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Segundo Periodo Ordinario de Sesiones centrará debates en Proyecto de Constitución

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La Asamblea Nacional (Parlamento) de Cuba fue convocada para el 21 de diciembre a un periodo ordinario de sesiones, que tendrá como asunto central aprobar el proyecto de nueva constitución, según reportó hoy el diario Granma.

La convocatoria oficial a este segundo periodo ordinario de sesiones correspondiente a la IX Legislatura tiene lugar después que el texto del proyecto de constitución fue sometido a consulta popular desde 13 de agosto al 15 de noviembre últimos.

Previo a la reunión de la Asamblea Nacional en la sala central del capitalino Palacio de Convenciones, las Comisiones Permanentes de Trabajo del legislativo cubano dedicarán los días 16, 17, 18, 19 y 20 de diciembre al estudio del Proyecto, según se indica en la convocatoia.

De acuerdo con lo previsto, después de recibir el certificado de aprobación del órgano legislativo cubano, el texto de la futura Carta Magna de la República será sometida el 24 de febrero próximo a un referendo popular para su confirmación.

(Con información de Prensa Latina)

Se han publicado 13 comentarios



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  • Raisa dijo:

    Espero que como pura expression de democracia, los cubanos puedan ser testigos de esta en vivo y en directo. De lo contrario sería una gran decepción.

  • Compatriota dijo:

    Increible que miles de propuestas de modificaciones,eliminaciones y adiciones se hayan reescrito en 20 dias con la seriedad y el rigor que esto requiere.
    Tres años llevó hacer lo que en tres meses el soberano en muchas ocaciones destrozó por estar mal escrito,mal conceptuado o mal enfocado y ahora en 20 dias la misma comisión ya lo rehizo todo ,qué rápidez , no da confianza.

  • Adrian dijo:

    Televisarán los debates, o serán solo resúmenes como en las anteriores?

  • Julio Romero dijo:

    Sólo 5 días!?!?!?!

  • freddy dijo:

    Espero que sea en VIVO. Y de la economia, doble moneda, y demas no se va a discutir nada???

  • Blog Brújula Sur dijo:

    Realmente cinco días son muy poco tiempo para discutir un documento como este. Reflexionemos: ¿qué es más importante, hacerlo rápido o hacerlo bien? En decisiones donde está en juego el destino de Cuba no debemos apurarnos

  • alfrediro dijo:

    Porque no ponen que tendrá como asunto central aprobar o rechazar el nuevo proyecto de constitucion? Es evidente que tenemos que mejorar nuestra democracia. No creo que 619 diputados estén de acuerdo siempre y en todo lo que se debate.

    • juanma dijo:

      Exactamente siempre se habla como si se diera por sentado que se va a aprobar......Se debe dejar claro siempre que existen dos opciones, es lo democratico, acostumbremonos a eso...

  • rebelde dijo:

    Concuerdo con los que han escrito asombrados por la rapidez con que la comisión analizó en sólo 5 días miles y miles de propuestas de modificaciones, adiciones y otras que el pueblo planteó en tres meses de debate. Ahora los diputados también en pocos días harán lo mismo. Esta velocidad de análisis de un documento tan importante le resta seriedad y credibilidad al proceso llevado a cabo. Además, no se plantea nada de publicar el texto final de la Constitución con tiempo suficiente para que el pueblo vea si se consideraron sus propuestas. Por favor, mantengamos el caracter real democrático de este trascendental proceso, no permitamos que alguien se aferre a criterios sin atender a lo que realmente quiere el pueblo. De no ser así, se verá afectada la unidad en el referendo. La unidad es el arma estratégica más poderosa de la Revolución, cuidémosla.

  • gera dijo:

    Artículo 22, párrafo 96, eliminar: ..No estoy de acuerdo con lo referente al articulo 22 que hace referencia a: ´´que el estado regule que no exista concentración de la propiedad (hay quien a dicho o la riqueza) en personas naturales, a fin de preservar los limites compatibles con los valores socialistas de equidad y justicia social´´.. en primer lugar cual es el limite 10 000, 100000, 1000000, 10000000, no está definido por lo tanto es lo que decidan las autirdades, es decir es ambiguo en un caso pueden decidir que concentracion de la riqueza son 100000 pesos y en otro 6000CUC y hacer de su justificacion una tesis de esto o no justificar nada y decidirlo y ya en jeercicio pleno de su cargo dado el poder que le estamos dando en este artículo..,, igualmente con la propiedad,.. cuales son los limites admisibles?,.. tener una casa, 2 casas, 3 casas, un carro, dos carros, una moto, 3 motos, 2 TV, 3TV, etc..? por que señor hay que limitar el derecho a que las personas tengan lo que con su dinero bien ganado puedan comprar?... si no es dinero bien habido pues completamente de acuerdo juzgalo porque cometio un delito, violo una ley, etc.. pero no puede ser que la violacion de la ley sea el hecho de tener riqueza en si... esto es contraproducente,.. si lo miramos de otro ángulo más bien lo que promuebe esta ley es la distribución de la pobreza,.. que no puedas tener más allá de los límites de riqueza que alguién definió o define de manera ambigua,..esto va en detrimento del desarrollo de las personas, de su derecho a prosperar y a tener una mejor calidad de vida,..todos tenemos derecho a gozar del disfrute de lo que seamos capaces de logarar con nuestro esfuerzo, ingenio e intelecto,..tener riqueza en si no puede ser una violación de la ley,..ojala lo publiquen,..

  • gera dijo:

    Artículo 31, párrafo 119, Modificación.. eliminar la palabra deber... ..No estoy de acuerdo con la oblogatoriedad del trabajo,... el proyecto de constitucion establece en su preámbulo:´´´yo quiero que la ley primera de nuestra república sea el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre´´..Jose Marti... creo que la constitución debe ir más por aquí,.. o sea que sea la carta magna que proteja los derechos del ciudadano en primer lugar,..proteger en primer lugar la persona,..y en segundo lugar el estado que tiene infinitos instrumentos y leyes para limitar y controlar a sus ciudadanos,.. el hecho de que el trabajo sea obligatorio es directamente un derecho que se le quita al cuidadano, a la persona,.. la persona debe tener derecho a elegir o mejor elaborado debe tener la libertad de decidir si quiere o no trabajar,.. hay muchos ejemplos de personas que tienen familiares en el extranjero y que ñe mandan una pensión mensualmente, y con eso dinero les sobra para vivir,.. porque tienen que oblogarlos a trabajar si no lo necesitan??.. lo que si debe ser un derecho de todo ciudadano de este país el acceso a un empleo cuando lo necesite o estime conveniente pero no puede ser oblogatorio,..eso va contra la libertad de la persona,.. tabmbien otro ejemplo si lo que hay en oferta en el ministerio del W no me conviene porque no es mi vocación o no vale la pena en relacion esfuerzo y lo que van a pagar,..por que señor vas a abligarme a trabajar,..de hacerlo asi es como una sumisión,.. una forma de esclavitud.. si no te conviene esta oferta,.. bueno pero es lo que hay dirian las autoridades,.. y tendrías que obligado estar en un lugar que tu no quieres estar,.. diganme si esto no es una forma de violación de la libertad de la persona,... ahora quien dijo que con tu trabajo,.. el que trabaja para el estado esta manteniendo al que no lo hace,.. de donde sacaron ese razonamiento,.. con tu trabajo tu trabajo tu te mantienes tu y tu familia no a nadie más,.. de hecho no da ni para eso,.. debia centrarse mas esta ley en que el que trabaje le retribuyan el dinero justo para tener una vida digna como diría Martí y no que te exploten y paguen un salario que alcanza míseramente para subsistir,..
    Eliminar el párrafo 120, adición... en su lugar redactar: El trabajo debe ser retribuido en cuantía tal que provea las garantías mínimas del ciudadno a saber: renta, alimentación, vestimenta.

  • Luisillo dijo:

    Yo lo que quiciera saber es a quien se le ocurrio que la mitad del los articulos de esta Constitución tienen que estar regidos por leyes posteriores (por ejemplo el derecho de libertad de prensa va a ser regido por una ley posterior y si yo ssoy el estado y me da a mi la real gana aqui nada mas van a hacer reportages Randi Alonso y Reinaldo Taladrid los demas estan baneados) y asi cualquier cantidad de leyes que no tienen porque estar dependiendo de otras leyes posteriores.

    Ademas yo quisiera que alguien me dijera el porque no se ha hablado hacerca del Decreto Ley 349 el cual sin duda alguna va a censurar el arte joven del pais se imaginan que este decreto hubiera sido impuesto en los años 80 tal vez hoy no habria un Carlos Varela o un Frank Delgado para hacerle frente a la mala musica.

    Otras son las garantias que se han perdido como la que dice que cubano tiene derecho a recidir donde estime combeniente y otras mas que simplemente desaparecieron por favor busquen el video de la Revista El toque con jovenes juristas para que vean lo que estoy diciendo.

    Espero pongan mi comentario

  • Manuel dijo:

    Espero que en la nueva Constitución quede bien claro el concepto de: Salario DIGNO y vivienda DIGNA. Tengo serias dudas sobre esto!.

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