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A disposición para la consulta de todos, dos nuevos proyectos de leyes del Parlamento cubano

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A disposición de todos los ciudadanos, el Parlamento cubano puso hoy en su sitio web oficial dos nuevos proyectos de leyes, los cuales serán sometidos próximamente a consideración de los diputados en la Asamblea Nacional del Poder Popular.

El primero, titulado Proyecto de ley de organización y funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado, parte de la premisa de que, con el modelo institucional del Estado Socialista cubano, el Parlamento, el Consejo de Estado y el presidente de la República instituyen los órganos de mayor jerarquía estatal, condición que se expresa en sus atribuciones y en las relaciones que establecen con el resto de los órganos estatales y la sociedad en general.

Razón por la cual se requiere regular coherente y articuladamente –mediante una ley– la organización y funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y el Consejo de Estado, de conformidad con el nuevo marco constitucional, para garantizar así el pleno desarrollo de la actividad del Estado cubano en su nivel superior y el adecuado cumplimiento de las atribuciones a estos órganos reconocidas.

El segundo proyecto de Ley: Organización y funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y de los Consejos Populares, responde al mandato de la Constitución de la República, que exige en su disposición transitoria novena, la regulación jurídica de la organización, estructura y funcionamiento de las asambleas municipales del Poder Popular.

El proyecto contiene tres títulos, 32 capítulos, 42 secciones, 210 artículos, una disposición especial y dos disposiciones finales y ratifica el principio de que la Asamblea Municipal es el órgano superior del Estado en los municipios y desarrolla el concepto del Consejo Popular como un órgano local del Poder Popular, que representa a la población que enmarca en su área.

Ambos proyectos de leyes están a disposición para la consulta de todos los cubanos en el sitio web de la ANPP y ante cualquier duda, pregunta o preocupación los interesados pueden escribir vía correo electrónico.

  • Correo electrónico disponible: leyasambleanacional@anpp.gob.cu

Se han publicado 18 comentarios



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  • KFC dijo:

    Nunca he entendido por qué si el presidente de la AMPP es la principal autoridad del municipio, en todo reportaje televisivo, noticioso, etc, se presente siempre al 1er secretario del PCC de ese municipio y luego es que se mencione al presidente de gobierno municipal, cuando debería ser al revés, o es que yo he entendido mal el orden de la jerarquía?

    • MRB dijo:

      Creo que sí, entendiste mal. Te puedes remitir al ARTÍCULO 5 de la nueva constitución y verás el porqué.

  • Jose R.Oro dijo:

    La confianza del pueblo en las instituciones revolucionarias se agotó.

  • Carlos Manuel dijo:

    Sugiero incorporar "sobre la asistencia de los ciudadanos a las sesiones de la Asamblea y su participación"

    Saludos

  • Reiter suarez espalter dijo:

    Pienso las asambleas municipales deben ser fuertes que tengan un nivel de desiciones respetable,que la presidencia junto a su intendente tengan la capacidad y condiciones de conducir un municipio por buenos caminos,sobre todo en la Habana pienso hay que fortalece las asambleas municipales y sus consejos populares, hay muchos vicepresidentes CAM que llevan muchos años en el cargo y presidentes de consejos populares también, propongo retomar en algunos consejos populares al vicepresidente profesional,son territorios grandes o con mucha población y una sola persona les he difícil enfrentar todas las situaciones que presentan los barrios o consejos populares

  • Otro dijo:

    Donde se pueden escribir y ver los criterios que tenemos sobre ambos peoyectos.

  • Daniel dijo:

    Poco a poco vamos marcando las pautas del marco constitucional en el cual queremos ver funcionar a nuestro país ..

  • El adulto dijo:

    Muy buena idea por parte del parlamento, así podemos conocer las nuevas leyes, me podrían informar para cuando se promulgará la ley de procedimiento penal.
    Gracias.

  • Sergio dijo:

    Sólo una parte de los cubanos acceden a internet. La palabra "todos" en el título de la noticia no refleja la situación real. Por favor, ser cuidadoso con lo que se escribe...

  • Jorge Mendoza dijo:

    No entiendo de que autonomía municipal hablamos si en el nuevo proyecto del reglamento de las Asambleas Municipales, se elimina controlar y fiscalizar las entidades de su territorio, independientemente de su nivel de subordinación, creo que aunque una empresa o entidad sea de subordinación nacional, debería ser controlada por la Asamblea Municipal donde esté enmarcada la misma. Por lo tanto recomiendo mantener el artículo 19 del actual reglamento de las Asambleas Municipales :

    Artículo 19) Las comisiones permanentes de trabajo son constituidas por la Asamblea Municipal del Poder Popular
    atendiendo a los intereses específicos de su localidad, para que la auxilien en la realización de sus actividades y
    especialmente para ejercer el control y la fiscalización de las entidades de subordinación municipal y de las demás
    correspondientes a otros niveles de subordinación, que se encuentren radicadas en su demarcación territorial,

  • Jorge dijo:

    Muy buena iniciativa y muestra del compromiso que tienen las autoridades con la "interacción" con el pueblo.

    Sobre las leyes: si se le dará mayor autonomía a los municipios, por quew no se aumenta la contribución del 1%?

  • YRC dijo:

    Consideró debe incluirse en el artículo 214 la inclusión de si se recoje la firma de una cantidad considerable de ciudadanos, estos pueden también interesar y solicitar a la Asamblea Nacional, el análisis de convocatorias a consultas populares, referendos y plesbisitos lo cual propiciará una mayor representatividad popular en el proyecto de ley

    • m&m dijo:

      en la constitucion eso aparece, y en dos ocaciones

  • Gumersindo Acebo Nerey dijo:

    Excelente la redacción de estas dos leyes, la estructura de los títulos y capítulos y la redacción de los artículos. Son leyes orgánicas y de reglamento que deben servir para la consulta diaria de modos de actuar y procedimientos. Deben ser tipo manuales de normas y procedimiento y concentrar en un solo texto con fuerza de ley lo que antes estaba disperso en varias normativas.
    Gracias a los compañeros de la Asamblea por divulgar los correos. Es una experiencia novedosa que se debió haber implementado mejor desde los debates de la Constitución porque ofrece la posibilidad de opinar sin condicionarse a hablar artículo por artículo como se hizo en los debates constitucionales.
    En mi opinión solo hay algunos aspectos que se pueden mejorar y lo expresaré mediante los correos habilitados.
    Son realmente muy positivas estas leyes. Se soluciona eficazmente el tema pendiente de la interpretación de la Constitución y ademas el tema del control de constitucionalidad. Se definen bien claro funciones de los cargos y modos de proceder ante las mas diversas situaciones operativas que se desarrollan ordinariamente en estos órganos.
    Felicidades a los redactores. Nadie podrá cuestionar en lo absoluto cuando los diputados las aprueben por unanimidad en la sesión de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

  • Jimmy dijo:

    Muy bien, creo yo, pero la ley de protección de animales para cuando, que mas hay que esperar, cuantas firmas hacen falta para presentarlo al parlamento, hasta cuando

  • @mador dijo:

    Porq no hacen un proyecto que sancione severamente a los que tienen que ver con el bienestar de los ciudadanos y entes de eso lo que hacen es machacar a parte de la población q llevamos meses sin dormir para tratar de recoger un poco de AGUA y aveces ni gotas podemos coger porque no la ponen y cuando la ponen no llega con fuerza y es como sino la pusieran y ni el Delegado ni Aguas de la Habana ni el Poder Popular del municipio le buscan la solución al problema y lo q están es agriandoles la vida a los vecinos de esta zona .Espero que se publique esto para que todos los que quieran opinar sobre esta situación aver si tenemos solución pues en otras oportunidades e echo comentarios y NO me los publican

  • Un tipo ahí dijo:

    Me parece importante que, tal y como se hizo en la Constitución, se disminuya la edad máxima permisible para ser parte de la ANPP a 80 años y se sustituta a todos los miembros que superen esa edad.

  • ana maria dijo:

    Cuando un delegado propuesto por los cederista, hace trampa para obtener una casa y aun asi sigue siendo delegado, ya no es confiable, no es honesto y es tramposo, no se que comision de ETICA puede sustituir al Delegado cuando esto lo sabe todo el mundo, y todavia sigue de delegado mi mama me decia que el alcalde por tal de optener tu voto te separaba una cama en un hospital si estabas enfermo, pero aqui las formas de corrupcion son distintas pq el escenario politico es distinto, entonces me parece muy pobre ese Proyecto de Ley, pq en estos lugares municipios y prorvincias es donde abunda mas la pudricion y la corrupcion conoscos unos cuantos que son Delegados A la Asamblea Municipal y son unos corruptos.

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