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Publican nuevas normas jurídicas para el ordenamiento y legalización de la vivienda en Cuba (+ PDF)

Por: Redacción Cubadebate
En este artículo: Cuba, Normas jurídicas, Propiedad, Vivienda
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El fondo habitacional de Cuba asciende hoy a 3 824 861 viviendas, según la actualización del Censo de población y viviendas de 2012. Foto: Claudia Camps.

Dos acuerdos del Consejo de Ministros sobre el ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales, y sobre el cambio de uso y traspaso de locales, aparecen publicados este viernes en la Gaceta Oficial ordinaria No. 33, acompañados de dos resoluciones de los ministerios de Justicia y de la Construcción, un paquete jurídico que beneficiará a miles de familias que hoy habitan inmuebles bajo régimen de arrendamiento permanente o usufructo, o que han construido sin seguir formalidades legales.

Las nuevas normas entrarán en vigor 30 días después de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. (El PDF de la Gaceta Ordinaria No. 33 aparece al final del texto)

Para la implementación de esta política se emiten los acuerdos 8574 -que aprueba el reglamento de ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales-, y el 8575 -sobre el cambio de uso y traspaso de locales-, ambos del Consejo de Ministros.

Al presentar este jueves ante la prensa el paquete jurídico, Santiago Herrera Linares, director de Asuntos Legales de la Vivienda, del MICONS, dijo que la nueva política responde a la necesidad de establecer un proceso de ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales que permita organizar el estatus de la vivienda en el país, y propiciar la solución habitacional para miles de familias que en toda la nación habitan locales que no son de su propiedad o sobre los cuales no tienen derechos reconocidos para acceder a la construcción por esfuerzo propio y con ello a la solución de su problema habitacional.

Necesidad:

-Un adecuado ordenamiento legal

-Flexibilizar la transferencia de la propiedad de ocupantes de viviendas estatales declarados arrendatarios y usufructuarios

-La legalización de viviendas terminadas o en ejecución por el Estado y la población

“Consiguientemente -afirmó-, esta política es también una contribución a la solución de problemas habitacionales complejos y al mejoramiento del fondo habitacional del país”.

Se flexibiliza y se amplía la política de transferencia de propiedad, un beneficio para quienes han sido arrendatarios permanentes durante años. A la vez, se flexibilizan las potestades de los gobiernos para disponer, a través de sus acuerdos y previa preparación, la entrega, reconocimiento u otorgamiento de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales que hoy habitan personas en calidad de usufructo.

El funcionario precisó que se estima que más de 230 000 familias van a ser beneficiadas.

En Cuba, los gobiernos locales otorgan viviendas bajo dos conceptos: arrendamiento o propiedad. Se calcula que el 90 por ciento de las viviendas en el país están en régimen de propiedad.

Entre los principios generales que rigen la ejecución del Acuerdo 8574, Herrera señaló que debe ejecutarse en un período de seis años desde su entrada en vigor e incluye las viviendas rurales y urbanas, exceptuando las que establece el procedimiento.

“Los que construyeron ilegalmente y violan las regulaciones urbanísticas y territoriales, no se legalizan. Por tanto, el principio rector y de máximo conocimiento por ciudadanos, dirigentes y funcionarios, es que lo que está edificado cumpla las regulaciones urbanas y territoriales. Esa es la consideración clave para la tramitación de las solicitudes de la población y su aprobación por las autoridades pertinentes”.

El precio para la transferencia de propiedad se adecua en todos los casos partiendo del valor del bien que se trasmite y se otorga, está basado en las reglas del valor del precio ideal de la vivienda en Cuba, y se deprecia según lo que incluya la vivienda y el estado en que encuentre.

“El precio está muy subsidiado; de hecho, el precio ideal de la vivienda en Cuba  sigue siendo muy subsidiado, en un nivel que se estima entre 60 y 80 por ciento. Las personas van a acceder a legalizaciones y plenos derechos sobre inmuebles estatales a precios muy subsidiados”, destacó.

En el caso de las personas que no cumplieron las regulaciones urbanas y territoriales cuando ejecutaron las acciones constructivas de sus viviendas (y en el proceso entran tanto las terminadas como las que no lo han sido), “se trata de esfuerzo propio y no se aplica el requisito del pago. Se les reconocerá y deberán pagar lo que deban pagar, que generalmente, si no lo han hecho, será el derecho perpetuo de superficie”.

“Si la persona incumplió las regulaciones urbanas y territoriales y no es posible la legalización u otorgamiento del local que está adecuando o la vivienda que está ejecutando, entonces no se legaliza porque no es legalizable ni admisible en términos urbanos y territoriales o de disciplina social. Aquí se legaliza todo lo que quepa en el marco del cumplimiento de las regulaciones urbanas y territoriales”, apuntó el director de Asuntos Legales de la Vivienda, del MICONS.

Añadió que en la tramitación de estos asuntos deben crearse condiciones y facilitarse la tramitación, admisión y procesamiento a personas discapacitadas, embarazadas y adultos mayores, en correspondencia con una política general del Estado cubano que protege a esas personas. La política incluye también en estos casos la prioridad para la solución más rápida posible.

Los destinatarios

Los destinatarios de esta política y normas son los arrendatarios permanentes del fondo estatal de viviendas, que tienen contratos de arrendamiento permanente (o tienen derecho pues el titular del contrato, un familiar, falleció); los usufructuarios y ocupantes legales de viviendas, cuartos, habitaciones y accesorias, y quienes habitan en viviendas o locales terminados o en ejecución por el Estado o los propios habitantes.

A quienes son beneficiados por la transferencia de la propiedad de la vivienda que tienen en arrendamiento, se les reconocerá como precio legal de adquisición de la vivienda el establecido hoy, pero se descontará lo que han pagado como arrendatarios, se tendrá en cuenta en el monto a pagar. Como la mayor parte de la población ha vivido en estas viviendas en calidad de arrendamiento por más de 15 años, gran parte de ellos no tendrán que pagar.

“Si les falta algo por pagar del precio establecido, lo pagan; si no, reciben su título de propiedad y no tienen que ir al banco”, explicó el funcionario.

El usufructuario también tiene un contrato, o una resolución, pero no es propietario ni arrendatario. No pagó nunca para adquirir la casa, habitación o cuarto y tampoco pagó alquiler como arrendatario. No paga nada por el inmueble que habita. En estos casos, se entra en un procedimiento similar -Vivienda, Planificación Física, asignación por el gobierno local y título de propiedad si es adecuada la vivienda.

“Si aún falta hacerle cambios para convertirla en adecuada legalmente, y en ese momento no lo puede hacer, o ya lo hizo ilegalmente -porque su estatus de usufructuario no permite licencia para modificaciones-, accede a esta posibilidad cuando sea posible convertirla en adecuada por esfuerzo propio.

“Acude la Dirección de Vivienda, se hacen las evaluaciones técnicas pertinentes, interviene Planificación Física, y de ahí sale una resolución que incluye transferencia de propiedad, si está terminada; si falta algo, se le reconoce derecho sobre el local y también el derecho de acudir a obtener los permisos pertinentes para emprender la construcción que falta, licencia, acceso a compra de materiales o crédito bancario, o subsidio”. Eso, para lograr que la vivienda sea adecuada y se transfiera a propiedad”.

Es decir, apuntó, “en este y otros casos se apreciará que la vía que se busca para que la gente resuelva el problema habitacional es el derecho”.

Otro caso es el de viviendas terminadas o en ejecución por el Estado o la población, en las que por diversas razones se incumplieron las formalidades legales en el proceso constructivo.

“Por alguna razón, una vivienda está terminada por el Estado pero no fluye el proceso final, el habitable y la asignación, y los ocupantes están afectados. Vivienda, Planificación Física y el Consejo de la Administración acuerdan habitabilidad y asignación, y de ahí se incorpora al fondo al que la vivienda corresponda.

“Se adecua, se reconoce lo edificado, pasa al Registro de Propiedad y se adecua el contrato de arrendamiento”.

Magalys Rivero Ramírez, directora de Inversiones del IPF, se refirió a la legalización de locales que ya están convertidos en viviendas adecuadas.

“Hay numerosas familias que viven en locales estatales -otorgados por diversas vías, mediante soluciones que se han buscado a veces por encima de los procedimientos, y que están en una situación sin estatus- que tienen ciertas adecuaciones como vivienda. Deberán solicitar en la Dirección Municipal de Vivienda el proceso de legalización, en el que se incluye el dictamen técnico de Planificación Física. Si están en ejecución, la continuarán obteniendo los permisos que brinda el sistema de Planificación Física: regulación, proyecto con el arquitecto de la comunidad, licencia y el habitable cuando se concluya”.

Al respecto, Herrera precisó que si se ejecutaron adecuaciones y ya es adecuada la vivienda, procede otorgar el título de propiedad acorde con los pasos para el otorgamiento y los requisitos constructivos, urbanos y territoriales. Si no es aún vivienda adecuada, pasa lo mismo que en el caso de cuartos y habitaciones: reconocimiento de ese local, el ocupante paga lo que se debe pagar con los precios subsidiados que aún hay en Cuba; de ahí salen la resolución, el estatus, el derecho pleno y los permisos de la construcción por esfuerzo propio”.

Sucede, sobre todo en los locales, que las personas aún necesitan acometer acciones constructivas pero ya existe una parte adecuada. En esos casos -explicó Herrera-, se le reconoce la propiedad a esa parte y, además, Planificación Física le abre la posibilidad, al amparo de estas normas, de la licencia de construcción para continuar la obra, bajo el concepto de vivienda progresiva”.

Es importante destacar -continuó el director de Asuntos Legales de la Vivienda, del MICONS- que Planificación Física va a compactar e integrar el trámite.

No se legaliza todo

No se legaliza todo, sino lo que está dentro del cumplimiento de las regulaciones urbanas y territoriales. Se exceptúan, por ejemplo, casos de sentencias penales.

En el caso de la transferencia de propiedad, se insiste en que se trata de contratos de arrendamiento permanente (viviendas del Estado cubano, administradas por las direcciones municipales de Vivienda; los arrendatarios pagan mensualidades), no de viviendas vinculadas o medios básicos (que son patrimonio de organismos o empresas).

En cuanto a quienes han sido arrendatarios por concepto de medidas derivadas de confiscaciones que se hicieron vía sentencias en tribunales por los decretos leyes 232 de 2003 (Sobre confiscación por hechos relacionados con las drogas, actos de corrupción o con otros comportamientos ilícitos) y 149 de 1994 (Sobre confiscación de bienes e ingresos obtenidos mediante enriquecimiento indebido), Herrera aclaró que “esas medidas deben ser cumplidas, siguen en vigor y los inmuebles se mantienen en el estatus de arrendamiento”.

En contraste, hay un grupo de arrendatarios que lo son en virtud de sanciones, pero no relacionadas con esos decretos leyes, sino al amparo de medidas ejecutivas adoptadas como consecuencia de la confiscación porque compraron las viviendas ilegalmente. En el período anterior a 2012 -año en que se legalizó la compraventa entre particulares-, en que eran ilegales las transacciones de este tipo, se confiscaba la vivienda, los ocupantes generalmente permanecían en la vivienda pero no en régimen de propiedad, porque estaba infringiéndose la ley. Otros eran reubicados, también en concepto de arrendamiento.

“Estos casos -dijo Herrera- fueron los que generaron la idea del beneficio, y la mayoría son beneficiados”.

Los que construyeron ilegalmente y violen las regulaciones urbanísticas y territoriales, no se legalizan.

Magalys Rivero Ramírez, directora de Inversiones del IPF, se refirió a otras excepciones en el proceso, como en casos en que el plan de ordenamiento territorial indique que hay o habrá trazado de líneas férreas, líneas eléctricas de alta tensión, riberas de ríos, desagües de presas, costas, áreas de inversiones en un plazo determinado… “Allí, si hay viviendas, no se podrán legalizar”.

Gobiernos locales

Desde el punto de vista institucional, es trascendente la participación de los órganos de administración del Poder Popular. Los consejos de la Administración juegan un papel importante en este proceso, destacaron los funcionarios en el encuentro con la prensa.

Al Consejo de la Administración van todos los reconocimientos y otorgamientos de derechos relacionados con las viviendas estatales que habitan las personas con estatus de arrendamiento, y la asignación, reconocimiento, otorgamiento de cuartos y habitaciones y locales que son también del patrimonio estatal.

Medios básicos

Entre 2015 y 2017, el Estado permitió a organismos, órganos y entidades nacionales con viviendas bajo el régimen de vinculadas o medios básicos que depuraran el fondo de ese tipo de viviendas a favor de sus ocupantes. Así, miles se convirtieron en propietarios.

Herrera explicó que “en algunos casos hubo irregularidades constructivas, pero Planificación Física no tenía el recurso para convalidar estas acciones. Y ahora se abre la posibilidad de que se pueda hacerlo, siempre con el requisito de las regulaciones constructivas, urbanas y territoriales. Sobre esas bases, Planificación Física tiene facultad para procesar estos casos, validarlos y actualizar descripción y registro y contrato de arrendamiento. Y sigue el decursar, la vida legal, normal, del medio básico o vinculado.

“Pero no estamos hablando de que el estatus cambia en esas viviendas. Ni que se hace este proceso para que sean entregadas. Esas viviendas tienen su régimen, su reglamento, y estos se mantienen. Es solo para salvar las irregularidades constructivas que existen”.

Cambio de uso y traspaso de locales

Al referirse al Acuerdo 8575, sobre el cambio de uso y traspaso de locales del Estado, la directora de Inversiones del IPF señaló que encarga a ese organismo la organización y control del proceso para que los locales involucrados asuman funciones habitacionales y otros usos, en correspondencia con lo aprobado en los instrumentos de ordenamiento territorial y urbanismo.

“Va a haber dos niveles de aprobación: en el caso de los inmuebles que son de Organismos de la Administración Central del Estado, estos elevan sus necesidades de cambio de uso al IPF, y en el caso de los que son de orden municipal y provincial, serán valorados y aprobados por los consejos de la Administración. El proceso conlleva una documentación mínima necesaria.

“Entregados los expedientes por los organismos o los consejos de Administración al IPF, se consulta al Ministerio de Economía y Planificación y al Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, y una vez recibida la respuesta las propuestas son aprobadas por el IPF”.

Orden legal, disciplina social y derecho sobre la vivienda

Aliuska Puentes Fontaniella, de la Dirección del Registro de la Propiedad, Mercantil y Patrimonios del Ministerio de Justicia, consideró que esta política y el paquete de normas jurídicas que la concretan “obedecen, en primer lugar, a la flexibilización en torno al diseño jurídico que se está instrumentando en el país”.

Ambos acuerdos del Consejo de Ministros “impactan directamente en el sistema del Ministerio de Justicia, pues el resultado de estas decisiones se expresa en los títulos de propiedad que se van a otorgar a las personas naturales, los cuales van a inscribirse en el Registro de la Propiedad, que está llamado a garantizar la seguridad jurídica y también el control sobre los bienes inmuebles y los derechos que recaigan sobre ellos”.

Añadió que “una de las metas del MINJUS es garantizar, desde sus propios procedimientos y normas, que se rescate y se imponga en Cuba la disciplina inmobiliaria, para que se pueda cumplir la política del país; el llamado al orden, a la disciplina, al control, a que todo lo que hagamos quede inscrito en el registro público y que con ello se proteja a la persona que resulte titular, y a los funcionarios que a partir de esta titulación puedan adoptar en el futuro nuevas decisiones siguiendo la voluntad de los propietarios”.

Con esta política, dijo, “habrá cada día más propietarios a los que el Estado reconoce un derecho. Son personas que tienen un arrendamiento, un usufructo, formas donde la propiedad es del Estado, y van a ser propietarios siempre que cumplan los requisitos de Planificación Física y el Ministerio de la Construcción”.

La legalización permitirá a sus ocupantes o beneficiados acceder a la documentación, vías de financiamiento y consiguiente acceso a la solución habitacional.

Por su parte, Herrera destacó que con estas normas “se concreta para miles de cubanos la posibilidad de entrar a la legalidad. Ese es un efecto ordenador. Pero con la entrada a la legalidad hay un efecto patrimonial también para miles de familias. Ese derecho que se les otorga para acceder a su solución habitacional, les abre y les otorga un patrimonio de una alta utilidad familiar y social, y la posibilidad de ampliarlo, de adecuarlo, de acceder a los mecanismos legales para construir y a los mecanismos financieros que tiene el país para adecuar su vivienda, incluido el subsidio según la política y las regulaciones establecidas.

“El Estado está revisando su patrimonio y lo que puede entregar a las personas para fines habitacionales, con un gran alcance patrimonial y de derecho para la familia. Para la sociedad es una cuestión de ordenamiento y de derecho, permite que el orden legal llegue a esas partes que lo necesitan. Es un ordenamiento para la disciplina social, pero también para el acceso de las personas a la plenitud de derechos sobre la vivienda”.

En PDF:

Gaceta Oficial Ordinaria No. 33

Sobre el acuerdo 8574/19 del Consejo de Ministros

-Esta nueva normativa se aplica a las acciones constructivas que cumplan las regulaciones territoriales, urbanísticas y constructivas en viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales.

-Se aplica a:

.Arrendatarios permanentes de viviendas del fondo estatal; a usufructuarios y ocupantes de cuartos, habitaciones o  accesorias convertidos en viviendas adecuadas o que puedan serlo.

.Viviendas y locales terminados o en ejecución por el Estado o por la población, sin cumplir las formalidades legales.

-Para todos los casos, se requiere cumplir con las regulaciones territoriales y urbanísticas y las normas de construcción.

-La normativa ofrece la oportunidad de legalización a quienes han realizado acciones constructivas en períodos anteriores sin los permisos correspondientes, a partir del cumplimiento de las regulaciones territoriales y urbanísticas y las normas de construcción.

-Arrendatarios permanentes y usufructuarios deben dirigirse a la Dirección Municipal de la Vivienda.

-Quienes construyeron una vivienda ilegalmente deben dirigirse a la Dirección Municipal de Planificación Física.

-El derecho de legalización lleva asociado el pago del derecho perpetuo de superficie, el terreno como parte del proceso de legalización de la vivienda, cuando se requiera.

-Quienes construyeron ilegalmente y violaron las regulaciones urbanísticas y territoriales, no serán legalizados.

-Se tendrá en cuenta lo dispuesto para viviendas ubicadas en zonas de regulaciones especiales, incluidas zonas de alto significado para el turismo y la Zona Especial de Desarrollo Mariel.

-Cuando el inmueble que se quiere legalizar esté en tierras agropecuarias o forestales se requiere la aprobación de las autoridades facultadas del Ministerio de la Agricultura.

-Las viviendas construidas con esfuerzo propio se tramitan si cumplen con las regulaciones constructivas, urbanísticas y territoriales.

.La persona solicita en la Dirección Municipal de Planificación Física el dictamen técnico (hasta 50 días hábiles)

.Con el dictamen solicita la propiedad de la vivienda en la Dirección Municipal de la Vivienda.

.Con la propiedad de la vivienda solicita ante la DMPF el pago del derecho perpetuo de superficie (10 días hábiles)

-Legalización de una vivienda en ejecución sin cumplir las formalidades legales:

.Se certifica el cumplimiento de las regulaciones territoriales y urbanísticas.

.De oficio, se radica el expediente y se dicta resolución reconociendo el derecho de continuar la obra y el derecho perpetuo de superficie cuando corresponda.

.Cuando se presenta el proyecto se revisa y aprueba, se emite la licencia (hasta 45 días hábiles) y se describe lo que existe construido y lo nuevo a construir. Terminada la construcción se emite el habitable (hasta 30 días hábiles).

.Si una parte de la vivienda es adecuada se declara habitable para esa parte; se va ante notario y se aplica el mismo procedimiento para la parte en ejecución (regulaciones, proyecto y licencia).

-Legalización de locales convertidos en viviendas adecuadas:

.La persona inicia la solicitud de dictamen técnico ante la DMPF (hasta 50 días hábiles).

.Se eleva al Consejo de la Administración Municipal por la Dirección Municipal de la Vivienda. Una vez recibido el acuerdo, se dispone la transferencia mediante el banco.

¿A quién se autoriza la trasferencia de la propiedad?

El requisito es el cumplimiento de las regulaciones territoriales y urbanísticas y  normas de construcción; por lo tanto, no se legaliza todo.

-Arrendatarios permanentes de viviendas del fondo estatal.

-Usufructuarios y ocupantes de cuartos, habitaciones o accesorias, convertidas en viviendas adecuadas o que puedan serlo.

-Viviendas y locales terminados o en ejecución por el Estado o la población, sin cumplir las formalidades legales.

Se han publicado 379 comentarios



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  • Santana dijo:

    Esto es algo que hace mucho tiempo se esperaba.... Una muy buena para muchos cubanos. Realmente estoy muy contento.

    • PILI dijo:

      AL MODERADOR DE ESTA PAGINA: NECESITO SI ALGUIEN ME PUEDE CONTESTAR QUE LO HAGAN A MI CORREO O POR AQUI, ME DA IGUAL.

      TENGO PROPIEDAD DE MI CASA, PERO HICE UNA "AMPLIACIÓN" Y NO HE PODIDO LEGALIZARLA, NO HE VIOLADONI REGULACIONES URBANISTICAS NI NADA, LA AMPLIACIÓN FUE REALIZADA EN EL ESPACIO, DE MI PROPIEDAD, QUE QUEDABA SIN CONSTRUIR...ES DECIR, EN LA PROPIEDAD QUE TENGO SE DESCRIBE: DOS CUARTOS, BAÑO Y COCINA-COMEDOR....EN EL ESPACIO QUE QUEDABA SIN CONSTRUIR HICE, SALA, PORTAL, OTRO CUARTO Y OTRO BAÑO........CON ESTAS NUEVAS REGULACIONES PUEDE LEGALIZAR LA CASA COMPLETA CON TODO INCLUIDO, ME BENEFICIA?

      • jg el keves dijo:

        evidente que si, lee los acuerdos bien lo que tienes que presentar y los pasos y termoinos

      • Laura dijo:

        Esa ampliación debistes construirla con Lic de Obra y luego pasar a solicitar Habitable. Pero sino lo hicisteis así, ahora entras en este proceso si cumples con los requisitos de habitabilidad para legalizar y actualización de tu propiedad

      • valdes dijo:

        Pily
        Seguro no has podido legalizar las ampliaciones porque se ejecutaron posterior al 2011, pues el Decreto 288 /11 convalidaba las acciones anteriores del 11/11/11. Pero con esta nueva ley se supone que las podras convalidar.ten fe

      • pili dijo:

        .....jg el keves, Laura...gracias por contestarme, espero poder actualizar por fin, la propiedad de mi casa.
        valdes, gracias, aunque tu última expresión está dura...(se supone que..., espero que no sea supuesto y que sea real que puedo)...en efecto, hice la ampliación despues del 2013, hice miles de intentos para que me actualizaran la propiedad,( menos el de pagarle a nadie para que me resolviera, no me dio la gana),siempre confié que algun día alguien tenia que darse cuenta que si amplias en tus medidas y linderos tenían que legalizarlo, un dia...y parece que me llegó......tenía incluso una modificación al proyecto constructivo con todo lo que hice y no me la aceptaran, porque nunca cumplí con todos los pasos de solicitar nueva licencia de construcción, todo y sin embargo nunca quisieronlegalizarme, confiemos que ahora sí pueda...

      • Nancy dijo:

        Un saludo a todos los que confrontan estas páginas de Cubadebate. Por favor me cuesta mucho interpretar los temas jurídicos a pesar de haber leido la GO 33/19 y su articulo 8574. Que alguien me explique: en la vivienda de mis padres ya fallecidos ampliamos en lo que era el jardín y de ahí salió una vivienda y el resto la dividimos e independizamos y sacamos dos viviendas mas y así pudimos independizarnos las 3 hermanas con sus hijos y nietos (3 casas). Amigos, me pregunto, con estas disposiciones podre al fin legalizar e independizar lo que hemos hecho. De lo contrario seguiremos así porque mas ilegal es lo que en mas de una ocasión inescrupulosos que se decian llamar funcionarios nos pedian por legalizar los trámites. Gracias y respondanme si me es aplicable el articulo 8574. IPF si les es posible por favor espero ser atendida como tantos otros.

      • Geovanis garcia benitez dijo:

        Buenos dias, esto es corto y rapido, yo lo tengo todo legal, la casa es de mi mama, pero yo construi el 2 nivel y me dieron el avitable, pero yo quiero sacar la propiedad del 2 nivel, te digo que todo los papeles estan en orden, que pasos debo de hacer.

      • Marisel Jiménez Cervera dijo:

        Solicite Dictamen Técnico para incluir lo construido y luego presente su reclamación. Ahora es viable. Puede auxiliarse con un Abogado de Bufetes Colectivos.

    • JL dijo:

      De tantos comentarios hacia lo planteado por PEPITO, se denota que se ha perdido en el tiempo, el respeto por las leyes, nadie por mucha necesidad que tenga de algo, tiene derecho a violar leyes, a poner en situación crítica a vecinos, o lugares, como esos llega y pon que comentan y que surgen, crecen y de alguna forma ilegal logran que se les reconozcan, necesidades podemos tener muchas, de cualquier tipo, pero nada justifica caer en ilegalidades y violar leyes. Muchos hablan de leyes arbitrarias, pero no es menos cierto, que en cualquier otro lugar en este mundo, se miden mucho los ciudadanos para violar una ley, porque se le aplica la multa o la pena correspondiente.

      • Ky dijo:

        No creo sea cuestión de perder el respeto por la ley solo de necesidad, si no llegaban y ponían donde vivían esos ciudadanos cubanos? Y sin embargo gracias a que violaron la ley tienen donde vivir, entonces lo q sobra es la ley tal cual la estan modificando y flexibilizando.

      • COLAO EN CASA dijo:

        COLAO EN CASA dijo:
        Por favor, necesito que el que sepa me responda!!!!!
        Hace 30 años me cole en una casa abandonada en Santa María del Mar Loma que era medio básico del MINED, hace unos cinco años Vivienda de Habana del Este me sito y me entrego una chequera para que pagara una mensualidad. Esta zona está considerada de interés para el desarrollo del Turismo, de hecho mi casa está cerca del Motel Mirador del Valle de Gran Caribe (antigua Carandula de las FAR).

        Adicionalmente ahora muchas personas venidas de todos los lugares del País están construyendo un reparto de colados entre las casas y muchos están apareciendo con “papeles”.

        ¿Podría alguien explicarme si tengo derecho a tramitar la propiedad de la casa?

      • Sunny dijo:

        Nancy,
        tuviste algo problema en eliminar el jardín, pues me dicen que no se puede eliminar, te impusieron alguna multa o te mandaron a demoler.
        Hace cuanto eliminaste tu jardín.

    • FUTURA MADRE dijo:

      mI FAMILIA ESTÁ LLORANDO

      AL FIN SE EMPIEZA A RESOLVER NOS DE LOS MAYORES PROBLEMAS DE CUBA QUE NUESTRO COMANDANTE QUERÍA RESOLVER.

      DE LOS HUMILDES, POR LOS HUMILDES Y PARA LOS HUMILDES , CONTIGO HASTA LA MUERTE, MI PRESIDENTE DÍAS-CANEL!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

    • IPF dijo:

      Respondiendo al comentario de PILI
      Agradecemos su comentario. Según lo que usted expresa, le es aplicable el Acuerdo 8574, previo cumplimiento de las Regulaciones Urbanisticas y Territoriales. Una vez que se ponga en vigor este Acuerdo, deberá acudir a la Dirección Municipal de Planificación Física del Municipio donde está la vivienda.

      • Guille dijo:

        Usted me perdona, IPF, pero esta persona no tenía que esperar por estas nuevas normas, sino que desde 2016, puede promover al amparo de la Resolución Conjunta Nº 1/2016 del MICONS y el IPF para la actualización de los títulos de propiedad, en vigor desde hace ya bastante tiempo.
        Rectifique, porque está desinformando a esta persona.

      • PILI dijo:

        Gracias IPF

      • PILI dijo:

        Guille, por favor, enviame el link para buscar dicha Resolución Conjunta Nº 1/2016 del MICONS y el IPF...porque me he desgastado en buscar las vias, he intentado hacer todo desde cero con todo el papeleo y cuando llego al ultimo paso, solo me dicen: violaste por ampliar sin licencia constructiva, a pesar de que tengo actualizado el proyecto constructivo por el arquitecto de la comunicadad..... y me dicen que como mi propiedad es del 2013 NO me han actualizado la ampliación

      • pili dijo:

        IPF, POR FAVOR, VER ESTE COMENTARIO Y RESPONDERME SI ES POSIBLE:
        Dos hermanas tienen “copropiedad por cuota” a una le pertenece el 33 % y a la otra el 66 %, su pregunta es:
        Al que le pertenece el 33 % ya lo hizo habitable (cuarto, baño, cocina), "sin las formalidades legales", puede acceder a su propiedad independientemente que la hermana no haya hecho su parte (el 66 %) habitable?????, …puede por fin independizar la propiedad de ella por el actual acuerdo 8574????….hace mucho tiempo hizo baño, habitación para la cocina y 1 cuarto y quiere, por fin, tener su propiedad……..¿PUEDE?

      • COLAO EN CASA dijo:

        IPF, por favor, necesito que el que sepa me responda!!!!!

        Hace 30 años me cole en una casa abandonada en Santa María del Mar Loma que era medio básico del MINED, hace unos cinco años Vivienda de Habana del Este me sito y me entrego una chequera para que pagara una mensualidad. Esta zona está considerada de interés para el desarrollo del Turismo, de hecho mi casa está cerca del Motel Mirador del Valle de Gran Caribe (antigua Carandula de las FAR).

        Ahora al rededor de lo que considero mi casa, muchas personas venidas de todos los lugares del País están construyendo un reparto de colados entre las casas del reparto, entre los matorrales y muchos están apareciendo con “papeles”, adicionalmente se conectan por la izquierda a las tuberias de agua y la electricidad con tendederas sin metro, considero que no estamos en igualdad de condiciones.

        ¿Podría alguien explicarme si tengo derecho a tramitar la propiedad de la casa?

      • PILI dijo:

        IPF, por favor, sé que son muchas las preguntas, pero NECESITO RESPUESTA del caso de mis hermanaS:
        Ambas Tienen COPROPIEDAD POR CUOTA, la del 33 % ya hizo su parte habitable, sin los requerimientos legales, de licencia de construcción, proyectos NI NADA, pero sin violar las medidas y linderos....puede UNA PARTE tener su propiedad si ya tiene habitable, independientemente que la otra parte continúe con copropiedad hasta que resuelva su habitable.....POR FAVOR, URGE ESTA RESPUESTA........

    • Jose dijo:

      Buenos días quisiera alguien me explique vivo en una vivienda vinculada hace 13 años trabajo en el sector del turismo hace 27 años la pago mensualmente e incluso el jurídico de mi entidad me permitió hacer pagos directos al banco por lo que tengo 19 años pagados de los cuales por supuesto no me reconocen los 6 años que pagué directo al banco,tengo los comprobantes y slip bancarios ,no tengo ninguna otra propiedad de vivienda,y he estado añorando un dia ser propietario de la misma quiero que alguien me explique porque no es posible darme la propiedad ¿o es que acaso no entendí bien?,donde está la casa situada no es interés del país allí solo hay casas de trabajadores y en diciembre pasado a muchos de ellos le dieron la propiedad,yo tenía la esperanza que a los 15 ,pero ahora estoy desorientado por favor ayúdenme ,repito me dieron esta casa en malas condiciones y la he reparado con mis esfuerzos, en todos estos años la entidad nunca me ha ayudado

    • COLAO EN CASA dijo:

      Hace 30 años me cole en una casa abandonada en Santa María del Mar Loma que era medio básico del MINED, hace unos años Vivienda de Habana del Este me sito y me entrego una chequera para que pagara una mensualidad. Esta zona está considerada de interés para el desarrollo del Turismo, de hecho mi casa está cerca del Motel Mirador del Valle de Gran Caribe (antigua Carandula de las FAR).

      Adicionalmente ahora estamos construyendo un reparto de colados entre las casas y estan apareciendo todo el mundo con "papeles".

      ¿Podría alguien explicarme si tengo derecho a tramitar la propiedad de la casa?

    • COLAO EN CASA dijo:

      Que suerte tienen los que IPF les contesto sus dudas, Yo ni por esta via puedo aclarar las mias, lo mismo me pasa cuando voy a IPF y Vivienda Habana del Este, se encojen de hombros, me han hecho perder la vida entera, el cliente no siempre tiene la razon, yo soy un elector y reclamo mi derecho a saber.

      Repito la pregunta:Por favor, necesito que el que sepa me responda!!!!!
      Hace 30 años me cole en una casa abandonada en Santa María del Mar Loma que era medio básico del MINED, hace unos cinco años Vivienda de Habana del Este me sito y me entrego una chequera para que pagara una mensualidad. Esta zona está considerada de interés para el desarrollo del Turismo, de hecho mi casa está cerca del Motel Mirador del Valle de Gran Caribe (antigua Carandula de las FAR).

      Adicionalmente ahora muchas personas venidas de todos los lugares del País están construyendo un reparto de colados entre las casas y muchos están apareciendo con “papeles”.

      ¿Podría alguien explicarme si tengo derecho a tramitar la propiedad de la casa?

  • Isabel Garcia Zamora dijo:

    HACIENDO UNA CONSULTAVALORANDO LA POSIBILIDAD DE RECIBIR UNA RESPUESTA POR AQUI:
    una persona propietaria de una vivienda, que hizo ampliacion de la misma, todo habitable, sin violaions urbanisticas, consistente en un portal construido en legal forma con todos los requerimientos liecencia autoizada; y una terraza construida ilegalmente sin ningun tramite: ?Cuáles son los trámites a seguir para legalizar ambas ampliaciones y que de esta forma se autorice legalmente para que aparezaca en la descripcion y propidad de la vivienda y poder actaulizar esa propiedadcompleta ? Espero respuesta

    • mANUEL dijo:

      CUANDO tenga la respuesta me avisa, que tengo una situacion similar!!!

    • pili dijo:

      Isabel Garcia Zamora estoy entu situación, y necesito en cuanto te contesten los que saben e interpretan bien las leyes, que nos ayuden a saber si estamos incluidas en las nuevas regulaciones

    • IPF dijo:

      Respondiendo al comentario de Isabel:
      Agradecemos su comentario. Le sugiero revisar lo dispuesto en la Gaceta Oficial No. 33 Ordinaria del 26/4/2019. Del Acuerdo 8574 los Artículos 16 al 20.3.

    • Varios dijo:

      Estoy en la misma situación. Aunque ya en el tfamite de la Regulacion para el Anexo. Comenze ese trámite a finales de Febrero, ya hace mas de 60 dias, a pesar de haber entregado DINERO porque me lo exijieron y si no lo hacia EL TRAMITE NO PROCEDIA no he resuelto, ahora resulta k la comision k supuestamente lo reviza, no lo a devuelto a la ofinicina de tramites y la funcionaria me orienta k tengo k reclamar. a donde vamos a parar.

  • muypreocupada dijo:

    Hace años, cuando RAÚL era presidente dijo que debían entregarse todos los medios básicos en calidad de propiedad. El MINSAP entregó sus CM NO NECESARIOS (por malas condiciones constructivas) a los médicos que habitaban los mismos. Pero a los médicos de familia en esta condición NOS CONVIRTIÓ EN ARRENDATARIOS x 15 AÑOS, mientras que las plantas bajas de esos CM (lo que eran las consultas) las dio en CALIDAD DE PROPIETARIOS a quienes la asignaron (médicos igual que nosotros, enfermeras, técnicos, abogados de la salud y otros). ¿POR QUÉ ESA DIFERENCIA? ¿No les parece al MINSAP que es hora de corregir esa DISCRIMINACIÓN?

    • Y? dijo:

      Claro que si. Si esto se hubiera hecho hace años. Al fin se tienen en cuenta las verdaderas necesidades de la sociedad. A ver si se sigue "haciendo" y se acaban las consignas que tanto daño nos han hecho y se toman decisiones similares en cosas que la gente hace y no tienen por qué ser ilegales. A ayudar al pueblo cubano a vivir normal y a acabar con las prohibiciones absurdas que generan corrupción e ilegalidad. Ej. Permitir importaciones llegales que acaben con carencias innecesarias. ¡vivan los cubanos! todos

    • saludable dijo:

      En el caso de los Consultorios Médicos no necesarios en la planta baja donde radicaba la consulta, con contratos de arrendamiento, recibido en malas condiciones contructivas, que no fueron entregados en propiedad en un primer momento, como explicaba muypreocupada, tendremos derecho a obtener nuestra propiedad?

      • willians estrada ramirez dijo:

        buenas noches mi nombre es willians,soy medico especialsta en medicina interna,vivo en cruces,cienfuegos y se me asigno un CMF no necesario hace mas o menos 12 años el resto de las instalaciones fueron entregadas la consulta de abajo,la casa de arriba etc.en estos momentos me encuentro cumpliendo mision medica internacionalista y quisiera que me aclararan si el trspaso de propiedad que se refiere las nuevas regulaciones sobre la vivienda ES APLICABLE AL CASO DE LOS MEDICOS QUE OCUPAMOS CONSULTORIOS YA NO NECESARIOS DESDE HACE YA UNA DECADA. GRACIAS POR SU ATENCION EN ESPERA DE SU RESPUESTA .UN COLABORADOR INTERNACIONALISTA DE LA SALUD.VEO LA IDEA MUY BUENA Y ESTOY SEGURO QUE VA A RESOLVER UNOS CUANTOS PROBLEMAS ACTUALES CON LAS VIVIENDAS.GRACIAS NUEVAMENTE.

  • Dr. Olimpio Rodríguez Santos dijo:

    Espero sea para mejorar

    • sachiel dijo:

      Primero, realizar un buen Forodebate, Mesa Redonda y cuantas aclaraciones pertinentes sean posibles por todas las vias.

      Segundo, que todos los interesados se lean este Decreto 358 antes de seguir haciendo preguntas, y de paso relean la Ley General de la Vivienda.

      Tercero, lo ilegal es ilegal, y es por eso que cada caso tendrá que ser visto con lupas, para evitar favoritismos y más corrupción.

      • Luciano landa dijo:

        Hola a todos
        El problema de la vivienda en Cuba es bien difícil, ya sea , Repararla, construirla por esfuerzo propio y cumpliendo la ley al detalle.
        Estoy de acuerdo que se les resuelva esa situación a toda persona que de forma legal , la halla obtenido.
        Ahora, los que han usurpado terrenos, estatales o privados y se han sumado a los llega y planta o llega y pon por todo el occidente del país, no se lo deberían permitir, porque se crearía un precedente peligroso, para justificar la ilegalidad y probablemente la desconfianza de muchos en la ley.
        Creo que en estos casos en primer lugar,
        reubicarlos en su lugar de origen, ayudarlos a
        construir una vivienda digna, y si después de esto, insisten en ilegalidades. Aplicarles los artículos 231.1 y 232.1 Capítulo XXL de la ley penal de la ocupación y disposición ilícitas
        de edificios y locales.

        Además del capítulo Vlll de los ocupantes ilegales de la Ley general de la vivienda.
        Sería un error usar el facilismo, como método de legalizar cualquier cosa, sino entonces para qué existe la ley
        Que estén bien.
        Cubadebate, gracias por existir. L. Landa

  • Pepito dijo:

    En Cuba se puede irrespetar las leyes pues al pasar el tiempo se legaliza las violaciones. Muchos de los arrendatarios son porque habían cometieron alguna ilegalidad o no tenian derecho al inmueble. Por eso casi nadie cumple con lo establecido. ¿Para qué? .Gracias

    • Resorte dijo:

      Estimado Pepito, se nota que nunca tuviste una necesidad desesperada de vivienda, me alegra muchísimo q nunca hayas tenido q violar ninguna regulación, a eso aspiramos, a que todos, como tu podamos vivir en legalidad. Gracias al estado cubano por estas medidas, a mi en lo particular no me benefician, pues tengo mi casa con propiedad, pero celebro que muchos otros puedan disfrutar de ello.

      • Osmelido Pérez Tellez dijo:

        Estoy con usted en este comentario. Mucho se dice cuando sale un artículo. Creo que el tema "vivienda" es y será siempre candente. En todos los debates se vislumbra un sentimiento egoísta por cada opinión, todos tratan de expresar su criterio conceptual a título personal. Reitero, esto es general y caemos en trivialidades sobre las cuales, las autoridades hacen caso omiso y pueden hasta reírse de las chiquilladas que debatimos, hasta llegar a pasar por alto nuestros intereses. Con el tema que nos ocupa: No se habla en los nuevos acuerdos, no esta en anteriores regulaciones, ni resoluciones, de nuevos proyectos urbanísticos. Es fácil tratar de enmendar un error de sesenta años con viviendas que estan casi destruidas, espacios que se crearon con otros fines y se readaptaron, es problemático ahora enfrentarnos a "violaciones urbanísticas o arquitectónicas pues evidentemente siempre el mejor postor logrará legalizarse sin tener que lidiar con las colas, el peloteo, el papeleo, el burocratismo y con el peor de los demonios que nos asecha en cada ezquina "La Corrupcion Administrativa y Estatal". Deberíamos abogar aquí por los cientos y miles de familias desplazadas que viven en barrios insalubres, sin registro de identidad, ni de consumidores. Gente que tienen niños y ancianos, gente que se las ha arreglado por más de quince años para trabajar y aportar lo mejor de sí a la construcción de los que diseñaron este sistema político que se prometió a los pobres. Debería decirse que esa alarma sobre el envejecimiento poblacional tiene como causa fundamental la necesidad de espacios habitacionales. Creo que más acuerdos y resoluciones son baldosas sacadas del sendero que conducen al infierno, baldosas traidas para dar justificación a lo injustificable y alimentar al monstruo de la corrupcion. Ojalá me publiquen porque desde hace mucho leo los debates del foro y no me animaba a participar. Esa es y será mi forma de pensar. Saludos.

      • alina dijo:

        yo tambien estoy de acuerdo con su planteamiento, yo no tengo casa, vivo arrendada pero si pudiera adquirir un medio basico o un usufruto gratuito y actualizar su propiedad lo agradeceria.

        gracias Cubadebate

    • Para pepito dijo:

      Pepito … Las leyes que se violan en este país, son leyes que no tienen ningún sentido, y las nuevas que salen "Intentan rectificar los HORROES en las legislaciones cubanas."

      • JPROJO dijo:

        No coincido con Pepito, pero tampoco con usted, la mayoría de las leyes y regulaciones que se violan en este país son graves y altamente penalizadas en cualquier país del mundo,le pondré sólo varios ejemplos:
        Total irrespeto a las leyes del tránsito. (límetes de velocidad, sentido de dirección, manejar en estado de embriagues, lo que incrementa los accidentes del tránsito)
        Las indisciplinas sociales en las calles con vocinas altas y ruidos a altas horas de la noche.
        Adolecentes y jóvenes comprando e ingeriendo bebibas alcoholica por las calles y establecimientos públicos.
        La no declaración de los ingresos reales para evadir el Fisco. (este es uno de los delítos más graves en cualquier país menos en Cuba.

    • Carlos55 dijo:

      Eso mismo va a pasar con los "llega y pon" que proliferan en el municipio Habana del Este, en particular en el Valle de Berroa que se ha llenado de habitantes temporales de todo tipo que han estado "trabajando" sistemáticamente con el gobierno local para obtener la legalización y ahora ya tienen el instrumento perfecto....

      • jg el keves dijo:

        Por favor lean antes de opinar en esas zonas de desarrollo del pais , No va aha ver legalización posible, LEEAN y despues opinen, esa zona de berroa me parece que por su ubicación hay lugares vedados de construir, ojo con eso

      • Jorge R 09 dijo:

        Espero y deseo sinceramente que estas medidas satisfagan muchas inquietudes de la población por medidas que en muchos casos fueron esquemáticas pero al propio tiempo habría que asegurarse de que no se estimule la construcción por la libre a como de lugar con dinero o sin dinero por el medio. Lo digo porque los que en adelante violen disposiciones pudieran pensar que como los anteriores fueron autorizados ahora ellos van a esperar lo mismo. Se debe tener cuidado con las capitales provinciales y La Habana, no vayan a ser de nuevo tomadas por los "llega y pon". Atención con el ornato público, las barbacoas,los solares improvisados,los garajes hechos viviendas o las áreas comunes hechas garajes entre otras de nuestras "genialidades". Queriendo resolver un problema no podemos crear otro. Aunque al parecer nuestra población está estancada en su crecimiento y si llega a crecer más debe hacerlo de forma ordenada.

        También habría que considerar que no se formen tumultos en las oficinas de legalización de trámites, luego aparecen los coleros. Son muchas las personas que van a acudir a ellas, tal vez se puedo hacer de modo gradual.

        Además de legalizar estas viviendas y construir nuevas se debe pensar también en mejorar el mantenimiento de las que están en regular y mal estado. Por ejemplo en la calle primera del municipio capitalino de Playa, hay unos tremendos apartamentos con vista al mar abandonados a su suerte después que los soviéticos lo abandonaron, mientras al lado está el "Sierra Maestra" con todo confort administrado por la corporación CIMEX y el banco financiero. No hay posibilidades de salvarlos?, Cuál es el secreto?, Se convertirá en otro parque si lo llegan a demoler?.

    • Joaquinito dijo:

      Bueno y el que vivía en casa de un familiar en los 90 que emigró legalmente a USA y el gobierno no te dejaba hacer ni traspaso de la propiedad ni nada, perdí mi casa, pasó a ser del estado y tuve que empezar a pagar arrendamiento de una vivienda que ya se había pagado y que el estado se vio en el derecho de expropiarla porque simplemente el propietario abandonó el país. Creen eso justo? Detrás de estas leyes hay muchas injusticias que serán sanadas.

    • JONG dijo:

      Pepito, tú casa te la regalaron??? Independientemente de lo que somos, (somos ingenieros, militantes del PCC y mi esposo Vanguardia Nacional de la ANIR del 96 y 97), cualquiera en este país tiene derecho a una vivienda y si este estado no la vende ni permitía que propietarios que hicieron su casa con su dinero y su sacrificio, la vendieran, no quedaba de otra que uno hacerse de una a cómo diera lugar, sin hacerle daño al estado ni a ninguna persona, por lo contrario nos beneficiamos vendedores y compradores.
      Le diré que mi casa, porque es mía y no me la quita nadie, la pago EN CALIDAD DE ARREDANTARIO desde el 2001 al estado y tengo constancia de ello, después de haberla comprado en 1996 a un precio desorbitante para aquellos tiempos, también la pagan quien me la vendió. Durante todos estos años con mucho sacrificio, privándonos nosotros y nuestros dos hijos de satisfacer necesidades esenciales, la hemos arreglado, arreglos que debía asumir el arrendador que no es otro que el estado y TODAVÍA PARA DARME LA PROPIEDAD TIENE QUE MEDIRLA, PONERLE EL PRECIO QUE ELLOS ENTIENDAN Y NOSOTROS PAGAR LA DIFERENCIA, SI MIS PAGOS NO CUBREN EL VALOR QUE ELLOS LE PONGAN, por favor Pepito, si no le duele no opine de esa manera y analice quién ha cometido más violaciones: el estado o nosotros?

    • Leandro dijo:

      Pepito, Revolución es sentido del momento histórico, es cambiar todo lo que debe ser cambiado.

      • IPF dijo:

        Respondiendo a Guillermo.
        Le sugerimos que toda vez se ponga en vigor el Acuerdo 8574 se dirija a la Dirección Municipal de Vivienda para que se analice la particularidad de su caso.

    • Pa Pepito dijo:

      Pepito, por mentalidades cerradas y arcaicas como la tuya no se puede avanzar en este país... Son cambios para AYUDAR AL PUEBLO, y muchos incrédulos como tu, desvaloran la medida. GRACIAS GOBIERNO POR EL CAMBIO QUE DEBE FAVORECER AL PUEBLO, los que piensen como pepito, que vivan su vida y dejen a lso demás vivir la suya

    • Pa Pepito dijo:

      Pepito, por mentalidades cerradas y arcaicas como la tuya no se puede avanzar en este país... Son cambios para AYUDAR AL PUEBLO, y muchos incrédulos como tu, desvaloran la medida. GRACIAS GOBIERNO POR EL CAMBIO QUE DEBE FAVORECER AL PUEBLO, los que piensen como pepito, que vivan su vida y dejen a los demás vivir la suya

    • Santana dijo:

      La pusiste Pepito.... El problema es que lo que se irrespeta en ocasiones no son leyes, son instrumentos sin ningún tipo de lógica...

    • Ing. Arley Crespo Izquierdo dijo:

      Pepito
      Las leyes se hacen para que se puedan cumplir, sino se pueden cumplir, simplemente no son leyes.

  • Guillermo dijo:

    En hora buena. Bienvenida esta noticia. Tengo una duda, me gustaría saber si el que vive en un arrendamiento estatal, que no se encuentra en el contrato de arrendamiento, pero se ha mantenido pagando año tras año la chequera y está al día con el pago. La propietaria vive fuera del país y no tiene ningún interés en vivirla. Que se puede hacer en este caso??? Alguien podría orientarme??? Saludos.

  • El cubano dijo:

    Excelentes noticias, ahora ojala y la burocracia no interfiera en este proceso que tanto ayudara a muchas familias a salir del enredo de las viviendas ilegales.
    Esto si es una medida clara y efectiva.

  • Dariel dijo:

    En el caso de mi casa en los años 90 mi tia la compro de forma ilegal, o al menos eso fue lo que quedo en papeles. Ella tuvo que pagar una mensualidad por esta y se cuenta como medio basico de vivienda. De esto hace casi 30 años. Hay alguna forma de obtener la propiedad de mi casa?

    • IPF dijo:

      Respondiendo comentario de Dariel.
      Agradecemos su comentario. Al respecto sugerimos que con el documento emitido a su tía acudir a la Dirección Municipal de Vivienda ua vez puesto en vigor el Acuerdo 8574.

      • COLAO EN CASA dijo:

        IPF, Por favor, necesito que el que sepa me responda!!!!!

        Hace 30 años me cole en una casa abandonada en Santa María del Mar Loma que era medio básico del MINED, hace unos cinco años Vivienda de Habana del Este me sito y me entrego una chequera para que pagara una mensualidad. Esta zona está considerada de interés para el desarrollo del Turismo, de hecho mi casa está cerca del Motel Mirador del Valle de Gran Caribe (antigua Carandula de las FAR).

        Ahora muchas personas venidas de todos los lugares del País están construyendo un reparto de colados entre las casas del reparto y entre los matorrales y muchos están apareciendo con “papeles”, adicionalmente se conectan por la izquierda al agua y con tendederas a la electricidad sin metros contadores o comprándole el metro a los eléctricos, pienso que no estoy en igualdad de condiciones que ellos a la hora de legalizar.

        ¿Podría alguien explicarme si tengo derecho a tramitar la propiedad de la casa?

  • esalgari dijo:

    Buenos dias quisiera saber si los consultorios medicos donde el medico vive la casa entran tambien en alguna de estas categorias, muchas gracias.

    • IPF dijo:

      Respondiendo a Esalgari.

      En relación a su pregunta, los Acuerdos 8574 y 8575 no responden a su pretención.

      • Arquitecto pp dijo:

        Pienso que con todo lo que se avecina para este tipo de trámites se ha pensado muy poco en utilizar la fuerza de los arquitectos de la comunidad. Hoy gran parte del atraso en muchos trámites se debe a que este equipo de profesionales no están siendo utilizados como se debiera.

  • Pedro Enrique dijo:

    Creo que el problema en temas de vivienda y su legalización no ha estado en lo normado,sino en el cumplimiento por los actores para ejecutar el cumplimiento de la norma.
    En la práctica se evidencia una violación de los términos para la realización de las acciones por los diferentes factores.
    Estará por ver si Planificación Física cumple los 50 días para el dictamen técnico, pués yo llevo desde el 29 de enero en espera de la visita de un técnico de PF,solo para que avale un dictamen del arquitecto de la comunidad.
    Si las normas cambian y no lo hace la mentalidad de los ejecutores de la norma,las dilaciones y malestar de la población continuará.
    Creo también que lo primero que tiene que hacer la DPF es despojarse de funciones que se adjudicó como parte del "reordenamiento" y que complejizó y burocratizó los trámites, convirtiéndose la DPF en un eslabón intermedio.

  • Lucía dijo:

    Así, pasito a pasito, esta isla es nuestra, nuestras viviendas serán nuestras y nadie puede venir a quitarnos lo que por derecho de propiedad nos corresponde. Solo resta implantar un sistema de gestión que no estanque los trámites legales y se haga difícil el procedimiento. Muy buena noticia.

  • MASM dijo:

    Espero que se agilicen los trámites porque ahora viene el peloteo de la dirección de vivienda para arquitectura urbanística y de ahí para la conchinchina, y que si el director está reunido, y que si la arquitecta salió de licencia de maternidad y que si la computadora está rota, y que si el especialista tal salió de licencia sin sueldo y no hay nadie que haga el trabajo y que si se perdieron los papeles y hay que empezar de nuevo.... y así el cuento de nunca acabar (qué es primero el huevo o la gallina).

    Todo eso es lo que está pasando, entonces un trámite que debe demorar no menos que un mes se te demora dos años tres años, cuatro, y es un tiempo indefinido y tú como doliente no sabes qué hacer si mantenerte así o llevarle "una merienda" a los especialistas de estos lugares para que agilicen el trámite. y al final después de unas 40 "meriendas" entregadas "voluntariamente", te dicen que los papeles se perdieron o que el director está para un curso de tres meses y él es el único que puede firmar esos papeles. Todo eso en el mejor de los casos.

    • Miriam almanza dijo:

      Ahora empiezan a hablar, siepre buscando un mal entendido, que si tiran pa alla que si lo otro. Esta ley viene de un planteamiento que hizo Diaz Canel que habia que legalizar todas las casas que las personsonas habian construido con muchas dificultades, que se ponian muchas trabas

    • Cris dijo:

      Hola,una pregunta!!
      Yo soy arrendataria en Guanabo...cuando dice que se tendrá en cuenta lo dispuesto para zonas de regulaciones especiales que quiere decir exactamente??

      Yo cumplo con los requisitos urbanísticos y también soy arrendataria por más de 10 años,el que vivía anteriormente también estuvo muchos años de arrendatario.
      Creen que tendría derecho a la propiedad?

  • Yenu dijo:

    En el caso de los edificios que el apartamento está en planta baja y se halla hecho una ampliación de dos cuartos. Con autorizacion del cercado perimetral, no entra dentro de las legalizaciones?

    • IPF dijo:

      Agradecemos su comentario a Yenu.
      Le referimos que las ampliaciones realizadas en áreas comunes de edificios no serán legalizadas.

      • PILI dijo:

        Dos hermanas tienen copropiedad por cuota, ambas ya han realizado construccciones para habitabilidad, (sin las formalidades legales), y quieren tener sus propiedades independientes, ahora pueden con estos acuerdos obtenerlas??????????

      • Leandro dijo:

        No se lagalizan mediante estas disposiciones no es lo mismo que "no serán legalizadas": Revolución es cambiar todo lo que debe ser cambiado, es sentido del momento histórico y lo que hoy se considera correcto por los decisores, mañana oyendo el criterio del pueblo pudiera ser incorrecto. Pienso que el reglamento de los edificios multifamiliares está necesitado de actualización y, sin que sea un desorden, hay que poner a decisión del criterio de los vecinos de cada edificio muchas cosas; por otro lado, no todo los edificios multifamiliares son iguales por su estructura y lugar de ubicación. Pienso que en todo edificio que sea posible una ampliación, siempre que sus vecinos estén de acuerdo, debe autorizarse, estableciendo las regulaciones para no dañar las redes hidrosanitarias y otros servicios colectivos.

  • Yeni dijo:

    En el caso de los edificios que el apartamento está en planta baja y se halla hecho una ampliación de dos cuartos. Con autorizacion del cercado perimetral, no entra dentro de las legalizaciones?

    • sonia dijo:

      Para unirme a su preocupación... yo tambien vivo en bajos en un edificio multifamiliar, tengo un documento de 1999 emitido por la Dirección Municipal de Planificación fisica de mi municipio que me autoriza a abrir una puerta con salida a la parte trasera del edificio y construir una terraza ( fijaron las dimensiones), esa ampliacion puedo legalizarla?
      Por la importancia que esta legislación tiene, podrían hacer un foro debate para esclarecer dudas? seria lo máximo. Gracias.

  • Clark dijo:

    Pongo el siguiente caso real a consideración de los funcionarios:

    Un local que era del estado y estaba en derrumbe fue otorgado a dos personas diferentes. Pero en ese medio tiempo vinieron otras personas y se colaron en el espacio de una de ellas. Hicieron allí una especie de “Quimbo” y viven allí en condiciones casi de hacinamiento una madre con cinco niños. Llevan en esa condición ya 7 años, hasta donde sé no son propietarios de ese lugar en que viven y el estado no les ha brindado una opción mejor. No les interesa acceder a la legalización porque cualquiera que sea la condición tendrían que pagar y eso es precisamente lo que no quieren hacer. Están en una zona urbana y tengo entendido que viven en total ilegalidad, en una situación en que el gobierno local no ha querido tomar cartas.

    ¿Pudiera algún funcionario o jurista de la Vivienda o el IPF aclarar qué se pudiera hacer con este caso?

  • Zoila dijo:

    es bueno saber que se van a legalizar los usufructos , porque hoy en día tiene mucho valor el tener una propiedad, nadie quiere saber de usufructos ni para permutar, vamos mejorando, ojala no haya mucho burocratismo, siempre ponemos trabas y demoras a la aplicación de las leyes. Por Cuba, lo más grande

  • Lys dijo:

    Muy bien con este decreto que se acaba de establecer. Pero yo creo que debe ser analizado las disposiciones especiales para los municipios HV, HE y Varadero. Pues no creo justo que no tengamos el mismo derecho de ser propietarios y tener los mismos derechos que el resto de los ciudadanos cubanos establecidos en la nueva Constitución en vigor. Espero sea escuchado mi reclamo. Saludos

    • Enriluis dijo:

      Si coincido contigo, yo aqui en habana vieja igual tengo esa misma preocupación, no se cual es el lio de no poder tener mi propiedad total Odio a la Habana Vieja estoy loco por permitar de aqui pero por ser maldito arrendatario no he podido, mi apato en perfecto estado balcon a calle cuba, a poquicimas cuadras del muelle de Luz y alameda de paula... en fin ojala podamos tener nuestra propiedad y no pagar de por vida ya vamos varias generaciones pagando y pagando y atados..... como dices no es justo.

  • vikingo dijo:

    En mi caso, tengo una duda, mi mama es propietaria de una vivienda pero en su placa construyó un primo mio ilegalmente hace unos años por esfuerzo propio, ya tiene construidos dos cuartos y un baño, pero no se lo querían legalizar hasta que no saliera la nueva ley, sera esta ley a la cual se referían en el Municipio de la Vivienda??

    • IPF dijo:

      Respndiendo a Vikingo. Agradecemos su comentario.
      En el caso que usted refiere deberá dirigirse toda vez entrada en vigor esta norma a la Dirección Municipal de Planificación Física con los documentos de la propietaria de la vivienda para analizar su caso.

  • Violin dijo:

    Y pensar que esta disposición fue firmada hace dossss añossss, si, dossss años! y entonces? se la comieron!, pero felicidades a los que están beneficiados!
    Hablo con conocimiento de causa ok!

    • pili dijo:

      Violin, hace dos años se firmó la convalidacion, como bien dices, PERO para los casos que habian construido antes de ________ una fecha determinada, NO para todos como AHORA.

    • IPF dijo:

      Respondiendo a Violín.

      Su afirmación no es cierta. Estos Acuerdos fueron firmados el 12 de marzo de 2019.

  • raul dijo:

    Tengo 25 años viviendo en mi casa arrendada, nací y me crié ahí. Mis padres no están. He pagado por 25 años el arrendamiento, pero la casa se declaró honradamente en 60 000 que fue su costo real. Si entiendo bien, tengo que pagarla doble, al que se la compraron mis padres y ahora al estado. Soy profesor y ni me imagino en pagar la diferencia o de donde come mi mujer y mi hijo. Mi pregunta es: Y mis padres honrados y yo que hacemos, nos van a votar de la casa???

    • jls dijo:

      Que se piensa hacer con los cientos de edificios que estan en muy mal estado en todo el pais

    • IPF dijo:

      Respondiendo a pregunta de Raúl. Agradecemos su comentario. Al respecto le informo que el Acuerdo 8574 para Arrendatarios Permanentes tiene en cuenta lo pagado hasta la fecha por su familia. Una vez puesto en vigor acuda a la Dirección Municipal de la Vivienda.

      • ARU dijo:

        Hola, cuando salio la noticia de las normas jurídicas para el ordenamiento de las viviendas me puse muy contento porque vi un camino a resolver mi situación, soy arrendatario de un apartamento, ya podía tener la propiedad. He iniciado con el proceso para obtener mi propiedad, pero ahora en la dirección municipal de la vivienda municipal me informan que después de obtener la propiedad de la vivienda solo puedo permutarla y que no puedo venderla hasta pasado 15 años , si en ningún lugar de la gaceta habla de estos 15 años, si ya se modifico la ley que me había castigado hasta ahora, porque tengo que seguir castigado 15 años mas, si supuestamente soy el propietario de la vivienda???
        Me gustaría saber si es un error de la dirección de la vivienda o yo estoy equivocado con el concepto de propietario.

  • GVH dijo:

    QUE ALGUIEN ME DIGA CUANTAS VIVIENDAS SE UTILIZAN COMO OFICINAS , PUDIENDOSE APROBECHAR , Y POR LO MENOS ELIMINAR UNAS CUANTAS CUARTERIAS. POR LO MENOS EN LAS TUNAS HAY UNAS CUANTAS.

  • Licet Ortiz Quiala dijo:

    Muy oportuna esta legislación como parte del ordenamiento que está llevando a cabo el País. Tengo una preocupación que me gustaría fuera atendida: Vivo en una vivienda vinculada de las FAR hace 11 años; ahora he dejado de trabajar en la institución que me la otorgó por razones ajenas a mi voluntad; la Dirección provincial de la Vivienda en la Región Militar Santiago de Cuba me dio el cece. ¿Qué es lo que procede ahora, qué debo hacer para legalizar mi vivienda?

  • JL dijo:

    Sin dudas, esto está fuera del contexto actual, se está tratando de dar legalidad a todo un grupo de violaciones, ilegalidades, indisciplinas cometida por personas que para nada respetaron las leyes establecidas, eso estimula a hacer lo incorrecto, el tiempo no debe y no puede hacer legal lo que se realizó de forma fraudulenta e ilegal.

    • Ing. Arley Crespo Izquierdo dijo:

      JL
      Esas "leyes" no se podían cumplir porque simplemente no eran leyes. Siempre han dicho que las leyes en Cuba las aprueba el pueblo y yo le pregunto a usted. Cuantos cubanos estaban de acuerdo con la prohibición de vender sus casas, o cuantos estaban de acuerdo con la prohibición de vender sus carros. Cuantos estaban de acuerdo con la prohibición de salir de Cuba sin pedir permiso. Y si continuó no terminaría. Cómo dije en un comentario anterior. Las leyes se hacen para que las personas las puedan cumplir, sino, no son leyes.

    • Enriluis dijo:

      Tampoco asi... te explico... mi esposa su generacion anterior salieron del pais LEGALMENTE y ella no pudo hacerse de la propiedad y salio como arrendataria?? eso es una violacion??? ah por estar en la habana vieja, chico si su abuela era propietari del apto por que ella tiene que pagarlo y luego nuestra hija y asi de por vida... me explicas???? y Yo mi casa fue construida por esfuerso propio en un terreno asignado en calidad de usufructo con el permiso del Ministerio de la agricultura y tampoco he podido legalizarlo dime que tiene de ilegal?????? es que por eso estamos como estamos!

  • USC dijo:

    Tenemos que empezar con fuerza y como lo está exigiendo el Presidente de Cuba a acabar con todos esos entuertos, inventos e irregularidades que lo que han creado es un verdadero desparpajo, que se ha prestado para todo lo imaginable e inimaginable y en vez de resolver los problemas ha creado un verdadero caos tanto en lo material como en lo jurídico. En la medida que se aclare las cosas vamos a ser testigos de una palpable mejoría. Recuerden que en río revuelto ganancia de los aprovechados y oportunistas. Incluso, los trabajadores dedo estos se van a tirar de barco y los honrados serán los que queden. Cosas veredes Mío Cid.
    Así hay que hacer en todo para acabar de poner más orden y podamos vivir más civilizadamente en este sentido.
    Gracias

  • Yadiel Corrales Rosales. dijo:

    Es bueno poner fin a las ilegalidades pero el mayor beneficio es que cualquier cubano por más humilde que sea tenga la propiedad de su vivienda, ya que estos son los más afectados, campesinos y familias de las zonas rurales que viven hace décadas y aún no tienen dicha propiedad y como bien explica nuestra constitución toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa.
    Considero que es un gran adelanto y me pregunto si estas normativas jurídicas tendrán efectos en las zonas congeladas como El Proyecto Mariel que actualmente al intentarse realizar un trámite para la legalización de la vivienda te explican que “Es zona congelada” y no refieren el instrumento jurídico que lo fundamenta; Pienso que es un derecho constitucional que tienen estas familias y no se le tiene violar.
    Solo me queda decir que esta linea de trabajo benificiará a nuestro país y nuestro desarrollo social.

  • Eduardo dijo:

    Hay que revizar el caso de los impuestos de los que compran viviendas. Si yo compro una vivienda me quedo sin dinero, de donde voy a sacar dinero para pagar el impuesto. Por lo demas estoy de acuerdo con estas medidas de la Rvolucion que siempre acompana a los humildes.

  • Aleida dijo:

    Esto incluye a los arrendatarios permanentes que viven en la Habana Vieja?

    • Lys dijo:

      Estimada Aleida, creo que no seremos beneficiados con éstas nuevas normas jurídicas. Esperemos que alguien se pronuncie a favor de que se tenga en cuenta la posibilidad de inclusión a los arrendatarios de éstas zonas con regulaciones especiales. Saludos

  • habanera100porciento dijo:

    todo esta muy bien,ya era hora que los usufructos de años sean propiedad,PERO yo pongo un ejemplo que seguro muchos tendran,los vecinos de los altos de mi casa, construyeron ilegalmente incluso con hormigon,rajando los alquitrabes de mi casa que es en bajos,usaron el desague de la azotea para baño por lo qu e cuando cayo el primer aguacero del verano mi patio se inundo,o escribi a la la oficina del Presidente del IPF y vino una comision de la provincia La Habana y emitio un dictamen tecnico CON ORDEN DE DEMOLICION , algo que nunca sucedio.Han pasado alrededor de 3 años y evidentemente corrio el dinero porque todo se engaveto.Pregunto.Ellos seran legalizados? espero que no y se demuela porque corro el riesgo de que sigan construyendo en la azotea y un dia haya un derrumbe pues vivo en centro habana,casa del 1927 donde vivo hace 56 años y puedo quedar sin vivienda por unos irresponsables y corruptos que dejaron todo como estaba.Por favor deberia hacerse un forum online URGENTE.

  • Juan Perez Dieguez dijo:

    Una gran cantidad de la población en las diferentes Provincia y Municipio del País está en los casos que recoge el acuerdo 8574/19 del CM y no existía el mecanismo jurídico para la legalización y solución de su problema, ejemplo ocupante de viviendas y locales por mas de 20 años dígase arrendatarios, medios básicos y otros por esfuerzo propios viviendo en situaciones difíciles por el mal estado constructivo y no tenían la posibilidad de acceder a los beneficio a hora con la entrada de esta norma hay un efecto patrimonial ese derecho es el que se otorga para acceder a su solución habitacional, les otorga en propiedad un patrimonio de una alta utilidad familiar y social, y la posibilidad de reparación, remodelación ,ampliarlo, de acceder a los mecanismos legales para construir y a los mecanismos financieros que tiene el país para adecuar su vivienda, incluido el subsidio según la política y las regulaciones establecidas hasta hoy las familias que se encuentran en esto caso no podían acceder a esto beneficio ya con la nueva normas pone fin a esta angustia que perjudicaba a la atención a la población

  • Yordani. dijo:

    Excelente y felicitaciones a los futuros beneficiarios de estas regulaciones jurídicas, solo proponer a la Dirección del Banco Central de Cuba que revise la posibilidad de transferir la propiedad de la vivienda a aquellas personas que se encuentran en condición de arrendatarios adquirentes de la propiedad, los que construyeron de forma legal sin violar ninguna de las restricciones urbanísticas ni territoriales y sobre los que se emitió titularidad de la vivienda por parte de Resolución del Director de la Vivienda del municipo donde se encuentra enclavado el inmueble pero que, a la hora efectuar el pago, por no contar con codeudores solidarios, no encontrarse trabajando en esos momentos etc, el Banco no le pudo emitir Título de Propiedad siempre y cuando en la actualidad pueda contar con los mencionados codeudores, se encuentre trabajando, en fin, hayan cambiando las circunstancias que le permitan obtener una garantía de pago ya que si no pagan la totalidad del inmueble, dígase precio legal del mismo más el interés bancario, no se le transfiere la propiedad a alguien que no cometió ningún tipo de violación legal o administrativa, Gracias.

Se han publicado 379 comentarios



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