Foto: José Manuel Correa/Granma.
Comienza enero del 2026, aprovechamos la primera columna de “Por el bienestar animal”, para felicitar a los asiduos lectores y a los que se incorporan en esta ocasión.
Vamos a continuar tratando sobre los refugios, pero refiriéndonos a otros aspectos, tales como el personal necesario para trabajar en ellos, todo lo relacionado con los animales que se albergan, su manejo zootécnico en la instalación, incluyendo la alimentación. Los controles que se requieren llevar y los procedimientos a establecer también serán compartidos en esta oportunidad.
Personal
Las personas que trabajan en estas instalaciones deben además de responsabilidad y afectividad por los animales, poseer cierta formación que les permita realizar su labor eficaz y competentemente. Ideal es que esas personas sean preferiblemente médicos y técnicos veterinarios, zootecnistas, pecuarios o con entrenamiento en el manejo de los animales, así como personas con experiencia empírica en la crianza de animales, especialmente de los perros y gatos. También en estos recintos se requiere de personal de oficina y auxiliar para realizar labores en áreas de recepción, oficinas, almacenes, limpieza y custodia/seguridad, respectivamente.
De los animales
A estos refugios deben ingresar perros y gatos, callejeros y abandonados que no tengan propietarios, clínicamente sin rabia u otra enfermedad infectocontagiosa peligrosa para personas y el resto de los animales albergados. Los animales deben estar avalados por el servicio veterinario propio (si fuere una instalación no estatal autorizada) o acreditado por el servicio veterinario estatal (CENASA y sus Departamentos de Sanidad Animal en cada provincia).
Todos los animales tienen que ser identificados a su ingreso, según el procedimiento legal establecido. Se aplicará el programa de inmunización establecido para cada categoría de perros según la situación epizootiológica existente, siendo obligatorias las vacunas para inmunizar contra la rabia y leptospirosis. Se contemplará para los gatos la vacunación antirrábica u otra que se decida administrar por las autoridades sanitarias oficiales.
El destino final único de los animales del centro de atención y acogida, será la entrega en adopción y/o venta a personas naturales o jurídicas responsables de los animales entregados, si así fuera establecido.
Manejo zootécnico
El manejo de los animales puede ser grupal o individual. En el caso del sistema grupal se tendrá en cuenta la posible agresividad y el temperamento de los animales.
El número de perros o gatos a albergar estará en dependencia del espacio vital, considerando además el número de comederos y bebederos, la ventilación, entre otros aspectos que permitan el manejo ideal de los animales. Según establecen las normativas para las especies y principios del bienestar animal, todos estos detalles para un adecuado manejo, previa autorización del servicio veterinario estatal.
Aclarar, que como autoridad zoosanitaria competente, el CENASA a través de los Departamentos de Sanidad Animal en cada provincia, realizará las inspecciones a los refugios o centros de atención y acogida y otorgará las licencias sanitario-veterinarias con vigencia por un año, no concediéndose, si el establecimiento no cumple con los requisitos establecidos para este tipo de unidad, que tiene un componente clínico-epizootiológico. Decimos esto porque en un refugio el personal permanente debe velar por el estado de salud, verificar que no hay signos o síntomas de enfermedad, cambios de conducta e inclusive la presencia de cualquier otro factor, como por ejemplo presencia de vectores que puedan influir en la salud y calidad de vida de los animales.
De los alimentos
El responsable del refugio o centro de atención y acogida, creará las condiciones requeridas para el almacenamiento del alimento, las cuales recibirá en cantidad y frecuencia, evitando el deterioro y pérdida de la calidad nutricional y sanitaria del mismo.
Asimismo, garantizará las condiciones requeridas de cocción en caso de emplear desperdicios de industrias aprobadas por la autoridad veterinaria y también el suministro de agua con la calidad sanitaria y en la cantidad requerida.
Para emplear alimentos que no sean convencionales deben ser autorizados por la autoridad veterinaria, según análisis de riesgo y cocción en el refugio o centro de atención y acogida.
Registros
Como unidad clínico-epidemiológica todo refugio o centro de atención y acogida, debe poseer un sistema de información, diseñado acorde con la gestión de datos que a este tipo de instalación concierne, ya que además de elaborar informes y realizar el análisis de lo que en la instalación acontece, el sistema permite ofrecer datos fiables a las autoridades que así los soliciten.
Datos:
- Incidencia diaria
- Historia clínica individual
- Entregas en adopción o ventas autorizadas
- Alimentación
- Morbilidad
- Mortalidad
- Necropsias
- Envíos al laboratorio (para el diagnóstico de posibles enfermedades)
- Calidad sanitaria de agua y alimentos (seguridad e inocuidad)
- Envío a vertederos sanitarios (desperdicios/basuras)
- Cocción de alimentos no convencionales (de cuales se trata)
- Control de visitas a la instalación (inspecciones y otras autorizadas)
- Control de nuevas entradas de animales
- Otros controles que se consideren necesarios (medicamentos, materiales, insumos u otros)
Procedimientos Normativos Operacionales
- Cuarentena (período de tiempo necesario para que los animales que llegan puedan ingresar a las instalaciones)
- Identificación individual (nombre y número de registro, mediante collar, chapilla, tatuaje o microchip)
- Capacitación y/o entrenamiento de personal
- Alimentación por tipo (razas pequeñas, medianas y grandes) y categorías (cachorros, hembras gestantes, adultos
- Programas de prevención y control de enfermedades (vacunas y antiparasitarios)
- Limpieza y desinfección
- Desratización
- Desinsectación
- Eutanasia
- Situaciones de emergencia
- Manejo grupal o individual
- Envío a vertederos sanitarios
- Manejo de alimentos no convencionales (según normativas)
Sobre las instalaciones
Áreas que se tienen que considerar cuando se establecen las políticas del refugio / alojamiento o albergue:
- Objetivos
- Beneficios
- Costos financieros
- Opinión pública
- Efectividad
- Personal
Las prioridades deberán ser:
- Las necesidades de los animales y la seguridad del personal y el público
- Las necesidades de las personas que cuidan a los animales
- Las necesidades de las personas que visitan el albergue
La próxima semana, concluiremos con este interesante tema, del que ya algunos colegas y lectores me han comentado, ya que valoran la importancia de dar a conocer las particularidades de este tipo de instalaciones, ya que no se trata de tener un espacio, sentir conmiseración por los animales abandonados y llevarlos a ese lugar, en función de que no estén expuestos a los riesgos de estar en la calle. Sabemos que esto parece complejo al criterio de algunas personas, pero es todo lo que se maneja para este tipo de recinto.
Un refugio tiene que contar con las condiciones y se debe cumplir con los requisitos antes señalados para ofrecer realmente, los cambios de modo de vida y garantizar una adecuada condición de salud de esos animales.
De otros aspectos a considerar y con algunas reflexiones sobre el tema, finalizaremos estas columnas dedicadas a los refugios.