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Comité de Derechos Humanos de la ONU evaluará el caso de Lula

 

Foto: Radio Nuevo Mundo

El Comité de Derechos Humanos de la ONU evaluará en el segundo semestre de este año la persecución judicial, por parte del juez federal Sergio Moro, encargado de la operación anticorrupción Lava Jato, de que es víctima el ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva, anticipó el diario digital Brasil 247.

El caso fue llevado a la Comisión de Derechos Humanos de la ONU el pasado año. De acuerdo con la publicación, que cita al Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el tema pudiera ser apreciado en julio u octubre, cuando tendrán lugar los otros encuentros programados.

La víspera, el reconocido abogado británico Geoffrey Robertson, quien defiende al ex mandatario en cortes internacionales, atribuyó al carácter “arcaico” del sistema judicial brasileño la imposibilidad de que Lula pueda tener un juzgamiento imparcial.

En opinión de Robertson resulta “bizarro y sorprendente” ver en Porto Alegre al fiscal regional Maurício Gerum sentado al lado del juez-presidente de la octava sala del Tribunal Regional Federal de la Cuarta Región (TRF4), Leandro Paulsen, en la audiencia que ratificó y aumentó la condena proferida por Moro contra Lula.

“Eso muestra fotográficamente el sesgo de la Corte”, subrayó el togado, quien criticó también el hecho que los tres jueces del TRF4 llevaran sus votos por escrito. Eso evidencia que ninguno escucharía a la defensa y que nada de lo que la misma alegara hubiera tenido algún efecto, remarcó.

Por otra parte, la presidenta del Supremo Tribunal Federal (STF), Cármen Lúcia, anunció anoche que no propondría incluir en la pauta de esa Corte que se vuelva a discutir el tema de la posible prisión de reos condenados en segunda instancia, como es ahora el caso de Lula.

A juicio de la titular del STF, rediscutir el asunto como consecuencia de esta situación 'empequeñecería' al alto tribunal; aunque no descartó que si cualquiera de los otros ministros provoca la discusión y lleva el tema a la Presidencia entonces éste podría abordarse.

El 24 de enero último el TRF4 ratificó y aumentó la condena impuesta por el juez Sergio Moro al ex presidente de Brasil Luiz Inácio Lula da Silva.

Los tres jueces encargados de examinar la apelación presentada por la defensa del ex dignatario coincidieron en desestimar íntegramente los alegatos de la misma y respaldaron el voto del relator Joao Pedro Gebran Neto, quien elevó a 12 años y un mes de prisión la pena dictada antes por Moro (nueve años y seis meses de cárcel).

Defensa de Lula solicita "habeas corpus"

Lula en la ONU, cuando era presidente. Foto: Getty Images.

Abogados de la defensa del actual candidato a la presidencia de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, solicitaron, este 30 de enero, un habeas corpus ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), a fin de que éste permanezca en libertad por el resto del proceso.

En su demanda, los letrados piden que el TSJ desestime la determinación “inconstitucional e ilegal” del Tribunal Regional Federal de la Cuarta Región (TRF4), que dispuso el encierro del exmandatario una vez juzgados los recursos dirigidos a esa corte intermedia.

El 24 de enero, el TRF4 ratificó por unanimidad y aumentó la condena impuesta por el juez Sergio Moro a Lula por los presuntos delitos de corrupción pasiva y lavado de dinero.

Los tres jueces encargados de examinar la apelación presentada por la defensa del exdignatario coincidieron en desestimar íntegramente los alegatos de la misma y respaldaron el voto del relator Joao Pedro Gebran Neto, quien elevó a 12 años y un mes de prisión la pena dictada antes por Moro (nueve años y seis meses de cárcel).

Según la defensa de Lula, al ordenar el cumplimiento anticipado de la pena (sin agotar todos los recursos procesuales en todas las instancias) el TRF4 contradice artículos contemplados en la Constitución Federal, el Código de Proceso Penal, la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Remarca que Lula fue condenado por el delito de corrupción pasiva por la supuesta práctica de “actos indeterminados”, sin que se demostrara cualquier flujo financiero destinado al pago de ventajas indebidas al expresidente y solo sustentando dicha acusación en la declaración de un co-reo que negociaba una delación premiada para reducir su condena.

No hubo demostración de un comportamiento funcional específico vinculado a la práctica u omisión de un acto de oficio, sin lo cual no se puede configurar un delito de corrupción pasiva, ni tampoco la entrega de cualquier bien o valor, tornando imposible que exista la práctica del crimen de lavado de dinero, insiste el documento.

(Información de Prensa Latina)