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Gaceta Oficial publica normas jurídicas sobre paquete de medidas para fortalecer a la empresa estatal socialista (+PDF)

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En la imagen, trabajadores de la Antillana de Acero. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

Este 7 de mayo, la Gaceta Oficial No.51 Ordinaria de 2021 publicó las normas jurídicas inherentes al paquete de 15 medidas que busca el fortalecimiento y la transformación de la empresa estatal socialista.

Las normas en cuestión incluyen dos decretos leyes aprobados por el Consejo de Estado: el No.34 “Del Sistema Empresarial Estatal Cubano” y el No.36 “Modificativo de la Ley 105 ‘Ley de Seguridad Social’, del 27 de diciembre de 2008”. Comprenden también el Decreto 39, “Modificativo del Decreto 283 Reglamento de la ‘Ley de Seguridad Social’”, que databa del 6 de abril de 2009.

El Decreto Ley No.34 ratifica a la empresa estatal socialista como el sujeto principal de la economía nacional; con autonomía en su administración y gestión, al tiempo que posee el principal rol estratégico en la producción de bienes y servicios.

Ese Decreto Ley contiene las 15 medidas que conforman el paquete de disposiciones legales anunciadas por el Ministerio de Economía y Planificación desde septiembre de 2020. Estas ofrecen especial atención a cómo robustecer a la empresa social socialista. Asimismo, pretenden enrumbar a esta última hacia su necesaria transformación, lo que deberá redundar en mejores condiciones para garantizar que el sistema de empresas estatales dé el salto productivo, así como en la prestación de servicios y en términos de calidad dentro de la vida económica del país.

Entre las facilidades aprobadas ya en 2020, destacan: la flexibilización de la distribución de aquellas utilidades retenidas después de impuestos; así como la generalización a todo el sistema empresarial del llamado pago por alto desempeño, entre otras.

Al amparo de las nuevas normativas, los cubanos que ya se habían acogido a la jubilación laboral pueden ser recontratados otra vez, incluso en el mismo cargo que ocupaban en el momento del retiro, siempre y cuando resulte interés de la empresa.

En relación con las pensiones, se ha modificado el cálculo de las mensualidades para quienes suman más de 45 años de trabajo y decidan reincorporarse por espacio de otro quinquenio.

Estas y otras medidas ayudan a destrabar procesos y dotan a las entidades del sistema empresarial de herramientas capaces de alinearlas, en mayor medida, con la estrategia del país para continuar desarrollando su economía.

  • Descargue la Gaceta Oficial No.51 Ordinaria de 2021 (PDF 820 KB)

Foto: Irene Pérez/Cubadebate.

Se han publicado 32 comentarios



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  • Ramon Lugo dijo:

    Y para cuando lo de la pequeña y mediana empresa no estatal??

    • Leonar2 dijo:

      No solo la no estatal. También... dónde está la pyme estatal? Es que solo sabemos de grandes empresas monopólicas soviéticas, que no haya competencia, que haya inmovilismo y falta de creatividad.

  • Guajiro del monte dijo:

    Siempre he defendido la propided estatal y con ella la empresa estatal( socialista como todas las formas de propiedad refrendadas en la constitución) o hay otra forma de propiedad estatal, pero promover el aporte de todos seria lo mejor en estos momentos, el socialismo es la suma de todos los aportes y en pago recibir en lo individual y en lo colectivo el aporte de todos. Me iría por grupos empresariales nacionales mixtos desde el municipio al país. Por ejemplo una empresa agrícola fuerte y potente con unas fincas ineficientes e insuficiente. Creo que no nos lleva a ningún lado. Explicar motivar defender el socialismo práctico y real es necesario. CUBA POTENCIA AGRICOLA MUNDIAL.

  • Mmlanda dijo:

    Hasta el mmto no veo cambios significativos, la empresa necesita tener libertad respecto al salario, ese es el centro de atención! Solo eso hace falta.

  • Luis dijo:

    Sinceramente no creo que estas nuevas normas jurídicas vayan a resolver algo a corto plazo. Y la situación a la que ha llegado el país, demanda medidas para resolver esta crítica situación (en todos los sentidos) a corto plazo. No me considero pesimista. Me considero realista. Gracias!!!

  • Rolando dijo:

    Me preocupa los jubilados que se vuelven a contratar recogen 2 salarios y no rinden al 100% porque la edad no lo permite y existen un grupo de jovenes graduados que no pueden ocupar esos cargos ya que están ocupadas

    • El ingeniero dijo:

      O solito comentario, aún me faltan mucho años para la jubilación pero veo más de una jubilado que tienen tanta experiencia que hacen el trabajo mucho más rápido y mejor que cualquier joven recién graduado. Creo que hay que darle oportunidad a los jóvenes, pero a los buenos, pues muy pocos aman el trabajo y trabajan con sentido de pertenencia como lo hace quien lleva toda una vida dedicado a una labor.

    • lj87 dijo:

      Jubilados que deseen continuar activos debiesen emplearse en formas no estatales y desearles espacio a las nuevas generaciones. Conozco de muchos que son amigos les del director y más que buenos trabajadores son una plaga pero amigos del director al fin. Mi opinión!

  • Gloria Ilem Díaz Portal dijo:

    Con el decreto 39 muy decepcionada, no sirvió los retiros para los de más de 500 peso y con esto peor. Afectados jubilados que recibian 500 pesos o más y los recontratados.

    • Gloria dijo:

      62 años

  • pedro dijo:

    no entendí algo por favor aclarar los trabajadores de prestigios tienen voto pero el secretario general del sindicato no, solo voz, no es miembro del consejo de dirección de pleno derecho, entonces como es que es capaz de firmar un convenio colectivo de trabajo y solo ser un invitado permanente?

  • VICTOR KOZASKI dijo:

    ENTIENDO LO DE SOCIALISMO PERO TENEMOS UN PROBLEMA NO EXISTE LA INCENTIVA DE PRODUCIR EL DESARROLLO TIENE QUE ESTAR CENTRALIZADO PERO LA PRODUCION MAS ABIERTA PARA DESARROLLAR AL PAIS TENEMOS QUE APRENDER DE VIETNAM Y CHINA , NO HAY OTRA ALTERNATIVA DE LO CONTRARIO SEGUIREMOS EN EL MISMO LUGAR QUE ESTAMOS Y ESPERANDO DIFERENTE RESULTADO SABIENDO QUE NO VA A HABER , HASTA QUE CAMBIEMOS PARA MEJORAR Y DESARROLLAR AL PAIS GRACIAS

  • Emilio.@ Nauta. Cu dijo:

    Murillo es necesario profundizar más el tema de la
    Jubilaciones actuales ya que solos los gasto no es la canasta básica lo dejo a su consideración.

  • Angel dijo:

    En mi humilde opinión no creo que esto cambie mucho. Las OSDE seguirán interfiriendo en las empresas y esta última tendrá q continuar haciendo lo que las Osde desidan. Mientras existan las Osde las empresas nunca serán nada!!!

    • emigdio dijo:

      en lo que respecta a ni OSDE y Acopio la misma visa.

  • Gloria dijo:

    El decreto 39 muy injusto, lo que deberían aprobar es que los jubilados recontratados puedan renunciar a su chequera y jubilarse por el nuevo salario.

    • Leonar2 dijo:

      Gloria, que edad tú tienes?

  • eloy dijo:

    Soy Jurista de mas de 30 años de servicios, al cumplir 65 años de edad, veía como hasta ese momento mis mejores años de Salario se me iban si no me Jubilaba, como no tenía ningún tipo de información y me encontraba como me encuentro en este momento en plenitud de mis facultades para seguir trabajando, me jubile para salvar mis mejores salarios en los últimos 15 años, en julio del 2019, cuando ya estaba jubilado y vinculado a mi misma actividad, se aprueba la Reforma general de salario y de $ 460.00 empiezo a devengar un salario de mas de mil pesos, por lo que a partir de esa reforma de salario mi salario Promedio al año superaba los salarios de los 5 mejores años en los últimos 15, pero ya estaba jubilado hice gestiones para renunciar a mi pensiòn y que se me considere trabajador normal, como no tenía ningún soporte jurídico que me amparara para esa solicitud y haber sido jubilado con el 94%, el trabajo que realizaba en mi misma actividad, solo me favorecida para resolver mi situación familiar, pero no me protegía para el futuro pues haber sido jubilado con el 94% me lo impedía. A partir del 1ro de enero se Aprueba la tarea Ordenamiento y empiezo a ganar 4850.00, pues soy master; de ahí que cuando decida jubilarme de nuevo con la ley que modifica la 105, mi jubilación, solo se incrementaría en $ 1164.00, por lo que sigo siendo perjudicado. Mi Criterio es que la Ley 36 que modifica la 105, debe ser revisada nuevamente y que se incorpore un nuevo Artículo que permita al Jubilado hacer entrega de la chequera por la que se le concedió su jubilación antes de la Reforma General de salario dispuesta en Julio del 2019 y que se incorporaron Al trabajo socialmente útil, dándole el derecho a presentar su jubilación nuevamente cuando ellos lo consideren. El Motivo mi jubilación en el 2017, me bajo con 987.00 con 47 años de trabajo y se me reconoció el 94%. Me jubile en el 2017; pero seguí trabajando en la misma actividad; pero ya con un nuevo salario de mas de mil pesos por haber decidido quedarme en el sector de salud Pública, donde me encuentro en la actualidad., por lo que ya llevo varios años trabajando solo para subsistir. Si se me permite hacer entrega de mi chequera y Darme el derecho a jubilarme cuando así lo considere, mi chequera nueva podría ser superior a los $ 6000.00 pesos pues sobrepasaría los 50 años de trabajo con salarios superiores y si en lo momento que decida dejar de trabajar, y pedir incremento de chequera, solo crecerá en 1194.00, Nunca llegaría A LOS $ 6000.00 Y REALEMENTE AHORA LOS PERJUDICADOS SOMOS LOS que hemos hecho posible estas nuevas escalas salariales. Respetuosamente pido se revise solo en el sentido de incorporar un artículo que permita renunciar a la chequera y acogerse solo al salario que devengue la Plaza que se encuentra ocupando el Jubilado.

  • Mmlanda dijo:

    Yo esperaba que en estas resoluciones se acotara la cantidad de personal de los OSDE

  • samuray dijo:

    Saludos, estimado Ing. discrepo con usted, entoces para que el país forma tantos profesionales jovenes, claro que existe el talento humano, lo real es que si a los jovenes graduados no le dan la oportunidad, responsabilidad, no se motiva, no se ve realizado en su trabajo y agregamos que tiene a un jubilado delante que no lo deja ni respirar, se van y muchas veces prefieren trabajar en una cafeteria o emigrar, en busca de otros horizontes. Creo que es hasta discriminatorio para los jovenes que no trabajen por que no tengan experiencia. Por ultimo trabajar rápido y mejor, no significa que tenga calidad. tenga buen día.

  • El chaparrero dijo:

    A mi criterio creo que la Resolución No. 375/2020 del Ministerio de Finanzas y Precios de fecha 8 días del mes de diciembre de 2020, publicada en la Gaceta Oficial No. 76 Extraordinaria de 10 de diciembre de 2020, Procedimiento para la distribución de utilidades a los trabajadores con un pago anticipado trimestral a cuenta de las utilidades creadas, en su cuerpo legal contradice en parte lo aprobado por el Consejo de Estado referido a las nuevas medidas para fortalecer la Empresa Estatal Socialista, cuando por acuerdo se aprobó Flexibilizar la distribución de utilidades a los trabajadores, eliminando el límite de hasta 5 salarios medios sin condicionarlo al cumplimiento o sobre cumplimiento de los indicadores directivos.
    Y me pregunto cómo es posible que dicha Resolución establezca requisitos que si están asociados a indicadores directivos como son en su inciso d donde se plantea que los gastos planificados y no ejecutados que estén vinculados directamente a la eficiencia empresarial, están excluidos de la distribución como parte de las utilidades.
    No es posible que supuestamente un gasto planificado que para mi criterio todos están vinculados directamente a la eficiencia empresarial y de no ejecutarlo será excluido de la distribución, entiendo que esta condición sancionaría doblemente al trabajador, pues cuando supuestamente se planifica un gasto, dígase materias primas o cualquier otro gasto, los cuales la Empresa no puede adquirir, provoca una afectación económica que incide directamente en los ingresos planificados y por consiguiente en la eficiencia económica de la Empresa y si sumado a esto ese gasto planificado que no se ejecutó por situaciones objetivas que atraviesa nuestra economía es excluido de la utilidad real obtenida afectaría directamente los ingresos de los trabajadores .
    Entiendo que si se aplica de esta forma no sería justo, más si sabemos que las Empresas retienen el 50% de las utilidades después del impuesto y el otro 50% se aporta por rendimiento de la inversión al presupuesto del estado, sin embargo a ese 50% no se le deduce los gastos planificados y no ejecutados como se le deduce al otro 50% que es del que se sustenta los ingresos de los trabajadores, entiendo que se hubiera actuado con justeza a la hora de elaborar la resolución ese gasto no ejecutado se le deduciría a las dos partes pasando a formar parte del capital de trabajo de la Empresa que al final sin esos recursos logra obtener eficiencia, y no solamente afectar al trabajador.
    Si sumado a lo antes expuesto se aprecia dentro de la Resolución aprobada igualmente se condiciona que excluyan además los Gastos diferidos de periodos anteriores lo que considero incomprensible si esos gastos se amortizan en el periodo actual por un plan de amortización previamente aprobado y se descargan dentro del resultado real obtenido con los montos aprobados, por lo que ya son deducidos dentro de la utilidad real obtenida, como es posible que igual que los gastos no ejecutados se deduzcan nuevamente del resultado por la eficiencia logrado al cual tiene derecho el trabajador afectándolos doblemente.
    También se deducen los ingresos por sobrantes de bienes y las pérdidas y faltantes en investigación, estas condicionantes hasta cierto punto se pueden entender, pero recordando que ellos uno de ellos es considerado como Gastos no deducibles a la hora de realizar la declaración de utilidades, pero no entiendo que se condicione la distribución a lo que plantea en su cuerpo legal dicha Resolución donde se expresa que se podrá distribuir hasta donde la disponibilidad de liquidez lo permita, lo que puede estar motivada por una mala administración de los recursos financieros con que cuenta la Empresa por parte de los dirigentes principales siendo perjudicado el trabajador, dígase cuando me refiero a una mala administración cuando en las Empresas ocurren hechos de corrupción y malversación que ocasionan robo y desvió de recursos lo que influyen directamente en la eficiencia económica de la empresa y por los cuales desembolsan grande sumas de efectivo los que al final afectan directamente el bolsillo de los trabajadores.
    Y termina la Resolución condicionando la distribución a no tener adeudos vencidos con el Fisco al cierre del período que se analiza, me pregunto qué pasaría si por omisión o descuido por la falta de control de quien le toca controlar, la empresa no realiza los aportes correspondiente en la fecha pactada y se incurre en adeudos vencidos, se afectaría directamente a un colectivo o solo a los responsables, la resolución no lo define.
    Como apreciamos el acuerdo del Consejo de Estado está claro y preciso cuando plantea, flexibilizar la distribución de utilidades a los trabajadores, no complejizarla, más si sabemos que posteriormente se redactaran los reglamentos de pago que finalmente vienen aparejado a dicha resolución donde la administración se toma el derecho en muchas ocasiones sin la previa consulta con la Sección Sindical, y en muchas ocasiones impuesto por desconocimiento y falta de preparación de algunos cuadros sindicales un sien número de condicionantes y requisitos que ni el mago de la película podría cumplir, dificultando a un más que el trabajador pueda mejorar sus ingreso que al final es que verdaderamente con su esfuerzo logro el mismo.
    Llamo la atención sobre lo antes expuesto en esta opinión de la cual me hago directamente responsable porque pienso que es a lo que nos está llamando hacer la máxima dirección del país y no estamos haciendo y es a cambiar nuestra mentalidad, a sentirnos dueños verdaderos de los recurso que el estado pone en nuestra manos y que de esos recursos depende el sustento de nuestras familias y nuestro país, con el oído puesto realmente sobre la tierra, no solo para escuchar sino para solucionar todo aquello que nosotros mismos complejizamos y lo dificultamos con nuestro actuar.

    • Cienfueguero dijo:

      Realmente pense que era el único que pensaba y que se habia dado cuenta de esto era yo solamente, excelente explicación, al final los trabajadores que generamos las utilidades somos los mas afectados

    • BM21 dijo:

      Chaparrero muchos pensamos como Ud. pero en la misma fecha en que salio la Resolución 375 del MFP salio la GO No 69 publicando la Resolución No 71 del MTSS que refiriendose a la distribución de utilidades dice entre otras cosas que: QUINTO: Corresponde al jefe de la entidad, previo análisis en el Consejo de Dirección y de común acuerdo con la organización sindical a ese nivel, aprobar el mecanismo y los indicadores para la distribución individual de las utilidades, teniendo en cuenta las características específicas de la entidad, lo que se oficializa mediante Reglamento, que tiene que ser de conocimiento de los trabajadores e incorporarse al Convenio Colectivo de Trabajo.LOS INDICADORES TENDRAN COMO REFERENCIA, ENTRE OTROS, los asociados a niveles de actividad, exportaciones de bienes y servicios, parámetros tecnológicos y de calidad, productividad del trabajo, disciplina laboral, índices de consumo, costos, cuentas por cobrar o pagar vencidas, deficiencias en la contabilidad, u otros que se determinen, de forma tal que la distribución de las utilidades funcionen como un mecanismo de estimulación a la eficiencia empresarial.
      Como vera de flexibilizar nada, ahora las utilidades se rapartiran como los antiguas reglamentos de pagos por resultados. En resumen ya tenemos las dos normas ahora tendremos que esperar para que nuestro presidente dentro de tantos problemas que tiene en su cabeza tenga que indicar quitarle un poco de trabas

  • ludwig dijo:

    Saludos:
    Creo que las facilidades que se han ofrecido para la reincorporación de los jubilados que puedan al trabajo es extremadamente importante y estratégica para nuestro país. Nuestra población envejece(Cuba no es caso único)
    En mi opinión no es sólo que el jubilado ocupe una plaza armado de toda su experiencia y conocimientos acumulados sino que tome partido en la participación de la preparación de su futuro joven relevo; sería un gran aporte a la política de cuadros que nuestro estado está potenciando.
    Y lo digo por mi experiencia; acabo de jubilarme a mis 65 años y casi 40 de trabajo en la industria azucarera. Soy ingeniero mecánico graduado en 1980. Al joven que comienza hay que prepararle un plan de entrenamiento en el terreno(no en oficinas entre papeles) y pasarlo por las diferentes áreas para que conozca la empresa y sus particularidades y cuando escuche entienda. Y lo digo por mi, que cuando entré lo hice pedido.El jubilado es el personal indicado para esa importante tarea que es la preparación del relevo.

  • ludwig dijo:

    Quise decir pedido. Imposible editar el comentario original

  • francisco dijo:

    Estoy estudiando el documento, aporta indudablemente más libertades pero hay aspectos estructurales que son necesarios para que el sistema empresarial, el actual y el que venga pueda avanzar. . Tenemos Ministerios, OSDE, empresas. Lo reitero, o sobran ministerios o sobran OSDE. Es lo mismo que las Uniones de Empresas del pasado del Pasado que solo aportaron más burocracia. No puede existir copias( Biocubafarma funciona, centros muy vinculados, personal de alto conocimiento y especialización y con alta tecnología aplicada se nota en el equipamiento)). Eso no es la típica organización empresarial en Cuba.
    Reitero otro concepto la economía socialista cubana debe ser estratégicamente dirigida por el Estado para la empresa pública ( no me gusta el estatal), para la empresa privada, la mixta y la cooperativa.
    El Presidente en su visita el sábado decía muy bien hay que dejar que la gente haga. Para garantizar adecuadamente esto hay que terminar de legislar sobre la Ley de Empresa que garantizaría que todos los actores tengan igual derecho y deber. Y el hacer sea factible. Para destrabar no ‘puede esperarse que el presidente visite todos los lugares con problemas del país. Todos los días hay ejemplos. En días pasados un cuentapropista vinculado a la informática repetía lo mismo de los problemas para ser contratado por el sector público
    Un ejemplo práctico, es necesario arreglar las carreteras que están en situación calamitosa, un interés estatal que puede ser incentivo para empresa privada o mixta con capital cubano. Esa entidad aplicando la legislación laboral cubana, pagando sus tributos, aplicando la ciencia y vinculada con la academia, protegiendo al medio ambiente. Esa entidad puede importar y hasta romper el bloqueo, puede relacionarse con empresas públicas. Si se sigue pensando que esas personas son la base del renacer del capitalismo seguimos paralizados. En China en la empresa Huawei hay comité del Partido. Son reglas que podemos poner y no limitar creación de riquezas.
    Es un error vincular Estado- Gobierno, no es lo mismo y desde éste resolver todo, entonces la participación de la base no existe que es lo que pasa. Participación no es una asamblea, es sentirse dueño , algo no resuelto por el socialismo.
    Lo realizado por Vietnam donde todas las propiedades son iguales ante la ley es algo que debemos asumir y no continuar con el concepto que un tipo de propiedad está por encima del otro. Existe el Estado para resolver eso, con leyes, impuestos. Si algo sale mal rectifica.
    He puesto este ejemplo varias veces en un noticiero del mediodía un agricultor de café Vietnamita expresó que él desde su teléfono por INTERNT conocía el mercado de café de Londres y planificaba sus ingresos y sus precios. Eso es participación y dominio. En Cuba se necesitan muchos pasos para que llegue el café a Londres. Hay un dicho famoso, la centralización trae burocracia y la burocracia corrupción
    Para renovar el sistema público es importante renovar todo el sistema que lo ata a hacer cosas y su vinculación activa con el resto de los actores

  • Eddy dijo:

    No entiendo nada; un 50% de la utilidad creada regresa al estado, luego un 20% (que no aparece por ningún lado por lo menos como un número) para perdidas y contingencias, reservas voluntarias y sólo un 30 % para distribución de utilidades a los trabajadores me parece que es muy poco y no motivará en especial a las UEB que laboran en el turismo en especial a las Agencias de Viajes que son las que al final traen los turistas a Cuba.

  • jimaguayu dijo:

    La Empresa Estatal Socialista tiene que ser ejemplo en todo,para que sus trabajadores digan con orgullo,donde trabajan y que sea un privilegio ser trabajador en Cuba de una empresa Socialista.

  • BM21 dijo:

    Rectifico el comentario anterior porque acabe de descargar la Go No 51 del 7 de mayo donde sale la Resolución 56/2021 del MTSS derogando la Resolución 71 que mencione anteriormente y fijando los indicadores solo para la distribución individual de las utilidades entre otros aspectos.

  • norma dijo:

    A mi me preocupa y a lo mejor es que tengo desconocimiento pero no veo que en ningun lugar se habla de la capacitación a los directivos de todo lo que se esta implementando o la verificación a las mismas. y lo digo por la experiencia vivida por mi con el perfeccionamiento empresarial que tuvimos la oportunidad de recibir seminarios, talleres en la escuela del partido, incluso logramos que todos los trabajadores con cierta responsabilidad y con perspectiva de promoción se incorporaran a lo s mismos además existia un grupo de auditoria en el Gobierno provincial. No hacemos nada con resoluciones que se implementen mal o no se hagan. y no podemos dejarlo a la libre interpretación y mas en los tiempos que estamos viviendo. No se puede perder la capacitción y hoy esta pasando que creemos que todo el mundo sabe. y todo esta en documento pero confia pero controla.

  • Juan Carlos dijo:

    Saludos.
    Yo esperaba con ansias las nuevas disposiciones juíridcas e incluso llegué a comentar con colegas que ahora sí ibamos para delante; cuando leo el Decreto Ley 34 del sistema Empresarial Cubano me doy cuenta que es más de lo mismo.

    Yo trabajo en una UEB del Grupo GESIME, en provincia, en una UEB que no puede operar una cuenta bancaria; una UEB que tiene que pedir permiso para todo a la sede de la Empresa en la capital; no puede ni modificar una proforma de contrato, pues esta estan establecidas centralmente; en fin, para no hacer largo el cuento; seguimos esperando una disposición juridica que permita que la UEB tenga personalidad juridica; que asuma derechos, que contraiga obligaciones y que responda por ello con su patrimonio; que le permita hacer todo lo que ahora no podemos e incluso modificar una simple proforma de contrato para hacer de este un traje a la medida con nuestros clientes... que son unos cuantos

    Gracias por la oportunidad

  • Lazaro Ariel Diaz Rodriguez dijo:

    Mi interes radica en lacreacion de las PIMES cubanas. Intenciòn de creacion de una PIMES de producciones de alimentos alternativos. Ranicultura, Helicicultura, Hongos Comestibles. Que debo hacer?

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