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El ciberespacio en el Proyecto de Constitución

No existen tratados internacionales que regulen el uso del ciberespacio, tal como los hay sobre otros ámbitos transfronterizos como el mar o el espacio exterior.

Durante los debates del proyecto de Constitución, varios colegas hemos realizado una propuesta de añadir en el Artículo 11 que el Estado ejerce su soberanía sobre el ciberespacio nacional.

De aceptarse esta propuesta, se deberá emitir una norma jurídica complementaria que defina, para este particular, los conceptos de ciberespacio y de ciberespacio nacional.

De la cibernética al ciberespacio

El diccionario de la Real Academia Española establece que la palabra ‘ciberspacio’ proviene del inglés cyberspace, formada por la unión de cyber- ‘ciber-‘ y space ‘espacio’ y la define escuetamente como: “ámbito artificial creado por medios informáticos” [1].

Aquí aparece usado como prefijo el término ciber que proviene de cibernética, una ciencia que surgió a fines de los años 40 del pasado siglo, coincidiendo con el desarrollo de las primeras computadoras. [2] Es por ello que el prefijo ciber se utiliza frecuentemente en palabras compuestas para indicar que posee un componente de computación.

El concepto del ciberespacio fue introducido por primera vez en los años 80 del siglo XX por el escritor de ciencia ficción William Gibson en uno de sus relatos y posteriormente desarrollado en su célebre novela Neuromancer:

“El ciberespacio. Una alucinación consensual experimentada diariamente por billones de legítimos operadores, en todas las naciones, por niños a quienes se enseña altos conceptos matemáticos… Una representación gráfica de la información abstraída de los bancos de todos los ordenadores del sistema humano. Una complejidad inimaginable. Líneas de luz dispuestas en el no-espacio de la mente, agrupaciones y constelaciones de datos…, el propio terreno de lo virtual, donde todos los medios se juntan (fluyen) y nos rodean.” [3]

Componentes del ciberespacio

De las numerosas definiciones de ciberespacio que existen [4] se puede extraer que el mismo consta de 4 componentes: Infraestructura, Datos, Personas y Operaciones.

La infraestructura contiene el equipamiento de telecomunicaciones y de tecnologías de la información, los cables, computadoras, terminales, teléfonos inteligentes, etc. Incluye también las antenas y el medio a través del cual funcionan: el espectro electromagnético.

El componente datos se refiere a las señales, eléctricas u ópticas a partir de las cuales se conforma la información.

Estos dos componentes pertenecen a la dimensión técnica y reflejan los atributos del ciber.

Las personas abarcan no sólo a ellas mismas como usuarios directos, sino también a sus agentes, por ejemplo, autómatas, que realizan funciones en la red. Pero detrás de estos agentes, que generalmente son aplicaciones informáticas, siempre está la mano del hombre.

El componente operaciones se refiere a las diferentes actividades de procesamiento de datos: aplicaciones, servicios, etc.

Estos últimos dos componentes pertenecen a la dimensión social y reflejan los atributos del espacio. [5]

Soberanía sobre el ciberespacio

Inicialmente, el ciberespacio era considerado por algunos como un ámbito totalmente separado del mundo físico, sin fronteras ni reglas. Esta concepción, muy acorde con las ideas neoliberales que minimizan el papel de los estados nacionales en la regulación de los asuntos globales, fue denominada ciberlibertarianismo (una vez más el prefijo ciber), y se fundamenta en “una colección de ideas que enlaza al extático entusiasmo por las formas de vida mediadas por la electrónica con ideas libertarias radicales, de extrema derecha, respecto de las propias definiciones de la libertad, la vida social, la economía y la política en los años venideros.” [6]

Sin embargo, con el paso del tiempo se impuso la realidad que la infraestructura de comunicaciones y computación están ubicadas en el mundo físico y sujetos a la jurisdicción territorial de los estados. [7]

No existen tratados internacionales que regulen el uso del ciberespacio, tal como los hay sobre otros ámbitos transfronterizos como el mar o el espacio exterior.

Sin embargo, en el marco de las Naciones Unidas se han adoptado documentos que, aunque no son vinculantes, establecen algunos principios importantes.

Por ejemplo, en el 2003, en la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, se acordó que: “la autoridad de política en materia de política pública relacionada con Internet es un derecho soberano de los Estados. Ellos tienen derechos y responsabilidades en las cuestiones de política pública internacional relacionadas con Internet”. [10]

Más recientemente, el Grupo de Expertos Gubernamentales sobre los Avances en la Información y las Telecomunicaciones en el Contexto de la Seguridad Internacional, en su informe del 2013, expresó que:

“El derecho internacional, en particular la Carta de las Naciones Unidas, es aplicable y fundamental para mantener la paz y la estabilidad y fomentar un entorno abierto, seguro, pacífico y accesible en la esfera de esas tecnologías”.

“La soberanía de los Estados y las normas y principios internacionales que de ella emanan son aplicables a la realización de actividades relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones por los Estados y a su jurisdicción sobre la infraestructura de esas tecnologías que se halle en su territorio”. [11]

El alcance y la forma en que se ejerce esta soberanía constituye una decisión política de cada estado, que debe definir cómo aplicar las nociones territoriales de soberanía y de derecho internacional al ciberespacio con respecto a las actividades de personas y de objetos. [12]

Un gran número de Estados ya han elaborado estrategias para la defensa de su ciberespacio, las que incluyen el marco legal correspondiente. [13]

Teniendo en cuenta que el ciberespacio se ha convertido en los últimos años en un ámbito de mucha importancia para el desarrollo económico, político y cultural, considero que se debe aprovechar la actualización de la Constitución para establecer la soberanía del Estado cubano sobre el ciberespacio nacional.

Porque la alternativa a que el estado cubano ejerza su soberanía sobre el ciberespacio nacional sería permitir que otros estados ejerzan su hegemonía sobre el mismo.

Notas:
[1] Diccionario de la lengua española, “Ciberespacio”, Real Academia Española.
[2] ECURED, Cibernética.
[3] William Gibson, “Neuromancer” (1984), Ace Books, New York.
[4] Tim Maurer & Robert Morgus, “Compilation of Existing Cybersecurity and Information Security Related Definitions”(2014), New America.
[5] Binxing Fang, “Cyberspace Sovereignty: Reflections on building a community of common future in cyberspace” (2018), Springer Publishing Company, eBook ISBN 978-981-13-0320-3.
[6] Langdon Winner, “Los Mitos Ciberlibertarios y sus Prospectos para la Comunidad” (2000), Contexto educativo: revista digital de investigación y nuevas tecnologías, Nº. 4, 2000.
[7] Daniel Lambach, “The Territorialization of Cyberspace” (2018), Conference: Tagung der DVPW-Themengruppe Internet und Politik, Heidelber.
[10] Informe Final de la Fase de Ginebra de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, Ginebra (2003).
[11] Informe del Grupo de Expertos Gubernamentales sobre los Avances en la Información y las Telecomunicaciones en el Contexto de la Seguridad Internacional (2013).
[12] Nicholas Tsagourias, “Law, Borders and the Territorialisation of Cyberspace” (2018). Indonesian Journal of International Law, 2018.
[13] Cyber Security Strategy Documents (2018), NATO Cooperative Cyber Defence Centre of Excellence Tallinn, Estonia.