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Cuba reduce las actividades prohibidas para el sector no estatal y anuncia nuevas flexibilizaciones (+ PDF)

En consonancia con las trasformaciones económicas y sociales aprobadas por la Asamblea Nacional, las autoridades cubanas han anunciado la reducción de las actividades no autorizadas para el sector no estatal.

La medida, que incluye la derogación del Decreto 107 y la implementación de un nuevo marco legal, busca ampliar la participación de los actores económicos privados en la economía nacional, en un contexto de profundas dificultades financieras y el recrudecimiento del bloqueo estadounidense.

La información fue ofrecida en conferencia de prensa por la presidenta del Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales, Lázara Mercedes López Acea, quien detalló los alcances de esta actualización normativa que impacta directamente a empresas privadas, micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia.

Un proceso de escucha y actualización en medio de un contexto complejo

López Acea explicó que el nuevo decreto es el resultado de un "proceso de revisión, actualización e intercambio" con los propios actores económicos no estatales. "Escuchamos cuáles eran sus preocupaciones, algunas insatisfacciones, las recomendaciones y sugerencias", señaló, subrayando que el objetivo es que estas actividades no solo contribuyan al aporte económico con sus resultados, sino también a la mejora de los servicios y ofertas para la población.

La funcionaria enmarcó la decisión en el complejo escenario que atraviesa la isla, agravado por "el recrudecimiento del bloqueo económico, comercial, financiero y energético impuesto por el gobierno de los Estados Unidos". Asimismo, vinculó la actualización a las transformaciones económicas y sociales aprobadas en la reciente Asamblea del Poder Popular celebrada en junio, que aconsejaron proceder a revisar las actividades que debían autorizarse o flexibilizarse para estar en coherencia con los nuevos lineamientos del país.

Coherencia con otras medidas estructurales: el Decreto-Ley 114

La presidenta del instituto fue enfática en señalar que esta flexibilización no es un hecho aislado, sino que forma parte de un paquete de medidas estructurales. En este sentido, recordó la existencia del Decreto-Ley 114, que ya permite la asociación económica y la creación de empresas mixtas entre entidades estatales y no estatales.

"Esto complementa todas estas medidas que se han venido tomando y realmente permite, facilita la participación de los actores económicos no estatales en la economía del país", afirmó López Acea, subrayando que el nuevo decreto y el Decreto-Ley 114 actúan de manera sinérgica para derribar barreras y facilitar la inserción del sector privado en el entramado productivo nacional.

Reducción histórica de actividades prohibidas

El punto central del anuncio es la notable disminución de las actividades vedadas para el sector no estatal. Según detalló la presidenta del instituto, el anterior Decreto 107 contenía un listado de 125 actividades prohibidas. Con la nueva normativa, que deroga al anterior, se ha producido una reducción sustancial:

En términos prácticos, esto se traduce en que el nuevo decreto mantiene un número significativamente menor de actividades reguladas o prohibidas, ampliando de manera considerable el espectro de acción para los emprendedores y empresarios privados en la isla.

Sectores estratégicos y ramas económicas beneficiadas

López Acea detalló que la flexibilización abarca un amplio abanico de sectores productivos y de servicios, lo que permitirá un mejor aprovechamiento de la capacidad instalada y del capital humano formado en el país. Entre las ramas que se verán beneficiadas, mencionó:

"De manera coherente con las transformaciones económicas y sociales que se han venido aprobando, estamos favoreciendo no solo el desarrollo de las fuerzas productivas en el entorno estatal, sino también en esa conexión con el sector estatal", puntualizó la funcionaria.

Mayor participación, mejor aprovechamiento del capital humano

Uno de los argumentos centrales de la medida es la optimización del capital humano. La presidenta del instituto destacó que Cuba cuenta hoy con un alto nivel de técnicos y profesionales que se desempeñan tanto en el sector estatal como en el no estatal.

"La flexibilidad de esas actividades va a permitir que contemos con todo ese capital humano para poder impulsar la economía", afirmó, añadiendo que la nueva normativa también facilitará una "mejor utilización de la capacidad productiva existente en el país en diferentes ramas de la economía", lo que, de implementarse correctamente, podría aportar resultados significativos.

Expresión territorial: el impulso a las economías locales

López Acea hizo hincapié en que la flexibilización no solo tendrá impacto a nivel central, sino que tendrá una "expresión también en los municipios, en las localidades". La medida permitirá que todo el potencial de actores económicos, tanto estatales como no estatales, se ponga en función de las soluciones a los problemas locales y al desarrollo de actividades económicas desde el nivel territorial.

"Todo lo que estamos haciendo va a permitir no solo una mirada del nivel central, sino que también [...] va a permitir que todo el potencial que tenemos hoy de actores económicos, tanto estatales como no estatales, puedan aportar y puedan ponerse en función de las soluciones de los problemas locales", subrayó.

Cifras del tejido empresarial: más de 15.600 Mipymes aprobadas

En un dato relevante sobre el crecimiento del sector, la presidenta del Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales informó que en la actualidad existen más de 15.600 micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) ya aprobadas en el país. Se estima que para finales del mes de agosto, esa cifra ascenderá a prácticamente 16.000, a partir del proceso de aprobación de nuevas solicitudes.

"Con ese entramado de prácticamente hoy unas 15.600 y otras que están en proceso que completan casi unas 16.000, el sistema empresarial, el tejido empresarial del país realmente se incrementa", afirmó, destacando la consolidación de un ecosistema empresarial diverso y en expansión.

Aclaración: no es un proceso de privatización

En un momento clave de su intervención, Lázara Mercedes López Acea fue contundente al despejar cualquier interpretación que pudiera sugerir un giro hacia la privatización de la economía cubana.

"No es que estamos yendo a la privatización de la economía", enfatizó. "Mantiene la empresa estatal socialista ese papel fundamental que como empresa tiene, como este eje fundamental tiene, pero evidentemente se está ampliando y se le está dando más participación a los actores económicos no estatales".

La funcionaria explicó que la ampliación del espacio para el sector no estatal responde al potencial que estos actores tienen en términos de capital humano, recursos y capacidad de financiamiento e inversión, lo que les permite "incurrir en determinadas inversiones que pueden desarrollar las diferentes ramas de la economía" y, por tanto, tener una mayor participación en correspondencia con las necesidades del país.

Objetivos finales: bienestar de la población e igualdad de condiciones

López Acea resumió los dos grandes objetivos de esta flexibilización:

  1. Aportar al bienestar de la población, mejorando la prestación de servicios y la oferta de bienes a los ciudadanos.

  2. Poner en igualdad de condiciones a todos los actores económicos de la economía, favoreciendo el desarrollo de las fuerzas productivas en el sector no estatal e incrementando el sistema empresarial del país en todas sus ramas.

"Estamos entonces definiendo en este decreto, en esta flexibilización del decreto, una reducción notable de las actividades que no estaban autorizadas, por tanto se autorizan o condicionan un nivel importante de actividades que permite la participación de los actores económicos no estatales en la economía y poder entonces también aportar al bienestar de la población", concluyó.

Se aprueba la gestión de servicios farmacéuticos para MiPymes y cooperativas

El Ministerio de Salud Pública de Cuba anunció este miércoles importantes novedades en el marco del nuevo decreto que reduce las actividades prohibidas para el sector no estatal, al tiempo que ratificó que la atención médica en sus tres niveles continúa siendo una actividad reservada de manera exclusiva al Estado.

La información fue ofrecida por Cristina Lara Bastanzuri, directora nacional de Medicamentos y Tecnologías Médicas del Ministerio de Salud Pública, durante la conferencia de prensa encabezada por la presidenta del Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales, Lázara Mercedes López Acea.

Lara Bastanzuri fue clara desde el inicio de su intervención: en el nuevo decreto que deroga el anterior Decreto 107, la atención médica sigue sin estar permitida para los actores económicos no estatales.

"La atención médica sigue siendo de encargo estatal, sigue estando la actividad médica en sus tres niveles de atención garantizada para la población cubana con los servicios hospitalarios gratuitos, como ustedes ya lo saben", afirmó la funcionaria.

Destacó que la actividad profesional y técnica que se realiza en la atención médica y en los servicios de salud "sigue estando regulada estatalmente y liderada, por supuesto, metodológicamente por el Ministerio de Salud Pública".

La gran novedad: servicios farmacéuticos para Mipymes, cooperativas y empresas privadas

Si bien la atención médica permanece como un ámbito reservado al Estado, la directora nacional señaló que "hay un grupo de actividades que sí hemos dado de alguna manera oportunidad de acompañamiento de las nuevas formas de gestión".

Lo más novedoso en el sector salud, según explicó, es la flexibilización para la participación de actores no estatales en la gestión de los servicios farmacéuticos. Esta apertura está dirigida fundamentalmente a:

  • Micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes)

  • Cooperativas no agropecuarias

  • Empresas privadas

Estas figuras podrán, a partir de ahora, prestar servicios farmacéuticos, siempre que cumplan con un estricto conjunto de requisitos establecidos por el Ministerio de Salud Pública.

Requisitos y regulaciones para las nuevas farmacias no estatales

Lara Bastanzuri enfatizó que "todo el tema de la gestión de los medicamentos es altamente regulado" y que la participación del sector no estatal "también va a ser regulada". Para poder prestar el servicio farmacéutico, los interesados deberán cumplir con:

  1. Locales adecuados: no puede ser el portal de una casa ni un local que no reúna las condiciones óptimas de humedad, temperatura y almacenamiento para preservar los medicamentos.

  2. Personal farmacéutico calificado: se requiere contar con profesionales farmacéuticos capacitados para prestar el servicio.

  3. Habilitación por Salud Pública: el Ministerio de Salud Pública habilitará los locales y, a partir de esa habilitación, se otorgará la licencia operativa que permitirá la extensión del objeto social de la entidad para brindar el servicio farmacéutico.

  4. Medicamentos con registro sanitario: las farmacias no estatales solo podrán disponer de medicamentos que cuenten con registro sanitario y autorización de comercialización, garantizando así la seguridad de los productos que se ofrecen a la población.

Un complemento a la red estatal ante el desabastecimiento

La directora nacional explicó que esta medida está intencionada para que "un porcentaje de la población pueda hacer una alternativa a nuestra farmacia en el tema del desabastecimiento que ellos están teniendo".

El objetivo es que estas nuevas farmacias se conviertan en "un lugar donde la población puede encontrar el medicamento que necesita de forma segura", con la garantía de que los productos cuentan con registro sanitario y autorización de comercialización.

Lara Bastanzuri fue enfática en señalar que la red de farmacias comunitarias estatales no se ve afectada por esta medida. "Farmacias comunitarias que tienen precio, como ustedes saben, altamente subsidiado y que responden a las necesidades de la población y que además por encima de todas las cosas vamos a proteger", afirmó.

Precisó que estas instituciones "se mantienen con los mismos precios que hasta hoy tiene, se mantiene el personal farmacéutico brindando servicio" y que el país está inmerso en un grupo de medidas para incrementar la disponibilidad de medicamentos en la red estatal, en medio de la situación compleja actual.

Control y supervisión conjunta

La funcionaria adelantó que se establecerá un sistema de control conjunto entre el Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales y el Ministerio de Salud Pública, para garantizar que "todo lo que se ha establecido que permitió la apertura de ese local no se distorsione".

Se supervisará:

  • La calidad de los medicamentos que se reciben

  • El servicio que se presta

  • Los precios que se aplican

"De alguna manera de conjunto garantizaremos que esas entidades funcionen de forma adecuada como complemento a la actividad de medicamentos que gestiona hoy y que liderea el sistema de salud pública", concluyó.

Salud Pública autoriza residencias de cuidados diurnos y permanentes para adultos mayores

El Ministerio de Salud Pública anunció este miércoles la aprobación de una nueva modalidad de atención para adultos mayores a través de la forma de gestión no estatal, denominada residencia de cuidados diurnos y residencia de cuidados permanentes, que podrán operar con una o ambas modalidades de atención.

La información fue ofrecida por el Dr. Alberto Fernández Seco, jefe del departamento de Adulto Mayor, Asistencia Social y Salud Mental del Ministerio de Salud Pública

Una respuesta al envejecimiento poblacional y la demanda de cuidados

El Dr. Fernández Seco contextualizó la medida dentro de la política que tiene Cuba para atender la dinámica demográfica, en un país que enfrenta un acelerado envejecimiento de su población. Actualmente, se estima que el 26,7% de la población cubana es adulta mayor, una cifra que se acerca al 27%.

"Uno de los retos que tiene la sociedad cubana hoy es el tema del cuidado", afirmó el especialista, quien explicó que los sistemas de salud fueron diseñados para la promoción, prevención, atención y rehabilitación, pero que el cuidado ha sido históricamente una responsabilidad asumida por el sistema de salud cubano.

Hasta ahora, el país cuenta con 156 hogares de ancianos y 307 casas de abuelos, instituciones de carácter social que continuarán ampliándose conforme a la política establecida, que incluye el incremento de estas instituciones, la recuperación de camas y plazas activadas, y la mejora del confort de las mismas en conjunto con los gobiernos locales.

Demanda de cuidados: cifras y necesidades

El Dr. Fernández Seco citó estudios que revelan la magnitud de la demanda de cuidados en la población adulta mayor:

  • El 1,3% de los adultos mayores demandan cuidados permanentes.

  • El 2,2% demandan cuidados diurnos.

Añadió que el envejecimiento, sumado al fenómeno migratorio (tanto al exterior como la migración interna), ha llevado a un incremento de personas adultas mayores que viven solas, lo que "demanda también un incremento de los cuidados".

Características de las nuevas residencias de cuidados

La nueva modalidad aprobada para el sector no estatal permitirá la creación de residencias de cuidados diurnos, residencias de cuidados permanentes o instituciones que combinen ambas modalidades. Estas vienen a complementar la oferta estatal existente y a responder a la creciente demanda de cuidado en el país.

El doctor detalló los principales aspectos regulatorios de esta nueva forma de gestión:

1. Capacidad máxima y cupo reservado para vulnerables

  • Capacidad máxima: cada institución podrá tener hasta un máximo de 60 plazas, ya sea para modalidad interna (permanente) o semiinterna (diurna).

  • 10% reservado para el Estado: de esa capacidad, el 10% de las plazas serán destinadas a personas vulnerables, con un mecanismo de asignación establecido por el Ministerio de Salud Pública, similar al que rige para la asignación de plazas en hogares de ancianos estatales.

  • El pago de ese 10% será el establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios para las casas de abuelos y hogares de ancianos certificados.

"Ahí nos permite a nosotros que mientras más instituciones de este tipo ahora, más capacidades tenemos a favor para los casos vulnerables de la comunidad", destacó Fernández Seco.

2. Atención médica a cargo del médico de familia

Un aspecto clave de la regulación es que las residencias de cuidados no contarán con médico propio. La atención médica será garantizada por el médico de familia del área de salud donde esté enclavada la institución, quien la visitará al menos una vez al mes.

"La residencia de cuidados permanentes va a ser atendida por un médico de familia o por el médico determinado por el director del municipio una vez al mes", precisó el doctor, añadiendo que esta misma lógica se aplica ya en las casas de abuelos.

3. Capacitación obligatoria de cuidadores y titulares

La capacitación será impartida por las áreas de salud, que otorgarán un certificado que acredite que están preparados para el cuidado de adultos mayores.

4. Vínculo sistemático con el área de salud

El área de salud a la que pertenezca la institución mantendrá un vínculo constante con la residencia. Especialistas como el epidemiólogo, el higienista y la dietista del policlínico darán seguimiento a la institución, de manera similar a como ocurre con las casas de abuelos.

"Todo lo demás corre por supuesto por responsabilidad del titular", aclaró el doctor, en referencia a la alimentación y otros aspectos operativos y de gestión.

Complemento al sistema estatal, no privatización de la salud

El Dr. Fernández Seco fue categórico al señalar que esta medida "viene complementando el incremento de la demanda de cuidado" y que no constituye una privatización de la salud pública.

"Esto es social, no es asistencial. O sea, si de alguna forma estamos privatizando, cuidado, no la salud pública", enfatizó, dejando claro que la atención médica sigue siendo responsabilidad del Estado y que estas instituciones son un complemento al sistema de cuidados existente.

El especialista subrayó que para la elaboración de esta normativa se tuvieron en cuenta "todas las experiencias internacionales" con relación a estas modalidades de atención, que existen en cualquier parte del mundo.

Incluso se consideraron los errores cometidos internacionalmente, especialmente los evidenciados durante la pandemia de COVID-19, cuando muchas instituciones de cuidados privadas "quedaron a la deriva porque no tienen una participación del Estado".

En contraste, Fernández Seco destacó que en el modelo cubano el Estado mantiene el control y la atención sistemática a este tipo de instituciones, por lo que "no queda improvisada, sino que está bien establecido".

MINCIN flexibiliza el comercio mayorista para el sector no estatal

El Ministerio de Comercio Interior (MINCIN) anunció este miércoles importantes modificaciones en la regulación del comercio mayorista y minorista para los actores económicos no estatales, como parte del nuevo decreto que deroga el anterior Decreto 107 y reduce sustancialmente las actividades prohibidas para el sector privado en Cuba.

La información fue ofrecida por el viceministro primero del MINCIN, Yosvany Pupo Otero, durante la conferencia de prensa.

Antecedentes: resoluciones 56 y 18, y su polémica

Pupo Otero recordó que el Decreto 107, en su disposición transitoria única, mandató a la entonces ministra del Comercio Interior a establecer las normas para el ordenamiento de la comercialización tanto mayorista como minorista. Como resultado, en octubre de 2024 se emitió la Resolución 56, que resultó "polémica en su momento" porque establecía condiciones que limitaban la actividad comercial de los actores no estatales.

"A partir de esas polémicas y con un principio básico que siempre existe en el país que es oír a toda la población y en este caso a los actores, se desarrollaron recorridos por todo el país", explicó el viceministro, quien añadió que se escucharon los criterios de los actores económicos, que argumentaban que la normativa "no respetaba la voluntad de las partes".

Posteriormente, en 2025 se emitió la Resolución 18, que extendió los plazos para que las Mipymes y cooperativas no agropecuarias pudieran desarrollar su actividad comercial.

Derogación de las resoluciones 56 y 18

Con la entrada en vigor del nuevo decreto, Pupo Otero anunció que se derogan tanto la Resolución 56 como la Resolución 18 de la ministra del Comercio Interior, que establecían el proceso de emisión, tramitación y control de todas las licencias comerciales vinculadas a la actividad de los actores económicos no estatales.

"Con las modificaciones que acaba de explicar Mercedes y que ya son públicas en Gaceta en el día de hoy, no tiene razón de ser que exista la resolución 56 y la resolución 18", afirmó.

Novedades en la sección F del nuevo decreto

El viceministro detalló los principales cambios introducidos en la sección F del nuevo decreto, relativa a las actividades de comercio, gastronomía y servicios:

1. Comercio mayorista: voluntad de las partes y sin condicionamientos

  • No está condicionada a relaciones con entidades estatales: la realización de la actividad del comercio mayorista ya no está condicionada a que los actores no estatales establezcan relaciones contractuales con entidades estatales. "Está sobre la base de la voluntad de las partes", enfatizó Pupo Otero.

  • Puede ser actividad principal o secundaria: tampoco se exige que el comercio mayorista sea la actividad principal de la entidad. Puede desarrollarse tanto como actividad principal como secundaria, eliminando así una de las principales críticas a la normativa anterior.

  • Se mantiene la prohibición para trabajadores por cuenta propia: sin embargo, el nuevo decreto mantiene la prohibición de que los trabajadores por cuenta propia realicen actividades de comercio mayorista. Los argumentos, según Pupo Otero, son "múltiples", relacionados con la cantidad de trabajadores vinculados a esta actividad y las complejidades que conlleva.

2. Comercio minorista: abierto a todos los actores

El comercio minorista "lo podrán seguir haciendo todos los actores", incluyendo a los trabajadores por cuenta propia, las Mipymes, las cooperativas no agropecuarias y los productores, quienes también podrán vender sus producciones tanto al por mayor como al por menor.

Obligación de inscripción en el Registro Central Comercial

Pupo Otero recordó que todos los actores económicos tienen la obligación de inscribirse en el Registro Central Comercial, una norma que "data de 1993" y que se mantiene vigente. Esta obligación no es exclusiva para los actores no estatales, sino que aplica a todos los actores económicos y otros que se autoricen en este proceso.

El viceministro adelantó que próximamente se modificará el Decreto 184 que rige este registro, con el objetivo de "flexibilizar términos" y "agilizar trámites". Estas modificaciones responden a dos ejes temáticos de las transformaciones económicas y sociales:

  • Eje temático número 1: reducir los términos y trámites, y eliminar la limitación de que las actividades productivas y de servicios deban realizarse solo como actividad principal o secundaria.

  • Eje temático número 19: transformaciones en el comercio, la gastronomía y los servicios, dirigidas a una mayor presencia de los actores económicos no estatales.

Requisitos técnicos y formales sin carácter retroactivo

Un elemento novedoso que se incorpora es la exigencia de requisitos formales y técnicos para la inscripción en el Registro Central Comercial, siguiendo el derecho comparado de "cualquier parte del mundo", donde para realizar una actividad comercial se deben cumplir ciertos requisitos.

Pupo Otero aclaró que estos requisitos no tienen carácter retroactivo: los actores que ya estén funcionando "perfectamente podrán seguir funcionando su actividad sin tener que hacer ninguna modificación". Existirá un término para la comprobación de estos requisitos, permitiendo que el actor económico "vaya creando las condiciones y fomentando las ofertas de bienes y servicios".

El viceministro destacó la posibilidad de que los actores no estatales utilicen la infraestructura existente del comercio estatal, en línea con la transformación 149 del eje temático número 19, que prioriza "las formas de gestión no estatal" en el proceso de transformación de la gestión administrativa del comercio, la gastronomía y los servicios.

"Es una ventaja poder utilizar la red que hoy existe a lo largo de todo el país", afirmó.

Beneficios para la población y el mercado interno

Pupo Otero resumió los beneficios de estas modificaciones:

  • Mayores ofertas de bienes y servicios para la población.

  • Eliminación de condicionamientos que limitaban el acceso a bienes en las modalidades mayorista y minorista.

  • Favorecimiento del mercado interno cubano, al ampliarse las posibilidades de participación de los actores económicos no estatales.

"Es un decreto que permite que todos ganemos y el que más gana es la población", concluyó el viceministro.