la mayor tragedia carcelaria de los últimos años y asusta pensar que podamos acostumbrarnos a que eventos como éstos ocurran, a no cuestionar el hecho que las personas privadas de libertad sólo deben ser privadas de ello, no de dignidad, de contacto con sus familiares, de posibilidades de educarse y trabajar, y sobre todo, de seguridad. A naturalizar la posibilidad que una persona sentenciada a la cárcel en Chile, pueda encontrar en su lugar de reclusión, la muerte. Estos 81 muertos no pueden ser olvidados, como pasó con los reclusos fallecidos en los incendios del penal de Iquique el 2001, de la cárcel El Manzano en Concepción el 2003, de Colina dos en abril de 2009, así como todas las personas que vieron empeorada sus condiciones de reclusión a raíz del terremoto de febrero de 2010, sólo por mencionar eventos de la última década.

Este comentario es una invitación a detenerse a pensar en este tema, a intercambiar opiniones, para lo cual pongo a disposición  de ustedes información en torno a algunos elementos que han llamado mi atención a 24 horas de ocurridos los hechos.

De la información disponible y el interés por conocerla

Esta tragedia ha puesto en evidencia las pésimas condiciones del sistema carcelario...

Si bien no es una cita textual, es el contenido presente en muchas, tal vez la mayoría de las declaraciones de figuras públicas relacionadas con el tema, políticos y otros entrevistados en medios de comunicación. Da la impresión que las precarias condiciones de vida al interior de las cárceles, así como los graves problemas de sobrepoblación y hacinamiento y la falta de personal de Gendarmería fueran desconocidos, que este hecho en la cárcel de San Miguel los hubiera sacado a la luz. Esto no es así, existe amplia, variada y sólida evidencia informada en la materia desde hace años. Pongo sólo algunos ejemplos:

En los documentos citados se ha hecho énfasis en la gravedad de los problemas derivados de la sobrepoblación carcelaria; en el aumento explosivo de la población penal sin que existan las condiciones necesarias para su rehabilitación y reinserción; en la necesidad de diversificar la respuesta penal; la necesidad de mejorar el sistema de medidas alternativas a la reclusión; la existencia de un excesivo y predominante énfasis en la seguridad por sobre la reinserción; la falta de control jurisdiccional de la ejecución de las penas; así como la necesidad de desarrollar una política penitenciaria integral y con continuidad en lo post penitenciario, a la altura de un Estado de derecho.

Es decir: la información existe, está disponible, es confiable y sólida, sólo se requiere interés para acceder a ella.

El énfasis en los problemas contingentes

Sí, los datos que hemos conocido a través de los medios de comunicación en las horas posteriores a la tragedia de San Miguel, dan cuenta de problemas existentes y persistentes no sólo en ésta, sino en la mayoría de las unidades penales del país:

Y podría seguir con la enumeración de los problemas detectados. Pero ése no es el punto. Gendarmería tiene como misión velar por la seguridad de las personas condenadas por la ley penal a privación de libertad, es decir, debe ejecutar el cumplimiento de las sanciones penales. Probablemente esto podría hacerse de mejor manera, pero no corresponde responsabilizar únicamente a Gendarmería por un problema que tiene que ver con la forma e intensidad en se sanciona en Chile. Y aquí algunos datos para evaluar si nuestra respuesta penal es proporcional a la delincuencia existente:

Podríamos hablar de un sistema de justicia orientado a la sanción, un sistema social que, como dice L. Wacquant, criminaliza la pobreza. Vivimos en una sociedad en que el riesgo se ha instalado en las subjetividades, muy por sobre los datos objetivos, en que se ha hecho progresivamente frecuente separar a la "gente decente" de los "delincuentes". Junto con analizar los problemas contingentes, vale la pena pensar en los problemas estructurales que han permitido la ocurrencia de estos hechos. Tenemos una imperante necesidad de entender la delincuencia como un fenómeno social, como una de las numerosas consecuencias de ser un país en vías de desarrollo económico pero con profundas inequidades sociales.

La gran respuesta: construcción de más cárceles

La ecuación parece simple: hay sobrepoblación carcelaria y un déficit de más de 20mil plazas, entonces construyamos más cárceles; es más, como las cárceles tradicionales cuentan con pésimas condiciones y las concesionadas ofrecen mucho mejores condiciones de vida, entonces construyamos más cárceles concesionadas. Esta es una perspectiva limitada, cortoplacista, que solucionaría un problema contingente y ahondaría en los problemas de fondo, siguiendo con la lógica encarcelante. Es necesario ir a la causas de raíz del aumento de la población encarcelada.

Ya el año 2000 se comenzó el diseño del proceso de concesiones de cárceles en Chile[3], como respuesta a un diagnóstico categórico: el hacinamiento requiere mayor construcción de unidades penales. Un diagnóstico muy similar al que se hace hoy, una década después. El año 2005 se inició la construcción de las 10 cárceles concesionadas, veamos qué ha pasado con el este sistema[4]:

En definitiva, el sistema de cárceles concesionadas presenta más preguntas que respuestas y sería poco responsable asumirlo como la solución a los problemas visibilizados a raíz del incendio de la cárcel de San Miguel. La cárcel no es la única solución al problema de la delincuencia, se requiere diversificar las formas de sanción, ampliar las respuestas de la política social y sobre todo, re pensar la política de justicia en el mediano y largo plazo.


[1] www.derechoshumanos.udp.cl

[2] www.cidh.oas.org

[3] Este sistema consiste en que un privado construye y mantiene la cárcel. Gendarmería se sigue encargando de la seguridad y vigilancia de los internos en el recinto. Los objetivos de rehabilitación y reinserción se entregan a responsabilidad de los privados.

[4] En este artículo sólo se presentan sólo algunos datos, obtenidos de Martínez, F. y Espinoza, O. (2009) Cárceles Concesionadas en Chile: ¿El Camino a la Privatización?, disponible enwww.cesc.uchile.cl/publicaciones/debates_penitenciarios_09.pdf y las conclusiones de la Comisión Especial Investigadora del Proceso de Concesiones Carcelarias disponible en UDP (2009) Informe Anual de Derechos Humanos, disponible en www.derechoshumanos.udp.cl/wp-content/uploads/2010/01/03_sistema-penitenciario.pdf

[5] También disponible en www.derechoshumanos.udp.cl