¿Qué opina sobre el tratamiento a los derechos en el Proyecto de Constitución?

Estudiantes en debate constitucional. Foto: Ariel Ley/ ACN.
El Proyecto de Constitución se destaca por el desarrollo de una amplia gama de derechos. Se le otorga un papel relevante a los relativos a la defensa, el debido proceso, la participación popular, se reformulan los económicos y sociales y se le incorpora más contenido al derecho de igualdad.
Además, el artículo 94 establece la posibilidad de acudir a los tribunales para reclamar la restitución de estos derechos consagrados en el texto, o la reparación o indemnización por los daños o perjuicios generados por la acción u omisión de los órganos, directivos, funcionarios o empleados del Estado, en el ejercicio indebido de sus funciones.
El programa de la TV cubana, #HacemosCuba tratará hoy el tema en su emisión a las 10:00pm con el invitado Ariel Mantecón Ramos, doctor en Ciencias Jurídicas, diputado a la Asamblea Nacional del Poder Popular, miembro de la Comisión Redactora del Proyecto de Constitución y presidente de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos. Los comentarios de nuestros lectores serán tomados en cuenta en este programa.
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Lamentablemente en nuestra sociedad actualmente muchos de nuestros derechos son burlados o limitados por Órganos,organismo y funcionarios y sólo voy a citar un ejemplo en nuestra constitución se establecer que toda persona tiene derecho a de reindicarse a la sociedad y a tener un trabajo digno de acuerdo a sus capacidades sin embargo es sabido que en todos los centros de trabajo solicitan antecedentes y muchos rechazan a las personas por tener antecedentes incluso hasta por haber sido multado alguna vez lo cual se contrapone a la voluntad expresa en nuestra carta magna de no marginar a ningún ser humano por ninguna razón esto se ve muy frecuente sobre todo en empresas de subordinación del MINFar (que no son pocas) y del MININt y me pregunto pueden estos Órganos dictar una resolución que se contrapone y límita un derecho constitucional por qué permiten esto ? Si todos somos un mismo país y estamos obligados a respetar las leyes donde está el papel de defender ,velar,exigir que se cumpla lo instituido en materia de trabajo del Ministerio de trabajo y de la CTC? porque al
final estas resoluciones salen del
Pensamiento de alguien que haciendo uso de poder legisla algo que daña en gran manera la voluntad de todos y por qué no se acciona en contra de todo lo que no garantiza un bienestar y respeto a los derechos del pueblo ojalá este respetable sitio me me publiquen
antecedentes incluso hasta por haber sido multado alguna vez lo cual se contrapone a la voluntad expresa en nuestra carta magna de
no marginar a ningún ser humano por ninguna razón esto se ve muy frecuente sobre todo en empresas de subordinación del MINFar (que
Yo creo que se tiene que aclararse y exigir que ningún Órgano, organismo o funcionario pueden dictar leyes,niño actuar en contra de derechos establecidos en la constitución como está sucediendo actualmente revisen las leyes firmadas por cada institución sobre todo en el MINFAR y el MININT
He repasado lo que se ha dicho desde el momento del debate inicial en la Asamblea Nacional con respecto al artículo 48 y propongo que su inciso f), correspondiente al párrafo 158 se le adicione al final "desde el momento en que sea detenido"
Teniendo en cuenta que solo un abogado conoce los términos legales establecidos, y las formalidades que deben cumplir cada órgano u organismo del estado.
De no determinarse la asistencia jurídica en este momento, entonces no se podría dar cumplimiento a lo que se establece posteriormente en el artículo 50, párrafo 166 relacionado al procedimiento de Habeas Corpus.
Mi opinión es que si debe estar en la constitución para darle la fuerza legal necesario para que después el ordenamiento normativo posterior especifique los término y las formas que correspondan pues como se dice en el derecho "Donde la ley no distingue no cabe distinguir"
ARTÍCULO 48:
inciso f), párrafo 158, modificarlo para que diga:
f) recibir asistencia jurídica para ejercer su defensa inmediatamente a su detención;
inciso g), párrafo 159, modificarlo para que diga:
g) ser notificada de los cargos en su contra y acceder a los medios de prueba inmediatamente a su detención;
ARTÍCULO 40, párrafo 140, Incluir en el texto la frase:
sin ninguna discriminación por [...] edad, situación económica, [...]
En Cuba cada vez es mayor el número de adultos mayores. Su atención es ineludible. Sus familiares se honran con ello, pero en casos de incapacidad física o mental, cuando necesita de una atención permanente, el familiar que lo cuida debe dejar de trabajar para poder hacerlo sin la posibilidad de una licencia retribuidad. Propongo incluirlo en el
ARTÍCULO 79. Añadir en el parágrafo 210 una frase que diga:
[...] todo trabajador impedido de laborar por su edad, maternidad, paternidad, atención a adultos mayores incapacitados física o mentalmente, invalidez o enfermedad.
Me gustaria que fuese definida y jurisdicionada por el pueblo y no por una comision de pocas personas, en el proyecto o finalmente la Cosntitucion, la palabra Socialismo, o sea, no se mal interprete, que sea el pueblo quien decida si queremos o no socialismo como sistema politico y atraves del voto secreto y asi sea el resultado que fuese, que de hecho abogo por el socialismo, se respetase, pero seria saludable para la Patria, saber que piensa el pueblo a travez del voto y no de consultas que en mi modo de ver estan moderadas por los duos y las persnas tienen miedo expresar publicamente lo que sienten.
estamos hablando de los derechos civiles y estoy muy de acuerdo en que el estado deba garantizar los servicios de salud gratuitos a todos los ciudadanos incluyendo las acciones de prevencion y promocion de salud, pero hay que ser mas especifico con los deberes pues el medico y la enfermera pueden y deben estar disponibles, pueden y deben estar capacitados, pueden y deben mantenener los principios de la etica profesinal y revolucionaria, PERO los ciudadanos tienen el derecho de no seguir las indicaciones medicas o un tratamiento indicado o no realizarse los exámenes necesarios para la prevención y no podemos seguir culpando al medico y enfermera por las consecuencias que puede traer una decisión personal sobre la salud de cada quien en particular, ademas creo que con respecto a la salud de la madre y el niño debe existir una ley que constituya obligación cumplir con la responsabilidad personal de cada ciudadano ante sus decisiones sobre su salud y la de su familia .
en otro aspecto creo que ,por supuesto los servicios de salud deben continuar por siempre siendo gratuitos, pero me pregunto por que¿ la cirugía estética deseada para motivos personales que no afectan la salud de las personas también se le regala¿
Considero que el tema de la igualdad debe ser enfocado a la MÁS ABSOLUTA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES,porque la igualdad sin apellidos lleva a que no se cumpla exactamente el precepto constitucional o a que para cumplirlo haya que aplicar leyes que frenarían el desarrollo de las fuerzas productivas, de las personas y de la sociedad en general
Ayer escuché en el estalar sobre una penosa situacion el el transporte público de La Habana con una discapacitada severa ; como resultado se sancionaba al chofer y CASO CERRADO. Escribo es ta nota con ocimiento de causa porque soy tambien un discapacitado severo y cada vez que pasa algo similar es lo mismo o peor no hay respuestas: El articulo 74 de la contitución que estamos debatiendo de buena fe toca el tema de la discapacidad pero a mi criterio no basta. En el 2008 Cuba firmo y ratifico LA CONVENCION INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS de la ONU y después de una decada es letra muerta en nuestro sistema legal; este es el momento para empesar el proceso de hacer ley estos temas y que el asunto de las personas diferentemente capacitads no se quede en mostrar al mundo instituciones que realmente son lideres en su tipo pero las persona discapacidades sensoriales, intelectuales, y físicas de caracter permanente deben desarrollar su vida en la sociedad no dentro de instituciones. Es el momento de educar y sensibiluizar a nuestra sociedad no con la ecudilla en la mano sino con una legislación que realmente sea lider en el mundo con estos temas.
propogo que en parrafo que se refiere a los periodos de mandato del presidente de la republicaquede de este modo ,, puede ejercer el mandato cuantas veces sea elejido para el mismosiempre que gose de salud fisica y mental para ello . Sera electo del modo que se ha utilisado hasta ahora pero del tercer periodo en adelanta, este inclusive, dicha elccion sera ratificada por el pueblo con voto directo y secreto.de no ser ratificado por el puablo se procedera a una nueva eleccion .
l
En estos tiempos hablar de los derechos individuales resultaría difícil sino incluimos en la conversación o debate, lo referido al acceso a la información y los derechos con los que deberíamos constar todos de acceder plena, oportunamente a ella. Pero sobre todo de acceder a una información ajustada a las verdades, es decir una información donde todos los puntos de puntos de vistas, argumentos etc. puedan ser conocidos, publicados, tenidos en cuenta en pos de que todos podamos obtener la mejor visión posible de la realidad O REALIDADES. Por ello y más yo propongo que incluyamos en nuestra Ley primera la obligación para los medios de prensa de no solo de compartir la información sino que nos den la información oportuna e incluyan en ella todos los puntos de vistas posibles… pues solo incluyéndonos todos esteremos seguros de estar construyendo para todos el camino hacia un socialismo posible!!
179. ARTÍCULO 60. Se reconoce a los ciudadanos la libertad de prensa, así como el pleno acceso y uso de Internet e Intranet conforme al respeto, la construcción de una sociedad profundamente humanista, democrática, realmente pacifica, prospera, integra y justa…
- Todo medio de información debe cumplir con la obligación de ser profundamente incluyente y por ende realmente diverso, pero sobre todo oportuno y garante de la verdad completa. Aquellos que incumplan con estas obligaciones deberán ser sancionados según lo que establece la Ley
Msc. Zoe Marrero González.
Matanzas
En la entrevista hecha por la periodista de Tele Sur a nuestro presidente Díaz-Canel, ésta le pregunta directamente sobre sus consideraciones acerca de este artículo. Nuestro presidente planteó entre otras cosas que el espíritu en general del actual proyecto es tratar de eliminar todo tipo de discriminación y que en ese sentido iba dirigido este artículo, que el mismo había suscitado debate surgiendo diferentes criterios al respecto, que en última instancia el pueblo daría la última palabra, tanto a este artículo como a todos los del proyecto.
Es cierto que en la actualidad, en todas las sociedades existentes en nuestro mundo encontramos manifestaciones de discriminación, en algunas (muy injustas, por cierto) muy generalizadas y agudas, en otras menos, pero ninguna está exenta de la discriminación. Pero a veces se hace abuso del término para justificar nuestro deseo o nuestro modo de pensar.
Otro concepto muy manoseado es el de “eliminar tabúes”, pero lo que hoy forma parte de las normas éticas, morales, etc. De una sociedad, para otra sociedad, o para esta misma en otro momento, pueden considerarse como tabúes.
En el mundo en que vivimos, hasta hoy, predominan dos corrientes filosóficas generales y ambas parten de que es lo primario, si el ser o la conciencia, a saber, las filosofías de corte materialista y las idealistas.
En su generalidad, las religiones se encuentran entre las idealistas, que consideran que el universo ha sido creado por seres sobrenaturales (Dioses), creándose distintas vías para mantener las especies, en el caso de la especie humana, la diferencia de sexo para lograr ese objetivo. Los materialistas, consideran la evolución natural y a la especie humana, lo más avanzado en esa evolución, pero también en este caso la diferencia de sexo como medio para mantener la especie. Debemos reconocer que en la actualidad, el hombre ha logrado mediante la clonación la posibilidad de mantener alguna especie sin la necesidad de utilizar los medios creados por la naturaleza o por los Dioses. Por esas vías dos mujeres solas no pueden procrear ni dos hombres solos tampoco.
La historia del homosexualismo no la he estudiado, sólo sé que en mi infancia se decía que era algo aberrante y se mencionaba mucho las ciudades bíblicas de Sodoma y Gomorra, posteriormente en Cuba prevaleció una corriente que consideraba esto como un problema de salud, o sea, que cada ser humano tiene en su organismo hormonas masculinas y femeninas y que cuando éstas no guardan el equilibrio necesario en correspondencia con los órganos genitales que biológicamente poseen, se producen esos trastornos psíquicos y hormonales que dan lugar a la atracción hacia el mismo sexo. Hace algunos años en Cuba ha venido tomando fuerza la teoría de que nadie nace heterosexual, bisexual u homosexual, sino que en el transcurso del desarrollo de la persona, desde su primera infancia se forma su orientación sexual, se ha venido haciendo un trabajo fuerte en esa dirección para lograr la no discriminación y que reciban el tratamiento que como cualquier ser humano, corresponde, para eso se ha utilizado todos los medios disponibles, la prensa, la radio, la TV, conferencias, eventos, asesorías de maestrías y doctorados, cursos de posgrados, se incluye en pregrado, hasta las ya habituales manifestaciones callejeras los 17 de mayo.
Esto de que sea una orientación como lo es la vocacional, complejiza la situación pues la orientación sexual del individuo se formará en dependencia de la situación en su seno familiar, en la escuela primaria, con sus maestros, en la pubertad, con su círculo de amigos, en fin, que se forma de acuerdo al medio en que se desenvuelve y las personas que le rodean.
Si en un momento determinado en Cuba la sociedad no veía bien a una pareja de homosexuales viviendo juntos, hoy eso no es problema para la mayoría de la población, como no ha sido problema que una pareja que se amen vivan juntos toda la vida sin firmar un contrato jurídico. Antiguamente los pobres cubanos y la gran mayoría de los que vivían en los campos se unían desde muy jóvenes y morían juntos sin haber firmado nunca un contrato jurídico. Hoy en Cuba son decenas de miles (o cientos de miles) las parejas que están unidad por amor, sin que hayan firmado ningún contrato jurídico por esa unión.
En otras sociedades ese contrato toma una importancia relevante, porque de no existir los más vulnerables de la familia, mujeres e hijos pueden quedar desamparados sin derecho a nada, pero aquí, después de la Revolución Cubana se han ido redactando leyes que amparan a esa parte de la sociedad más vulnerable sin la necesidad del contrato matrimonial y modestamente, considero que esa línea puede perfeccionarse, esté como esté formada la familia y exista o no un contrato matrimonial.
Pero hay situaciones que pueden crear más problemas y más injusticias que las que supuestamente puedan resolver. La Dra. Mariela Castro planteaba en el análisis de la Asamblea Nacional que “cada persona tuviera la familia que quisiera”, yo diría, QUE PUDIERA. Una pareja de heterosexuales pueden tener hijos y de no poder, en general es un problema de salud y por disposición de todo el pueblo, que es el que crea las riquezas, la salud pública es gratuita y obligatoria, por lo que hay que atender ese problema de la pareja, pero una pareja de homosexuales masculinos no pueden tener hijos, a no ser que utilicen una mujer fuera de la pareja, o de lo contrario, que se apruebe y se comience en Cuba a clonar personas; y como la orientación sexual no es un problema de salud, el estado no está obligado a buscar solución y se comprenderá que no es un problema de discriminación.
Se plantea que al contraer matrimonio cualquier pareja tiene derecho a adoptar niños y aquí viene un serio problema, los niños pequeños no pueden opinar ni elegir y el estado está en la obligación de defender sus derechos y como se les va a quitar el derecho a tener padre y madre, como explicarle a ese niño que se le privó de ese derecho? Ojo, es violar los derechos del niño darlos en adopción y obligarlos a vivir sin madre. Piénsese en todo el daño que le podremos causar a ese niño. Es responsabilidad de todos los adultos, cuidar la salud física y mental de todos los niños cubanos.
Mi criterio es que todas las parejas que se amen y decidan vivir juntas lo hagan sin que para ello sea imprescindible realizar un contrato jurídico.
Comparto el criterio de mi presidente de que a la constitución se lleve la opinión de la mayoría y también estoy de acuerdo que dada la importancia de nuestra Carta Magna, nadie debe dejar de votar por no estar de acuerdo con un artículo.
Considero que este ha sido un artículo polémico en la gran mayoría de la sociedad aunque nuestros medios de comunicación, traten de darle de lado y cuando se refieren en algo tratan de defender sólo un punto de vista.
Mantengamos la unidad del pueblo cubano que en su gran mayoría aceptaremos lo que el pueblo realmente decida.
Si este artículo es tan polémico, como pareció serlo en el análisis hecho en la Asamblea Nacional, no se imponga su aprobación situándolo dentro de todo el contexto, donde quedaría aprobado al aprobarse la Constitución. Permítanme tomarme el atrevimiento de dar una sugerencia: Puede hacerse en la misma boleta, pero sugiero se ponga aparte ese artículo para que todo el pueblo decida y conozca que aprobó la mayoría en ese sentido, si mantener el artículo de la constitución actual o aprobarlo como está en el proyecto y creo firmemente que nuestro pueblo tiene espíritu democrático y aceptará lo que la mayoría apruebe y no afectará la unidad nacional, aunque en el fondo no se sientan satisfechos los que abogan por la redacción que no fuera aprobada, ya sea la vigente o el proyecto.
Jesus: En los derechos faltaron los de la constitucion vigente en el articulo 43 se plantea el derecho a los mismos balnearios, playas, parques etc y reciben la asistenciaen todas las instituciones de salud. Me parece que esos derechos deben mantenerse explicitos en el proyecto que se sometera a aprobacion
Que protección tenemos los ciudadanos si aquí somos culpables asta q no se demuestro lo contrario en vez de ser al revés las autoridades policiales te detienen sin pruebas por meras sospechas o conjeturas y después ni disculpa te piden
Que protección nos brinda la constitución sobre nuestros derechos ciudadanos
El derecho a disfrutar nuestras playas, a inevertir al igual que los extranjeros, a matrimonios entre personas del mismo sexo, a tener una sola moneda solo es un paso superior en nuestra sociedad, es tener un espacio donde todos los cubanos tengamos un pais que va dejando atras las cosas que nos hicieron sentir mal y en muchos casos solo la emigracion era la solución al bienestal. El pueblo esta preparado a estos cambios porque ha recibido por años un nivel de instrucion bueno y sostenido. Este tipo espacio para comentar es muy bueno pues da la posibilidad de ver las inquietudes del pueblo y la diversidad de criterios pero al igual que las encuestas el margen de error es grande. Solo escriben los mas aferrados a una idea aunque sea caduca y contestamos los que no podemos aceptar que este país no avance. El proyecto de Constitucion en si ha sido un paso de avance inmenso y muy acorde a esta Cuba del 2018 que lamento no me haya tocado en mi juventud.
Julio
DEBEN AGREGAR AL ARTICULO 40, LOS MISMOS DERECHOS QUE TENIAMOS EN LA ANTERIOR CONSTITUCION.
—se domicilian en cualquier sector, zona o barrio de las ciudades y se alojan en cualquier hotel;
—son atendidos en todos los restaurantes y demás establecimientos de servicio público;
—usan, sin separaciones, los transportes marítimos, ferroviarios, aéreos y automotores;
—disfrutan de los mismos balnearios, playas, parques, círculos sociales y demás centros de cultura, deportes, recreación y descanso.
ES UNA VERGUENZA QUE QUITEN EL ARTICULO 43
ARTICULO 43.-El Estado consagra el derecho conquistado por la Revolución de que los ciudadanos, sin distinción de raza, color de la piel, sexo, creencias religiosas, origen nacional y cualquier otra lesiva a la dignidad humana:
—tienen acceso, según méritos y capacidades, a todos los cargos y empleos del Estado, de la Adminis-tración Pública y de la producción y prestación de servicios;
—ascienden a todas las jerarquías de las fuerzas armadas revolucionarias y de la seguridad y orden inter-ior, según méritos y capacidades;
—perciben salario igual por trabajo igual;
—disfrutan de la enseñanza en todas las instituciones docentes del país, desde la escuela primaria hasta las universidades, que son las mismas para todos;
—reciben asistencia en todas las instituciones de salud;
—se domicilian en cualquier sector, zona o barrio de las ciudades y se alojan en cualquier hotel;
—son atendidos en todos los restaurantes y demás establecimientos de servicio público;
—usan, sin separaciones, los transportes marítimos, ferroviarios, aéreos y automotores;
—disfrutan de los mismos balnearios, playas, parques, círculos sociales y demás centros de cultura, de-portes, recreación y descanso.
1-¿Por qué suprimir el CAPITULO VI?
2-¿Por qué suprimir el Artículo 43?
3- ¿Que hay novedoso en el Proyecto en cuanto a esto?
Pues veamos
En la constitución vigente
ARTICULO 41.-Todos los ciudadanos gozan de iguales derechos y están sujetos a iguales deberes.
ARTICULO 42.-La discriminación por motivo de raza, color de la piel, sexo, origen nacional, creencias religiosas y cualquier otra lesiva a la dignidad humana está proscrita y es sancionada por la ley.
Las instituciones del Estado educan a todos, desde la más temprana edad, en el principio de la igual-dad de los seres humanos.
ARTICULO 43.-El Estado consagra el derecho conquistado por la Revolución de que los ciudadanos, sin distinción de raza, color de la piel, sexo, creencias religiosas, origen nacional y cualquier otra lesiva a la dignidad humana:
—tienen acceso, según méritos y capacidades, a todos los cargos y empleos del Estado, de la Administración Pública y de la producción y prestación de servicios;
—ascienden a todas las jerarquías de las fuerzas armadas revolucionarias y de la seguridad y orden interior, según méritos y capacidades;
—perciben salario igual por trabajo igual;
—disfrutan de la enseñanza en todas las instituciones docentes del país, desde la escuela primaria hasta las universidades, que son las mismas para todos;
—reciben asistencia en todas las instituciones de salud;
—se domicilian en cualquier sector, zona o barrio de las ciudades y se alojan en cualquier hotel;
—son atendidos en todos los restaurantes y demás establecimientos de servicio público;
—usan, sin separaciones, los transportes marítimos, ferroviarios, aéreos y automotores;
—disfrutan de los mismos balnearios, playas, parques, círculos sociales y demás centros de cultura, de-portes, recreación y descanso.
Si bien la mayoría de estos derechos nunca se cumplieron, y no es un secreto para nadie, eso no significa que vayamos a renunciar a ellos, sin embargo la inclusión de la no discriminación por orientación sexual e identidad de género parece atentar contra intereses muy poderosos que hacen desaparecer del proyecto los irrenunciables derechos conquistados por la revolución , entre los que se encuentran.
—tienen acceso, según méritos y capacidades, a todos los cargos y empleos del Estado, de la Administración Pública y de la producción y prestación de servicios;
—ascienden a todas las jerarquías de las fuerzas armadas revolucionarias y de la seguridad y orden interior, según méritos y capacidades
En el proyecto
TÍTULO IV: DERECHOS, DEBERES Y GARANTÍAS
137. CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
138. ARTÍCULO 39. El Estado cubano garantiza a la persona el goce y el ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos, en correspondencia con el principio de progresividad y sin discriminación. Su respeto y garan¬tía son obligatorios para todos.
139. Los derechos y deberes reconocidos en esta Constitución se interpretan de conformidad con los tratados in¬ternacionales de derechos humanos ratificados por Cuba.
140. ARTÍCULO 40. Todas las personas son iguales ante la ley, están sujetas a iguales deberes, reciben la misma protección y trato de las autorida¬des y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin nin¬guna discriminación por razones de sexo, género, orientación sexual, identidad de género, origen étnico, color de la piel, creencia religiosa, discapacidad, origen nacional o cualquier otra distinción lesiva a la dignidad humana.
141. La violación de este principio está proscrita y es sancionada por la ley.
142. ARTÍCULO 41. El Estado trabaja por crear las condiciones necesarias que faciliten la igualdad de sus ciu¬dadanos, y por educarlos a todos, desde la más temprana edad, en el respeto a este principio.
143. ARTÍCULO 42. Los derechos de las personas solo están limitados por los derechos de los demás, la seguridad colectiva, el bienestar ge¬neral, el respeto al orden público, la Constitución y las leyes.
Por mi parte creo q al párrafo 185 deberían hacerle algunas modificaciones, por ejp, estoy de acuedo en q cualquier persona puede quejarse o dirigir peticiones, yo agregaría, previa identificación (a ver si de etsa manera acabamos en este país de una vez por todas con el nocivo hábito de los anónimos, q tanto daño hacen y q muchas veces hacen trabajar por gusto a personas q tienen otras responabilidades) y obviamente aclarando la imposibilidad de q se tome ningún tipo de represalia con la perosna en cuestión y además incluiría q la respuesta debe ser dada por la instancia o institución a la q te quejas, pq sucede a diario q te quejas a una OSDE o al Comité provician del PCC del actuar del director de una empresa integrada a esa OSDE o de un funcionario del PCC municipal y entonces te envían personas o de la misma empresa de la cual te quejsate o de la misma instancia a darte la respuesta, y por supuesto eso no satisface a nadie, pq la mayoría de las veces cuando te uqejas a una instancia superior es pq ya lo hiciste abajo y no te satisfizo la respuesta o no te atendieron adecuadamente.
El tema de los salarios es en primer lugar que la pirámide esta de cabeza, un obrero que pone etiquetas en latas de mermelada gana el doble de los que gana un profesor universitario, eso es lo primero. Lo segundo es que la política de precios no tiene nada q ver con los salarios. Sea estatal o no estatal los precios andan por las nubes en tanto el poder adquisitivo se encuentra en el subsuelo. Ahí está la clave. Los argumentos esgrimidos es que hay que producir más, aumentar la productividad, pero si no sube el salario no habrá poductividad y si no hay productividad no subirán los salarios y se establece el círculo vicioso, como el perro que quiere morderse el rabo. Luego está esl principio "de cada cual según su capacidad y a cada cual según su trabajo" y volvemos al profesor universitario al que se le exige mucho "según su capacidad" pero en mi criterio no se la considera adecuadamente el trabajo que realiza a la hora de pagarle, Consecuencias: EXODO. Esa es mi opinión y ojalá la publiquen.
En la actual Constitución en su artículo 9 dice: "El Estado como Poder del
pueblo, en servicio del propio pueblo garantiza: que no haya hombre o mujer,
en condiciones de trabajar, que no tenga oportunidad de obtener un empleo
con el cual pueda contribuir a los fines de la sociedad y a la satisfacción de
sus propias necesidades;"
Se precisa que el trabajo es la forma que tienen los ciudadanos de satisfacer
sus necesidades de vida.
A pesar, que en el Título Fundamentos Económicos del presente anteproyecto,
en su artículo 31, se dice algo parecido, mi propuesta es que en el Título de
Derechos Sociales, Económicos y Culturales del anteproyecto quede explícito
este derecho; para ello propongo modificar el artículo 75 de la siguiente manera:
Artículo 75: La persona en condición de trabajar,(para satisfacer sus necesidades
de vida), tiene derecho a obtener un empleo digno, ...(dejarlo otro como está).
Es cierto que el proyecto de Constitución garantiza derechos de participación, pero principalmente a nivel local. A otros niveles creo que se puede fomentar el intercambio con los diputados y otras autoridades a partir del uso de las nuevas tecnologías. Ya el presidente cubano abrió su cuenta en Twitter y la experiencia debería ampliarse. El gobierno electrónico aún está lejos, pero esta opción no requiere tantos recursos y es muy útil.
En que lugar de la constitución está la protección a favor del ciudadano porque aquí en nuestro país prometo te apresan y después investigan y si la investigación revela q no tuviste q ver te sueltan y todo el tiempo q paso detenido que ni disculpa
considero que debe agrarse entre los derecho que esta en la constitucion de 1976 y que fue uno de los primero decreto de la revolucion que las playa son publicas
Está muy completa , pero lo que me preocupa a mi que si hablamos de protección a los niños porqué le quieren quitar el Palacio de Pionero Finca de los Monos para dárselo a una empresa llamada CineSoft y mandarnos para un local que se está callendo
correcto, muy adecuado realmente, el nvel de humanismo y civilidad que todos merecemos. Lo que realmente me preocupa es lo que no esta, como comentabann anteriormente es peligroso darlo por sentado pues sabemos que de pronto ir a escalar en topes o a bañarte en un islote puede volverse ilegal.
otra cosa que me preocupa es realmente el movimiento incipiente civil cubano que parece ser solo de iglesias, y que han volcado un real ataque de odio (yo incluyera estos delitos de odio y discriminacion ya en lo proyectos de ley) contra el articulo 68... olvidamos que somos un estado laico? que hay detras de todo esto?
Creo que era muy oportuno la redaccion de una nueva constitucion acorde con los tiempos actuales de nuestro pais.Igualmente pienso que la paricipacion de los cubanos ha sido muy importante; todos, dentro y fuera delpais, hemos tenido la oportunidad de expresarnos librementes sobre los diferentes temas.
Ahora opino que se sigan muy de cerca las regulaciones que emiten indistintamente los Ministerios que en ocaciones se contradicencon la Constitucion. Por ejemplo, el Ministerio de Salud tiene regulaciones muy contradictorias. Hoy dia hay medicos que abandonaron el pais hace mas de 10, 15 y hasta 20 años por distintas circunstancias y vienen a Cuba y no pueden entrar a su pais por regulaciones del Ministerio de Salud violando la politica existente y condenando a un exilio involuntario a hermanos cubanos que solo han hecho uso del derecho internacional que asiste a todo ser humano de vivir donde desee. Pienso que la direccion del pais debe hacer un analisis minucioso de esta situacion que no esta en frecuencia con la politica migratoria cubana. Esos trabajadores de la salud, los hay hasta informaticos, no son criminales ni mafiosos son profesionales que un dia tomaron su decision y tienen aqui su patris, su familia, sus raices. Al parecer existe descontrol en el listado de los que llevan mas de 8 años y eso daña a Cuba.