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Asumen sus cargos los miembros de la Comisión de Candidaturas Nacional

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Ceremonia de toma de posesión de la Comisión Nacional de Candidaturas, en el Memorial José Martí, en La Habana. Foto: Ariel Ley Royero/ ACN.

La Comisión de Candidaturas Nacional (CCN) quedó constituida este martes, en ceremonia efectuada en el Memorial José Martí, con vistas al venidero proceso de elección de los cargos fundamentales del Estado y la Asamblea Nacional del Poder Popular en Cuba.

Las  comisiones  de  candidaturas  se  integran  por  representantes  de  la Central  de  Trabajadores  de  Cuba,  de  los  Comités  de  Defensa  de  la  Revolución,  de  la  Federación  de  Mujeres  Cubanas,  de  la  Asociación  Nacional  de  Agricultores  Pequeños,  de la  Federación  Estudiantil  Universitaria  y  de  la  Federación  de  Estudiantes  de  la  Enseñanza Media,  designados  por  las  direcciones  nacionales,  provinciales  y  municipales  respectivas.

Los siete representantes de las organizaciones políticas y de masas recibieron la certificación que los acredita como miembros de ese grupo y firmaron el juramento ante Homero Acosta, secretario del Consejo de Estado, y de Alina Balseiro Gutiérrez, presidenta del Consejo Electoral Nacional y demás integrantes de ese órgano, tal y como establece la Ley Electoral.

Acosta recordó que, en cumplimiento con el mandato de la nueva Constitución, el 10 de abril comenzó la conformación de los órganos fundamentales del Estado. Explicó que —según recoge la Ley Electoral— antes de que concluya el mes de octubre se realizará una sesión de la Asamblea Nacional para elegir a los miembros de ese órgano, al presidente y vicepresidente de la República, y a los otros integrantes del Consejo de Estado.  

Homero Acosta, secretario del Consejo de Estado. Foto: Ariel Ley Royero/ ACN.

Destacó la alta responsabilidad de la CCN, pues tiene en sus manos la tarea de analizar cada una de las propuestas. “Nuestro sistema electoral tiene una profunda raíz democrática: en algunos casos es el pueblo quien nomina y elige directamente, y en otros las propuestas las hacen las comisiones de candidaturas”, argumentó.

La presidenta de la Comisión, María Consuelo Baeza Martín, juró en nombre del grupo “cumplir en tiempo, con profesionalidad, disciplina y exigencia, las actividades inherentes a los cargos”, en un desempeño caracterizado por la imparcialidad, transparencia y justeza.

Asistieron a la ceremonia los máximos representantes de la Unión de Jóvenes Comunistas, la Federación Estudiantil Universitaria, la Federación de Estudiantes de la Enseñanza Media y de la Asociación  Nacional de Agricultores Pequeños.

Integrantes de la Comisión:

Presidenta:

  • María Consuelo Baeza Martín, miembro del Secretariado Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba.

Miembros:

  • Alfredo Machado López, presidente de la Asociación Nacional de Innovadores y Racionalizadores.
  • Rosmeris Santiesteban Lago, segunda secretaria de la Federación de Mujeres Cubanas.
  • Julia Durruthy Molina, miembro del Secretariado Nacional de los Comités de Defensa de la Revolución.
  • Roberto Chinea Martín, funcionario de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños.
  • Dayron Mujica Barreras, vicepresidente de la Federación Estudiantil Universitaria.
  • Alejandro Bosmenier León, miembro del Secretariado Nacional de la Federación de Estudiantes de la Enseñanza Media.

Ley Electoral, artículo 166. La Comisión de Candidaturas Nacional tiene las funciones siguientes:

a) Preparar y  presentar,  conforme  a  la  ley,  a  las  comisiones  de  candidaturas  municipales  las  propuestas  de  precandidatos  a  diputado  a  la  Asamblea  Nacional  del  Poder Popular,  a  los  fines  de  su  nominación  por  los  delegados  a  las  asambleas  municipales del  Poder  Popular  y  su  posterior  presentación  a  elección  por  el  voto  libre,  igual, directo y secreto de los electores del municipio;

b) preparar  y  presentar,  conforme  a  la  ley,  para  su  nominación  y  elección  por  la  Asamblea Nacional  del  Poder  Popular,  el  proyecto  de  candidatura  para  ocupar  los  cargos  de  presidente,  vicepresidente  y  secretario  de  esta,  quienes  lo  son  a  la  vez  del  Consejo  de  Estado;

c) preparar y  presentar,  conforme  a  la  ley,  para  su  nominación  y  elección  por  la  Asamblea  Nacional  del  Poder  Popular,  el  proyecto  de  candidatura  para  elegir  a  los  demás miembros del Consejo de Estado;

d) preparar  y  presentar  a  la  Asamblea  Nacional  del  Poder  Popular,  conforme  a  la  ley, el  proyecto  de  candidatura  para  nominar  y  elegir  al  presidente  y  al  vicepresidente de la República;

e) aprobar, dentro  del  marco  de  su  competencia,  indicaciones  generales  sobre  acciones  y  procedimientos  complementarios  a  aplicar  por  las  comisiones  de  candidaturas provinciales  y  municipales  durante  el  ejercicio  de  sus  funciones  y  mantener  el  control sobre su labor;

f) establecer el calendario y los programas de trabajo propios y para las comisiones de candidaturas provinciales y municipales, de conformidad con lo establecido en la ley, en correspondencia con las fechas fijadas por el Consejo de Estado y el Consejo Electoral Nacional para la celebración de los procesos electorales;

g) rendir informe por escrito al Consejo Electoral Nacional sobre el cumplimiento de sus responsabilidades; y

h) cualquier otra que le atribuya la ley.

Se han publicado 8 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

  • luis dijo:

    SALUDOS, EN ESTA OCASIÓN SE ELIGE PRIMER MINISTRO. O CONTINÚA EL CARGO DE PRESIDENTE DE LOS CONSEJOS DE ESTADO y DE MINISITROS

    • Daniel dijo:

      Después e esta elección quedarán elegidos el Presidente de la República y el Primer Ministro, al igual que los Gobernadores de las provincias.

      • Leandro dijo:

        Esta comisión es la que presenta a la Asamblea Nacional del Poder Popular los proyectos de candidaturas para:
        a) ocupar los cargos de presidente, vicepresidente y secretario de esta, quienes lo son a la vez del Consejo de Estado;
        b) elegir a los demás miembros del Consejo de Estado;
        c) para nominar y elegir al presidente y al vicepresidente de la República.
        El Primer Ministro no se elige; se designa por la Asamblea Nacional de Poder Popular a propuesta del Presidente de la República.
        Según la Constitución, una vez elegido, el Presidente de la República, en el plazo de tres meses, propone a la Asamblea Nacional del Poder Popular la designación del Primer Ministro, Viceprimeros Ministros, el Secretario y demás miembros del Consejo de Ministros
        Por tanto en el plazo de tres meses después de haber sido elegido el Presidente de la República a propuesta de este la AN del PP designará un nuevo Consejo de Ministros. Por supuesto que ese nuevo Consejo de Ministros podrá mantener actuales miembros del Consejo de Ministros, si los propone el Presidente y la AN de PP así lo decide.
        Los gobernadores y vicegobernadores provinciales se eligen por los delegados de las Asambleas Municipales del Poder Popular de la provincia a propuesta del Presidente de la República.

    • Cubano dijo:

      Estimado Luis. En el venidero proceso electoral del mes de octubre, los diputados cubanos elegirán de entre ellos a la nueva dirección de la ANPP( su Presidente, Vicepresidente y Secretario que a la vez lo serán del Consejo de Estado y a los restantes miembros del Consejo de Estado que son 21 en total y es el órgano permanente del Parlamento; también se elegirá al Presidente de la República de Cuba que será el Jefe del Estado y también al Vicepresidente de la República quienes tomarán posesion de sus cargos. En el mes de diciembre, la Asamblea deberá designar a un Primer Ministro, propuesta que será hecha por el Presidente de la República así como a los nuevos miembros del Consejo de Ministros. Es decir a partir de octubre y diciembre respectivamente, Cuba contará con un Presidente de la República que será el Jefe de Estado de la Nación y un Primer Ministro que será el Jefe de Gobierno de la República. Los gobernadores provinciales serán elegidos en el mes de enero del 2020 por los delegados de las asambleas municipales de las provincias a propuesta del Jefe del Estado. Le recomiendo que siga informado al respecto, nuestra prensa seguro dará más cobertura a la noticia cuando queda poco más de un mes para este histórico evento.

  • Julio Cesar Martinez Batista dijo:

    Estimado Luis, El Primer Ministro lo propone el Presidente de la Republica y se aprueba por la Asamblea Nacional y el Cargo de Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros desaparace: El Presidente de la Asamblea Nacional es a su vez el Presidente del Consejo de Estado. y el Consejo de Ministros lo dirige el Primer Ministros y sus Sesiones o Reuniones la Preside el Presidente y es invitado permanente el Secretario General de la CTC.más o menos es los que entendi de las Sesiones de la Propia Asamblea Nacional

  • Gumersindo Acebo Nerey dijo:

    Hay grandes cambios en la estructura del Estado a fin de que sea más eficiente. El antiguo Consejo de Estado ahora cambia totalmente su esencia.
    Antes el Consejo de Estado era la Presidencia colegiada de la nación. Ahora el Consejo de Estado es solamente la Presidencia de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Ahora es una comisión de trabajo permanente, la principal, dentro de la Asamblea. Debieron haber eliminado la nomenclatura de Consejo de Estado pero no fue así. En consecuencia ahora el presidente de la Asamblea se nombrara Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular y de su Consejo de Estado. Sin dudas un trabalenguas. Por otra parte el jefe de Estado se llamará sencillamente Presidente de la República. Nada que el Consejo de Estado cambia en buena medida sus funciones.
    Por otro lado queda excelente la separación de funciones entre el jefe de Estado y el jefe de Gobierno, es decir entre el Presidente de la República y el Primer Ministro, entre la Presidencia de la República (antiguo Consejo de Estado) y el Gobierno de la República.
    Hay opiniones negativas sobre el nombre de Gobernador lo cual no significa que el país vuelva al capitalismo. Es solo un nombre. A las diferentes carteras las dirigen los ministros, pues a las diferentes provincias las dirigen los gobernadores. Eso es lo que son los gobernadores: ministros de provincia.
    No hay que temer a los cambios para bien. Nuestro país institucionalmente se perfecciona. Cambian estructuras y cambian funciones. Todo eso para aumentar la eficiencia del proceso de administración o gobierno. Pronto veremos a esta moderna maquinaria trabajar y habrá buenos resultados. De eso estamos seguros.

    • Bender_El_Tunero dijo:

      Bien por lo de Gobernador de cada provincia.doy fe

    • David dijo:

      Disculpe, los ministros no se eligen, los Gobernadores si

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