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Cuatro desafíos para la legislación de familia en Cuba

Foto: Anabel Díaz / Granma.

Cuba, como el resto del mundo, está en constante cambio, evolución. Marcados por el paso del tiempo, conviven en nuestro archipiélago cada vez más tipos de hogares. Son reales, heterogéneos, complejos, con diversas circunstancias y formas de relacionarse. La vida confirma una y otra vez que no existe “una familia de manual”, sino muchos diseños posibles.

Esto implica -¿cómo no?- nuevos desafíos de cara a una legislación que defina, regule y proteja a todas las familias, más allá de sus diferencias. Urge, más que nunca, repensar sus normas y rutinas de modo que ofrezcan respuestas a cada particularidad o conflicto. Las leyes tienen que garantizar deberes y derechos para todas. Reconocer esta realidad cambiante y plasmarla en la nueva Constitución fue apenas el primer paso de un camino difícil

Hace apenas unos días fue presentada la comisión encargada de elaborar el proyecto de un nuevo “Código de las Familias” para nuestro país. Con la publicación de ese equipo en la Gaceta Oficial de la República, comienza un proceso de construcción, debate y consulta que debe desembocar en la aprobación mediante referendo de una norma jurídica muy esperada.

A pocas horas de una nueva celebración del Día Mundial de las Familias, en un momento en el que la felicidad futura se está decidiendo puertas adentro de casa, analizar las circunstancias y conflictos en el contexto cubano de esa célula esencial de la sociedad resulta vital.

No solo hace falta asumir como válidas las variadas maneras de vivir que presentan hoy las familias cubanas, sino también poner freno a la violencia de género, reconocer desde la ley a parejas del mismo sexo, definir responsabilidades en la educación infantil o el diseño de políticas en torno al envejecimiento poblacional y el embarazo y matrimonio adolescente. Son asuntos que justifican la demanda de nuevas herramientas jurídicas.

Para Yamila González Ferrer, vicepresidenta de la Unión Nacional de Juristas de Cuba (UNJC) y profesora de la Universidad de La Habana, las problemáticas a abordar son muchas y complejas.

“El nuevo Código será muy amplio, pues es necesario proteger a todos los tipos de familias. No se pretende imponer modelos familiares, sino reconocer y proteger la diversidad que existe en la realidad social cubana de hoy, como le corresponde a una norma de esta envergadura atendiendo a los principios de nuestro sistema social laico e inclusivo y a los postulados constitucionales aprobados por la inmensa mayoría de la población el pasado año 2019”, dice.

En ese camino, concuerdan especialistas, entre sus principales retos está sin dudas reconocer el matrimonio, y la unión consensual, como alternativas para vivir en pareja y en familia, sin discriminación alguna en su alcance y sin distinción por motivo de orientación sexual. Pero no es el único. Nuestra columna se detiene hoy en otros cuatro elementos importantes para una nueva legislación de familia.

Proteger a adultos mayores, personas con discapacidades y a sus cuidadores

En una sociedad con más de un 20% de envejecimiento demográfico, la protección de los adultos mayores y quienes tienen discapacidades se perfila como elemento urgente. Según González Ferrer, es necesario introducir figuras jurídicas que permitan un espectro mayor para los apoyos que requieren.

Muchas veces no se respetan las preferencias e historias de vida de los personas de la tercera edad, añade Leonardo Pérez Gallardo, profesor de la Universidad de La Habana y presidente de la Sociedad Cubana de Derecho Civil y de Familia. “Usted no puede tratar al adulto mayor como si fuera un niño, con las técnicas de formación y comunicación que tiene con ellos, porque son personas ya formadas, con valores cultivados”.

Agrega que en Cuba no hay una ley de protección del adulto mayor. Por tanto, el nuevo Código tendrá también que legislar sus derechos en el entorno familiar. Urge garantizar autonomía, inclusión, respeto a las preferencias y seguridad, entre otras condicionantes para una mejor calidad de vida.

Por otra parte, se necesita brindar protección jurídica a las personas cuidadoras que, en un país marcado por disímiles estereotipos machistas, suelen ser mujeres. De hecho, cerca del 57% de la población cubana mayor de 50 años prefiere, en caso de necesitar cuidados, que estos sean ofrecidos por mujeres. Sólo poco más del 5% elegiría a un hombre como cuidador, según la Encuesta Nacional de Envejecimiento de la Población, realizada en 2017 por la Oficina Nacional de Estadísticas e Información (ONEI).

Según la doctora Magela Romero Almodovar, profesora del Departamento de Sociología de la Universidad de la Habana, es necesario “sensibilizar a la población y generar conversaciones, basadas en evidencias, en torno al cuidado de la vida, su relevancia para el desarrollo sostenible del país y la necesidad de acortar las brechas de género asociadas a estas labores”.

En ese camino, reconocer formalmente las labores de cuidados como formas de trabajo y garantizar derechos elementales para quienes lo ejercen, se perfila como otra urgencia jurídica.

Eliminar la autorización excepcional para el matrimonio infantil

En el Código de las Familias vigente subyacen también algunas expresiones de discriminación de género, como por ejemplo, la autorización excepcional del matrimonio de las niñas a los 14 años y los varones a los 16, por lo que implica en asuntos de derechos sexuales y reproductivo, explica González Ferrer.

Según explicó a Cubadebate el presidente de la Sociedad Cubana de Derecho Civil y de Familia, la legislación de familia debe eliminar esta excepcionalidad por completo o aprobar el matrimonio a los 16 años para ambos sexos, estableciendo como requerimiento una autorización judicial.

“Dicha autorización exige un proceso, pasar por un fiscal. No todo el mundo está dispuesto a promover un proceso ante los tribunales y además, tendrán que demostrar una causa justificada para oficializar el matrimonio”, detalló.

Un desafío extra lo suponen las uniones consensuadas en estas edades. Aunque los menores de edad tampoco podrán legalizar uniones de hecho con valor jurídico como segunda alternativa al matrimonio -porque para cumplir el requisito deben demostrar dos años de convivencia luego de tener 18 años-, habrá que seguir trabajando en disminuir las uniones informales en esa población.

Eliminar obstáculos al derecho de comunicación entre miembros de una familia

¿Cuántos casos conocemos de abuelas o abuelos que pasan años alejados de los niños de la familia, por una decisión arbitraria fruto de un divorcio o de una discusión familiar?

González Ferrer explica que actualmente estas personas “no tienen la posibilidad de solicitar a los tribunales un régimen de comunicación, y lo mismo ocurre con otros parientes, ya sean consanguíneos o afines”.

La nueva normativa de familia en Cuba también busca eliminar los obstáculos al derecho de comunicación entre las diferentes personas que conforman un hogar. La aspiración, según el doctor Leonardo Perez Gallardo, es contar con un régimen de comunicación en red y que “el Derecho se proyecte sobre la comunicación entre hermanos, abuelos, tíos y sobrinos, abuelos y nietos”, por solo citar ejemplos de las múltiples figuras que componen una familia, no siempre desde una perspectiva biológica sino también desde el cariño y los afectos.

Los obstáculos al derecho de comunicación, sobre todo de menores con otros integrantes de su red de afectos puede ser también una forma de violencia y en ocasiones vulnera ese tan conocido desde la literatura jurídica "interés superior del niño".

Para especialistas en leyes es muy importante caminar hacia la socioafectividad como una nueva forma de filiación y no reducir las familias al estrecho marco de la consanguinidad.

Perfeccionar el régimen económico de matrimonios y uniones de hecho

A juicio de González Ferrer, “la actualización del modelo económico cubano ha impactado en los núcleos familiares, lo que conlleva modificaciones al interior de las familias, en aspectos tales como la situación económica y las relaciones de poder”, lo cual obliga a “perfeccionar el régimen económico del matrimonio y de las uniones de hecho”.

¿Qué quiere decir exactamente la experta? Significa que las parejas tengan el derecho de pactar el régimen económico del matrimonio, ya sea de comunidad o de separación de bienes. Y, sobre todo, que tanto en este como en la unión consensual exista protección frente a la violencia económica, y se establezca el deber de socorro y protección para ambas partes de la pareja.

Los mencionados acá no son los únicos desafíos que deberán asumir el nuevo Código de Familias en particular y la legislación familiar en general.

Para González Ferrer, “la nueva norma jurídica familiar debe responder a los paradigmas constitucionales de igualdad y no discriminación, dignidad, respeto a la diversidad, y tener en cuenta los resultados de numerosas investigaciones que se han realizado desde disímiles disciplinas y que apuntan a las problemáticas de las familias cubanas hoy”.

Es necesario impulsar la atención integral a dichos problemas. En próximos trabajos de estas Letras de Género, nos acercaremos a otros retos.