El Banco Central de Cuba (BCC) establece en la Resolución 249/2021, publicada en la Gaceta Oficial No. 83, extraordinaria, este miércoles, que las instituciones financieras pueden conceder créditos en moneda extranjera a las cooperativas no agropecuarias y a las mipymes, previa aprobación del BCC.
La Resolución 249/2021 aclara que se entiende por moneda extranjera las monedas libremente convertibles aceptadas por el BCC.
Esta legislación entrará en vigor a los tres días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.