Por el bienestar animal: Refugios para animales (V y final)

Foto: Archivo.

Instalar un recinto para este fin amerita de acuerdo al número de animales que se pretende albergar, de la obtención de todos los recursos que resultan imprescindibles para lograr el propósito: albergarlos, que puedan satisfacer sus necesidades, por tanto que logren estar saludables y con todo ello, gocen de bienestar.

Es por ello, que vamos a compartirles las ideas o criterios que hemos manejado en reuniones del Comité Nacional de Bienestar Animal de Cuba y del Grupo de Trabajo Temporal de Bienestar en cuanto a lo que pensamos sea factible para un futuro, en cuanto a los centros de atención y acogida.

Valoramos principalmente estos aspectos:

Marco legal / normativo:

Animales acogidos: perros y gatos en abandono (sin responsables) 

Responsabilidad administrativa:

Instalaciones:

Personal:

(el personal debe ser remunerado y algunos que se acepten para realizar ciertas actividades,0 pueden hacerlo como voluntariado).

Financiamiento:

Para terminar, solo revisar lo que el Decreto Reglamento No. 38 establece para estos centros de atención y acogida:

Artículo 14.1. Los centros de atención y acogida, a los efectos del bienestar animal, se encargan de la recepción de los perros y gatos recolectados en la vía o lugares públicos o que sean entregados y renunciados por sus propietarios, poseedores o tenedores.

  1. Estos centros pueden ser estatales o de otras formas de gestión no estatal y se crean al efecto de procurar el bienestar animal y los procesos de adopción.
  2. Los animales pueden permanecer en estos centros por el tiempo que considere prudente la administración y de no ser solicitados por sus propietarios, poseedores o tenedores, se procede de acuerdo con lo establecido en el Decreto-Ley de Bienestar Animal y en este Reglamento.

Artículo 15.1. Las personas naturales o jurídicas interesadas en la creación de un centro de atención y acogida de animales deben presentar la solicitud por escrito, en formato digital o impreso, ante el Jefe de Departamento Municipal de Sanidad Animal correspondiente, y acompañar las licencias o permisos emitidos por las direcciones de Planificación Física, de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y de Salud Pública.

  1. El escrito de solicitud debe contener los particulares siguientes:
    1. Generales del solicitante;
    2. documentación que acredite la descripción y titularidad del inmueble o espacio físico que se pretende utilizar para estos fines;
    3. especie y cantidad estimada de animales; cantidad de fuerza laboral a utilizar; e) aseguramiento de la asistencia veterinaria; y otros.

En resumen, todo o casi todo, está previsto y normado, por lo que debe cumplirse si realmente el empeño está dado por aliviar los padecimientos y aflicciones, de los desafortunados animales que resultan abandonados.