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Trabajo por cuenta propia: Aprueban seis actividades y modifican licencia de operación del transporte

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Ilustración: Edilberto Carmona / Cubadebate.

Un nuevo grupo de medidas “para lograr el perfeccionamiento continuo del trabajo por cuenta propia en el país”, fue dado a conocer en esta jornada en la Gaceta Oficial. Las normativas establecen la incorporación de nuevas actividades, la compactación de otras y adecuaciones tributarias. A la vez, se modifica el reglamento sobre la licencia de operación del transporte y se amplía su alcance a toda la nación.

Marta Elena Feitó Cabrera, viceministra primera de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), informó en conferencia de prensa que los cambios para esa forma de gestión responden a las demandas emitidas por la población y los propios trabajadores del sector. “Se espera que contribuya a la simplificación de los trámites, así como a la reducción de los tiempos en que se otorgaban las licencias”.

Entre las políticas aprobadas se encuentran la anuencia de seis nuevas actividades:

  • Operador y/o arrendador de equipos para la producción artística
  • Agentes de selección de elenco (casting)
  • Auxiliar de producción artística

En el caso de estas tres labores, ya se han incorporado 38 personas en seis provincias del país desde su puesta en vigor en septiembre pasado. En el caso de La Habana esta se otorga por el ICAIC y el resto del territorio por las Direcciones Provinciales de cultura, dijo Roy Villanueva Tagle, director general del Instituto Cubano del Arte y la Industria Cinematográficos (ICAIC).

  • Traductor e intérprete certificado

Está reconocida por el ESTI —Equipo de Servicios de Traductores e Intérpretes— con un alcance mayor que el establecido para la actividad de traductor de documento.

  • Productor vendedor de productos alimenticios

Al decir de Feitó Cabrera, esta especialidad agrupará a aquellas personas dedicadas a la elaboración de embutidos, ahumados y conservas u otros productos similares. Para ello es imprescindible contar con licencia sanitaria.

  • Pescador comercial

En este caso, la actividad es el resultado de la promulgación de la nueva Ley de Pesca aprobada en la Asamblea Nacional del Poder Popular y su aplicación comenzará cuando esta entre en vigor.

Al mismo tiempo, se decidió unificar otras actividades o ampliar el alcance de varias.

  • Integrar las actividades de artesano-talabartero- productor vendedor de calzado (ARTESANO). Incorporar al vendedor de flores artificiales.
  • Incluir la actividad de cerrajería electrónica a la de CERRAJERO.
  • Incluir en la actividad de AGUADOR, la venta de hielo
  • En el caso de los servicios de chapistería, si el ejercicio de la actividad no está asociado a lo de transportación, no requieren licencia operativa y por tanto, la autorización quedará a cargo de las direcciones de trabajo municipales: Ejemplo: chapistero de lavadoras, refrigeradores, cocinas.
  • Se incorpora a la actividad de reparador de equipos mecánicos y de combustión, la de electricista automotor. Esta se ejercía anteriormente a través de la licencia de electricista.
  • Se precisa, además, que en el caso de los servicios de decoración, organización de cumpleaños, bodas y otras actividades festivas, se debe solicitar licencia sanitaria, si elabora alimentos asociados a la actividad que oferta.

El nuevo cuerpo legal establece que el facilitador de permuta y compraventa de viviendas podrá contratar hasta dos trabajadores.

Igualmente quedó normado incorporar las vacaciones entre las causas por las que el titular puede designar a un trabajador contratado (el período de tres meses autorizados para la salida al exterior o por vacaciones puede ser interrumpido o no dentro del año natural).

A tenor de la nueva organización del Estado, la Gaceta dio a conocer, además, que se faculta a los Consejos de la Administración Municipal (CAM) a autorizar las actividades de: servicios gastronómicos en restaurantes; servicios de bar y recreación; y arrendador de viviendas y habitaciones cuando se alquilen más de 4 habitaciones o viviendas completas.

Al respecto, la viceministra primera de Trabajo y Seguridad Social dijo que se reducen los trámites y los términos de 90 hasta 30 días.

Los CAM podrán regular los precios y tarifas máximas o fijas, cuando las circunstancias lo aconsejen, siempre teniendo en cuenta las condiciones y características de cada territorio.

Otra de las novedades de la norma es que no tendrán que inscribirse como “trabajador contratado” el cónyuge, los familiares del titular dentro del primer y segundo grado de consanguinidad (hijos, padres y madres, hermanos, nietos y abuelos) y los primeros de afinidad (yerno, nuera, suegro y suegra).

No obstante, según se aclaró en la conferencia de prensa, se excluyen de este caso a los transportistas de carga y pasajeros, si el familiar va a conducir el vehículo, en cuyo caso sí requiere la licencia operativa del transporte.

Precisiones tributarias

“No hay incremento en la carga tributaria para el sector, sino que se producen adecuaciones a las cuotas impositivas mensuales como resultado de la integración de algunas actividades, en tanto se definen cuotas de las nuevas, según su alcance”, afirmó Yahily García Pompa, directora de políticas de ingreso del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP).

En este sentido, especificó que las modificaciones se aplican a las labores que se agrupan en la actividad de artesano y la de vendedor de flores artificiales.

“Los productores-vendedores de calzado que se incorporen a la actividad de artesano, mantienen las cuotas que tenían fijadas a la entrada en vigor de la norma, y las nuevas inscripciones asumen la cuota de la actividad de artesano. Entre tanto, las personas que se dedican a la actividad de talabartero y vendedor de flores artificiales, cuyas cuotas sean inferior a los pagos que establece la nueva norma para la actividad de artesano, mantendrán las mismas cuotas hasta que sean reevaluadas por los Consejos de la Administración correspondientes”.

La directora de políticas de ingreso del MFP explicó, además que a la nueva actividad de productor vendedor de alimentos se le aplica un régimen general de tributación con un 60% de gastos deducibles. “Se establecen las cuotas mínimas de mil pesos para La Habana y 700 pesos para el resto del país”, aclaró.

Por su parte, el electricista automotriz quedará bajo el régimen general de tributación, con un 35% de los gastos deducibles y cuotas mensuales de 100 pesos para La Habana y 60 para el resto del país. En el caso de tener cuotas superiores a la entrada en vigor de la norma, continuarán pagando la anterior.

“A la nueva figura de traductores e intérpretes certificados por cuenta propia, se le aplica el sistema simplificado de tributación, con cuotas de 200 pesos para la capital y 150 al resto de la nación”, añadió García Pompa.

Otra de las noticias de la presente norma es el tratamiento de precios por la venta a los TCP de los excedentes de las producciones y los sobrecumplimientos del encargo estatal o la inejecución de las entidades que tienen plan. Estos se realizarán de acuerdo al “método de gasto o correlación, eliminando el subsidio en los casos que correspondan. Lo anterior excluye a las producciones de acopio”, acotó Yahily.

Modifican normativas para las licencias de operación del transporte

A partir de los resultados del experimento con porteadores privados en La Habana, el Ministerio del Transporte (Mitrans) anunció una serie de modificaciones a los principios que sustentaban dicha prueba.

Según apuntó Marta Oramas Rivero, viceministra primera del Mitrans, las nuevas normas responden a las demandas de la población y de los transportistas, y pretenden “hacer corresponder los intereses del pueblo, los porteadores privados y el gobierno en cuanto a la prestación de servicios, el precio, la adquisición y consumo de combustible”.

Entre las medidas se propone unificar en una sola licencia, denominada regular, las actuales modalidades de libre y ruta; entre tanto se mantiene la modalidad de alto confort o clásico, vinculado a la empresa TaxisCuba.

Igualmente se establece mantener en La Habana, y extender al resto del país, la obligatoriedad del uso de tarjeta magnética para la adquisición de combustibles por los porteadores privados que brindan servicios en medios automotores.

“Es importante aclarar que se establecen precios diferenciados en CUP para la venta de combustibles para los porteadores privados, con excepción de los vinculados a la empresa TaxisCuba”, detalló Oramas.

Tipo UM Precio
Gasolina Especial B-94 litro 15.00
Gasolina Regular B-90 litro 10.00
Gasolina Motor B-83 litro 8.00
Diésel regular litro 8.00

Sobre el propio tema, las nuevas regulaciones instituyen un consumo mínimo y máximo mensual en función del tipo de vehículo, capacidad de transportación del medio y la actividad a realizar.

“Las entidades que otorgan las licencias quedan responsabilizadas con el control mensual del combustible mínimo y máximo de cada transportista”, acotó la viceministra.

En conferencia de prensa se precisó que los precios de los servicios de transportación los establecerán los propios transportistas, siempre teniendo en cuenta los importes máximos aprobados por los Consejos de la Administración.

Un grupo multidisciplinario municipal aprobará las licencias con extensión nacional, en dependencia de las necesidades del territorio y las condiciones para su ejecución de forma ordenada.

Oramas Rivero explicó que, desde este momento, para obtener o renovar una licencia de operación del transporte, se debe poseer una cuenta bancaria fiscal para realizar las transacciones y los cobros, a la vez que es necesario un contrato con Fincimex para la adquisición del combustible mediante tarjeta magnética.

Por mejores relaciones contractuales

Al valorar el nuevo cuerpo legal, el vicetitular primero del Ministerio de Economía y Planificación (MEP), René Hernández Castellanos, acotó que permitirá avanzar en el perfeccionamiento de este sector, a la vez que da “mayor capacidad de integración e interrelación entre los diferentes actores de la economía”.

Comentó que con estos pasos se eliminarán las trabas que dificultan el encadenamiento productivo entre los diversos entes, y elimina las limitaciones en las relaciones de las empresas con las formas de gestión no estatal. “Siempre empleando cuenta bancarias, solo el efectivo para pagos menores”, puntualizó.

En sus palabras resaltó que las normas jurídicas que hoy se publican ponderan el papel del recurso legal y formal de la contratación económica en sus diferentes modalidades.

Descargue Gaceta Oficial con nuevas regulaciones

Se han publicado 199 comentarios



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  • Rolando(Caguayo) dijo:

    Mientras no se permita la importacion de la materia prima.por la via que sea,no habra desarrollo ninguno,llevo 3 meses sin trabajar porque no hay oferta de materia prima para mi actividad en ningun lugar del pais y la red de comecio minorista no comercializa NADA para nosotros.¿A quien se le ocurre la idea de integrar la produccion de calzado como Artesano y otros,desentendiendo al ministerio de Industrias como rector? Lo que hace falta es: MATERIA PRIMA !!! o autorizacion para importarla...

  • comercial dijo:

    Primero le solicitamos a Humberto el conductor de Hacemos Cuba que nos aclare el termino en derecho de facultad discrecional nunca se habla de como se controla esa famosa facultad discrecional que autoriza al consejo de la administracion de un territorio a regular el valor del precio del servicio que se brinda en el caso de los arrendadores de viviendas, eso si se hace hay que hacerlo con seriedad , transparencia con un estudio de mercado actualizado y bien fundamentado, reunirse con los implicados explicarle por que se hace y con el objetivo que se hace no es que de hoy a mañana el valor minimo del impuesto segun establece el decreto ley en el caso de arrendamiento de vivienda completa es de 720 cup por habitacion(28.8cuc) y cuando te levantes al otro dia, sea de 50 cuc por habitacion sin informarselo a nadie, ni reunirse con nadie,sino por que hacen uso de esa facultad discrecional, eso no se revisa por parte de los organos de control del estado, eso puede ocultar ineficiencias y otras cosas, todo tiene que ser debatido y discutido con los implicados esa regulacion tiene que ser por etapas atendiendo a la ubicacion del negocio, mercado que atiende, estacionalidad del mercado para que sea justo.
    Se faculta a los consejos de la Administración municipales para regular los precios y tarifas fijos o máximos a aplicar a losproductos y servicios que prestan los trabajadores por cuenta propia, cuando las circunstancias, condiciones o características del territorio lo aconsejen”.-
    Lo dice el decreto cuando lo aconsejen
    Este es un ejemplo de esa facultad discrecional

    Arrendamiento de viviendas( por habitacion) 720.00, esa es la cuota minima 28.80cuc y en Trinidad cobran 50 cuc por habitacion,tanto en alza como en baja, mientras que en viñales cobran 30 cuc
    (por habitación), cual es la diferencia, que alguien me la explique, en que datos estadisticos, estudio de mercado ejecutado, se basan para aplicar este precio exagerado, nadie lo explica

  • tony dijo:

    pueden abundar en detalles con relacion a la licencia de traductor e interprte?
    gracias!

    • Yosvani dijo:

      EN LA GACETA ESTÁ CLARO, PERO A PESAR DE QUE LA APROBARON, NO LA ESTÁN DANDO, Y EN EL ESTI NO ESTÁN CERTIFICANDO, QUE DESASTRE SIEMPRE, QUE FALTA DE RESPETO.

  • Ernesto dijo:

    En la concreta, que se puede hacer con esta licencia, pues en algunos casos tiene alcance nacional,si se solicita, pregunto, puedo trabajar con turismo internacional, (extranjeros) en traslados dentro y fuera de La Habana haciendo traslados o excursiones, recoger puntual mente en aeropuertos, llevarlos a Viñales, Varadero, por ejemplo, gracias

    • Yosvani dijo:

      SERIAS TRADUCTOR, NO GUÍA DE TURISMO, NECESITAMOS QUE APRUEBEN UNANPARA GUIA DE TURISMO. COMO EXISTE EN TODO EL MUNDO, HABLAR SOBRE ESTO EN LAS REDES AYUDARÍA!!!

  • Fernando dijo:

    Realmente no entiendo el porqué ni el momento de las medidas, en el caso del transporte, lo q debieran hacer es tratar de q todos aquellos q prestan este servicio lo hagan de manera legal, ahora mismo en la provincia de ciego de Ávila, y le garantizo q en el país completo, son más las personas q ejercen el trabajo de manera ilegal q las legales, si le sumamos la cantidad de "buquenques" Q hay, le aseguró q es casi imposible realizar el trabajo de la mejor forma. Incorporen primero a todos aquellos para q aporten con sus impuestos y luego hagan lo demás. En mi modesta opinión están a mil años luz de saber cómo funciona el transporte de pasajeros en
    Cuba, y creanme cuando les digo q no es muy complicado ordenarlo

  • Bendecido dijo:

    Ya los transportistas privados probaron el rico sabor de precios altos. Ahora bien, si el gobierno no controla que se cumplan las medidas tomadas, será más ganancias para los transportistas, pues será menor la inversión y mayor las ganancias. Y el pueblo de a pie a seguir sufriendo los abusos de precios

  • habanera100porciento dijo:

    he leido varios comentarios sobre la subida de los precios por los cam y es real.creo que las atribuciones conferidas solo son para subir sin analizar.cuidado con esas atribciones.

  • fcm dijo:

    Haga un comentario ...En Campechuela,Granma ya llegaron los nuevos precios y para nada fueron rebajas ,sino todo lo contrario,al final a ellos le rebajan el precio del combustible y al pueblo le aumentaron el precio del pasaje!!!!

  • Manuel dijo:

    El tramo más caro en toda la Habana es el de Alamar 1cuc con las nuevas regulaciones deben obligarlos a bajarlo

  • eduardof dijo:

    muy bueno la actualizacion de la legislacion en torno a los trabajadorespor cuenta propia, pero me sumo al reclamo de muchos de los companeros que me anteceden en cuanto a la actividad de programador de equipos de computo que hace casi dos anos lo dejaron pendiente y aun no ha salido creo que por muy compleja que sea la regulacion de esta actividad ya hay tiempo sobrado de resolverla y lo mas importante es que como no se ha resuelto muchos jovenes informaticos estan Ñinventando¨para poder ganarse los frijoles y eso es negativo en la formacion de las personas por que se acostumbran a inventar y mentir para resolver los problemas. Ademas creo que una situacion que no se acaba de resolver en nuestro pais es que se regulan cosas legalmente y luego no se vela por su cumplimiento y en este cadso me refiero que en uno de los primeros articulos de la nueva rewsolucion vinculada a los TCP se senala que no se permitira que estos comercialicen productos que son adquiridos en las tiendas estatales y eso no se ha resuelto y seguimos los trabajadores de este pais viendo como para adquirir determinados productos, piezas, calbles pinturas etc etc hay que remitirse a las llamadas candongas y ver que alli se doblan o triplican los precios que estos companeros ponen a productos que fueron vendidos a pprecios muchos mas bajos en las tiendas de productos industriales u otras entidades estatales _ cuando los gobiernos van a resolver de una ves y por todo esta situacion .. De lo contrario no lo regulen en las normas juridicas ya que da pena que se legislen cujestiones que dedspues no son capaces de hacer cumplir. Y si lo que digo aca no se entiende muy bien los invito a la ciudfad de santa clara y en especial a la candonga del hosìtalñ dopnde se comercializa de todo lo que aqui senale. Por favor autoridades hagan cumplir lo que se legisla.

  • carlos(cav) dijo:

    En caso de por mi trabajo consuma el maximo de combustible, puedo ir y comprarlo al precio de 1 CUC para seguir trabajando.???

  • Add dijo:

    Por qué no abren de nuevo la patente de comprador vendedor de discos o por que uno que ya la tiene no puede alquilar un local y contratar un trabajador que ejerza el trabajo en el local arrendado?

  • Luis Alfonso Rangel Mayor dijo:

    Estas nuevas medidas considero ayudarán al control del combustible y con ese precio diferenciado se podrá controlar mejor los precios de los pasajes, sin embargo tengo una pregunta. Los que poseemos carros particulares que han sido obtenidos por nuestro trabajo al servicio de la Educación, la Salud u otra rama de los servicios o la producción y no tenemos tiempo para ofrecer servicio de taxis, pero que transportamos en nuestro auto a compañeros de trabajo y por supuesto no cobramos nada, por qué no se nos vende también un mínimo de combustible a un precio diferenciado y no el actual de 25 CUP el litro de gasolina regular 90 y/o 30 pesos el litro de gasolina especial 94.

  • Gretel dijo:

    Es imposible trabajar y cumplir regulaciones nuevas

  • Keyner dijo:

    No dice nada d si se puede o no montar turistas .

  • Osvaldo dijo:

    Ojalá y realmente esta información sobre la contratación le llegue a las empresas estatales, que hoy no pueden dar los servicios a los TCP, pongo el ejemplo de GEOCUBA, que imprime documentos en diferentes formatos, en mi caso, productor de Vinos, necesito una Etiqueta que no se deteriore con la humedad, y GEOCUBA, particularmente su filial en Ciego de Avila, aun no tenia el permiso para hacer contrato con nosotros e imprimir las etiquetas que neceitamos..

  • Yosvani dijo:

    POR DESGRACIA EL ESTI NO CERTIFICA, ENTONCES CÓMO VAS A SER TRADUCTOR INTÉRPRETE???? TREMENDO!!!

  • Igor Hernandez Bonne dijo:

    Otra de las novedades de la norma es que no tendrán que inscribirse como “trabajador contratado” el cónyuge, los familiares del titular dentro del primer y segundo grado de consanguinidad (hijos, padres y madres, hermanos, nietos y abuelos) y los primeros de afinidad (yerno, nuera, suegro y suegra).

    Mi padre es TCP de la actividad de Venta de articulos varios en Guantanamo y en dos ocasiones ya con los inspectores tuvimos sendas discusiones una a mediados de diciembre y otra recientemente hoy porque segun ellos ...eso no se ha aprobado todavia...amen de que la gaceta se hizo oficial desde el 7 de diciembre del 2019...por que en Guantanamo siempre se van a los extremos y no se orientan a estos personajes que siempre estan tratando de sacarle provecho a los TCP...

  • Juan Pérez dijo:

    9. Servicio de taxi: servicio de transporte de pasajeros que se presta a un cliente con
    medios habilitados a tales fines, a cambio del pago de una remuneración.
    10. Servicio de taxi de alto confort o clásico: servicio de transporte de pasajeros
    hacia cualquier destino, en piqueras exclusivas al turismo (hoteles, instalaciones
    extrahoteleras y otras análogas; aeropuertos, puertos y marinas; zonas comerciales y
    recintos feriales), por reservas en las oficinas comerciales y su pago es por taxímetro
    o acuerdo de pago por kilómetro recorrido, según tarifario establecido.
    11. Servicio regular: servicio de transporte de pasajeros que se realiza en cualquier
    itinerario en el territorio autorizado hacia cualquier destino, cobra los servicios acorde a
    los precios aprobados por los consejos de la Administración. Puede realizar el servicio
    a solicitud del usuario, quien determina el recorrido a realizar por el transportista
    (puerta a puerta). No puede brindar el servicio de alto confort o clásico.
    Estas son las definiciones que aparecen en la Res 410/2019 del Mitrans.
    Lo que expresare aquí tengo entendido que se ha expuesto en varios escenarios, y es acerca del servicio de alto confort o clásico
    La resolución es ambigua en lo que a este servicio se refiere, pues sí leemos el concepto que aparece en el punto no 10 dice bien claro, ( hoteles, instalaciones
    extrahoteleras y otras análogas; aeropuertos, puertos y marinas; zonas comerciales y
    recintos feriales), por lo que deja una cantidad de sitios o espacios de nuestro territorio que, son para quien?.
    Por otra parte se le impone al turista en que tiene que moverse, algo que puede o no ser de su agrado.
    Me imagino un turista en Santa Lucía, que necesita ir hacia Pinar del Río, o en Isabel Rubio, con igual necesidad, o que llegue a la terminal de la Habana y quiera irse en un almendron para Matanzas, o para Perico, que se le dice?. Pienso que el no entenderá porque no puede montar en el carro que el quiera, y mucho menos buscar un servicio que quizás se le preste desde una distancia que a el no le resuelve en el tiempo que el necesita , pero vamos a la resolucion.
    Al decir que la licencia regular no puede prestar el servicio de ACOC, que me dice?, que no puedo ir a Varadero, al Hotel Nacional, o que sencillamente no puedo recogerlos?.
    Personalmente no me afecta, en una karpazuki ni pensar, pero he leído y he visto eso que lo considero un error de escritura.
    Por otra parte, según expresa la resolución, el servicio regular no puede cargar turistas, que pertenecen al alto confort o clásico pero, no dice que los autos de la mencionada licencia, estén restringidos para prestar servicios a nacionales
    Lo otro, lo que se aplique, las medidas que le apliquen a los violadores por parte de la PNR, los inspectores estatales del Mitrans y del gobierno pueden ser fácilmente, a mi entender, consideradas inapropiadas en un tribunal de acuerdo a lo que la propia resolución expresa.

  • Jesus Pereira dijo:

    Puede un portador privado de un auto con licencia regular dar servicio a personas extranjeras en lugares donde no este presente el servicio de cubataxi , ejemplo dentro de las ciudades, paradas, terminales en tramos de carreta etc.

  • Yosvani Quiala dijo:

    Si no es mucha molestia, me duele los dedos de escribir sobre esto, cuando el ESTI va a hacer bien su trabajo???, y va a empezar a certificar, para poder sacar la licencia de TRADUCTOR INTÉRPRETE. QUE LENTOS EN CUBA PARA HACER TODO, YA DENTRO DE POCO VAN A SER DOS AÑOS DESDE QUE SE ANUNCIÓ LA LICENCIA, QUE INEFICIENTES!!! DOSSSS AÑOSSSSS!!!!

  • luis enrique dijo:

    Dentro de equipos que se pueden importar en las nuevas tiendas de divisa estan los equipos para sublimacion. Porque no existe una actividad de cuentapropista que pueda realizar esta actividad

  • gil dijo:

    tengo dudas sobre la actividad de Operador de Equipos de Recreacion en la gaceta dise que esta licencia no se esta otorgando para los equipos de recreacion que sean RUSTICOS sin enbargo mis equipos no son rusticos son importados hechos por Fabricas calificadas. Castillos inflables y carros electricos. Y no me pueden otogar la licencia porque dise planificasion fisica que no se puede e incluso en la habana si esta permitido para estos equipos que son importados

  • Yusnier dijo:

    Sería muy provechoso que a los cuentapropistas les permitan trabajar en las diferentes actividades con POS, para de esta manera sus clientes puedan efectuar el pago con tarjetas magnéticas, y no solo en los establecimientos estatales

  • Yosvany dijo:

    Hola, lo he pensado antes de escribir, ya que en otra ocasión no tuve respuesta y no creo haber incumplido las condiciones, pero igual, pruebo a ver que tal me va. Hoy me acerque a la Dirección de Trabajo en el municipio de Santa Clara, VC con la intención de obtener los requisitos para ejercer una actividad por Cuenta Propia, pero veo una lista en un mural con una serie de actividades que dice no están ofreciendo Licencias de Funcionamiento. Mi pregunta es, hay algún motivo en especial, alguna resolución, o eso lo determina la Administración municipal sin tener que ofrecer explicaciones? En mi caso la actividad es venta de productos del agro. Más de que mi comentario se publique, me agradaría recibir una respuesta, seguro estoy debe haber una razón de peso. Que tengan buenas tardes. Yosvany

    PD: escribo por esta vía porque escribí al Ministerio de Trabajo pero no responden y como vi en su pagina oficial que Cuba debate tiene una gran protagonismo asumí que pueda ser el mejor canal para esclarecerme y en la entidad municipal había muchas personas y no creo con el tema pandemia dispusiera de un espacio para este tipo de dudas ya que no es un trámite como tal. Disculpen si no es el lugar apropiado para mi pregunta. Saludos

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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@oigc.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Edilberto Carmona Tamayo

Edilberto Carmona Tamayo

Subdirector de Desarrollo y Soporte a los Medios de Ideas Multimedios. Licenciado en Periodismo en 2016 por la Universidad de Holguín. Contacto: edilberto@cubadebate.cu

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