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Nuevas facultades para la organización salarial de empresas estatales entran en vigor este 1ro de agosto


A partir de este primero de agosto entrarán en vigor las nuevas normas que amplían las facultades del sector empresarial estatal para aprobar su organización salarial, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 164, del 29 de julio de 2026, que faculta para este propósito a las empresas no estatales.

La información fue ofrecida en conferencia de prensa por Jesús Otamendi, ministro de Trabajo y Seguridad Social, y Guillermo Sarmiento Cabañas, director de Organización del mencionado ministerio.

El contenido del referido Decreto 164 y sus normas complementarias serán publicados hoy mismo en la Gaceta Oficial.

El Decreto tiene como objetivo establecer las regulaciones que acreditan a las entidades empresariales del sistema estatal para determinar, de forma descentralizada, la organización de su sistema salarial.

La número 9 de las transformaciones previstas pretende descentralizar hacia el sistema empresarial estatal la facultad de aprobación de la escala salarial.

Los niveles salariales serán negociados con los trabajadores, con la participación del sindicato, y teniendo en cuenta que los sueldos dependerán de la capacidad económica y financiera de la empresa.

El documento jurídico elimina las restricciones y límites establecidos en relación con:

Sarmiento Cabañas insistió en que es necesario esclarecer que a mayor eficiencia y productividad serán más altos los salarios.

Los propios trabajadores serán responsables, con su desempeño laboral, de que la empresa crezca y puedan recibir mejores ingresos.