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Disponibles anteproyectos de leyes a presentar en Asamblea Nacional

En este artículo: Asamblea Nacional, Cuba, Leyes, Política, Sociedad
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Dichos documentos serán presentados al análisis de los diputados de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Foto: ACN

Los anteproyectos de leyes de los Tribunales de Justicia, del Proceso Administrativo, del Código de Procesos y del Proceso Penal, presentados el pasado viernes por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular a la Asamblea Nacional del Poder Popular, ya están disponibles para la consulta de toda la población.

Dichos documentos serán presentados al análisis de los diputados de la Asamblea Nacional del Poder Popular, y a partir de sus opiniones la Comisión Permanente de Trabajo de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del Parlamento realizará las correcciones pertinentes, de conjunto con los ponentes de estas normas, las que serán sometidas a consideración de la Asamblea Nacional del Poder Popular, refiere el sitio web oficial del legislativo.

Los interesados pueden acceder a los anteproyectos a través de estos enlaces:

(Con información de ACN)

Se han publicado 7 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

  • Juan Carlos dijo:

    Proyectos que no son efectivos en la lucha contra la corrupción empresarial y administrativa.

  • Protesta de baraguá dijo:

    Lo que más me preocupa de ésta noticia es que nos dice que ya los anteproyectos están disponibles para consulta de la población pero no sé especifica cómo los diputados se retroalimentarán de las opiniones de la población...o mejor dicho: qué canales comunicativos puede usar la población para hacer llegar sus planteamientos sobre los anteproyectos tanto a los diputados que los representan así como al Tribunal Supremo Popular... es decir: ¿Funcionan o no funcionan los portales del ciudadanos y la fase 2 del gobierno electrónico en Cuba ?

  • ariel dijo:

    Que buena noticia. Yo soy un critico del procedimiento penal de nuestro país.
    En el año 2012 yo fuí acusado de malversación cuando todos los elementos estaban claro que yo no calificaba como tal, estuve detenido 4 meses hasta el día del juicio donde quedó probada mi inocencia. La Instrucción Penal y la Fiscalia no actuaron correctamente; el Tribunal sí.

  • arturo ferradola ibañez dijo:

    Y la Ley de las PYMES cuándo?

  • Eugenio Boudet Flores dijo:

    En el procedimiento penal se faculta al fiscal para decretar medidas cautelares y otras a pesar de estar directamente involucrado con la investigación del caso, lo que lo convierte en juez y parte, lo correcto sería que esta facultad sea determinada por una autoridad judicial en base a los resultados de la investigación realizada.

  • BM21 dijo:

    Muy bien que se esten cumpliendo los plazos acordados para actualizar la legislación, en el caso específico de la Ley de procedimiento penal pienso que en lo referido al comiso de productos debe fijarse que su destino se de luego del juicio pues con la norma actual se proiducen muchas injusticias, he visto dovolverle 200 pesos cubanos a una persona por un televisor que le costo 200 USD. En el proyecto de Ley esto no cambia mucho segun entendi.

  • Lissette Carrasco dijo:

    Sobre los anteproyecto de leyes en particular el del proceso administrativo. Creo muy necesario que la ley le otorgue al ciudadano mayores posibilidades para defenderse en cedes judiciales, de actuaciones,o silencios de las administraciones que lesionen sus derechos. Mi caso es una muestra de ello,catalogado por especialistas en la materia COMO UN MONUMENTO A LA ILEGALIDAD. Desde el 2016, solicite a la DMPF de Plaza de la Revolución, una correcta descripción de mi vivienda, para poder inscribirla en el Registro de la Propiedad,aportando mis documentos ratificados por CINCO SENTENCIAS Y TRES AUTOS FIRMES HASTA LA ULTIMA INSTANCIA DESDE EL AÑO 2003.
    La DMPF hace dos resoluciones ambas ANULADAS por el TPP con la sentencia nro. 118/18 exp. admtvo nro. 375/17 que ratifica la vigencia de la resolución nro.1494/03 exp. nro. 247/99 y el auto nro.65/19 admtvo nro. 437/18, la DMPF hace su tercera resolución más violatoria que las anteriores Y desde el 28 de diciembre del 2020 esta mi demanda en el TPP y la ADMINISTRACIÓN no se ha presentado aun,este proceder de la DMPF reiterada durante todo el proceso reafirma la necesidad de una ley para ampliar las facultades del Tribunal para garantizar la ejecución efectiva de las decisiones judiciales en esta materia.
    Agradeciendo su atención.
    Haydee Gamez Avila
    Jubilada,
    teléfono 78304625
    calle 17 #1357 bajos e/ 24 y 26

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