Imprimir
Inicio »Opinión, Política  »

“Nica Act”: otra agresión de EEUU contra Nicaragua y Nuestra América

| 7

nica-act

La reciente decisión del Congreso de Estados Unidos de aprobar nuevamente la iniciativa de Ley injerencista Nicaraguan Investment Conditionality Act, conocida como “Nica Act”, constituye otra agresión orquestada desde  territorio norteamericano contra Nicaragua y Nuestra América.

“Casualmente”, ese órgano legislativo de Washington adoptó el referido  proyecto, que ahora deberá ser debatido en el Senado, un mes antes de que en la Patria de Augusto César Sandino se celebren comicios municipales.

Similar hicieron los legisladores estadounidenses el pasado año, en plena campaña previa a las elecciones presidenciales nicaragüenses, en las que se impuso de manera contundente el Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), y fue reelegido el presidente Daniel Ortega con el 72,5 por ciento de los votos.

La iniciativa “Nica Act”, un engendro promovido por congresistas norteamericanos de origen hispano, los mismos mafiosos que incitan constantes ataques a Venezuela, Cuba y Bolivia, tiene el propósito de materializar  sanciones económicas y financieras contra  el gobierno legitimo y el pueblo nicaragüenses.

Analistas consideran que otra vez Washington pretende crear incertidumbre entre los habitantes del país centroamericano para asestar un eventual golpe al FSLN en la consulta popular del mes venidero, como lo intentaron hacer en las presidenciales del 6 de noviembre de 2016.

La respuesta entonces  de Nicaragua  fue demoledora con el triunfo de Ortega en las urnas, como el que seguramente conquistará el FSLN en las cercanas elecciones municipales.

El gobierno Sandinista, a través de su Vicepresidenta, Rosario Murillo, dio a conocer el martes último una declaración oficial en la que cataloga la decisión del Congreso de Estados Unidos una violación de la soberanía de su país.

La nota subraya  que la “Nica Act”  es una acción irracional, ofensiva  y  lesiva de los Derechos Humanos de los nicaragüenses, y responde a  posiciones retrógradas, injerencistas, e irrespetuosas, de ciertos legisladores norteamericanos que todavía no superan la conflictividad  e intereses ajenos a la voluntad y la tranquilidad de los pueblos.

Otras naciones como Venezuela, Cuba y Bolivia, asediadas, sancionadas y  bloqueadas por Washington, se han solidarizado con Nicaragua frente a la nueva patraña del imperio del Norte, que constituye sin duda alguna otra agresión a la Patria Grande.

Se han publicado 7 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

  • Carlos Gutiérrez dijo:

    ¿En qué consiste la Nica Act?
    ¿Donde puedo encontrar (y bajar) el texto completo de ese documento yo, que sólo tengo acceso al dominio .cu?
    ¿Alguien me puede ayudar con eso?

    Gracias.

    • Pioneer dijo:

      Proyecto de Ley NICA (HR 5708)
      Para oponerse a los préstamos de las instituciones financieras internacionales para el
      Gobierno de Nicaragua, que no sea para hacer frente a las necesidades humanas
      básicas o promover la democracia, a menos que el Gobierno de Nicaragua este
      tomando medidas eficaces para realizar elecciones libres, justas y transparentes, y
      para otros fines.
      1. Título corto
      Esta Ley puede citarse como la Ley de condicionalidad para la Inversión Nicaragüense
      (NICA) de 2016.
      2. Hallazgos
      El Congreso hace los siguientes hallazgos:
      (1) En 2006, durante el gobierno de Enrique Bolaños, Nicaragua entró en un
      compacto de $ 175 millones de 5 años con la Corporación Reto del Milenio (CRM).
      (2) Después de las elecciones municipales del 2008, la CRM indicó que había un
      patrón de disminución de los derechos políticos y las libertades civiles de Nicaragua.
      (3) En 2009, la CRM puso fin al compacto y redujo la cantidad de fondos disponibles
      de la CRM a Nicaragua por $ 61,5 millones, lo que dio lugar a la terminación del
      compacto en 2011.
      (4) De acuerdo con las leyes de Nicaragua, la Asamblea Nacional es la única
      institución que puede cambiar la Constitución, pero en 2009, Daniel Ortega eludió al
      poder legislador y se dirigió a la corte suprema de justicia, que él controla, para que se
      pronunciara en su favor, que los límites del mandato presidencial eran inaplicables.
      (5) El Comité de Asuntos Exteriores convocó a una audiencia en el Congreso el 1
      de diciembre de 2011, Titulada La Democracia está tomada como rehén en Nicaragua:
      Parte 1 donde el ex embajador de Estados Unidos en Nicaragua, Robert Callahan
      testificó, en primer lugar, que la candidatura de Daniel Ortega era ilegal, ilegítima, e
      inconstitucional; en segundo lugar, que el período previo a las elecciones y las
      elecciones mismas se vieron empañadas por un fraude grave; en tercer lugar, que
      Daniel Ortega y su partido sandinista han socavado sistemáticamente las frágiles
      instituciones gubernamentales del país.
      (6) A partir del año fiscal 2012 hasta la actualidad, el Departamento de Estado
      encontró que Nicaragua no cumplía con los estándares internacionales de
      transparencia fiscal.
      (7) El 25 de enero del 2012, un comunicado de prensa de la Secretaria de Estado
      Hillary Clinton dijo: Como se ha señalado por los observadores internacionales y los
      grupos de la sociedad civil de Nicaragua, las recientes elecciones de Nicaragua no se
      llevaron a cabo de manera transparente e imparcial, y todo el proceso electoral esta
      empañada por irregularidades significativas. Las elecciones marcaron un retroceso de
      la democracia en Nicaragua y socavaron la capacidad de los nicaragüenses para exigir
      responsabilidad a su gobierno.
      (8) De acuerdo con el informe de transparencia fiscal del Departamento de Estado
      del 2015: la transparencia fiscal de Nicaragua se podría mejorar mediante la inclusión,
      de todos los ingresos y egresos extra presupuestarios, al presupuesto general de la
      república, conducir auditorias en las empresas estatales y la realización de una
      auditoría completa de los estados financieros anuales del gobierno y hacer dichos
      informes de auditoría disponibles al público en un plazo de tiempo razonable.
      (9) De acuerdo al informe de País sobre Prácticas de Derechos Humanos del 2015
      del Departamento de Estado: En 2011, el Consejo Supremo Electoral (CSE) anunció la
      reelección del presidente Daniel Ortega Saavedra del Frente Sandinista de Liberación
      Nacional (FSLN) en las elecciones que los observadores internacionales y nacionales
      caracterizaron de haber tenido graves deficiencias. Las organizaciones internacionales
      y nacionales expresaron su preocupación con respecto a la legitimidad constitucional
      de la reelección de Ortega. Las elecciones de 2011 también proveyeron al partido en el
      poder una mayoría en la Asamblea Nacional, permitiendo cambios en la Constitución,
      incluyendo la ampliación del alcance del poder ejecutivo y la eliminación de las
      restricciones a la reelección de funcionarios del poder ejecutivo y alcaldes. Los
      observadores notaron defectos graves durante las elecciones municipales del 2012 y
      las elecciones regionales de marzo del 2014.
      (10) De acuerdo al informe de País sobre Prácticas de Derechos Humanos del 2015
      del Departamento de Estado, en Nicaragua : Las principales violaciones de los
      derechos humanos fueron las restricciones a los ciudadanos para ejercer el derecho al
      voto; obstáculos a la libertad de expresión y de prensa, incluyendo la intimidación del
      gobierno y el acoso a los periodistas y medios de comunicación independientes, así
      como una mayor restricción al acceso a la información pública, incluyendo las
      estadísticas nacionales de las oficinas públicas; y el aumento de acoso del gobierno e
      intimidación a las organizaciones no gubernamentales (ONG) y organizaciones de la
      sociedad civil.
      (11) El mismo informe del 2015 declaró: abusos significativos adicionales a los
      derechos humanos incluyendo políticas considerablemente sesgadas para promover la
      dominación de un solo partido; la detención policial y la detención arbitrarios de
      sospechosos, incluido el abuso durante la detención; duras condiciones de reclusión
      que amenazan la vida con la detención preventiva arbitraria y prolongada; la
      discriminación contra las minorías étnicas y las personas de comunidades indígenas.
      (12) En febrero del 2016, el régimen de Ortega detuvo y expulso al director de
      América Latina de Freedom House, el Dr. Carlos Ponce, de Nicaragua.
      (13) El 10 de mayo del 2016, el Consejo Supremo Electoral anunció y publicó el
      calendario electoral que tiene por objeto regular el proceso electoral.
      (14) Después de recibir el calendario electoral para las elecciones presidenciales del
      2016, la oposición política de Nicaragua expresó su preocupación y señalaron una
      serie de anomalías, tales como: el calendario electoral no contempla la observación
      nacional e internacional, no acordó en la publicación de los resultados por recintos de
      cada Junta Receptora de Voto (JRV), y fallo en purgar las listas del registro electoral en
      una manera transparente y abierta.
      (15) La Constitución de Nicaragua ordena términos de 5 años para las autoridades
      municipales, lo que indicaría que las próximas elecciones municipales deben ocurrir en
      2017.
      (16) El 3 de junio del 2016, la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua, la cual es
      controlada por el líder de Nicaragua, Daniel Ortega, encomendó al Consejo Supremo
      Electoral no juramentar a miembros de la oposición de Nicaragua a los consejos
      electorales departamentales y regionales.
      (17) El 5 de junio del 2016, en relación a la observación internacional para las
      elecciones presidenciales del 2016, el Presidente Ortega declaró: Aquí, termina la
      observación. Vayan a observar a otros países. . . No habrá ninguna observación, ni de
      la Unión Europea, ni la OEA.
      (18) El 7 de junio del 2016, el Buro de Democracia, Derechos Humanos y Trabajo
      del Departamento de Estado publicado en las redes sociales: Decepcionado. Gobierno
      de Nicaragua dijo que negará observadores electorales solicitados por todos los
      ciudadanos de Nicaragua, la iglesia y el sector privado. . . Seguimos alentando al
      gobierno de Nicaragua para permitir observadores electorales como han solicitado los
      nicaragüenses.
      (19) El 8 de junio del 2016, el Consejo Supremo Electoral - que está controlado por
      el líder de Nicaragua, Daniel Ortega- anunció un fallo, que cambió la estructura de la
      dirección del partido de oposición y en la práctica, supuestamente, prohibió a todos los
      candidatos de la oposición existentes de competir por cargos públicos.
      (20) El 14 de junio del 2016, el Presidente Ortega expulso a tres funcionarios del
      Gobierno de Estados Unidos (dos funcionarios de aduanas y protección de fronteras de
      EE.UU. y un profesor de la Universidad de Defensa Nacional) de Nicaragua.
      (21) El 29 de junio del 2016, el Departamento de Estado emitió una alerta de viaje a
      Nicaragua, que declaró: El Departamento de Estado alerta a los ciudadanos de los
      Estados Unidos sobre un mayor escrutinio gubernamental de las actividades de los
      extranjeros, nuevos requisitos para los grupos de voluntarios, y la probabilidad de
      manifestaciones durante la próxima temporada de elecciones en Nicaragua. . . Las
      autoridades nicaragüenses han negado la entrada, han detenido, interrogado, o
      expulsado a los extranjeros, incluyendo funcionarios del Gobierno de los Estados
      Unidos, académicos, trabajadores de ONG y periodistas, por discusiones, informes
      escritos o artículos, fotografías y / o videos relacionados con estos temas. Las
      autoridades pueden controlar e interrogar a los ciudadanos privados de Estados Unidos
      con respecto a sus actividades, incluyendo el contacto con ciudadanos nicaragüenses.
      (22) El 1 de agosto del 2016, el Departamento de Estado emitió un comunicado de
      prensa para expresar su grave preocupación por la limitación del espacio democrático,
      de parte del gobierno de Nicaragua, conducentes a las elecciones de noviembre y
      declaró que el 8 de junio la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua despojó al opositor
      Partido Liberal Independiente (PLI) de su líder reconocido desde hace mucho tiempo.
      La Corte Suprema de Justicia tomó una acción similar el 17 de junio cuando se invalidó
      la dirección del Partido Acción Ciudadana, el partido de oposición que quedaba con la
      capacidad legal para presentar un candidato presidencial. Más recientemente, el 29 de
      julio, el Consejo Supremo Electoral eliminó de sus cargos de elección popular a 28
      miembros del PLI de la Asamblea Nacional (16 sentados y 12 suplentes).
      3. Declaración de la política:
      Es la política de los Estados Unidos apoyar –
      (1) El estado de derecho y un poder judicial y consejo electoral independiente en
      Nicaragua;
      (2) Las organizaciones pro-democracia independientes en Nicaragua; y
      (3) Elecciones libres, justas y transparentes bajo observación internacionales y
      nacionales en Nicaragua en 2016 y 2017.
      4. Instituciones Financieras Internacionales
      a) generalidades:
      El Presidente dará instrucciones al Director Ejecutivo de Estados Unidos en cada
      institución financiera internacional de utilizar la voz, voto, y la influencia de los Estados
      Unidos para oponerse a cualquier préstamo para el beneficio del Gobierno de
      Nicaragua, que no sea para hacer frente a las necesidades humanas básicas o
      promover la democracia, a menos que el Secretario de Estado certifique e informe a los
      comités pertinentes del Congreso que el Gobierno de Nicaragua está tomando medidas
      eficaces para-
      (1) realizar elecciones libres, justas, transparentes y supervisadas por observadores
      electorales nacionales e internacionales creíbles;
      (2) la promoción de la democracia, así como un sistema judicial y consejo electoral
      independiente;
      (3) fortalecer el estado de derecho; y
      (4) respetar el derecho a la libertad de asociación y de expresión.
      b) Reporte:
      El Secretario de Hacienda presentará a los comités pertinentes del Congreso un
      informe escrito evaluando-
      (1) la eficacia de las instituciones financieras internacionales en enforzar las
      salvaguardias aplicables al programa de Nicaragua; y
      (2) los efectos de la materia descrita en la sección 2 sobre las perspectivas a largo
      plazo para los resultados positivos de desarrollo en Nicaragua.
      c) Definiciones:
      En esta sección:
      (1) Los comités pertinentes del Congreso
      El término comités pertinentes del Congreso significa –
      (A) the Committee on Foreign Affairs, the Committee on Appropriations, and the
      Committee on Financial Services of the House of Representatives; and
      (B) la Comisión de Relaciones Exteriores, la Comisión de Asignaciones, y el Comité
      de Banca, Vivienda y Asuntos Urbanos del Senado.
      (2) Instituciones financieras internacionales
      El término institución financiera internacional significa el Fondo Monetario Internacional,
      el Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo, el Banco Europeo de
      Reconstrucción y Desarrollo, Asociación Internacional de Desarrollo, la Corporación
      Financiera Internacional, Agencia de Garantía de Inversiones, Banco Africano de
      Desarrollo, el Fondo Africano de Desarrollo, el Banco Asiático de Desarrollo, Banco
      Interamericano de Desarrollo, el Banco de Cooperación Económica y Desarrollo en el
      Oriente Medio y el Norte de África, y el Inter-American Investment Corporation.
      d) Termino
      Esta sección se dará por terminado el día después de la anterior de-
      (1) la fecha en que el Secretario de Estado certifique e informe a los comités
      pertinentes del Congreso que se cumplen los requisitos de la subsección (a); o
      (2) 5 años después de la fecha de la promulgación de esta Ley.
      (e) Waiver (renuncia)
      El Presidente podrá renunciar a esta sección si el Presidente determina que dicha
      renuncia es en el interés nacional de los Estados Unidos.
      5. Organización de los Estados Americanos
      a) Hallazgos
      El Congreso concluye que, de acuerdo al informe de la Organización de Estados
      Americanos (OEA) sobre las elecciones presidenciales de Nicaragua del 2011,
      Nicaragua: Informe final, Elecciones generales, OEA (2011), la OEA ha hecho las
      siguientes recomendaciones al Gobierno de Nicaragua:
      Preparar procedimientos alternativos para la actualización del registro electoral cuando
      un votante registrado muere.
      (1) Preparar procedimientos alternativos para la actualización del registro electoral
      cuando un votante registrado muere.
      (2) Publicar el censo electoral para que las nuevas adiciones, cambios de dirección
      y exclusiones se pueden comprobar.
      (3) Reformar el mecanismo de acreditación de fiscales electorales mediante una
      fórmula que asegura que los partidos políticos tendrán una mayor autonomía para
      acreditar a sus respectivos fiscales electorales.
      (4) Instituir reglamentos para asegurar que los fiscales de los partidos estén
      involucrados en todos los ámbitos de la estructura electoral, incluyendo los consejos
      electorales departamentales, regionales y municipales y los centros de votación.
      (5) Reglas deberán ser elaboradas para explicar su autoridad y funciones y los
      medios por los que poder ejercer su autoridad y desempeñar sus funciones.
      (6) Rediseño de la estructura administrativa del CSE a nivel central y local,
      estandarización de los procedimientos técnicos y operativos, incluyendo el diseño de
      los mecanismos de control desde el momento de registro hasta la entrega de la cedula
      a los ciudadanos; el proceso de emisión de tarjetas de identidad o cedula se debe
      programar en el calendario y, para evitar la congestión dentro del proceso y estar
      espaciados uniformemente.
      (b) Misión de observación electoral
      El Presidente dirigirá al Representante Permanente de Estados Unidos ante la
      Organización de Estados Americanos (OEA) para utilizar la voz, voto, y la influencia de
      los Estados Unidos en la OEA para abogar firmemente por una misión de observación
      electoral para ser enviados a Nicaragua en 2016 y 2017.
      6. Declaracion de Politica:
      El Departamento de Estado y la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo
      Internacional deben dar prioridad a la ayuda exterior para el pueblo de Nicaragua para
      ayudar a la sociedad civil en los programas de democracia y gobernabilidad, incluyendo
      la documentación de derechos humanos.
      7. Reporte sobre la corrupción en Nicaragua:
      (a) Requisito de Informe
      A más tardar 120 días después de la fecha de la promulgación de esta Ley, el
      Secretario de Estado, en consulta con la comunidad de inteligencia (como se define en
      la sección 3 (4) de la Ley de Seguridad Nacional de 1947 (50 USC 3003 (4)) ,
      presentará al Congreso un informe sobre la participación de altos funcionarios del
      gobierno de Nicaragua, incluyendo a los miembros del Consejo Supremo Electoral, la
      Asamblea Nacional, y el sistema judicial, en los actos de corrupción pública o
      violaciones de los derechos humanos en Nicaragua.
      (b) Formato
      El informe requerido en el inciso (a) se somete en la forma no clasificada, pero puede
      contener un anexo clasificado. La porción no clasificada del informe se pondrá a
      disposición del público

      • Carlos Gutiérrez dijo:

        Gracias, Pioneer.

  • Joseph Sarria dijo:

    El enano, Marc Rubio (little Marc) tiene el oido de Donald Trump. La mentira de la embajada gringa en Cuba es una patrana de la mafia de Miami, los ataques contra Venezuela, Y ahora Nicaragua, todo proviene de la mafia batistiana

  • cadillac dijo:

    si pero america latina mira impasible el contraataque yankee,a nadie parece importarle,ademas en ecuador parece estarse revirtiendo elpreceso de alianza pais pues lenin moreno metio preso al vicepresidente.en uruguay el parlamento sanciono al embajador de venezuela confirmandose la traicion de ese pais.

  • Manuel dijo:

    LA DECISIÓN DE LA DERECHA MUNDIAL ,LIDEREADA POR LOS ESTADOS UNIDOS CONTRA LOS PAÍSES DE AMÉRICA LATINA,SOBRE TODO,CON AQUELLOS QUE HAN TENIDO POLÍTÍTICAS DE INCLUSIÓN Y DE BENEFICIOS PARA LA MAYORÍA ESTÁN CLARAS. CONSIDERO QUE LO QUE NO ESTÁ FUERTE ES LA RESPUESTA Y LA DEFINICIÓN DE LOS PAÍSES AGREDIDOS Y EN RIESGO ANTE ESTA OLEADA IMPERIALISTA PARA RETROCEDER EN EL TIEMPO Y VOLVER A DOMINAR LOS RECURSOS NATURALES,SOBRE TODO EL PETRÓLEO QUE NO PUEDEN SEGUIR TRAYENDO DESDE LOS PAÍSES ÁRABES TENIÉNDOLO EN LOS QUE ELLOS CONSIDERAN POR DERECHO,SU PATIO TRASERO . CONSIDERO QUE DEBE VERSE LA FUERZA DE MÁS UNIDAD ,MÁS RESPUESTA Y ORGANIZACIÓN DE LOS PUEBLOS , LOS GRUPOS SOCIALES , LAS ORGANIZACIONES PROGRESISTAS DE TODAS LAS CORRIENTES. ESTAS ACCIONES Y LAS MUESTRAS DE UNIDAD Y FUERZA TIENE QUE SER LA VÍA PARA FRENAR LA OLA OLIGÀRQUICA. CONSIDERO QUE ES LA FORMA PARA CONTRARRESTAR Y TRIUNFAR. LA PARTICIPACIÓN ACTIVA DE LOS PUEBLOS ES DECISIVA, PUÉS AL FINAL SIEMPRE SERÁN LOS MÁS PERJUDICADOS,COMO LO HA DEMOSTRADO LA HISTORIA. ES LO QUE PIENSO DE LO QUE OBSERVA. NICARAGUA ES HOY,JUNTO A VENEZUELA, CUBA,BOLÍVIA. PERO EN LOS PLANES ESTÁN TODOS INCLUÍDOS.NADIE SE ESCAPARÁ , SI LOGRAN ACABAR CON LOS QUE ESTÁN RESISTIENDO Y FRENANDO EL ATAQUE.

  • opinion dijo:

    Es una lastima que solo manejen informacion de un lado y entonces emitan criterios basados en lo que quieren que ustedes digan.

Se han publicado 7 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

Patricio Montesinos

Patricio Montesinos

Periodista español residente en La Paz, Bolivia. Es corresponsal de Cubadebate.

Vea también