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¿Qué debe conocer sobre la declaración y pago de tributos en el 2021? (+ Video)

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Como cada año, la Administración Tributaria informa a los contribuyentes los temas asociados a la Campaña de presentación y pago de la Declaración Jurada de Ingresos Personales. 

La jefa de la ONAT, Mary Blanca Ortega Barredo, detalló también en la Mesa Redonda las decisiones tributarias relacionadas con el proceso de ordenamiento monetario y cambiario que se lleva a cabo en el país.

La directiva explicó que 2020 fue un año muy complejo para el desarrollo del trabajo y el cumplimiento de la misión social de la Administración Tributaria, como consecuencia del recrudecimiento del bloqueo y los efectos de la pandemia.

Dichas condiciones conllevó a modificar los sistemas de trabajo para la atención a los contribuyentes y la gestión de los ingresos.

“Se mantuvieron trabajando todas las oficinas con el 45% aproximadamente del personal, mientras que el resto en las modalidades de trabajo a distancia y teletrabajo. Esta situación obligó a incrementar las vías de comunicación a distancia con los contribuyentes”.

En este sentido, se establecieron en las 168 oficinas municipales y las 15 provinciales, los correos consultas, líneas telefónicas directas, se habilitó un canal de comunicación en Telegram y se mantuvo el intercambio de información  a través de la página web de la ONAT y en las redes sociales.

No en todos los municipios estas vías fueron utilizadas, reconoció, y agregó que a partir del mes de marzo se estableció el tratamiento y las adecuaciones tributarias a aplicar a las personas naturales y jurídicas para evitar la propagación de la COVID-19.

Entre las medidas adoptadas en este periodo, mencionó, se encuentran la exoneración del pago de los impuestos y tasas a más de  247 300 trabajadores por cuenta propia, que fueron suspendidos por las autoridades competentes o a solicitud personal, y en consecuencia a los trabajadores contratados de esas actividades.

A su vez, se aplazaron las obligaciones fiscales del resto de los trabajadores que se mantuvieron prestando servicios y una vez reactivado el pago, se aplicó una bonificación del 5%, para aquellos que pagaran antes de los 60 días siguientes a la fase II, la que se extendió hasta el 30 de diciembre.

De acuerdo con Ortega Barredo, también se estableció la bonificación del 3% del importe a pagar para los contribuyentes que realicen los pagos de las obligaciones tributarias por los canales de pago electrónicos. 

Además, prosiguió, se le disminuyó las cuotas tributarias en un 20% a los trabajadores por cuenta propia que la tenían incrementada, excepto a los arrendadores de viviendas, habitaciones y espacios a residentes y no residentes que se les aplicó un 40% de descuento a su cuota mensual esté o no incrementada.

Esta medida abarcó a más de 134 000 trabajadores por cuenta propia y son las cuotas que se mantendrán en este periodo hasta tanto cambie la situación actual, especificó.

Sobre el propio asunto acotó que se dispuso reducir el saldo mínimo de las cuentas bancarias fiscales al 50 %, equivalente a una cuota tributaria mensual, y añadió que para las personas jurídicas también se aplicaron un conjunto de medidas con relación al pago del impuesto sobre utilidades y al rendimiento de la inversión estatal.

“A pesar de la tensa situación en que se ha desarrollado la economía y las afectaciones en un grupo de actividades importantes, se logró recaudar niveles de ingresos que permitieron  mantener los servicios básicos de la población y asumir gastos que superaron los 1 300 millones de pesos para enfrentar la pandemia”, subrayó la ministra

Principales adecuaciones tributarias que se mantiene para este año:

  • No se incrementan las cuotas tributarias, ni ningún otro tributo.
  • Vigente las cuotas tributarias que fueron disminuidas.
  • La bonificación del 3% por el pago mediante los canales electrónicos.
  • El saldo mínimo de la cuenta bancaria fiscal correspondiente a una cuota mensual.

Campaña de Declaración y Pago de Tributos 2021

Por su parte, al comentar sobre los aspectos a destacar de la Campaña de Declaración y Pago de Tributos 2021, Belkis Pino Hernández, vicejefa de la ONAT, anunció que este proceso comenzará el 28 de enero y comprende los mismos tributos que en las campañas anteriores.

Argumentó que en este momento corresponde declarar los ingresos del año 2020, por lo que la Tarea Ordenamiento no impacta en esta DJ, en el caso de las personas naturales presentan y calculan la declaración jurada bajo los parámetros establecidos hasta el 31 de diciembre de 2020.

  • Mínimo exento 10 000 pesos para los trabajadores por cuenta propia, artistas, comunicadores y diseñadores, personal que recibe gratificaciones, etc
  • Se mantiene el modelo de DJ, la escala progresiva y los porcentajes de gastos deducibles establecidos para las diferentes actividades.

Por ejemplo, las actividades de elaboración y venta de productos alimenticios se descuentan como gastos hasta el 60% de los ingresos obtenidos, los arrendadores de viviendas habitaciones y espacios el 30%, las actividades de servicio constructivo el 40%, los transportistas el 50%, etc y para ello deben tener justificante del 50% de los gastos. 

Igualmente se mantiene la bonificación fiscal del descuento del 5% del impuesto a pagar por ingresos personales, este año, para los contribuyentes que declaren y paguen antes del 1 de marzo.

La directiva aclaró que si bien la Tarea Ordenamiento no impacta directamente en la presentación y pago de la Declaración Jurada, sí inciden las condiciones generadas por la COVID-19 que afectó el ejercicio del trabajo por cuenta propia y los ingresos de cada contribuyente.

Es por ello que el Gobierno aprobó un grupo de medidas, entre ellas algunas tributarias que sí impactan en la declaración y pago del impuesto sobre ingresos personales.

En el caso de la DJ 08 deben presentarla:

  • Los trabajadores por cuenta propia que ejercen su actividad dentro del Régimen General de Tributación.
  • Artistas, creadores y personal de apoyo del sector de la cultura.
  • Comunicadores sociales y diseñadores de la ACCS.
  • Personas que laboran en sucursales extranjeras

Pino Hernández informó que como medida compensatoria a la pérdida de ingresos que tuvieron durante el año 2020, se exonera de la presentación y pago anual del impuesto sobre los ingresos personales de la declaración jurada a los trabajadores por cuenta propia que se mantuvieron suspendidos por un período de seis meses o más en el ejercicio de su actividad por el efecto de la COVID-19.

“El resto de los contribuyentes presentarán la DJ, lo cual no quiere decir que estén afectados, pues se declaran los ingresos obtenidos. Por ejemplo, en el caso de los artistas, el personal que recibe gratificaciones, etc, si no recibieron ingresos, presentan la declaración jurada con ingresos brutos cero y lógicamente no les da a pagar”.

Más adelante, la vicejefa de la ONAT recordó que las obligaciones tributarias se vieron aplazadas durante el año y se otorgó una bonificación a aquellas personas que pagaron sus obligaciones en o antes de los primeros 60 días luego de decretarse la segunda fase recuperativa, además para incentivar el pago por los canales electrónicos y evitar realizar este trámite de forma presencial se aprobó también un 3% de descuento para los que pagan utilizando la vía digital.

“Estos beneficios se descuentan en la declaración jurada y se considera el tributo totalmente pagado”, detalló.

Igualmente, se mantiene para los usufructuarios de tierras agrícolas estatales y los propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos, la aplicación de un tipo impositivo fijo del 5% en la declaración jurada para el cálculo del impuesto a pagar.

La aplicación de este tratamiento se hace extensivo a los productores cañeros, para ellos el proceso de presentación de la declaración jurada, liquidación y pago del impuesto, por los ingresos obtenidos por todas sus producciones, iniciará el 1ro de julio y concluirá el 31 de octubre; y se les concede una bonificación del 5% de la cuantía que resulte a pagar según declaración jurada, a aquellos que declaren y paguen en o antes del 30 de agosto.

Acotó también que todas las declaraciones juradas se entregan en las oficinas municipales de la ONAT, mientras el pago se efectúa en el banco.

“Se mantiene la bonificación del 3% para los que paguen utilizando los canales electrónicos”.

La Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades destinada a las personas jurídicas deben presentarla:

  • Las empresas y sociedades mercantiles obligadas al pago del impuesto sobre utilidades y del aporte por el rendimiento de la inversión estatal.
  • Las cooperativas no agropecuarias.
  • Las cooperativas de producción agropecuaria.
  • Las cooperativas de créditos y servicios.

Aunque el número de contribuyentes obligados al pago de este impuesto es menor en relación con las personas naturales, es en las personas jurídicas donde se concentran los aportes fundamentales del presupuesto del Estado.

En el caso de las unidades básicas de producción cooperativa del sector no cañero no tienen que presentar Declaración Jurada, siempre que más del 50% de sus ingresos provengan de la comercialización de sus producciones agropecuarias o de la prestación de servicios vinculados a estas producciones, con el objetivo de contribuir al mejoramiento de sus condiciones financieras.

En cuanto al pago del impuesto sobre el transporte terrestre y el impuesto por la posesión de embarcaciones, se conoció que deben realizarlo los propietarios de transporte terrestre y embarcaciones, tanto las personas jurídicas como naturales.

“En el caso de estos impuestos se paga el año que se inicia, no se trata de una liquidación del año 2020 como la declaración jurada, sino del pago del año en curso, por la propiedad del bien, por tanto para estos impuestos sí impacta las modificaciones de la Tarea Ordenamiento y las cuantías a pagar están asociados a la unificación monetaria, la conversión del CUC a CUP en aquellos casos en que el tributo se pagaba en CUC”.

En este sentido se mantiene el beneficio fiscal del descuento del 20% del impuesto sobre el transporte terrestre para los que pagan antes del 28 de febrero, tanto para personas naturales como para personas jurídicas.

Informatización de trámites y servicios orientados a los contribuyentes

Los modelos de Declaración Jurada se encuentran en el nuevo Portal Tributario en formato PDF y en Excel la DJ08 y DJ12 para facilitarles a los contribuyentes el cálculo del impuesto.

Al igual que el año anterior, subrayó Pino Hernández, para aquellos contribuyentes que le es difícil acceder a las vías digitales pueden adquirir el modelo físico en las oficinas de la ONAT y se mantienen las vías de entrega a través del buzón situado en las oficinas municipales de ese organismo y por correo certificado.

Precisamente, destacó Reinaldo Alemán Mondeja, vicejefe de la ONAT, este organismo tiene entre sus estrategias de trabajo fundamentales, la informatización de los trámites y servicios orientados a los contribuyentes, lo cual se ha visto potenciado desde el inicio de la pandemia. 

Entre las principales acciones realizadas citó el perfeccionamiento, de conjunto con el Banco Central de Cuba, de los bancos comerciales (BANDEC, BPA y BM), REDSA y ETECSA, el servicio de pagos de los tributos para las personas naturales a través de Transfermóvil, banca telefónica, banca remota y cajeros automáticos.

Este paso, dijo, incluyó la implementación en agosto de la bonificación de un 3% por el uso de estos canales de pago electrónicos y en adición el 5% del pago de las obligaciones aplazadas por la COVID-19, establecidas ambas en la Resolución 200/2020 del Ministerio de Finanzas y Precios.

Aunque el promedio mensual de la cantidad de pagos por canales electrónicos se duplicó, en comparación con los primeros siete meses del año, continúa predominando el pago por ventanilla en las sucursales bancarias, aspecto que se acentúa aún más en las personas jurídicas.

De acuerdo con Alemán Mondeja, en La Habana, Matanzas, Villa Clara, Las Tunas y Holguín se aprecia un mayor uso de estos canales, mientras que aún es incipiente en Santiago de Cuba y Ciego de Ávila.

En Mesas Redondas de enero del pasado año se plantearon diversas insatisfacciones con el uso de Transfermóvil para el pago de tributos, lo que permitió —dijo— realizarle un grupo de mejoras a la aplicación informática, entre las que se encuentran el pago por carné de identidad y el diseño de opciones y pantallas más orientados a los contribuyentes.

Por ejemplo, el pago por carné de identidad se ha utilizado para pagar obligaciones con el presupuesto del Estado correspondientes a períodos anteriores al año 2020, así como por personas obligadas a pagar los impuestos asociados a la compraventa de viviendas y vehículos de motor, pues no necesariamente tienen que estar inscritas en el Registro de Contribuyentes.

El pasado 22 de diciembre se realizó el lanzamiento del Portal Tributario del Ciudadano (www.onat.gob.cu), desarrollado de conjunto con la empresa Desoft y la asesoría especializada de la Facultad de Comunicación Social de la Universidad de La Habana, que sustituyó la anterior página web de la ONAT.

En este sitio se incluyen servicios en línea como descarga del vector fiscal de personas naturales (obligaciones tributarias), modificaciones de cuotas mensuales, suspensiones de obligaciones y consultas, entre otras funcionalidades.

En este portal tributario también están presentes sugerencias dadas por contribuyentes. Por ejemplo, mencionó el directivo, cualquier ciudadano puede navegar por el Portal, pero si quiere tener acceso a los servicios en línea mencionados, tiene que registrarse, para lo cual debe estar inscrito en el Registro de Contribuyentes de la ONAT.

Esta diferenciación de opciones para ciudadanos y contribuyentes posibilita mayor seguridad y privacidad a la información tributaria de los contribuyentes, destacó.

En el anterior sitio web, activo desde el año 2017, se habían registrado alrededor de 17 400 usuarios. El nuevo Portal, en apenas tres semanas, ya cuenta con más de 3 000 usuarios y más de 30 000 visitas.

Cambios tributarios tras el ordenamiento monetarios

Como parte del ordenamiento monetario también hay cambios en los tributos, sobre lo cual detalló en la Mesa Redonda Yoandra Cruz Dovales, vicejefa primera de la ONAT.

Varias modificaciones se aplican en el impuesto sobre ingresos personales de los trabajadores por cuenta propia, artistas, comunicadores sociales, usufructuarios de tierra agrícolas estatales, propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra, productores individuales de alimentos, productores agropecuarios individuales del sector cañero y personal que labora en sucursales extranjeras:

  • Se reconoce con carácter general el 100% de los gastos incurridos en el ejercicio de la actividad, el que resulta deducible de los ingresos obtenidos, siempre que se justifique el 80% de estos, exceptuando aquellas actividades y sectores para los que se establecen límites específicos, los que serán regulados en la Ley del Presupuesto del Estado o en disposiciones del Ministerio de Finanzas y Precios.

Anteriormente los porcientos de gastos aprobados estaban definidos por actividades y el máximo aprobado correspondía al 70 por ciento para el sector agropecuario.

  • Se establece la cuantía de 39 120 CUP como mínimo exento anual sobre los ingresos gravados que conforman la base imponible de este impuesto. Este monto coincide con el mínimo exento autorizado a los trabajadores estatales (cuando se multiplica 3 260 pesos por los 12 meses del año).

Anteriormente existían mínimos exentos diversos, por ejemplo, para los trabajadores por cuenta propia, artistas y personal que labora en sucursales extranjeras, era de 10 000, mientras que para los productores individuales y el sector cañero se consideraba la cifra de 10 500.

La vicejefa primera de la ONAT especificó que en el caso de los miembros de las cooperativas no agropecuarias la cantidad establecida era de 12 000.

  • Se mantiene la aplicación de la escala progresiva prevista en el artículo 26 de la Ley 113 Del Sistema Tributario.
  • El sector cañero es el único que tiene una modificación en la Declaración Jurada que presenta este año, debido a que su año fiscal abarca un período diferente que coincide con el ciclo de la caña (del 1ro de julio al 30 de junio), por tanto, es el único sector que declara parte de los ingresos que obtiene en este propio año 2021. Comienzan a aplicar un tipo impositivo fijo del 5% al resultado luego de descontar de los ingresos brutos obtenidos, los conceptos establecidos en la Ley 113 de 2012 “Del Sistema Tributario”:

a) El mínimo exento de 39 120 pesos;

b) hasta el 100% por gastos propios de la actividad, con justificante documental del 80% de estos;

c) los tributos pagados asociados a la actividad, excepto los pagos efectuados por el impuesto por la ociosidad de tierras agrícolas y forestales; y

d) se ratifica el importe mínimo del impuesto sobre ingresos personales, retención del 5% sobre la venta de productos agropecuarios.

e) el período de Campaña es del 1 de julio al 31 de octubre de 2021; y se concede la bonificación por pronto pago, de un 5%, a los que declaren y paguen el referido impuesto antes del 30 de agosto de 2021.

Con relación a las personas naturales cubanas y extranjeras, residentes permanentes en el territorio nacional, contratados a través de las agencias empleadoras o entidades autorizadas, que laboran en sucursales de firmas comerciales extranjeras, oficinas de representación de bancos, compañías financieras no bancarias y otras representaciones de entidades extranjeras acreditadas en el país, incluyendo las agencias de prensa, las sedes diplomáticas y las representaciones de organismos internacionales, se precisa que:

a. Mantienen los pagos trimestrales del 5% del importe de las gratificaciones recibidas.

b. Al finalizar el año mantienen la obligación de la presentación de la Declaración Jurada aplicando la escala progresiva establecida en el artículo 26 de la Ley 113 Del Sistema Tributario, deduciendo los pagos trimestrales realizados.

c. Para la determinación de la base imponible en todos los casos, se convierten los ingresos obtenidos en moneda libremente convertible a pesos cubanos, de conformidad con la tasa de cambio vigente.

La vicejefa primera de la ONAT hizo alusión también al impuesto sobre ventas y servicios y anunció que se generaliza el tipo impositivo del 10 por ciento que se aplica a los bienes que se comercialicen en la red mayorista y minorista, y al valor total de los ingresos por los servicios que se prestan a la población.

Este gravamen, dispuesto en la Ley 137 del presupuesto del Estado para el 2021, se aplica de la misma forma a personas naturales y jurídicas, en las que tendrá un mayor impacto porque en las formas de gestión no estatal ya tenían este tipo impositivo, mientras en las jurídicas existían diversos tipos.

Sobre los impuestos sobre documentos y el transporte terrestre, la directiva acotó que se mantienen las cuantías establecidas para el pago de ambos tributos.

  • Los sellos en CUC que tiene la población en su poder, mantienen su vigencia hasta el 30 de junio de 2021.
  • La venta de todos los sellos se realiza en las unidades de Correos de Cuba.

En video, la Mesa Redonda

Se han publicado 420 comentarios



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  • EL 10 dijo:

    Pienso que debemos continuar avanzando en la informatización y automatización de los procesos, el vector fiscal debe nutrirse de los pagos mensuales que hacemos los contribuyentes de manera que en cualquier mes podamos chequerlo y descargarlo online pudiendo constatar nuestras contribuciones, esto aumentaria la transparencia y sería muy útil, no solo para llevar el control de las contribuciones realizadas si no para presentarlo en las empresas que te piden le muestres el estado de tus contribuciones.
    La declaración jurada podria estar automatizada también, nutriendose de los datos de Vector Fiscal en el que se podran declara los gastos y el cierre del ejercicio fiscal ya automaticamente tienes la Declaración Jurada de cada conntribuyente y este ultimo pargaria el importe requerido...., de estaforma no hay que ir a la ONAT ni al banco.... todo perfecto..Sl2ss

  • Juan Emilio Martínez dijo:

    Ayer en la noche y hoy en la mañana el sitio web de la onat no funcionaba. No se podía descargar la dj08.
    Si pago la declaración jurada por transfermovil ¿cuál es mi comprobante?. Cuando pagas en el banco te quedas con copia firmada y acuñada y además el año y el slit del pago; pero con transfermovil no hay esto. Entonces ....???

  • Holguinero dijo:

    Alejándome sobre el tema del pago de tributos aprovecho esta vía para preguntar, ya que se esta promoviendo el empleo en el país, cuando se empezarán a otorgar nuevas patentes para ejercer el trabajo por cuenta propia en específico las de titular de cafeteria

  • Pared Roja y Redonda dijo:

    Nos preguntamos si los hoteles pagan cuota fija o sus tributos dependen de sus ingresos.
    Lo cierto es que los arrendadores, independientemente del carácter y naturaleza respecto a la propiedad, deben recibir el mismo tratamiento.
    Gracias

  • Jose Dairon dijo:

    Hola saludos escribo preguntando por que si cambiaron los impuestos sobre ingreso personales a trabajadores estatales aun e visto personas o escuchado a otras que les descontarán el 5% a menos de $3260 de hecho obtuve una foto de una explicación de un director en SS y aqui en pinar del río a la mayoría les han dicho que sera el 5 % para la contribución social.
    Podrían ayudarme si es que estoy equivocado o el personal calificado encargado de hacer cumplir todo eso no es muy bueno en interpretación.

  • Yoanna dijo:

    Pagué por adelantado las cuotas de los meses que fueron suspendidos. Favor de explicarme los pasos a seguir para que me reintegren el dinero pagado.
    ¿Qué posibilidad existe de que se haga un descuento por el monto pagado en el Vector Fiscal para el año 2021? Teniendo en cuenta que dicho Vector Fiscal aún no se ha emitido.
    Al tanto de sus consideraciones y sugerencias al respecto.
    Gracias anticipadas.

  • Eduardo dijo:

    Tengo una duda en cuanto a la tasa de radicación de anuncios ,existe alguna modificación de la Ley 113 despues de la tarea ordenamiento o se mantiene como hasta el 31/12/2020 40.00 cup x m2

  • Juan Emilio Garcia Garcia dijo:

    Buenas tardes aprovecho para enviar mi inquietud sobre el pago sobre el impuesto del salario devengado a los marinos que trabajamos en compañia extranjera debido a que desde noviembre 2020 estoy por pagar este impuesto y no he podido pagarlo por desacuerdo entre el banco y la onat y necesito acabar de ingresar este dinero al presupuesto nacional y acabar con esta traba donde nuesto presidente nos llama a pensar como pais y cada vez son mas traba y se dice una cosa al pueblo en la mesa redonda y cuando ud llega a la base no es asi quisiera repito que me den una respuesta y cumplir

  • Villa dijo:

    Es justo reconocer la activa participacion de los anfitriones del tema. La ONAT ha hecho frente en este debate y ha estado activamente participando y aclarando dudas. Seria aconsejable que en otros casos lo hicieran.

  • Michel dijo:

    Buenas tardes
    Para Onat y favor responder,ya que he escrito por diversas vías y jamás responden.
    Mi esposa es manicure los productos para realizar dicha actividad en su gran mayoría son del extranjero comprados a terceras personas que lo venden,el estado no vende prácticamente nada para realizar esta actividad.
    Mi pregunta es como justifica el 80% de su gastos para ejercer su trabajo?

  • El viejo dijo:

    Se han hecho preguntas muy importantes para esas personas yo solo necesito saber q cambio tiene mi caso pues soy reparador de equipos de bombeo de agua (bombas) y estaba en régimen simplificado,pagaba $60.00 cup mensuales y no hacía declaración jurada ahora m dicen por la calle q esto deja de ser asi, en fin me pueden aclarar pues yo trabajo con el estado y eso lo hago como algo extra pero en muy poca cantidad de trabajos

  • Pedro Chinea Martínez dijo:

    Buenas tardes, ayer vimos la mesa redonda, muy buenas las intervenciones de los compañeros participantes, se mencionaron todas las bonificaciones y medidas que puso en práctica la Onat, de conjunto con el Ministerio de finanzas y precios para facilitar la gestión de los contribuyentes ante la covid 19 en el 2020. Ahora nos preguntamos, para el 2021, tendiendo en cuenta que la situación del país es más difícil aún, se aplicarán nuevamente este tipo de medidas.
    Ahora la pregunta que se impone, es se continuarán implementando estás medidas en el 2021

  • Grillo dijo:

    Se harán devoluciones a los usufructuarios cuando la cuantía retenida sea superior a lo que dé a pagar la DJ?, porque si se aumenta el mínimo excento, ya me retuvieron y no me devuelven al finalizar el año, en la práctica real no me baja la carga tributaria. Hablo en nombre del campesino "pequeño", el de un pedacito de tierra que debería tener un tratamiento diferente.

  • Raúl Sánchez dijo:

    Si pudieran explicar en qué provincias existen suspensiones por más de 6 meses, ya que al pasar las mismas a la fase 2 automáticamente se devolvían las patentes y no existían suspensiones. En muchos casos tuvimos que entregar la patente por falta de trabajo y ahora para estos casos no existe beneficio alguno ni el 5 % de bonificación a pesar de haber trabajado solamente pocos meses del año anterior, en el que en muchos casos con los ingresos de esos meces sostuvimos a la familia el resto del año.

  • tata dijo:

    Buenas tardes ya hace mas de 8 meses que no percibo ingresos (0 ingresos), por qué tengo que pagar seguridad social?, con qué dinero pago dicha seguridad social?.

  • sarmiento dijo:

    Hice una pregunta a la ONAT sobre como saber por vía electrónica cuánto debo del pago del impuesto terrestre (chapa) y no me dieron respuesta. Favor de hacerlo u orientarme al respecto. saludos.

  • Ecue dijo:

    ONAT le contestó a Habanera y cito: El mínimo exento que se establece para el pago del Impuesto sobre Ingresos Personales del salario es de 39 mil 120 pesos. Las gratificaciones son ingresos por encima del salario, por tanto el mínimo exento ya ha sido descontado en este, de ahí que para la declaración jurada los ingresos obtenidos como gratificaciones transiten sin deducciones a la escala progresiva"
    Por tanto, si se toman estos 2 ingresos (salario y gratificación) como un todo, entonces por qué no aplicar el mínimo exento de 39120 a la gratificación y el impuesto progresivo al salario? Otro asunto son las deducciones. En ocasiones, dentro de la gratificación aparecen cantidades para transporte, almuerzo y teléfono y éstas no pueden ser deducidas porque no está permitido. Es algo para pensar y tener en cuenta. Pensar como país.¡Viva Cuba!

  • Orlando Felipe dijo:

    Cuándo van a escuchar a los trabajadores de las sucursales extranjeras, llevamos años haciendo reclamos y nada, ahora teníamos alguna esperanza y nuevamente decepcionados. Nosotros no somos cuentapropistas recibimos un salario, que ya está bien gravado por la agencia, de las gratificaciones está bien que nos descuenten pero como a un trabajador normal, yo no tengo paladar, ni casa de renta, ni taxi, yo cobro un salario y eso se debería respetar, las gratificaciones nos son más que la estimulación por el trabajo, además es un valor fijo, en las empresas también se cobra un salario más el estímulo por la producción, por qué esa diferencia tan prolongada con nosotros, es un abuso, porque tenemos que trabajar mucho para ganarnos el dinero, sin hablar de los años de estudio y esfuerzo para alcanzar la calificación profesional que exige nuestro trabajo.
    El problema es que existe una concepción errónea, como si fuéramos extranjeros, con negocios, con mucho dinero, en mi caso yo cojo guagua, hago cola en el agro, en la panadería y otras más como cualquier cubano, porque para comprar algo para la casa, salir con mi familia o hacer cualquier gasto fuera de comida, ropa y zapato, tengo que ahorrar, no tengo un negocio lucrativo que me de lujos ni comodidades. Somos trabajadores asalariados y deberían tratarnos como tal. Basta ya, nosotros no ganamos tanto, casi cualquier cuentapropista gana más, empresas estatales con buenos resultados y demás, y no tienen los deberes tributarios absurdos que tenemos, ah y lo que tributemos se debe considerar en la jubilación, un tema del que hace años nos venimos quejando, y del solo recibíamos la respuesta ahorren e inviertan como si no aportáramos nada. Espero que todo esto sea reevaluado sobre todo ahora con el tema de la devaluación monetaria.
    Muchas gracias

  • Miguel dijo:

    Hola, buenas tardes, me gustaría saber cómo hacer el pago del impuesto sobre el transporte terrestre mediante TRANSFERMOVIL y en caso que sea posible que comprobante podría mostrar a las autoridades,

    Gracias.

  • Aimee Pereira dijo:

    Se hace vital la revisión del pago de la DC resultado del ejercicio 2020 teniendo en cuenta aspectos como las interrupciones en los trabajos x motivos de fuerza mayor lo cual insidio y encarecieron los trabajos, es deber de cada responsable de su actividades amparar a sus trabajadores cuando sus negocios paran , porq en ese sector no se recibieron ayudas financieras. Para sobrevivir a las situaciones hubo q tomar dinero de los fondos reservados , porq que ha sido una etapa de muchas carencias. Y cómo se planteó por Gil y Murillo los precios se incrementaron mucho antes del ordenamiento económico. Hoy estamos en una situación crítica ante la pandemia q no sabemos para cuando concluya . Solo pedimos un análisis y alternativas de aplazamiento en 1 año y más . Hay q estimular a q se siga trabajando aún en las condiciones más adversas.

  • Yunior dijo:

    Habrá algún forodebate dedicado a los salarios? Hay muuuuuuucha insatisfacción. Saludos

  • jorge dijo:

    Rectificación : que falto una palabra y es NO.
    Los transportistas privados NO tenemos como pagar 80% de los gastos. Solo el diesel. Es imposible justificar gomas, pintura, piezas, macanicos, tramadores, gomas ,mantenimientos, bombillos, electricistas, parqueadores, gestores de pasaje y se que me quedo corto !!!
    Ustedes los ministros vienen de abajo y saben como funciona todo. No tomen medidas a la ligera que nuestro aporte es importante para el país y el transporte nuestro mueve carga pasajes en todo el país. Gracias al moderador si publica el comentario

  • Daniel dijo:

    Buenas tardes, como es posible que los más afectados durante toda la pandemia, los artistas, tengo que pagar los impuestos sobre ingresos personales, cuando ni siquiera se ha trabajado. Además del que logró trabajar un mes le quitaron el subsidio, y de su trabajo tiene que pagar igual sus impuestos. Muy injusto, y más cuando el ministerio de cultura no le dió ni un centavo para ayudar en el reordenamiento monetario a los artistas comerciales que llevan meses sin trabajar

    • Armando dijo:

      Sencillo Daniel, ya las cosas cambiaron. Ahora el artista no es un privilegiado y además se quejan bastante. Desde hace mucho tiempo al ministerio de cultura le bajan los presupuestos. Reviselos. Al país cada vas le importa menos. Es más pragmático. Aquí lo que hace falta es gente que produzca.

  • Ramón Guilarte Labrda de Santiago de Cuba. dijo:

    El Portal de la ONAT NO FUNCIONA.
    http://www.onat.gob.cu
    Me he pasado gastando datos más de una hora y ese portal anunciado AYER EN LA MESA REDONDA POR las autoridades de la ONAT NACIONAL NO FUNCIONA AQUI EN SANTIAGO DE CUBA.. Soy contribuyente y necesito acceder a mi vector fiscal entre otros documentos..
    ... Por que no ponen el servicio de solicitud de documentos tan necesario como la certificacion fiscal etc..

    • ONAT dijo:

      Ramón desde por la mañana esta restablecido el servicio del Portal que en la tarde de ayer se interrumpió. El servicio de Certificación fiscal, está pensado para la segunda fase del Portal, ya que conlleva el uso de la firma electrónica, proceso en el que la ONAT trabaja de conjunto con SOFTEL.

  • Maltor dijo:

    Por favor soy Tenedor de Libros y he tratado de descargar los Vectores Fiscales desde el Sitio de mis clientes y no me deja incluso ni entrar. Habla de un error. Les pido respuesta porque se acerca el momento del pago de enero y son varios vectores y no quiero causar trabajo a la oficina de mi municipio

  • Ramón Guilarte Labrda de Santiago de Cuba. dijo:

    Buenas tardes ayer se SE RATIFICO QUE SE MANTIENE EL 10 % que pagamos casi todos los TCP. Biesto se contradice con lo plateado por Marino Murillo en la Tarea Ordenamiento " QUE AHORA TODOS LOS TRABAJADORES ESTARIAMOS EN IGUALDAD DE CONDICIONES INPOSITIVA." Pregunto donde quedo el 3260 despues el 3% hasta 9550. Y despues el 5% . Donde estan los veneficios FISCALES PARA QUE NO EXISTAN AUMENTOS DE PRECIOS POR PARTE DEL SECTOR NO ESTATAL ...Una ultima pregunta cuales son los requisitos que hay que cumplir para recibir el veneficio de exoneracion de pago de la DJ por razones de COVID 19..
    Tengo un Restaurante en la Ciudad de Santiago de Cuba...Y tuve que acogerme a la opción de reparación del local para poder seguir suspendido desde Julio a Diciembre y el motivo real es que me quede sin el mercado TURISTICO pues nuestros servicios estan contratados con las Agencias de Viajes Oficiales Cubanas,.El Restaurante lo atendemos mi familia y yo.

    Por ciertos nos quedamos desempleados todos y de ayuda estatal ninguna..

    Qien NOS ASEGURARA TODOS LOS ASEGURAMIENTOS ALIMENTICIOS A BUEN PRECIO PARA NO TENER QUE SUBIR LOS PRECIOS.... Entiendase CARNICOS, BEBIDAS, ETC.

    El estado no VENDERA DIVISAS PARA PIDER COMPRAR EN LOS ALMACENES MAYORISTAS EN USD. Entiendase LA CORPORACION CIMEX Y ITH..

    Tendremos protecion de que no nos suban los precios mayorista los la Tiendas Mayoristas entiendase Mercabal, Cimex, ITH..

  • Yosvany dijo:

    Hablo en nombre de los agentes de telecomunicaciones que tienen la misma inquietud y lo han dicho a través de la página de Etecsa en facebook. En el caso de nosotros a partir de $2500 de ganancias la ONAT nos aplica descuento por por ciento por una escala, esto se mantiene o nos van a permitir ganar un poco más?, es decir subir el margen de ganancias libres de los por cientos, pues de no ser así nos estarían dejando los impuestos un poco caro y nosotros NO PODEMOS subir los precios.

  • Pedro Chinea Martínez dijo:

    Buenas tardes, realizo la actividad de tenedor de libros, estimó conveniente plantear, ahora que se pueden reconocer el 100% de los gastos en las distintas actividades de TCP, que se analice por las autoridades competentes la posibilidad de reconocer los gastos relacionados con el uso de Internet y en llamadas desde el celular, en funcion de la actividad que realiza el TCP, el gasto mensual es significativo.

  • Oosoria dijo:

    Hola. Quisiera saber qué hay de nuevo para los Agentes de Telecomuniciones este año. Gracias

  • Holguinero dijo:

    Quiciera saber ya que se esta potenciando el empleo en el país cuando se empezarán a otorgar de nuevo las patentes, por ejemplo de titular de cafeteria

Se han publicado 420 comentarios



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Randy Alonso Falcón

Randy Alonso Falcón

Periodista cubano, Director General de IDEAS Multimedios y del portal web Cubadebate, el sitio Fidel Soldado de las Ideas y del programa de la Televisión Cubana "Mesa Redonda". Dirigió otras publicaciones cubanas como Somos Jóvenes, Alma Mater y Juventud Técnica. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómez en TV en 2018. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. En Twitter: @RandyAlonsoFalc

Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@oigc.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Lissett Izquierdo Ferrer

Lissett Izquierdo Ferrer

Periodista de Cubadebate. Graduada en la Universidad de La Habana (2014). Trabajó en la Agencia Cubana de Noticias del 2011 hasta septiembre de 2018. Contacto: lissett@cubadebate.cu

Edilberto Carmona Tamayo

Edilberto Carmona Tamayo

Subdirector de Desarrollo y Soporte a los Medios de Ideas Multimedios. Licenciado en Periodismo en 2016 por la Universidad de Holguín. Contacto: edilberto@cubadebate.cu

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