La presentación de la Declaración Jurada del impuesto sobre utilidades que presentan las personas jurídicas, se hace con firma digital desde el año pasado, según lo establece la Resolución 8 del 2024 del Ministerio de Finanzas y Precios publicada en la Gaceta Ordinaria No 15 del 15 febrero del 2024, que en su Resuelvo Único plantea:
“Disponer con carácter obligatorio, la presentación en formato digital de la Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades, correspondiente a las personas jurídicas, de conformidad con las indicaciones que disponga la Oficina Nacional de Administración Tributaria”.
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