
Con este proceder se prevé además recuperar estos espacios e incrementar las ofertas a la población.
Con el objetivo de ampliar las actividades relacionadas con la gastronomía y los servicios y facilitar su desarrollo en el país, el Ministerio de Comercio Interior a través de la Gaceta Oficial, establece nuevos procedimientos para la licitación del alquiler de establecimientos comerciales para ese sector a trabajadores por cuenta propia.
Según el texto, la medida se debe a la existencia de locales pertenecientes a las empresas de comercio, gastronomía y los servicios que no tienen actividad alguna, lo cual afecta la gestión comercial y de servicios a la población. Entre tanto se aprecia una creciente demanda de locales para el ejercicio del trabajo por cuenta propia en este sector.
Con este proceder se prevé además recuperar estos espacios e incrementar las ofertas a la población.
La normativa agrega que los Consejos de la Administración Provinciales y del municipio especial Isla de la Juventud, así como las entidades nacionales, a los que se subordinan los organismos licitados que ejercen el estas actividades, autorizarán su formalización y controlarán que se convoquen y realicen de acuerdo con lo establecido en el procedimiento.
Para realizar la oferta, cada entidad constituye una comisión integrada por un número impar de miembros, en la que están representadas las áreas técnicas, económico-financieras, comerciales y jurídicas, los cuales se encargarán de ejecutar el proceso y de proponer al solicitante elegido para la adjudicación del establecimiento.
La resolución No. 60/2016 de la Gaceta Oficial, aclara que el pliego de licitación contiene entre otros elementos el objeto de la licitación; la identificación del licitante; el plazo de duración de la licitación, así como las condiciones específicas de esta que incluye las obligaciones y derechos esenciales que asumen las partes. Estas últimas no pueden variarse durante el proceso.
Los solicitantes entregarán sus ofertas en sobres sellados con los datos personales del interesado; la posible actividad a realizar; la certificación o aval de experiencia en la actividad; además del diseño financiero; el proyecto de obra y diseño del servicio entre otros elementos.
El texto destaca además que los principios que rigen el proceso son la transparencia (es el conocimiento de las acciones y decisiones de la licitación que tengan los participantes para un efectivo control social); Igualdad (que los participantes tengan iguales derechos y oportunidades) y Publicidad (que sean públicas las distintas acciones y decisiones del proceso de licitación).
Todas las ofertas se adjudicarán dentro del plazo que se decida en la convocatoria y su apertura se realiza ante notario, dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento de entrega de las ofertas, de cuyo resultado se deja constancia en documento público.
Las nuevas normativas advierten que son impedimentos para participar en el proceso de licitación, ser residente de una provincia distinta de donde se encuentra enclavado el establecimiento a licitar; haber cometido fraude o engaño en proceso de concurso anterior o haberse retirado, una vez firmado el contrato de arrendamiento sin justificación fundamentada.
Para la decisión de la adjudicación de la subasta la comisión propone al Consejo de Dirección entre las ofertas, aquella que asegure las mejores condiciones de precio, calidad, preparación técnica profesional, financiamiento y recuperación del establecimiento y los servicios identificativos de este, además del resultado de la revisión de los documentos en correspondencia con la actividad que se realice, entre otros aspectos.
Los interesados pueden retirarse del proceso de licitación, comunicando su decisión a la empresa de forma previa al informe de los resultados de la comisión, manteniéndose el proceso con los demás aspirantes.
El solicitante inconforme con la decisión de la comisión tiene derecho, a presentar Recurso de Reforma ante el Consejo de Dirección que decidió la licitación, en el término de cinco (5) días hábiles a partir de la notificación del informe conclusivo.
Si el recurso de reforma es declarado con lugar, la Comisión convoca a los participantes para dar a conocer la nueva decisión.
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