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Jueza estadounidense desestima otra demanda sobre Cuba contra línea de cruceros

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Foto: Ismael Francisco/ Cubadebate.

Una jueza estadounidense desestimó este martes una demanda presentada contra la línea de cruceros Norwegian Cruise al amparo del Título III de la Ley Helms-Burton sobre Cuba, tras adoptar una decisión similar a favor de la MSC Cruises S.A.

La magistrada Beth Bloom emitió una orden en Miami, Florida, en la cual desestimó la reclamación con perjuicio, lo cual significa que la corte adoptó una determinación final sobre los méritos del caso y que, por lo tanto, el demandante tiene prohibido presentar otra acción legal basada en los mismos motivos.

Havana Docks Corporation, una compañía que dice ser propietaria legítima de ciertos bienes inmuebles comerciales en el Puerto de La Habana, interpuso una demanda el 27 de agosto pasado contra Norwegian Cruise y otras dos empresas, MSC Cruises y Royal Caribbean, por el uso de esa infraestructura.

En la reclamación se señaló que, a partir de marzo de 2017, y durante los próximos dos años Norwegian, a sabiendas e intencionalmente comenzó, condujo y promovió su negocio comercial de líneas de cruceros a Cuba, por lo cual embarcó y desembarcó regularmente a sus pasajeros sin la autorización del demandante o cualquier ciudadano de Estados Unidos que tenga un reclamo sobre la propiedad sujeta.

Por su parte, la línea de cruceros argumentó en una moción que la demanda debía ser desestimada por cuatro razones, entre ellas que el reclamante no menciona hechos suficientes para alegar plausiblemente que traficaba o viajaba ilegalmente a sabiendas y de forma intencional.

La compañía añadió que la aplicación del Título III en este caso violaría la Cláusula ex post facto y vulneraría retroactivamente la Cláusula del Debido Proceso y apuntó, además, que Havana Docks Corporation no alegó que el demandado traficaba con bienes sobre los cuales el demandante posee un reclamo.

Asimismo, como el demandante poseía un contrato de arrendamiento por tiempo limitado que habría terminado en 2004 si la terminal no hubiera sido nacionalizada en 1960, Norwegian argumentó que la propiedad no es un asunto de la reclamación, porque el interés del reclamante habría expirado 13 años antes de la llegada de sus barcos a la isla.

En el documento emitido por la jueza para desestimar este caso, se indicó que el reclamo del demandante que involucra una concesión por tiempo limitado no le da derecho a reclamar por actividades que tuvieron lugar años después.

Bloom se pronunció del mismo modo en un documento del 3 de enero, en el cual rechazó igualmente la acción presentada contra MSC Cruises por Havana Docks Corporation.

La Ley Helms-Burton, aprobada por el Congreso estadounidense en 1996, codifica el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Washington contra Cuba hace casi 60 años.

Su Título III, que la administración de Donald Trump activó el 2 de mayo de 2019, permite a ciudadanos estadounidenses presentar reclamaciones contra personas y entidades, incluso de terceros países, que inviertan en propiedades nacionalizadas en Cuba tras el triunfo de la Revolución el 1 de enero de 1959.

(Con información de PL)

Se han publicado 7 comentarios



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  • Dr. Eduardo Sagaro dijo:

    No entiendo bien los terminos juridicos. Que la jueza haya desestimado 2 reclamaciones sobre el tema de los cruceros significa que los cruceros pueden volver?

  • Gene dijo:

    Una victoria más.

  • Angel del Toro Fonseca dijo:

    !Por fin! Se abre paso la honestidad contra el bloqueo. Hasta la justicia de los Estados Unidos comprende que es injusto el tratamiento que se le da a Cuba por leyes extraterritoriales

  • fernando dijo:

    oh..la belleza de la separacion de poderes...

  • Mariop68 dijo:

    Entonces ya pueden venir todos los cuceros que quieran pues EEUU no puede presentar otra demanda en lo referente a viajes de cruceros a Cuba, que sigan llegando para que el turismo aumente...

  • Luishb dijo:

    Todas las demandas que hicieron, hacen y puedan hacer los demandantes, ignorantes y estúpidos como Trump por aplicación de la Ley Helms-Burton y su Título III, están condenadas al fracaso. Ninguna ley de otro país es aplicable en territorio cubano. Cuba es soberana y en Cuba son los cubanos, el pueblo los que disiden. Seguimos en combate.

  • Ana Virginia González dijo:

    !!!! La verdad se impone !!!!!

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